Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso
de traslados convocado por Resolución de 28 de diciembre
de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" 10 de febrero de 1999) para
cubrir plazas vacantes entre Oficiales, Auxiliares y Agentes de
la Administración de Justicia,
Esta Dirección General de Recursos Humanos y Medios
Materiales, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 455 y 494
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,
y los artículos 54, 55 y 57 del Real Decreto 249/1996, de 16
de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de
los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración
de Justicia, ha dispuesto:
Primero.-Hacer públicos los destinos que con carácter
definitivo han sido adjudicados a los funcionarios que han participado
en el concurso de traslados convocado por Resolución de fecha
mencionada anteriormente, que se corresponden con los
relacionados en el anexo I de la Resolución de convocatoria y los
producidos como resultas.
Segundo.-Excluir del concurso de traslados a los funcionarios
que en el anexo II se relacionan.
Tercero.-Declarar caducadas las instancias presentadas por
los participantes en el presente concurso que no han obtenido
destino, por lo que no serán tenidas en cuenta en futuros concursos
de traslados.
Cuarto.-Declarar desiertas las plazas no adjudicadas en el
presente concurso, salvo que se pretendan amortizar mediante
modificación de la plantilla orgánica o reordenación de efectivos de
un centro de trabajo, por lo que se cubrirán en la forma prevista
en el artículo 458 de la Ley Orgánica del Poder Judicial por
funcionarios de nuevo ingreso.
Quinto.-El cese deberá efectuarse dentro de los tres días
naturales siguientes a la publicación de esta Resolución en el "Boletín
Oficial del Estado", debiendo posesionarse del nuevo destino
obtenido por concurso en los tres días naturales siguientes al cese
si no hay cambio de localidad o en los diez días naturales siguientes
en caso contrario. El plazo posesorio será retribuido por la Junta
de Andalucía.
Si la Resolución comporta reingreso al servicio activo a la
Administración de Justicia en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y
Agentes el plazo deberá computarse desde el día siguiente al de
la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado",
pero en el presente caso dicho plazo no resulta retribuido, ya
que se produce antes de formalizarse el reingreso en los Cuerpos
de Oficiales, Auxiliares y Agente y por tanto no puede ser
computado como de servicios efectivos.
En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del
presente concurso no se encontraran en activo en otro Cuerpo
y no quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con
la Administración, dada la necesidad de contar con el tiempo
indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar al
Presidente, Juez, Fiscal o Jefe del organismo de su actual destino
un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad
o de dos en caso contrario [artículo 66.1.g) del Reglamento
Orgánico], teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la fecha
inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza
de reingreso.
Por la Comunidad Autónoma competente o la Gerencia
Territorial que corresponda se les debería conceder la excedencia de
oficio en el Cuerpo de procedencia si ésta se produce en un Cuerpo
al servicio de la Administración de Justicia, en cuyo destino se
les tendrá por cesados con la fecha anterior a la de su posesión
en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares o Agentes al objeto de
evitar la interrupción en la percepción de sus haberes.
Los funcionarios que actualmente ocupen las plazas que han
sido adjudicadas cesarán como consecuencia de la posesión del
titular.
Contra la presente Resolución podrán los interesados formular
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a
partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial
del Estado".
Sevilla, 20 de septiembre de 1999.-El Director general, José
Antonio Muriel Romero.
ANEXO: (Ver imágenes páginas 35000 a 35008).
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid