La Orden de 21 de enero de 1989, por la que se regula la comercialización de los materiales forestales de reproducción, establece, en su artículo 17, que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación publicará en el "Boletín Oficial del Estado" el catálogo nacional de materiales de base para los materiales forestales de reproducción de diferentesespecies contempladas en su artículo 2.
La Directiva 66/404/CEE, del Consejo, de 14 de junio, relativa a la comercialización de materiales forestales de reproducción, en la modificación introducida por la Directiva del Consejo 75/445/CEE, establece el "catálogo común de materiales de base para los materiales de reproducción".
El catálogo nacional es parte constitutiva de este catálogo común, por lo que se hace necesaria la remisión del catáloto nacional a la Comisión Europea para su posterior publicación en el "Diario Oficial de las Comunidades Europeas".
Por tanto, siendo necesaria la publicación de los nuevos catálogos nacionales de materiales de base para los materiales forestales de reproducción relativos a las especies Pinus sylvestris L. y Pinus nigra Arn. Como consecuencia de haberse modificado y ampliado los publicados por Orden de 4 de abril de 1991, a propuesta de la Dirección General de Agricultura, dispongo:
Primero.-Se publican los nuevos catálogos nacionales de materiales de base para los materiales forestales de reproducción relativos a las especies Pinus sylvestris L. y Pinus nigra Arn., de acuerdo con lo establecido en los anexos I y II.
Segundo.-Los mencionados nuevos catálogos sustituyen a los publicados en la citada Orden de 4 de abril de 1991.
Madrid, 28 de septiembre de 1999.
POSADA MORENO
ANEXOS I y II
(VER IMÁGENES, PÁGINAS 35876 A 35877)
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