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Documento BOE-A-1999-19412

Resolución de 14 de septiembre de 1999, de la Subsecretaría, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión por el sistema de oposición libre de plazas vacantes de personal laboral en el Parque Móvil del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 232, de 28 de septiembre de 1999, páginas 34483 a 34486 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1999-19412

TEXTO ORIGINAL

En virtud de lo establecido en el Real Decreto 521/1999, de

26 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público

para 1999, este Ministerio, de conformidad con lo previsto en

el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba

el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la

Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de

Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de

la Administración General del Estado, en el Real Decreto

Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto

Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el

Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral de la

Administración General del Estado ("Boletín Oficial del Estado"

número 287, de 1 de diciembre de 1998), previo informe favorable

del Ministerio de Administraciones Públicas, ha dispuesto

convocar pruebas selectivas para la provisión por el sistema de

oposición, turno libre, de cuarenta plazas de personal laboral del

Parque Móvil del Estado en Madrid, Grupo profesional 6, Categoría

de conductor.

Características de la convocatoria

Denominación de las plazas: Conductor; Grupo profesional 6;

turno libre; número de plazas: 40; destino: Madrid.

Marco jurídico

La convocatoria se somete a lo previsto en el Real Decreto

521/1999, de 26 de marzo, por el que se aprueba la oferta de

empleo público para 1999, en el Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso

del Personal al Servicio de la Administración General del Estado

y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional

de los Funcionarios Civiles de la Administración General del

Estado, en el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por

el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de

los Trabajadores y en el Convenio Colectivo Único para el Personal

Laboral de la Administración General del Estado ("Boletín Oficial

del Estado" número 287, de 1 de diciembre de 1998).

El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido, en

materia de incompatibilidades, a la Ley 53/1984, de 26 de

diciembre, y al Real Decreto 598/1985, de 30 de abril.

Bases de la convocatoria

A) Requisitos de los aspirantes

Para participar en la oposición que se convoca, los aspirantes

deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Tener la nacionalidad española, la de cualquier otro Estado

miembro de la Unión Europea o la de aquellos Estados a los que

sea de aplicación la libre circulación de trabajadores definida por

el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea en aplicación

de los Tratados Internacionales celebrados por ésta y ratificados

por España. También podrán participar el cónyuge, ascendientes

y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales

de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que

no estén separados de hecho o de derecho, menores de veintiún

años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este

último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de

nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados

Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados

por España. Los aspirantes que no posean la nacionalidad

española deberán tener un conocimiento adecuado del castellano.

2. Tener cumplidos dieciocho años de edad.

3. No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas

incompatibles con el normal desarrollo de las tareas o funciones

correspondientes.

4. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones por

sentencia judicial firme. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la

española, no deberán estar sometidos a sanción disciplinaria o

condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

5. Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo,

conforme a lo establecido en el artículo 7 del Estatuto de los

Trabajadores.

6. Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación

de Graduado en Educación Secundaria, Educación General Básica,

Formación Profesional de Técnico o Técnico Auxiliar, o

equivalentes. Los estudios efectuados en centros españoles no estatales

o en el extranjero deberán estar homologados.

7. Estar en posesión de los permisos de conducir de las clases

A, expedido con más de dos años de antigüedad, B, C y D, o

sus equivalentes anteriores.

Los requisitos deberán cumplirse el último día de plazo de

presentación de solicitudes y mantenerse hasta la firma del contrato.

B) Presentación de solicitudes

1. Quienes reúnan los requisitos anteriormente establecidos

y deseen tomar parte en las pruebas selectivas, deberán hacerlo

constar en la solicitud, "Modelo 750", aprobado por Resolución

de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, de fecha

7 de octubre de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del día 27),

y habrán de dirigirse al Director General del Parque Móvil del

Estado, presentándose en el Registro General de dicho Organismo

(calle Cea Bermúdez, número 5, de Madrid) o en la forma

establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Los impresos de solicitud se facilitarán gratuitamente en el

Registro General del Parque Móvil del Estado (calle Cea Bermúdez,

número 5, de Madrid), en el Centro de Información Administrativa

(calle María de Molina, número 50, de Madrid) y en las

Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

2. El plazo de admisión de instancias será de veinte días

naturales a partir del siguiente al de publicación de la presente

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

3. Los derechos de examen serán de 1.500 pesetas y se

ingresarán en cualquier Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa de

Crédito que actúe como entidad colaboradora en la recaudación de

tributos.

