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Documento BOE-A-1999-20055

Resolución de 17 de septiembre de 1999, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de construcción de una central térmica del ciclo combinado, para gas natural, de 800 MW, en San Roque (Cádiz), promovida por «Gas Natural SDG».

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 8 de octubre de 1999, páginas 35994 a 36008 (15 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1999-20055

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación

de Impacto Ambiental, y su Reglamento de ejecución, aprobado por Real

Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de

formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución

administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización

de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos

de las citadas disposiciones.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 839/1996, de 10 de

mayo, y en el Real Decreto 1894/1996, de 2 de agosto, por los que se

establece la estructura orgánica básica y la atribución de competencias

del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Dirección General

de Calidad y Evaluación Ambiental la realización de las declaraciones de

impacto ambiental de competencia estatal, reguladas por la legislación

vigente.

Al objeto de iniciar el procedimiento de evaluación de impacto

ambiental, el promotor, "Gas Natural SDG", remitió, con fecha 6 de febrero de 1998,

a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la

memoria-resumen del proyecto de construcción de una central térmica de ciclo

combinado, para gas natural, de 800 MW, en San Roque (Cádiz).

La central se ubica en el polígono industrial de Guadarranque, en el

término municipal de San Roque (Cádiz), a 1,6 kilómetros de la orilla

del mar. El proyecto consiste en la construcción de una central térmica

en ciclo combinado, para gas natural, de 800 MW, que constará de dos

módulos de potencia de aproximadamente 400 MW cada uno. Además,

la central dispondrá de las infraestructuras necesarias: Gasoducto de

conexión para suministro del gas natural, línea eléctrica a 220 kV para

evacuación de la energía eléctrica producida, y canales para la toma y

descarga del agua de refrigeración de la central.

La línea eléctrica de 220 kV, si bien es necesaria para evacuar la energía

eléctrica producida por la central proyectada, constituye un proyecto con

entidad propia, cuya aprobación es competencia sustantiva de la Junta

de Andalucía y está obligado a someterse al procedimiento de evaluación

de impacto ambiental por la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección

Ambiental, de la Junta de Andalucía. Por esta razón, el proyecto de

construcción de la línea eléctrica será sometido al procedimiento de evaluación

de impacto ambiental ante la Dirección de Protección Ambiental de la

Junta de Andalucía.

Revisada la memoria-resumen, y aceptada como documento válido que

recoge las características más significativas del proyecto a realizar, el

promotor, con fecha 30 de marzo de 1998, remitió los ejemplares necesarios

para iniciar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, de acuerdo

con lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 1131/1988, de 30 de

junio, con fecha 6 de abril de 1998 inició un período de consultas a personas,

instituciones y Administraciones sobre el impacto ambiental del proyecto.

Se consultaron un total de 41 entidades entre las que se incluyen

entidades de la Administración estatal y autonómica, los Ayuntamientos más

próximos, algunos centros de investigación y asociaciones ecologistas. La

relación de consultados y un resumen de las respuestas recibidas se recoge

en el anexo I.

En virtud del artículo 14 del Reglamento, la Dirección General de

Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha 3 de julio de 1998, remitió al

promotor las respuestas recibidas, indicando la opinión del órgano ambiental

con respecto a los aspectos más significativos que debían tenerse en cuenta

en la realización del estudio de impacto ambiental.

La Delegación del Gobierno en Andalucía, a instancia del órgano

sustantivo, la Dirección General de la Energía del Ministerio de Industria

y Energía, sometió conjuntamente a trámite de información pública el

proyecto básico de la central y el estudio de impacto ambiental, de acuerdo

con lo estipulado en el artículo 15 del Reglamento.

Conforme al artículo 16 del Reglamento, con fecha 16 de octubre de 1998

la Dirección General de la Energía remitió a la Dirección General de Calidad

y Evaluación Ambiental el expediente completo, consistente en el

documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental y el resultado

de la información pública.

El anexo II contiene los aspectos más destacables del estudio de impacto

ambiental, que incluye los datos esenciales del proyecto.

Un resumen del resultado del trámite de información pública del

proyecto básico y del estudio de impacto ambiental se acompaña como anexo III.

Recibido el expediente completo, la Dirección General de Calidad y

Evaluación Ambiental estableció consultas con la Dirección General de

Protección Ambiental de la Junta de Andalucía en relación con los

contenidos técnicos de dicho expediente. Asimismo, se efectuaron consultas

técnicas a la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, al Ayuntamiento

de San RoqueyalaDelegación Provincial de Cádiz de la Consejería de

Cultura de la Junta de Andalucía.

Como resultado del análisis de la documentación disponible, con

fecha 16 de febrero de 1999, la Dirección General de Calidad y Evaluación

Ambiental solicitó al promotor ampliación de información sobre los niveles

de inmisión de dióxido de nitrógeno y dióxido de azufre que podrían

alcanzarse en situaciones atmosféricas desfavorables, tanto para el

funcionamiento de la central con gas natural, como funcionando con gasóleo como

combustible auxiliar.

Tras los contactos establecidos con la Dirección General de Protección

Ambiental de la Junta de Andalucía, la Delegación Provincial de Medio

Ambiente de Cádiz de la Consejería de Medio Ambiente aportó la

información disponible.

Habiéndose comprobado que el área abarcada por el estudio de impacto

ambiental para evaluar la incidencia de las emisiones de óxidos de

nitrógeno en la calidad del aire incluía el Peñón de Gibraltar, situado a menos

de 10 kilómetros del emplazamiento de la central, y teniendo en

consideración que el estudio indicaba que se producirían en el territorio de

Gibraltar incrementos en los niveles de inmisión de dióxido de nitrógeno,

se procedió, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 6. o del Real Decreto

Legislativo 1302/1986 y el artículo 23 del Real Decreto 1131/1988, a

informar al Reino Unido de la existencia del proyecto y del correspondiente

estudio de impacto ambiental, ofreciéndole la posibilidad de emitir su

opinión.

