Visto el expediente de indulto de don Íñigo Junquera Gistau, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia
de fecha 11 de marzo de 1998, como autor de un delito contra la salud
pública, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor
y multa de 1.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo
cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos en el año 1995; a propuesta de la Ministra de Justicia
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27
de agosto de 1999,
Vengo en conmutar a don Íñigo Junquera Gistau la pena privativa
de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que
no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la
publicación del presente Real Decreto.
Dado en Palma de Mallorca a 27 de agosto de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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