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Advertido error en el texto de la citada orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 17 de agosto de 1999, se procede a efectuar la oportuna rectificación:
Donde dice, artículo 4, párrafo tercero, «Del total de la financiación que se apruebe para cada uno de los proyectos, un 8 por 1000…», debe decir: «Del total de la financiación que se apruebe para cada uno de los proyectos, un 8 por 100…».
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