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Visto el expediente de indulto de don Enrique Clares Lucas, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
el Juzgado de lo Penal número 4 de Murcia, en sentencia de fecha 3 de
octubre de 1996, como autor de un delito de robo con intimidación en
las personas, a la pena de siete meses de prisión menor, con las accesorias
de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el
tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1995, a propuesta
de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 31 de julio de 1999,
Vengo en indultar a don Enrique Clares Lucas la pena privativa de
libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no abandone el
tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no
vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación
del presente Real Decreto.
Dado en Palma de Mallorca a 31 de julio de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
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