Mediante Resolución de 30 de abril de 1999 ("Boletín Oficial
del Estado" de 26 de mayo) se convocó concurso específico de
méritos para la provisión de puestos de trabajo de personal
funcionario de Administración y Servicios, adscritos a los grupos A,
B, C y D.
Una vez valorados los méritos alegados por los concursantes
correspondientes a los puestos convocados, según lo establecido
por las bases de la convocatoria, y de conformidad con la propuesta
de adjudicación de puestos de trabajo formulada por la Comisión
de Valoración del presente concurso en cumplimiento del
artículo 46.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado, esta Universidad
acuerda:
Primero.-Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración
de Méritos y resolver el concurso específico de méritos citado,
adjudicando los puestos de trabajo adscritos a los grupos A, B, C
y D que se relacionan en el anexo a los candidatos que igualmente
se especifican en el anexo de esta Resolución.
Segundo.-Los interesados deberán tomar posesión del nuevo
destino obtenido en el plazo de tres días hábiles, si el nuevo destino
no implica el cambio de residencia del funcionario, o de un mes
si implica cambio de residencia del funcionario, o comporta el
reingreso al servicio activo. El plazo de toma de posesión empezará
a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá
efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación
de la presente Resolución. Si la Resolución de concurso comporta
el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá
computarse desde la publicación de la presente Resolución.
Tercero.-El cómputo del plazo para el cese no se iniciará
mientras no finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan
sido concedidos a los interesados, salvo que, de conformidad con
lo establecido por el artículo 48.3 del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, se acuerde por causa justificada suspender el
disfrute de los mismos.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de
reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha
dictado, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid en el plazo de dos meses, contados a partir del día de
la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado",
en cumplimiento de lo que establece la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Getafe, 10 de septiembre de 1999.-El Rector, P.D. el Gerente,
Rafael Zorrilla Torrás.
ANEXO: (Ver imágenes páginas 35556 a 35557).
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