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Visto el expediente de indulto de don Jorge Luis Rodríguez Menéndez,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo,
en sentencia de fecha 12 de febrero de 1998, como autor de un delito
de receptación, a la pena de seis meses de prisión, con las accesorias
de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el
tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta
de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 3 de septiembre de 1999,
Vengo en indultar a don Jorge Luis Rodríguez Menéndez la pena
privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva
a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años, desde la publicación
del presente Real Decreto.
Dado en Palma de Mallorcaa3deseptiembre de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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