En el supuesto de presentación de solicitudes desde el

extranjero, los aspirantes realizarán el ingreso de los derechos de examen

en la cuenta número 0104-0808-28-0302345038 del Banco

Exterior.

Estarán exentos del pago de las tasas las personas que figuren

como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un

mes anterior a la fecha de la convocatoria. De conformidad con

lo establecido en el artículo 17 de la Ley 50/1998, de 31 de

diciembre, serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieren rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

A estos efectos, a la solicitud adjuntarán certificado de la

correspondiente oficina del INEM y declaración escrita de que se carece

de rentas mensuales superiores al salario mínimo interprofesional.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso, la

presentación y pago en la entidad colaboradora supondrá sustitución

del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley

8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá

la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando no

se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto

pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos

de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas

por causa imputable al interesado.

4. Los aspirantes deberán observar en la cumplimentación

de sus solicitudes las instrucciones generales que figuran en el

modelo de instancia y las particulares que a continuación se

indican:

Se tendrán en cuenta los siguientes datos a la hora de

cumplimentar las casillas correspondientes:

Ministerio: Consignar "Ministerio de Economía y Hacienda".

Centro Gestor: Consignar "Subsecretaría" y el código 15001.

Tasa de derechos de examen: Consignar el código 15020,

rellenándose sólo los dos primeros dígitos.

Año de la convocatoria: Consignar "99".

15. Consignar "Conductores del PME".

17. Se consignará "L" (acceso libre).

20. Consignar "Madrid".

5. Los aspirantes deberán acompañar a la solicitud fotocopia

del documento nacional de identidad y autorización para

someterse a todas las pruebas médicas que integran el reconocimiento

médico previsto en la base D) de esta convocatoria, según modelo

que se adjunta como anexo I.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan

derecho a participar deberán presentar dos fotocopias del

documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos

que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a

expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan

dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada

o promesa de éste de que no está separado de derecho de su

cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus

expensas o está a su cargo.

En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios de los requisitos exigidos en la presente convocatoria,

o de certificación acreditada resultase que su solicitud adolece

de errores o falsedades, que imposibilitara el acceso a la plaza

en los términos establecidos en la presente convocatoria, en estos

supuestos y previa audiencia del interesado, el Tribunal formulará

propuesta de exclusión del candidato, comunicando al órgano

competente las inexactitudes o falsedades formuladas por el

solicitante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los

efectos oportunos.

Los meros errores de hecho que de la solicitud pudieran

colegirse como tales, podrán subsanarse en cualquier momento de

oficio o a instancia del interesado.

C) Admisión de solicitudes

En el plazo máximo de un mes, una vez finalizado el de

presentación de solicitudes, se publicará en el "Boletín Oficial del

Estado" Resolución de la autoridad convocante, señalándose el

lugar en donde se encuentran expuestas las listas de aspirantes

admitidos y excluidos, así como la fecha, lugar y hora de

celebración de las pruebas a realizar en el presente proceso selectivo,

disponiendo los aspirantes excluidos de un plazo de diez días

hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la

Resolución para poder subsanar, en su caso, los defectos que hayan

motivado su exclusión.

D) Sistema de selección

El procedimiento de selección de los aspirantes será el de

oposición.

La actuación de los candidatos se efectuará por orden

alfabético, iniciándose por aquel cuyo apellido comience por la letra

"Q", de acuerdo con el resultado del sorteo público celebrado para

todas las ofertas selectivas de la Oferta Pública.