La Embajada Británica en Madrid, mediante escrito de 12 de marzo

de 1999, contestó indicando que la valoración preliminar de sus expertos

en medio ambiente estimaba que el proyecto no tendría consecuencias

graves para la calidad del aire en Gibraltar, pero que, no obstante, la

Agencia Británica de Medio Ambiente estimaba conveniente que se

evaluase el impacto a corto plazo que sobre la calidad del aire en Gibraltar

producirían las emisiones de óxidos de nitrógeno y, para el caso de

funcionamiento con gasóleo, las emisiones de dióxido de azufre. El escrito

solicitaba que se completase el estudio de impacto ambiental con

información adecuada sobre tales aspectos.

La ampliación de información solicitada por la Agencia Británica de

Medio Ambiente ya había sido requerida al promotor, por propia iniciativa

de esta Dirección General, con fecha 16 de febrero, como se ha indicado

anteriormente.

Finalmente, con fecha 11 de mayo de 1999, "Gas Natural SDG" remitió

a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental un estudio con

la ampliación de información solicitada. En el anexo IV se incluye un

resumen de la información aportada por la Delegación Provincial de Medio

Ambiente de la Junta de Andalucía en Cádiz y del estudio remitido por

"Gas Natural SDG".

En consecuencia, la Dirección General de Calidad y Evaluación

Ambiental, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el Real Decreto

Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental,

y los artículos 4.2, 16.1 y 18 de su Reglamento de ejecución, aprobado

por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, formula, a los sólos

efectos ambientales, la siguiente declaración de impacto ambiental sobre

el proyecto de construcción de una central térmica de ciclo combinado,

para gas natural, de 800 MW, en San Roque (Cádiz), promovida por "Gas

Natural SDG".

Declaración de impacto ambiental

Examinada la documentación que constituye el expediente, se considera

que el proyecto es ambientalmente viable, cumpliendo las siguientes

condiciones:

1. Durante la fase de construcción

1.1 Preservación del suelo y la vegetación.-Con anterioridad a la

iniciación de las obras se procederá a señalizar y balizar toda la zona de

obras.

El balizamiento de la parcela en la que se construirá la central se

situará, por el linde con el arroyo de la Madre Vieja, a una distancia

mínima de 20 metros del cauce con el fin de no afectar a la vegetación

de ribera.

Se balizará en su totalidad, y por ambas márgenes, la pista de trabajo

necesaria para la construcción de las conducciones de toma y descarga

del agua de refrigeración, así como los caminos auxiliares de acceso que

se construyan provisionalmente para la realización de las obras. La pista

de trabajo será de 30 metros de ancho como máximo, salvo en el cruce

del arroyo de la Madre Vieja y en la playa de Guadarranque, en que la

anchura se reducirá a 20 metros como máximo.

También se balizará la zona en la que se construirá la central de bombeo.

Fuera de la zona de obras no se permitirá el paso de maquinaria,

ni el depósito de materiales o residuos de ninguna clase.

1.2 Mantenimiento de la maquinaria.-Se habilitará un área específica

para realizar las operaciones de mantenimiento, lavado, repostaje, etc.,

de la maquinaria de obras. Este área dispondrá de suelo impermeabilizado

y de sistema de recogida de efluentes a fin de evitar la contaminación

del suelo y el vertido directo a los arroyos próximos.

1.3 Gestión de los residuos de obra y materiales sobrantes.-Los

materiales sobrantes de excavaciones y desbroces y los residuos de obras,

considerados no peligrosos, se depositarán en vertederos específicamente

autorizados por la autoridad competente.

1.4 Control de los sedimentos arrastrados por las aguas

superficiales.-El proyecto de obras estudiará las escorrentías superficiales que se

produzcan e incluirá el diseño de las barreras necesarias para retener

sedimentos y evitar que afecten a la calidad de las aguas de los cauces

a los que viertan.

1.5 Preservación de la calidad de las aguas del arroyo de la Madre

Vieja.-Se controlarán los vertidos, tanto de las aguas pluviales como de

las que se extraigan de las excavaciones que se efectúen para instalar las

conducciones de toma y descarga del agua de refrigeración, de manera

que no se incrementen significativamente los sólidos en suspensión de

las aguas del arroyo de la Madre Vieja.

1.6 Protección de la calidad de las aguas de la bahía de

Algeciras.-Todas las operaciones que se realicen para la construcción de las

conducciones de toma y descarga del agua de refrigeración en su tramo marino,

que supongan la movilidad de sedimentos y materiales, se realizarán en

el interior de un recinto creado con geomembrana que evite la dispersión

de las partículas en el medio marino. El recinto estará cerrado por todos

sus lados y llegará hasta el fondo del mar. Estará instalado con anterioridad

al inicio de cualquier trabajo que suponga la movilización de sedimentos

y materiales y no se retirará hasta cinco horas después de finalizadas

las actividades que hayan obligado a su colocación.

1.7 Preservación de los restos arqueológicos.-Con anterioridad a la

iniciación de las obras se efectuarán los estudios arqueológicos indicados

en la condición 9.2 de esta declaración de impacto ambiental, que deberán

contar con informe favorable de la Dirección General de Bienes Culturales

de la Junta de Andalucía.

Durante la realización de las obras se efectuará un control arqueológico,

con presencia permanente de un Arqueólogo, de los movimientos de tierra

que se realicen en la parcela de la central y en la apertura de las zanjas

para las conducciones de toma y descarga del agua de refrigeración en

los tramos terrestre y marítimo. En cualquier caso, se adoptarán las

condiciones que establezca el organismo competente de la Junta de Andalucía

en orden a proteger el patrimonio arqueológico.

