Visto el expediente de indulto de don José Francisco Trujillo Bustos,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenado por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Málaga, en
sentencia de fecha 3 de julio de 1995, como autor de un delito contra
la salud pública, a la pena de dos años cuatro meses y un día de prisión
menor y multa de 1.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión
de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la
condena, por hechos cometidos en el año 1993, a propuesta de la Ministra
de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión
del día 23 de julio de 1999,
Vengo en conmutar a don José Francisco Trujillo Bustos la pena
privativa de liberta impuesta, por otra de un año de prisión, a condición
de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde
la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 23 de julio de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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