El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar

que los ejercicios escritos y que no deban ser leídos ante el Tribunal

sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial

del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes previa

aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

Los aspirantes serán convocados, para cada ejercicio, en único

llamamiento, quedando decaídos en su derecho los opositores que

no comparezcan a realizarlo, salvo los casos debidamente

justificados, sobre los que resolverá el Tribunal calificador.

La oposición consistirá en la realización de las siguientes

pruebas:

1. Prueba escrita, de carácter eliminatorio, consistente en la

contestación a un cuestionario de 100 preguntas de carácter

teórico con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas

la correcta, sobre las materias incluidas en el programa que figura

como anexo II. Esta prueba se valorará con un máximo de 50

puntos, conforme al baremo que establezca el Tribunal, siendo

necesario obtener como mínimo 25 para poder pasar a la prueba

de carácter práctico. Para la realización de esta prueba, los

aspirantes dispondrán de un tiempo de noventa minutos.

2. Prueba práctica, de carácter eliminatorio, de conducción

y circulación en vías abiertas al tráfico en general.

Esta prueba consistirá en la comprobación por el Tribunal de

la pericia de los aspirantes en la conducción de un vehículo durante

un tiempo aproximado de treinta minutos, entre los siguientes:

motocicleta, turismo, furgoneta, autocar y camión. La prueba se

puntuará de0a50puntos, siendo necesario para superarla

obtener un mínimo de 25 puntos y no ser calificado con 0 en ninguna

de las pruebas parciales de conducción.

3. Prueba de aptitud psicotécnica, consistente en un test de

esta naturaleza. Esta prueba se calificará de "apto" o "no apto".

4. Reconocimiento médico, conforme a la autorización

manifestada por el opositor en el anexo I, al que deberán someterse

los aspirantes que hayan superado las pruebas anteriores, con

el fin de valorar su estado de salud para el normal desempeño

de las tareas o funciones inherentes a los puestos de trabajo

convocados y de comprobar específicamente el cumplimiento de los

requisitos que al respecto establece la normativa vigente en

materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Dicho reconocimiento será realizado por el Tribunal facultativo

o Servicio Médico que se designe al efecto y comprenderá las

pruebas clínicas referidas en el anexo I. Esta prueba se calificará

de "apto" o "no apto".

E) Tribunal

1. La selección de candidatos se efectuará por un Tribunal

con la siguiente composición:

Tribunal titular:

Presidente: Ilmo. Sr. don Diego Lucas Barbi. Perteneciente al

Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

Subdirector General de Recursos Humanos del PME.

Vocales:

Tres en representación de la Administración:

Don Fernando Muñoz Pelaéz. Funcionario de la Escala Técnica

de la Jefatura Central de Tráfico, Jefe de Servicio de Pruebas

de Aptitud en la Dirección General de Tráfico.

Doña Irene Messía Alarcón. Funcionaria del Cuerpo Especial

de Gestión de Hacienda Pública, Jefa de Servicio de Personal

laboral de la Subdirección General de Gestión de Recursos Humanos

del Ministerio de Economía y Hacienda.

Don Antonio Arroyo Toribio. Perteneciente al Cuerpo Superior

de Técnicos de Administración de la Seguridad Social, Jefe de

Área de Recursos Humanos del PME que actuará como Secretario.

Tres miembros en representación de los trabajadores,

designados por los sindicatos representados en la CIVEA o en las

Subcomisiones Departamentales:

Por CC.OO, don Mariano Navarro Hernández. Funcionario de

la Escala de Conductores y de Taller del PME.

Por UGT, don Eduardo Miedes Ortiz. Funcionario de la Escala

de Conductores y de Taller del PME.

Por CSI-CSIF, don Ángel Luis Muñoz Pérez. Funcionario de

la Escala de Conductores y de Taller del PME.

Tribunal suplente:

Presidente: Ilmo. Sr. don José María Regodón Cercas.

Perteneciente al Cuerpo Superior de Técnicos de Administración de

la Seguridad Social. Subdirector General de Gestión del PME.