1.8 Conservación de la comunicación del territorio.-Se modificará

la ubicación de la central de bombeo situándola en el lado contrario a

la línea de costa del nuevo vial que se construya, de acuerdo con lo

propuesto por la asociación de vecinos de Carteya, salvo que el resultado

de las prospecciones arqueológicas a que hacen referencia las

condiciones 1.7 y 9.2 aconsejasen lo contrario. Esta modificación se realizará en

concordancia con el planeamiento urbanístico del Ayuntamiento de San

Roque y, en cualquier caso, se asegurará el acceso a la citada urbanización.

1.9 Modificación de los trazados de las conducciones de toma y

descarga del agua de refrigeración en su tramo marino.-En caso de que la

Autoridad Portuaria del Puerto de la Bahía de Algeciras, atendiendo a

la alegación interpuesta por Gibraltar-Intercar con respecto a la

interferencia de estos emisarios con la actividad portuaria para la que dispone

de autorización administrativa, obligara a modificar el trazado de estas

conducciones, se evaluarán los impactos producidos por el nuevo trazado,

en caso de que éste discurriese por zonas no abarcadas por el estudio

de impacto ambiental realizado.

1.10 Minimización de la afección a las actividades turísticas y

recreativas.-Las obras de construcción de las canalizaciones para la toma y

descarga de las aguas de refrigeración, desde 100 metros antes de la

estación de bombeo, por su tramo terrestre, hasta 200 metros de la línea

de costa, en su tramo marítimo, así como las de la propia central de

bombeo, se realizarán fuera del período comprendido entre el 1 de junio

y el 30 de septiembre.

1.11 Restitución geomorfológica y edáfica de las zonas de obra.-Al

término de las obras se retirarán todos los escombros, residuos, materiales

sobrantes y demás restos. Se procederá a la descompactación de los

terrenos afectados por el paso de la maquinaria. Se efectuará la restitución

geomorfológica y edáfica de todos los terrenos afectados por las obras,

especialmente el cruce con el arroyo de la Madre Vieja, el tramo afectado

de la playa de Guadarranque y el fondo marino afectado por el tramo

enterrado de las canalizaciones de toma y descarga del agua de

refrigeración.

1.12 Restitución de la vegetación.-En las zonas en las que se haya

suprimido la vegetación, especialmente en la zona de cruce de las

conducciones de toma y descarga con el arroyo de la Madre Vieja, se procederá

a plantar especies autóctonas con densidad y composición específica

similar a la existente en los alrededores de la zona a restaurar. En las zonas

en las que previamente existiesen pastizales, se procederá a resembrar

con especies herbáceas autóctonas después de proceder a la restitución

edáfica.

1.13 Minimización del impacto paisajístico.-En la zona perimetral de

la parcela en que se construya la central térmica, y alrededor de la central

de bombeo, se plantará un seto arbustivo ornamental denso, con especies

de crecimiento rápido y ramaje abundante, que apantallen la visión de

la central térmica y de la central de bombeo.

2. Control de la contaminación atmosférica

2.1 Minimización de las emisiones.-La central dispondrá de un

sistema de combustión que garantice bajas emisiones de óxidos de nitrógeno,

NO x , mediante la utilización de quemadores de diseño perimetral que

reducen la temperatura de la llama, permitiendo con ello no rebasar los límites

de emisión de NO x que se establecen en el proyecto básico y en el estudio

de impacto ambiental.

2.2 Sistema de evacuación de los gases residuales.-Para la evacuación

de los gases residuales se instalará una chimenea de 65 metros de altura

para cada grupo de 400 MW, de acuerdo con el resultado obtenido en

el estudio de impacto ambiental con la aplicación del modelo de dispersión

de contaminantes en la atmósfera "Industrial Source Complex Short Term"

versión 3 (ISCST3), de la Environmental Protection Agency (EPA).

2.3 Límites de emisión.-De acuerdo con las emisiones estimadas por

el promotor, y utilizadas en el estudio de impacto ambiental para evaluar

el impacto sobre la calidad del aire, se establecen los límites de emisión

que se indican a continuación:

2.3.1 Utilizando gas natural como combustible.-Las emisiones

producidas por la central utilizando gas natural como combustible no

superarán los límites siguientes:

Emisiones de partículas: Teniendo en cuenta que en el proceso de

combustión en una turbina de gas no se generan cantidades significativas

de partículas, y que la instalación proyectada no dispone de sistemas de

combustión posteriores a la turbina, no se considera necesario establecer

límites para este contaminante.

Emisiones de óxidos de nitrógeno: No superarán los 55 mg/Nm 3 (NO x expresado como NO 2 )

Emisiones de dióxido de azufre: El contenido de azufre en el gas natural

que se utilice como combustible no deberá superar el 0,018 por 100 en

peso. Este contenido de azufre en el combustible equivale a emisiones

de 5,5 gramos/segundo de SO 2 y una concentración en los gases emitidos

de 9,42 mg/Nm 3 de SO 2 , medidos sobre gas seco con un contenido del 15

por 100 de O 2 . En cualquier caso, las emisiones por chimenea no superarán

los 11,16 mg/Nm 3 .

Las concentraciones máximas admisibles en los gases expulsados se

expresan sobre gas seco con un contenido del 15 por 100 de oxígeno (O 2 ).

2.3.2 Utilizando gasóleo como combustible auxiliar.-Las emisiones

producidas por la central utilizando gasóleo como combustible auxiliar

no superarán los límites que se establecen a continuación:

Emisiones de cenizas o partículas: No superarán los 20 mg/Nm 3 .

Emisiones de óxidos de nitrógeno: No superarán los 120 mg/Nm 3 (NO x expresado como NO 2 ).

