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Documento BOE-A-1999-18099

Resolución de 12 de julio de 1999, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se autoriza al Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones (LGAI) para la colocación de la marca de conformidad a normas para determinados productos de construcción.

Publicado en:
«BOE» núm. 203, de 25 de agosto de 1999, páginas 31651 a 31652 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1999-18099

TEXTO ORIGINAL

Visto el escrito de fecha 25 de junio de 1999, presentado por don

Ramón Capellades Font, Director general del Laboratorio General de

Ensayos e Investigaciones (LGAI), domiciliado en la carretera de acceso a la

Facultad de Medicina UAB, de Cerdanyola del Vallés, apartado de Correos

18, 08193 Bellaterra, en solicitud de autorización para la colocación de

la marca de conformidad a normas para determinados productos de

construcción.

Visto que el Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones (LGAI),

según escrito del Ministerio de Industria y Energía (MINER), de fecha

30 de mayo de 1999, es organismo notificado para determinados productos

y procedimientos reglamentarios de control en el marco de la

Directiva 89/106/CEE sobre productos de construcción.

Vistas las acreditaciones aportadas por el Laboratorio General de

Ensayos e Investigaciones (LGAI), así como su estructura, experiencia y

equipamientos los cuales dan plena confianza de su capacidad para actuar

en este campo.

Visto que el Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones (LGAI),

dispone de más de 30 acreditaciones de ENAC en el campo de ensayo

y calibración.

Visto que el Centro de Certificación del Laboratorio General de Ensayos

e Investigaciones (LGAI) está acreditado por ENAC para certificar sistemas

de calidad según UNE-EN-ISO-9000/1/2/3.

Vista la Resolución de 27 de abril de 1998, de esta Dirección General

de Consumo y Seguridad Industrial, referente a la autorización del

Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones (LGAI) como organismo de

control con capacidad para actuar en el ámbito del Real Decreto 1630/1992,

de 29 de diciembre, y publicada en el ("Boletín Oficial del Estado"

número 139, de 11 de junio de 1998).

De acuerdo con la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria ("Boletín

Oficial del Estado" del 23); el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre

("Boletín Oficial del Estado" número 32, de 6 de febrero de 1996), la Orden

de 5 de marzo de 1996, de asignación de funciones en el campo de la

homologación y la aprobación de prototipos, tipos y modelos ("Diario Oficial

de la Generalidad de Cataluña", de 12 de marzo), modificada por la Orden

de 30 de mayo de 1986 ("Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña",

de 6 de junio) y en ejercicio de las competencias que tengo conferidas,

he resuelto:

Primero.-Autorizar al Laboratorio General de Ensayos e

Investigaciones (LGAI) para la colocación de la marca de conformidad a normas para

determinados productos de construcción detallados a continuación:

Todos los productos de aislamiento térmico de fabricación industrial

conformados in situ.

Ventanas, puertas y sus herrajes resistentes al fuego.

Puertas y cancelas automatizadas.

Cualquier otro tipo de puerta o ventana.

Láminas impermeables.

Barreras antihumedad.

Láminas de impermeabilización no autoprotegidas para cubiertas.

Láminas de impermeabilización autoprotegidas.

Barreras de vapor.

Productos prefabricados de hormigón.

Chimeneas prefabricadas.

Extremo de chimeneas.

Paneles de cartón yeso, placas, paneles yeso y accesorios.

Paneles de cartón yeso, bloques, elementos para techos y accesorios.

Paneles de cartón yeso y accesorios.

Paneles de cartón yeso, bloques, techos, revoques y accesorios.

Soportes estructurales.

Productos para la detección, supresión y extinción de incendios, alarma,

instalaciones fijas lucha contra incendios, control del fuego y humo,

supresión de explosiones.

Aparatos sanitarios en general.

Aseos públicos modulares y cabinas de aseo prefabricadas.

Equipamiento fijo vías circulación.

Dispositivos y barreras para reducir el ruido del tráfico y pantallas

antideslumbrantes.

Kits de muros cortina.

Kits de acristalamiento sellante estructural tipo II y IV.

Kits de acristalamiento sellante estructural tipos I y III.

Anclajes metálicos hormigón (para cargas pesadas).

Anclajes metálicos hormigón (para cargas ligeras).

Anclajes metálicos de inyección en muros de albañilería.

Anclajes de plástico para estructuras de hormigón y albañilería.

Dispositivos de reflujo: Válvulas de admisión de aire para ventilación

de tuberías.

Kits para estaciones de bombeo de aguas residuales e instalaciones

de aspiración de aguas negras.

Kits y elementos para equipos y plantas tratamiento aguas residuales

y equipos tratamiento in situ de fosas sépticas.

Canalizaciones de desagüe prefabricadas.

Alcantarillas, escalones, escaleras y barandillas para registros y bocas

de inspección, tapas de sumideros.

Colectores.

Sistemas y kits compuestos para el aislamiento térmico exterior con

revoco.

Cementos comunes.

Cementos especiales.

Cementos aluminato de calcio.

Cementos de albañilería.

Cales para construcción.

Conglomerados hidráulicos para carreteras.

Productos acero para armaduras de hormigón armado.

Productos acero para armaduras de hormigón pretensado.

Conductos y vainas.

Piezas de albañilería categoría I.

Morteros industriales de albañilería diseñados.

Piezas de albañilería categoría II.

Morteros industriales de albañilería reglamentarios.

Morteros industriales de enfoscado exterior e interior.

Llaves, bridas de tracción, estribos, ganchos, angulares de soporte,

armaduras de juntas horizontales y dinteles.

Piezas de albañilería con un material termoaislante incorporado situado

en la cara que puede estar expuesta al fuego.

Sistemas de impermeabilización de cubiertas con membranas flexibles

fijadas mecánicamente (sistemas de fijación, unión, sellados y aislamiento

térmico) (sistemas continuos).

Segundo.-El marcado indicativo de la concesión de la marca de

conformidad a normas otorgada corresponde al logotipo siguiente:

LOGOTIPO (VER IMAGEN PÁGINA 31652)

Tercero.-La validez de esta autorización está supeditada a la posesión

por parte del Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones (LGAI)

de las oportunas actualizaciones de los certificados de acreditaciones

emitidos por ENAC.

Cuarto.-La autorización del logotipo es independiente de la

documentación que sea necesario tramitar en el registro de marcas.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se

puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria,

Comercio y Turismo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente

de su notificación, sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que

se considere oportuno.

Barcelona, 12 de julio de 1999.-El Director general, Albert Sabala

Durán.

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