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Documento BOE-A-1999-19003

Acuerdo de 14 de septiembre de 1999, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se anuncia concurso para la provisión de los Juzgados que se citan entre miembros de la Carrera Judicial, con categoría de Juez.

Publicado en:
«BOE» núm. 225, de 20 de septiembre de 1999, páginas 33651 a 33652 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-1999-19003

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en los artículos 131, 326,

327, 329.1 y concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de

julio, del Poder Judicial, y del Reglamento 1/1995, de 7 de junio,

de la Carrera Judicial, la Comisión Permanente del Consejo

General del Poder Judicial, en su reunión del día 14 de septiembre

de 1999, ha acordado anunciar concurso para la provisión de

destinos en la Carrera Judicial, entre miembros de la misma con

categoría de Juez, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.-No podrán tomar parte en el concurso:

a) Los Jueces electos.

b) Los que se hallaren en condiciones legales para ser

promovidos a la categoría de Magistrado cuando se haya iniciado

el trámite de promoción.

c) Los que se hallaren en situación administrativa de

suspensión definitiva.

d) Los sancionados con traslado forzoso hasta que transcurra

el plazo determinado en la resolución que ponga fin al proceso

sancionador.

e) Los que hubieran sido designados a su instancia para

cualquier cargo judicial de provisión reglada hasta transcurridos tres

años desde la fecha de nombramiento.

f) Los Jueces que hayan obtenido primer destino en tal

categoría no podrán deducir petición hasta transcurridos dos años

desde el nombramiento, cualquiera que hubiera sido el sistema

o el momento de su nombramiento.

Segunda.-Deberán participar en este concurso:

a) Los Jueces en situación administrativa de excedencia

voluntaria que hubieren solicitado el reingreso al servicio activo y hayan

obtenido la correspondiente declaración de aptitud.

b) Los Jueces en situación administrativa de suspensión

definitiva superior a seis meses que, una vez finalizado el período

de suspensión, hubieren solicitado el reingreso al servicio activo

y obtenido la correspondiente declaración de aptitud.

c) Los Jueces rehabilitados.

d) Los Jueces que hubieren obtenido la especialización como

Jueces de Menores en el supuesto prevenido en el artículo 99

del Reglamento de la Carrera Judicial, respecto de los Juzgados

de Menores que se anuncien para su provisión en los respectivos

concursos.

Los reingresados al servicio activo procedentes de excedencia

voluntaria o suspensión definitiva que obtengan destino en este

concurso no podrán deducir nueva petición hasta transcurridos

dos años desde su nombramiento.

Tercera.-El concurso para la provisión de las plazas

anunciadas se resolverá en favor de los Jueces solicitantes que ocupen

el mejor puesto escalafonal.

Constituirá mérito preferente el conocimiento de la lengua

oficial y del Derecho civil especial o foral propios de las Comunidades

Autónomas, en los términos previstos en los artículos 110, 112

y 114 del Reglamento de la Carrera Judicial.

Cuarta.-Los destinados a su instancia para alguna de las plazas

anunciadas no podrán solicitar traslado hasta transcurridos tres

años desde la fecha de su nombramiento para las mismas.

Quinta.-Las solicitudes de destino serán presentadas en el

Registro General del Consejo General del Poder Judicial, Marqués

de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid, o en la forma

establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de diez días

naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del

presente concurso en el "Boletín Oficial del Estado".

Las peticiones que se formulen en forma condicionada o no

aparezcan redactadas con claridad carecerán de validez, al igual

que las modificaciones o anulaciones efectuadas transcurrido el

plazo anterior.

Las solicitudes, desistimientos y modificaciones dirigidos al

Consejo General del Poder Judicial podrán formularse dentro del

plazo establecido, por telégrafo o por fax (número de fax del

Registro General 91 700 63 58), con obligación de cursar la instancia

por escrito simultáneamente, debiendo tener ésta su entrada en

el Registro General del Consejo dentro de los cinco días naturales

siguientes al de expiración del plazo de presentación de instancias.

De no hacerse así, la solicitud, desistimiento o modificación

carecerán de validez.

Las solicitudes se podrán presentar también a través de las

oficinas de Correos, en cuyo caso deberán ir en sobre abierto

para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes

de ser certificadas.

Sexta.-Las solicitudes se ajustarán al modelo normalizado

aprobado por la Comisión Permanente y publicado en el "Boletín

Oficial del Estado" del día 3 de mayo de 1995, como anexo al

Acuerdo de la Comisión Permanente, de fecha 18 de abril.

En el supuesto de rectificación que afectara a alguna de las

plazas anunciadas en el presente concurso, se iniciaría de nuevo

el plazo señalado en la base quinta de esta convocatoria para

la solicitud.

Séptima.-Contra el Acuerdo de la Comisión Permanente podrá

interponerse recurso de alzada o de revisión, en su caso, ante

el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en el plazo de

un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del

mismo en el "Boletín Oficial del Estado", por los motivos y formas

que establece la Ley 30/1992.

Relación de plazas que se anuncian

Comunidad Autónoma de Andalucía

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Santa

Fe (Granada), con funciones de Registro Civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de

Moguer (Huelva), con funciones de Registro Civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Cazalla

de la Sierra (Sevilla).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Osuna

(Sevilla).

Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de

Ciutadella de Menorca (Illes Balears), con funciones de Registro Civil.

Comunidad Autónoma de Canarias

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de La

Orotava (Santa Cruz de Tenerife).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Valverde

(Santa Cruz de Tenerife).

Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de San

Clemente (Cuenca).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Orgaz

(Toledo), con funciones de Registro Civil.

Comunidad Autónoma de Cataluña

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Arenys

de Mar (Barcelona).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Arenys

de Mar (Barcelona).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de

Cornellá de Llobregat (Barcelona).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Gavà

(Barcelona).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Mollet

del Vallès (Barcelona).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Sant

Feliu de Llobregat (Barcelona), en funciones de Registro Civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Sant

Feliu de Guíxols (Girona).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Santa

Coloma de Farners (Girona), con funciones de Registro Civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de

Amposta (Tarragona), con funciones de Registro Civil.

Comunidad Valenciana

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de

Vilarreal de los Infantes (Castellón), con funciones de Registro

Civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Xàtiva

(Valencia), con funciones de Registro Civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Llíria

(Valencia), con funciones de Registro Civil.

Comunidad Autónoma de Extremadura

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de

Castuera (Badajoz), con funciones de Registro Civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Don

Benito (Badajoz).

Comunidad Autónoma de Galicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de

Ponteareas (Pontevedra).

Comunidad de Madrid

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de

Aranjuez (Madrid), con funciones de Registro Civil.

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Yecla

(Murcia).

Comunidad Foral de Navarra

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Estella

(Navarra).

Comunidad Autónoma del País Vasco

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de

Amurrio (Álava).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de

Bergara (Guipúzcoa).

Madrid, 14 de septiembre de 1999.-El Presidente del Consejo

General del Poder Judicial,

DELGADO BARRIO

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