Dióxido de azufre: El contenido de azufre en el gasóleo que se utilice

como combustible no deberá superar el 0,05 por 100 en peso. Este contenido

de azufre en el combustible equivale a emisiones de 17,9 gramos/segundo

de SO 2 y una concentración en los gases emitidos 25,25 mg/Nm 3 de SO 2 ,

medidos sobre gas seco con un contenido del 15 por 100 de O 2 . En cualquier

caso, las emisiones por chimenea no superarán los 30 mg/Nm 3 .

Las concentraciones máximas admisibles en los gases expulsados se

expresan sobre gas seco con un contenido del 15 por 100 de oxígeno (O 2 ).

2.3.3 Criterios para evaluar las emisiones.-Se considerará que se

respetan los valores límite de emisión fijados anteriormente, condiciones 2.3.1

y 2.3.2, cuando:

Ningún valor medio diario validado supere los valores límite de emisión

establecidos.

Ningún valor medio horario validado supere el 200 por 100 de los

límites de emisión establecidos.

En los equipos de medida el valor de los intervalos de confianza a 95

por 100 determinado en los valores límite de emisión no superará los

porcentajes siguientes del valor límite de emisión: Dióxido de azufre, 20

por 100; óxidos de nitrógeno, 20 por 100, y cenizas, 30 por 100.

Los valores medios por hora y día validados se determinarán durante

el plazo de explotación efectivo (excluidos los períodos de arranque y

parada) a partir de los valores medios por hora válidos medidos tras

sustraer el valor del intervalo de confianza especificado anteriormente.

Cada día en que más de tres valores medios por hora no sean válidos

debido al mal funcionamiento o mantenimiento del sistema de medición

continua, se invalidará ese día. Si se invalidan más de diez días al año

por estas circunstancias, el titular de la central deberá adoptar las medidas

adecuadas para mejorar la fiabilidad del sistema de control continuo.

2.4 Control de las emisiones.-En las chimeneas de evacuación de

los gases se instalarán sistemas de medición en continuo, con transmisión

de datos al cuadro de mando de la central, de las concentraciones de

los siguientes contaminantes: Cenizas o partículas, dióxido de azufre,

óxidos de nitrógeno y monóxido de carbono. Asimismo, se instalarán equipos

de medición en continuo de los parámetros de funcionamiento siguientes:

Contenido de oxígeno, contenido de vapor de agua, temperatura y presión.

Se instalará un sistema informático que permita facilitar, en tiempo

real, a la Red de Vigilancia de la Contaminación Atmosférica de la Junta

de Andalucía, los datos obtenidos por los sistemas de medición en continuo

de los contaminantes y de los parámetros de funcionamiento indicados

anteriormente, así como los datos de caudal y porcentaje de carga de

funcionamiento de la central. El sistema de medida de emisiones se

adecuará a lo especificado en el artículo 14 del Decreto de 20 de febrero

de 1996, de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía,

por el que se aprueba el Reglamento de la Calidad del Aire.

2.5 Funcionamiento con gasóleo como combustible.-En caso de fallo

en el suministro de gas natural, la central podrá funcionar utilizando

gasóleo como combustible auxiliar durante un período máximo consecutivo

de cinco días y un máximo de veinte días al año, salvo que, por existir

una necesidad acuciante de mantener el abastecimiento de energía, la

autoridad competente lo autorizase expresamente, teniendo en cuenta,

en todo caso, los niveles de inmisión de la zona.

2.6 Control de los niveles de inmisión.-Se instalarán una serie de

estaciones de medida automáticas y continuas de la calidad del aire en

la zona de influencia del penacho de la central, con el fin de comprobar

la incidencia real de las emisiones producidas en los valores de inmisión

de los contaminantes emitidos.

Estas estaciones permitirán la medida en continuo de los siguientes

contaminantes: Partículas, dióxido de azufre, óxidos de nitrógeno, dióxido

de nitrógeno, monóxido de carbono y ozono. Estarán conectadas en tiempo

real con la Red de Vigilancia de la Contaminación Atmosférica de la Junta

de Andalucía.

La ubicación de las estaciones de medida se establecerá en coordinación

con el órgano competente de la Junta de Andalucía, de manera que permita

completar la Red de Vigilancia de la Contaminación Atmosférica

actualmente existente en la zona. Como mínimo se instalarán: Una estación

en Sierra Carbonera; otra, al noroeste de la central, en la zona en la que

se producen incrementos puntuales significativos de los niveles de inmisión

en situaciones atmosféricas desfavorables, y otra en el parque de los

Alcornocales.

2.7 Informes.-Independientemente de la transmisión de datos en

continuo a la Red de Vigilancia de la Contaminación Atmosférica de la Junta

de Andalucía, el promotor remitirá a la Dirección General de la Energía

del Ministerio de Industria y Energía, a la autoridad competente de la

Junta de Andalucía y a esta Dirección General un informe mensual que

indique las emisiones efectuadas de partículas, dióxido de azufre y óxidos

de nitrógeno, con los valores promedios horarios, diarios y máximos

puntuales de los citados contaminantes, así como los pesos emitidos, totales

y por kilowatio/hora producido.

2.8 Puesta en marcha de la central.-El promotor propondrá a la

autoridad competente el programa de pruebas y análisis de emisiones a la

atmósfera a que hace referencia el capítulo II del Real Decreto 833/1975, de 6

de febrero, por el que se desarrolla la Ley 38/1972, de 22 de diciembre,

de Protección del Ambiente Atmosférico, de acuerdo con lo dispuesto en el

capítulo IV de la Orden del Ministerio de Industria de 18 de octubre de 1976,

sobre prevención y corrección de la contaminación industrial de la atmósfera.

