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Documento BOE-A-1999-19655

Orden de 3 de septiembre de 1999 por la que se modifica la autorización del centro privado de Educación Secundaria «Cervantes», de Talavera de la Reina (Toledo), por ampliación de dos unidades de Educación Secundaria Obligatoria.

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 1 de octubre de 1999, páginas 35353 a 35354 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-19655

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente del centro docente privado de Educación Secundaria

"Cervantes", domiciliado en Paseo de la Estación, número 64, de Talavera

de la Reina (Toledo), en relación con la modificación de la autorización

del mencionado centro, por ampliación de dos unidades en la etapa de

la Educación Secundaria Obligatoria, el Ministerio de Educación y Cultura

ha dispuesto:

Primero.-Modificar la autorización del centro privado de Educación

Secundaria "Cervantes", de Talavera de la Reina (Toledo), por ampliación

de dos unidades, que queda configurado del modo siguiente:

A) Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: "Cervantes".

Titular: María de los Milagros Collado Lozano.

Domicilio: Paseo de la Estación, número 64.

Localidad: Talavera de la Reina.

Municipio: Talavera de la Reina.

Provincia: Toledo.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Educación Secundaria Obligatoria. Capacidad: Seis unidades y 180

puestos escolares.

b) Bachillerato: Modalidades de Ciencias de la Naturaleza y de la

Salud y de Humanidades y Ciencias Sociales. Capacidad: Cuatro unidades

y 130 puestos escolares.

Segundo.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la

Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente

a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos

25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el

plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo

con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 3 de septiembre de 1999.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y

de 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación

Profesional, Roberto Mur Montero.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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