Vocales:

Tres en representación de la Administración:

Don Jesús Martín Rodríguez. Perteneciente al Cuerpo General

de Gestión de la Administración Civil del Estado. Jefe de Servicio

de la Subdirección General de Recursos Humanos del PME, que

actuará como Secretario.

Don José Antonio Peñas Alejo. Funcionario de la Escala

Técnica de la Jefatura Central de Tráfico. Jefe de Área de Formación

y Comportamiento de Conductores de la Dirección General de

Tráfico.

Don Miguel Ángel Sierra García. Funcionario del Cuerpo

General Administrativo de la Administración del Estado. Jefe de Sección

del Área de Relaciones Laborales de la Subdirección General de

Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y

Hacienda.

Tres en representación de los trabajadores, designados por los

sindicatos representados en la CIVEA o en las Subcomisiones

Departamentales:

Por CC.OO, don Fernando Gonzalo Antón. Funcionario de la

Escala de Conductores y de Taller del PME.

Por UGT, don Emilio Fernández Sacristán. Funcionario de la

Escala de Conductores y de Taller del PME.

Por CSI-CSIF, don Julián Cendrero Díez-Madroñero.

Funcionario de la Escala de Conductores y de Taller del PME.

2. El Tribunal podrá actuar con la asistencia de expertos en

las materias de que se trate, en especial para las pruebas de aptitud

psicotécnica y práctica de conducción.

3. El Tribunal a efectos de notificaciones y demás incidencias

y eventualidades derivadas de esta convocatoria, tendrá su

domicilio en 28071 Madrid, en la calle Cea Bermúdez, 5.

4. El Tribunal queda sometido a lo dispuesto en los artículos

28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre

abstención y recusación. Asimismo, los miembros del Tribunal

deberán abstenerse, y los aspirantes podrán recusarlos, en el caso

de que hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes

en los cinco años anteriores a la publicación de la presente

convocatoria.

5. El Tribunal calificador tendrá la categoría cuarta, de las

recogidas en el anexo IV del Real Decreto 236/1988, de 4 de

marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 19).

F) Relación de aspirantes que han obtenido, al menos,

las calificaciones mínimas exigidas

1. Las plazas convocadas serán cubiertas por aquellos

aspirantes que obtengan la mayor puntuación, una vez computados

los puntos obtenidos en las dos primeras pruebas de la oposición,

siempre que hayan sido declarados aptos en el resto de las pruebas

y acrediten cumplir todos los requisitos establecidos en la

convocatoria.

2. A tal efecto, concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal

elevará a la autoridad convocante, ordenada de mayor a menor

por las puntuaciones alcanzadas, la relación de aspirantes que

hubieran obtenido, al menos, las calificaciones mínimas exigidas

para la superación del proceso, adjudicándose las plazas

atendiendo al citado orden de prelación.

G) Acreditación de requisitos

1. Los aspirantes propuestos para cubrir las plazas aportarán,

dentro del plazo de veinte días naturales desde que se haga pública

la relación de aprobados, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base A).6

o certificación académica que acredite haber realizado todos los

estudios para la obtención del mismo. En el caso de titulaciones

obtenidas en el extranjero deberá presentarse la credencial que

acredite su homologación.

b) Original y fotocopia de los permisos de conducción

exigidos.

c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer

limitaciones físicas o psíquicas que imposibiliten para el normal

desarrollo de las tareas o funciones de conductor.

d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,

mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración, ni

hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los

aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar,

igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena

penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2. Si dentro del plazo fijado no se presentara la citada

documentación o del examen de la misma se dedujese que carece de

alguno de los requisitos, no podrán formalizar el correspondiente

contrato y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de

la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la

solicitud inicial.

H) Incorporación y periodo de prueba

1. En ningún caso, el número de contratos que se formalicen

podrá exceder del número de plazas convocadas.

2. La incorporación al puesto de trabajo se efectuará cuando

el Organismo lo considere necesario, siempre dentro del plazo

de tres meses desde la fecha de exposición de la lista de aprobados.