3. Mitigación del impacto acústico. Niveles de emisión

En los proyectos de construcción de la central térmica y de la central

de bombeo se incluirán específicamente las características de aislamiento

acústico. El diseño definitivo asegurará que el nivel de emisión de ruido

al exterior de la central térmica no supere los 75 dB(A) durante el día,

desde las siete a las veintitrés horas, ni los 70 dB(A) durante la noche,

desde las veintitrés a las siete horas, tal como establece para zonas

industriales el Decreto 74/1996, de 20 de febrero, de la Junta de Andalucía,

por el que se aprueba el Reglamento de la Calidad del Aire.

La central de bombeo no emitirá al exterior del recinto más de 65 dB(A)

durante el día, desde las siete a las veintitrés horas, ni más de 55 dB(A)

durante la noche, desde las veintitrés hasta las siete horas, tal como

establece para zonas residenciales el citado Decreto 74/1996, de 20 de febrero,

de la Junta de Andalucía.

Para efectuar la evaluación indicada anteriormente se estará a lo

dispuesto en la Orden de 23 de febrero de 1996, de la Consejería de Medio

Ambiente de la Junta de Andalucía, considerándose niveles de ruido, con

la instalación parada, los obtenidos en el estudio preoperacional requerido

en la condición 9.1 de esta declaración de impacto ambiental.

Asimismo, los niveles de inmisión de ruido, como consecuencia del

funcionamiento de la central térmica y de la central de bombeo, no

superarán los límites establecidos en el Reglamento de la Calidad del Aire

de la Junta de Andalucía, ya citado.

4. Control de los vertidos al arroyo de la Madre Vieja

Con anterioridad a la puesta en funcionamiento de la central, se

dispondrá de la correspondiente autorización de vertido emitida por la

Confederación Hidrográfica del Sur, o por la Consejería de Medio Ambiente

de la Junta de Andalucía si el vertido se produce en la zona de influencia

mareal.

Se dispondrá de las instalaciones de tratamiento adecuadas para

garantizar el cumplimiento de las condiciones que se establezcan en la

autorización de vertido citada anteriormente.

5. Mitigación y control del impacto producido por el vertido

de las aguas de refrigeración

5.1 Diseño del emisario de vertido.-El diseño del emisario de vertido

se ajustará a lo especificado en el estudio de impacto ambiental. Tendrá

una longitud, en su tramo marino, de 800 metros para alcanzar la cota

de -40 metros, y dispondrá de un mínimo de ocho difusores, de 1,20 metros

de diámetro, dispuestos cada 25 metros a lo largo de los últimos 200

metros del emisario.

5.2 Condiciones del vertido.-De acuerdo con los datos utilizados en

el estudio de impacto ambiental, el vertido de las aguas procedentes de

la refrigeración de la central no superará los siguientes parámetros:

El caudal vertido no superará los 17 m 3 /s. El incremento de la

temperatura del agua producido por el sistema de refrigeración no superará

los 7 o C.

El vertido no producirá un incremento de temperatura en las aguas

de la bahía de más de 3 o C a una distancia de 100 metros del punto de

vertido y a una profundidad de 1 metro.

Además, con anterioridad a la puesta en funcionamiento de la central,

se dispondrá de la correspondiente autorización de vertido emitida por

la autoridad competente de la Junta de Andalucía y se cumplirán todos

sus condicionantes.

5.3 Coordinación, la autorización de vertido.-En caso de que, como

consecuencia del cumplimiento de las condiciones que en su momento

establezca la autorización de vertido que emita la autoridad competente

de la Junta de Andalucía, resultase innecesario el cumplimiento de las

condiciones indicadas anteriormente, condiciones 5.1 y 5.2, así como las

condiciones que se establecen en esta declaración de impacto relacionadas

con la vigilancia de la calidad del agua marina, condición 8.7, el promotor

podrá solicitar a esta Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental

la modificación o supresión de estas condiciones en orden a coordinarlas

con las que establezca la autorización de vertido.

6. Gestión de los residuos

Los aceites procedentes del mantenimiento de la maquinaria y otros

residuos peligrosos que se generen durante la realización de las obras

y durante la explotación de la central serán retirados por gestores de

residuos peligrosos debidamente autorizados, de acuerdo con la legislación

vigente en su momento.

Los residuos no peligrosos se gestionarán de acuerdo con la legislación

vigente y en instalaciones autorizadas para la gestión de los mismos.

7. Construcción y explotación de la línea eléctrica para evacuación

de energía producida

No se podrán iniciar las obras de construcción de la línea eléctrica

hasta que el órgano competente de la Junta de Andalucía emita declaración

de impacto ambiental favorable sobre el proyecto de construcción y

explotación de la referida línea eléctrica.

8. Programa de vigilancia ambiental

Se redactará un programa de vigilancia ambiental, tanto para la fase

de obras como para la fase de funcionamiento de la central, que permita

el seguimiento y control de los impactos y la eficacia de las medidas

correctoras establecidas en el estudio de impacto ambiental y en el condicionado

de esta declaración.

En él se detallará el modo de seguimiento de las actuaciones, y se

describirá el tipo de informes y la frecuencia y período de su emisión,

que como mínimo incluirán lo especificado en la condición 8.3. Los

informes deberán ser emitidos en las fechas propuestas en el programa y

remitidos a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental a través

de la Dirección General de la Energía, que acreditará su contenido y

conclusiones, todo ello, sin perjuicio de la información que corresponda remitir

a la autoridad ambiental de la Junta de Andalucía.

El programa contemplará los aspectos indicados en el estudio de

impacto ambiental y, en especial, incluirá los siguientes:

8.1 Programa de vigilancia durante la fase de construcción.-Se

incluirán en el programa de vigilancia los siguientes aspectos: La supervisión

del terreno utilizado y el respeto del balizamiento, la elección de los equipos

y maquinaria a utilizar, la realización de las operaciones de mantenimiento

en los lugares específicamente destinados a este fin, las medidas destinadas

a evitar la producción de nubes de polvo, el funcionamiento de las barreras

de retención de sólidos en suspensión, la gestión de la tierra vegetal

retirada, los vertidos a cauces, suelos u otros lugares no destinados a este

fin, la gestión de los residuos de obra y materiales sobrantes, la información

a los trabajadores de las normas y recomendaciones para el manejo

responsable de materiales y sustancias potencialmente contaminadoras, la

estacionalidad de los trabajos para no interferir con la actividad turística,

y presencia de un Arqueólogo durante los trabajos de excavación.

