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Documento BOE-A-1999-17620

Resolución 189/1999, de 21 de julio, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad a la Addenda al Convenio de Cooperación Técnica entre la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca de la Comunidad Autónoma de Cantabria y el Fondo de Explotación de los Servicios de Cría Caballar y Remonta, en el ámbito de la ganadería equina.

Publicado en:
«BOE» núm. 195, de 16 de agosto de 1999, páginas 30378 a 30378 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1999-17620

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 4 de julio de 1999, Addenda al Convenio de Cooperación

Técnica entre la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca de la

Comunidad Autónoma de Cantabria y el Fondo de Explotación de los Servicios

de Cría Caballar y Remonta, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado

dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de

dicho acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 21 de julio de 1999.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez

Menéndez.

ANEXO

Addenda al Convenio de Cooperación Técnica entre la Consejería de

Ganadería, Agricultura y Pesca de la Comunidad Autónoma de Cantabria

y el Fondo de Explotación de los Servicios de Cría Caballar y Remonta,

en el ámbito de la ganadería equina

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don José Álvarez Gancedo,

Consejero de Ganadería, Agricultura y Pesca, que actúa en nombre y

representación de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en virtud de las

facultades que legalmente le corresponden, y de otra, el excelentísimo señor

don José Antonio García Benavides, Presidente del organismo autónomo

Fondo de Explotación de los Servicios de Cría Caballar y Remonta, en

uso de las facultades que legalmente tiene atribuidas.

EXPONEN

Que para dar cabida a las posibles cesiones de sementales equinos

por parte de la Comunidad Autónoma al mencionado Fondo de Explotación

se acuerda ampliar la estipulación cuarta, añadiendo el punto siguiente:

"f) Colaborar con el Fondo de Explotación mediante la cesión de

sementales equinos en cantidad y periodicidad que acuerde la Comisión

de Dirección y Seguimiento prevista en le estipulación quinta del

mencionado Convenio."

Santander, 4 de julio de 1999.-Por la Consejería de Ganadería,

Agricultura y Pesca de la Comunidad Autónoma de Cantabria, José Álvarez

Gancedo.-Por el organismo autónomo Fondo de Explotación de los

Servicios de Cría Caballar yRemonta,José Antonio García Benavides.

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