Una vez sean requeridos por el Organismo, los interesados

dispondrán del plazo de un mes para incorporarse.

3. Hasta que se formalicen los contratos y se incorporen a

los puestos de trabajo correspondientes, los aspirantes no tendrán

derecho a percepción económica alguna.

4. El periodo de prueba será, conforme a lo prevenido en

el artículo 37 del Convenio Único para el Personal Laboral de

la Administración General del Estado, de un mes, salvo lo dispuesto

en el artículo 37.4 del citado Convenio Único.

I) Norma final

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos se deriven

del proceso selectivo, podrán ser objeto de impugnación en el

plazo y forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 14 de septiembre de 1999.-El Subsecretario,

Fernando Díez Moreno.

Subdirección General de Gestión de Recursos Humanos.

ANEXO I

Autorización para someterse a todas las pruebas médicas

que determine el tribunal de la oposición

Apellidos y nombre:..............................................

DNI:.............................Edad:.............................

Autorizo por la presente al Servicio médico que se designe

por el Tribunal de la convocatoria de pruebas selectivas para la

provisión por el sistema de oposición libre de personal laboral

de conductores en el Parque Móvil del Estado, a que me efectúen

las exploraciones médicas necesarias, la extracción y analítica de

sangre, y la analítica de orina de los siguientes parámetros:

Análisis de sangre:

Hemograma completo y Bioquímica estándar.

Determinación del grado de Alcoholemia por el "sistema Cdtec".

Análisis de orina:

Sedimento y anormales.

"Screening" de drogas de abuso.

Y para que conste y conociendo que los resultados de las

pruebas médicas se utilizarán en el proceso de selección, firmo la

presente autorización en........, a ........ de ........ de1999.

ANEXO II

Programa

I. Organización del Estado y de la Administración Pública

1. La Constitución Española de 1978: Características. Los

poderes públicos. Los derechos fundamentales y las libertades

públicas.

2. El Parque Móvil del Estado. Dependencia orgánica y

estructura. Los servicios que presta.

II. Circulación de vehículos

1. El conductor: sus aptitudes psicofísicas. Factores que

disminuyen las aptitudes del conductor. Permisos y licencias de

conducción: clases y vehículos que autorizan a conducir.

2. El vehículo: definiciones. Documentación. La carga y las

personas transportadas. Las luces en los vehículos: finalidad y

utilización. Elementos de seguridad activa. La seguridad pasiva.

Conducción económica, medio ambiente y contaminación.

3. La vía: definiciones. Partes de la vía. Utilización de carriles.

Velocidad. Separación entre vehículos. Los peligros concretos de

la vía.

4. Maniobras básicas de circulación. Incorporación a la

circulación. Desplazamientos laterales. Adelantamientos.

Intersecciones. Cambio de sentido. Marcha hacia atrás. Detención, parada

y estacionamiento. Conducción nocturna y en condiciones

meteorológicas o ambientales adversas.

5. Las señales de circulación: normas generales. Señales

verticales. Marcas viales. Señales de balizamiento. Semáforos.

Señales y órdenes de los agentes de circulación.

6. El accidente de circulación. Comportamiento en caso de

accidente. Nociones básicas de primeros auxilios. Delitos contra

la seguridad del tráfico.

III. Elementos del vehículo

1. El motor del vehículo. Descripción de sus principales

componentes y su funcionamiento elemental. Puesta a punto y

mantenimiento básico.

2. El cambio de velocidades. El embrague. Descripción y

funcionamiento. Cambios automáticos y semiautomáticos.

3. Los frenos. Elementos de que se componen y sus clases.

El ABS. Comprobación de los sistemas.

4. Sistema eléctrico: Nociones básicas de la batería,

alternador y alumbrado. Mantenimiento de la batería y las luces.

Reglaje de los faros

5. Las ruedas y los neumáticos. Tipos y características. Su

estado y mantenimiento.

6. La dirección y la suspensión. Sistemas y características.

Comprobaciones y mantenimiento.

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