En el caso específico de la construcción de los tramos submarinos

de las conducciones de toma y descarga del agua de refrigeración se

comprobará la instalación de los geotextiles para la retención de los materiales

y sedimentos movilizados por las actividades constructivas y se efectuará

un seguimiento de la calidad de las aguas. Las medidas de la calidad

de las aguas incluirán: Medida en continuo de la estructura térmica, salina

y de densidades; penetración de la luz; toma de muestras de agua a tres

niveles (superficie, medio y fondo) y análisis de los parámetros oxígeno

disuelto, sólidos en suspensión, turbidez, nutrientes, y DBO 5 . Las muestras

y mediciones se tomarán con periodicidad semanal durante todo el período

que duren las obras y se efectuarán en una estación, definida como sensible,

y otra de contraste, situada a 500 metros a favor de las corrientes.

8.2 Programa de vigilancia durante la explotación de la central.

8.2.1 Vigilancia de las emisiones a la atmósfera.-Mediante los sistemas

de medición en continuo, instalados en cada chimenea, se vigilará el

cumplimiento de los niveles de emisión establecidos para cada contaminante,

de acuerdo con lo dispuesto en las condiciones 2.3, 2.4, y 2.5 de esta

declaración.

8.2.2 Vigilancia de los valores de inmisión de los contaminantes en

la atmósfera.-Se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en la condición 2.6

de esta declaración.

8.2.3 Vigilancia del impacto acústico.-Se efectuarán mediciones de

los niveles de emisión sonora al exterior, producidas por la central y la

estación de bombeo, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de

la Calidad del Aire, aprobado por Decreto 74/1996, de 20 de febrero, de

la Junta Andalucía.

Estas mediciones contemplarán los períodos diurno y nocturno y se

efectuarán tras la puesta en funcionamiento de las instalaciones,

comprobando que se cumplen los límites establecidos en la condición 3 de

esta declaración. En caso contrario, se realizarán las medidas correctoras

necesarias para su cumplimiento.

Comprobado el cumplimiento de las limitaciones impuestas, se

efectuarán mediciones trimestralmente durante el primer año, y, si se

continúan cumpliendo los límites establecidos, se podrá espaciar la frecuencia

efectuando medidas semestralmente durante el segundo año, y con

frecuencia bianual en períodos sucesivos.

8.2.4 Vigilancia de la calidad de las aguas.-Se efectuarán análisis de

la calidad de los efluentes dirigidos al arroyo de la Madre Vieja de acuerdo

con lo que, en su momento, disponga la autoridad competente en su

autorización de vertido.

8.2.5 Vigilancia de procesos erosivos y de inestabilidad.-Se

observarán visualmente, con anterioridad y posterioridad al período más intenso

de precipitaciones, todas las superficies de las que se haya retirado la

cobertura vegetal en algún momento durante las obras. Se observará la

formación de cárcavas por socavamiento del terreno, los desprendimientos

o deslizamientos del terreno, y la profundidad de la capa vegetal presente.

8.2.6 Vigilancia de la evolución de la vegetación y los setos plantados

para mitigar el impacto paisajístico.-Se efectuarán inspecciones periódicas

de las plantaciones y siembras efectuadas en las márgenes del arroyo

de la Madre Vieja y de los setos perimetrales de la parcela de la central

y de la central de bombeo.

8.2.7 Vigilancia de la calidad del agua marina.-Se vigilará el

cumplimiento de las limitaciones del vertido térmico, de 3 o C de salto térmico

a 100 metros del vertido y 1 metro de profundidad desde la superficie

del mar.

Se establecerán cinco estaciones: Una, en el centro del penacho; otra,

a 100 metros en contra de la corriente, y otras tres situadas a 50, 100

y 500 metros a favor de la corriente. Se efectuarán controles con

periodicidad trimestral durante tres días, como mínimo, en cada estación. Se

medirá: El perfil continuo de temperatura, salinidad y densidad a lo largo

de toda la columna de agua; penetración de la luz; toma de muestras

de agua a tres niveles (superficie, medio y fondo) y análisis de los

parámetros oxígeno disuelto, sólidos en suspensión, turbidez, nutrientes y

DBO 5 . También se determinará la concentración de clorofila y pigmentos

acompañantes, como indicadores de biomasa, para determinar la influencia

del biocida incorporado al circuito de refrigeración.

8.2.8 Vigilancia de las comunidades bentónicas y planctónicas.-Se

tomarán tres muestras de sedimento, mediante draga con periodicidad

anual, en puntos cercanos al punto de vertido y se procederá a la separación

de especímenes presentes en las muestras, con el consiguiente tratamiento

posterior: Biomasa de las distintas comunidades sobre una muestra

minoritaria representativa; elaboración de listados faunísticos y florísticos;

elaboración de tablas de organismos de cada taxón identificado y su asignación

a las correspondientes comunidades; cálculo de los espectros de cada

comunidad; biomasa de los principales grupos faunísticos implicados; biomasa

de las larvas de especies de interés pesquero; biomasa y tamaño de

muestras representativas de los recursos capturados por las embarcaciones.

8.2.9 Vigilancia de los recursos pesqueros.-Se realizarán controles

trimestrales de la biomasa total y número de individuos de interés

comercial que sean retenidos por el sistema de rejas de la central de bombeo.

8.2.10 Vigilancia de la dinámica marina. Se realizarán anualmente

tres transectos batimétricos perpendiculares al emisario y en el campo

de vertido.

