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Documento BOE-A-1999-19532

Resolución de 20 de septiembre de 1999, de la Dirección General de Recursos Humanos y Medios Materiales de la Consejería de Gobernación y Justicia, por la que se otorgan destinos correspondientes al concurso de traslados de fecha 28 de diciembre de 1998 por el que se convocaban a concurso de traslados plazas vacantes de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 234, de 30 de septiembre de 1999, páginas 34998 a 35008 (11 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-1999-19532

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso

de traslados convocado por Resolución de 28 de diciembre

de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" 10 de febrero de 1999) para

cubrir plazas vacantes entre Oficiales, Auxiliares y Agentes de

la Administración de Justicia,

Esta Dirección General de Recursos Humanos y Medios

Materiales, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 455 y 494

de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,

y los artículos 54, 55 y 57 del Real Decreto 249/1996, de 16

de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de

los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración

de Justicia, ha dispuesto:

Primero.-Hacer públicos los destinos que con carácter

definitivo han sido adjudicados a los funcionarios que han participado

en el concurso de traslados convocado por Resolución de fecha

mencionada anteriormente, que se corresponden con los

relacionados en el anexo I de la Resolución de convocatoria y los

producidos como resultas.

Segundo.-Excluir del concurso de traslados a los funcionarios

que en el anexo II se relacionan.

Tercero.-Declarar caducadas las instancias presentadas por

los participantes en el presente concurso que no han obtenido

destino, por lo que no serán tenidas en cuenta en futuros concursos

de traslados.

Cuarto.-Declarar desiertas las plazas no adjudicadas en el

presente concurso, salvo que se pretendan amortizar mediante

modificación de la plantilla orgánica o reordenación de efectivos de

un centro de trabajo, por lo que se cubrirán en la forma prevista

en el artículo 458 de la Ley Orgánica del Poder Judicial por

funcionarios de nuevo ingreso.

Quinto.-El cese deberá efectuarse dentro de los tres días

naturales siguientes a la publicación de esta Resolución en el "Boletín

Oficial del Estado", debiendo posesionarse del nuevo destino

obtenido por concurso en los tres días naturales siguientes al cese

si no hay cambio de localidad o en los diez días naturales siguientes

en caso contrario. El plazo posesorio será retribuido por la Junta

de Andalucía.

Si la Resolución comporta reingreso al servicio activo a la

Administración de Justicia en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y

Agentes el plazo deberá computarse desde el día siguiente al de

la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado",

pero en el presente caso dicho plazo no resulta retribuido, ya

que se produce antes de formalizarse el reingreso en los Cuerpos

de Oficiales, Auxiliares y Agente y por tanto no puede ser

computado como de servicios efectivos.

En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del

presente concurso no se encontraran en activo en otro Cuerpo

y no quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con

la Administración, dada la necesidad de contar con el tiempo

indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar al

Presidente, Juez, Fiscal o Jefe del organismo de su actual destino

un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad

o de dos en caso contrario [artículo 66.1.g) del Reglamento

Orgánico], teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la fecha

inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza

de reingreso.

Por la Comunidad Autónoma competente o la Gerencia

Territorial que corresponda se les debería conceder la excedencia de

oficio en el Cuerpo de procedencia si ésta se produce en un Cuerpo

al servicio de la Administración de Justicia, en cuyo destino se

les tendrá por cesados con la fecha anterior a la de su posesión

en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares o Agentes al objeto de

evitar la interrupción en la percepción de sus haberes.

Los funcionarios que actualmente ocupen las plazas que han

sido adjudicadas cesarán como consecuencia de la posesión del

titular.

Contra la presente Resolución podrán los interesados formular

recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a

partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial

del Estado".

Sevilla, 20 de septiembre de 1999.-El Director general, José

Antonio Muriel Romero.

ANEXO: (Ver imágenes páginas 35000 a 35008).

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