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Documento BOE-A-1999-18574

Resolución de 28 de julio de 1999, de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos, por la que se resuelve la convocatoria de 26 de marzo de 1999 para la provisión de puestos de trabajo adscritos a los grupos C, D y E vacantes en Correos y Telégrafos.

Publicado en:
«BOE» núm. 215, de 8 de septiembre de 1999, páginas 32653 a 32686 (34 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1999-18574

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 26 de marzo de 1999 ("Boletín Oficial del

Estado" número 90, de 15 de abril), se convocó concurso de

traslados 2/99, para la provisión de puestos de trabajo vacantes en

la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos, entre

funcionarios pertenecientes a los Cuerpos o Escalas de Correos y

Telecomunicación, clasificados en los grupos C, D y E.

Vistas las solicitudes presentadas y valorados los méritos

alegados por los concursantes,

Esta Presidencia ha dispuesto:

Primero.-Adjudicar los destinos que se relacionan en el anexo I

de esta Resolución, a los funcionarios que en el mismo se indican,

con expresión de la puntuación alcanzada.

Segundo.-Declarar desiertas por falta de peticionarios las

vacantes restantes.

Tercero.-El cese deberá efectuarse dentro de los tres días

hábiles siguientes al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín

Oficial del Estado".

Cuarto.-El plazo de toma de posesión del nuevo destino

obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia

del funcionario, o de un mes, si comporta cambio de residencia

o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a partir del día

siguiente al del cese. Si la adjudicación del puesto comporta el reingreso

al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse

desde su publicación.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen

los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos

a los interesados. No obstante para los funcionarios que se

encuentren en situación de licencia por enfermedad, se diligenciará el

cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que por ello

finalice la licencia que tengan concedida.

Quinto.±Los traslados que se deriven de la Resolución de la

presente convocatoria tendrán la consideración de voluntarios.

Sexto.-La presente Resolución agota la vía administrativa y

contra la misma podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente

a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante el órgano

competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo,

de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 28 de julio de 1999.-El Presidente. P. D. (Resolución

de 24 de abril de 1998, "Boletín Oficial del Estado" de 19 de

mayo), el Consejero-Director general, José Ramón Esteruelas

Hernández.

Sr. Director de Recursos Humanos.

ANEXO: (Ver imágenes páginas 32655 a 32686).

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