8.2.11 Periodicidad de los controles relacionados con el medio

marino.-La periodicidad establecida en las condiciones 8.2.7 a la 8.2.10 podrá

espaciarse en períodos sucesivos en función de la experiencia obtenida

por el programa de vigilancia, previa autorización de esta Dirección General.

8.3 Informes.-Sin perjuicio de lo establecido en la condición 2.7, el

programa de vigilancia ambiental incluirá como mínimo la remisión de

los siguientes informes:

Se emitirá un informe, con periodicidad semestral, durante la fase

de construcción, y anual, durante la explotación de la central, sobre las

actividades realmente realizadas en el cumplimiento del programa de

vigilancia. Se hará referencia a todos los puntos indicados expresamente en

la condición 8.2 de esta declaración, e incluirá un capítulo de conclusiones,

en el que se evaluará el cumplimiento de las condiciones establecidas

en esta declaración, la eficacia de las medidas correctoras utilizadas, las

posibles desviaciones respecto de los impactos residuales previstos en

el estudio de impacto ambiental y, en su caso, propondrá medidas

correctoras adicionales o modificaciones en la periodicidad de los controles

realizados.

Se emitirá un informe especial cuando se presenten circunstancias

o sucesos excepcionales que impliquen deterioros ambientales o

situaciones de riesgo, tanto en la fase de construcción como en la de

funcionamiento.

Del examen de esta documentación, por parte de la Dirección General

de Calidad y Evaluación Ambiental, podrán derivarse modificaciones de

las actuaciones previstas, en función de una mejor consecución de los

objetivos de la presente declaración de impacto.

9. Documentación adicional

Con anterioridad a la iniciación de las obras se efectuarán y se remitirán

a la Dirección General de la Energía del Ministerio de Industria y Energía

y a esta Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental los estudios

que se indican a continuación:

9.1 Respecto a los niveles de inmisión acústica.-Con anterioridad

a la iniciación de las obras se efectuará una evaluación de los valores

de inmisión de ruido en la zona próxima a la parcela donde se proyecta

construir la central térmica y en las inmediaciones de donde se ubique

la central de bombeo. Esta evaluación se efectuará de acuerdo con lo

dispuesto en el Decreto 74/1996, de 20 de febrero, de la Junta de Andalucía,

por el que se aprueba el Reglamento de la Calidad del Aire, y con lo

establecido en la Orden de 23 de febrero de 1996, de la Consejería de

Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, en lo que se refiere a la medida,

evaluación y valoración de ruidos. Esta evaluación deberá ser enviada

a la Dirección General de Protección Ambiental de la Junta de Andalucía.

9.2 Respecto a la protección del patrimonio arqueológico.-Con

anterioridad a la iniciación de las obras se efectuarán las siguientes actuaciones:

Prospección arqueológica superficial de la parcela donde se propone

la construcción de la central térmica.

Realización de sondeos arqueológicos con medios mecánicos en la

citada parcela.

Prospección arqueológica con sondeos del lugar donde está prevista

la construcción de la central de bombeo.

Prospección arqueológica subacuática de la zona de implantación de

las conducciones de toma de agua y del emisario de vertido.

Todos estos trabajos arqueológicos deberán ser llevados a cabo por

un Arqueólogo y autorizados por el organismo competente, la Dirección

General de Bienes Culturales de la Junta de Andalucía, a través de la

Delegación Provincial de Cádiz, de acuerdo con lo estipulado en el Título

IV del Decreto 32/1993, de 16 de marzo, de la Junta de Andalucía, por

el que se aprueba el Reglamento de Actividades Arqueológicas.

10. Financiación de medidas correctoras

Deberán incorporarse al pliego de prescripciones técnicas particulares

de las obras las medidas correctoras propuestas por el estudio de impacto

ambiental y las contenidas en esta declaración, así como las actividades

derivadas de la realización del programa de vigilancia.

Todos los datos y conceptos relacionados con la ejecución de medidas

correctoras, contempladas en el estudio de impacto ambiental y en las

condiciones establecidas, figurarán con memoria, planos, pliego de

prescripciones y presupuesto. También se valorarán los gastos derivados del

programa de vigilancia ambiental.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento

de lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento para la ejecución del

Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de

Impacto Ambiental.

Madrid, 17 de septiembre de 1999.-La Directora general, Dolores

Carrillo Dorado.

ANEXO I

Consultas previas sobre el impacto ambiental del proyecto

Respuestas recibidas Relación de consultados

DG de Conservación de la Naturaleza.................................

Dirección General de Costas............................................ X

Confederación Hidrográfica del Sur de España.....................

Delegación del Gobierno en la CA de Andalucía....................

Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras....................... X

Dirección Provincial del Ministerio de Industria y Energía......

Subdelegación del Gobierno en Cádiz.................................

Consejería de Agricultura y Pesca.....................................

Dirección General de Bienes Culturales (Consejería de Medio

Ambiente de la Junta de Andalucía)...............................

Dirección General de Protección Ambiental (Consejería de

Medio Ambiente de la Junta de Andalucía)....................... X

DG de Ordenación del Territorio y Urbanismo (Consejería de

Obras Públicas y Transportes Junta de Andalucía)............. X

Diputación Provincial de Cádiz......................................... X

Ayuntamiento de San Roque............................................ X

Ayuntamiento de Algeciras..............................................

Ayuntamiento de Castellar de la Frontera...........................

Ayuntamiento de La Línea de la Concepción........................

Ayuntamiento de Los Barrios........................................... X

Instituto Español de Oceanografía.....................................

Instituto Tecnológico Geominero de España........................ X

Instituto de Ciencias Marinas de Andalucía (CSIC)................ X

Instituto Universitario Ecología del Mediterráneo (Universidad

de Málaga)................................................................

Departamento de Biología Vegetal y Ecología (Universidad de

Sevilla)....................................................................

Grupo de Investigación de Tecnología del Medio Ambiente

(Facultad de Ciencias del Mar, Universidad de Cádiz)............. X

ADENA (Madrid)...........................................................

ADENAT. (Madrid)........................................................

CODA (Madrid).............................................................

FAT (Madrid)...............................................................

SEO (Madrid)...............................................................

GREENPACE (Madrid)...................................................

Sociedad Conservación Vertebrados..................................

Andalus. Federación Ecologista Andaluza Amigos de la Tierra .

Asamblea Verde............................................................

CEPA, Confederación Ecologista Pacifista Andaluza..............

Federación Andaluza de Asociaciones Defensa de la Naturaleza

AGADEN, Asoc. Gaditana Defensa y Estudio de la Naturaleza .. X

Colectivo Ecologista "La Plazolet"......................................

Colectivo Ecologista Pacifista Albariza...............................

FEPG, Federación Ecologista Pacifista Gaditana...................

Grupo Ecologista "Alimoche"............................................

VERDEMAR................................................................. X

Asociación Española de EIA (Madrid)................................ X

Se ha consultado a un total de 41 entidades: 12 organismos de la

Administración central y autonómica; los cinco Ayuntamientos más próximos;

seis centros de investigación y 18 asociaciones ecologistas. Se han

recibido 13 contestaciones, exponiéndose, a continuación, un resumen de su

contenido.

Dirección General de Costas.-Indica las zonas que pertenecen al

dominio público marítimo-terrestre y las de dominio público portuario y la

legislación que afecta a cada una de ellas. Recuerda la necesidad de obtener

el consiguiente título de ocupación del dominio público marítimo-terrestre

para las tomas y desagües proyectados. Advierte sobre la prohibición de

instalar líneas eléctricas de alta tensión en el dominio público

marítimoterrestre y zonas de servidumbre de protección. Asimismo, manifiesta la

fragilidad de estas zonas y que deberán extremarse las medidas que

preserven sus características naturales.

Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras.-Considera que las

tuberías de impulsión y descarga de agua de refrigeración proyectadas

atraviesan la zona marítimo terrestre competencia de la Autoridad Portuaria

de la Bahía de Algeciras, por lo que deberán solicitar la correspondiente

concesión. El estudio de impacto ambiental deberá considerar la

construcción y funcionamiento del emisario submarino, en especial el impacto

térmico del agua de refrigeración, por lo que deberá tener en cuenta: la

biosfera submarina, sedimentología, dinámica litoral, caracterización y

gestión de los materiales dragados.

Dirección General de Protección Ambiental de la Consejería de Medio

Ambiente de la Junta de Andalucía.-Considera que debe realizarse un

minucioso análisis de alternativas, dado el gran asentamiento industrial

y alta densidad de población de la zona.

Estima que, teniendo en cuenta la existencia de dos centrales térmicas

que vierten sus aguas de refrigeración en el mediterráneo, debe realizarse

un estudio detallado del efecto del vertido térmico en la bahía, así como

del binomio cloro temperatura y su incidencia en la biocenosis.

Se deben evaluar los niveles de inmisión de contaminantes en aire,

especialmente los óxidos de nitrógeno, teniendo en cuenta la entrada en

funcionamiento de la nueva central, las dos centrales térmicas existentes

y la concentración industrial y urbana de la zona.

También se evaluará el impacto del ruido y otros contaminantes físicos

y se consultará el plan especial del área industrial de San Roque.

Considera que la línea eléctrica de 400 kV de conexión con la

subestación de Pinar del Rey deberá someterse al procedimiento de evaluación

de impacto ambiental, de acuerdo con la legislación de la Junta de

Andalucía, que será tramitado por la Delegación Provincial de la Consejería

de Medio Ambiente de Cádiz.

Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la

Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de

Andalucía.-Considera que deberán ser estudiados los siguientes aspectos relacionados

con la ordenación del territorio: la dimensión que alcanzará la producción

energética en la bahía de Algeciras, las servidumbres que generan las líneas

de evacuación de energía eléctrica, y el impacto paisajístico sobre el frente

litoral, en el único tramo apto para ubicar un parque metropolitano.

Diputación Provincial de Cádiz.-Sugiere que el estudio de impacto

ambiental analice:

El estado preoperacional, caracterizando la calidad ambiental del

entorno, aire y agua, y los elementos susceptibles de recibir impacto: aguas

superficiales (río Guadarranque, Palmones, arroyo Madre Vieja, y marismas

del Palmones); aguas subterráneas (acuífero poliocuaternario del

Guadarranque-Palmones); aguas litorales; suelo ocupado, y el medio biológico:

fauna y flora terrestre y acuática.

Las emisiones atmosféricas. Se identificarán y cuantificarán las

emisiones de contaminantes atmosféricos, evaluando sus efectos sobre las

poblaciones de la zona, especialmente urbanización de Guadacorte, y los

espacios naturales de marismas de Palmones y Parque Natural de los

Alcornocales. Se utilizarán modelos de dispersión y transporte de los

contaminantes atmosféricos y se describirán los sistemas de depuración elegidos.

La emisión de ruido, utilizando modelos de predicción del incremento

sonoro.

El riesgo de contaminación por los vertidos líquidos, describiendo los

sistemas de depuración. Se evaluará el impacto térmico sobre las aguas

marinas y subterráneas y sobre la fauna y flora asociadas a estos

ecosistemas.

El impacto de la línea eléctrica sobre la avifauna y el paisaje, analizando

la alternativa de canalización subterránea.

También aporta una relación de la principal normativa sectorial afectada.

Ayuntamiento de San Roque.-Considera que la ubicación propuesta

para la central es acorde con el planeamiento urbanístico y plantea las

siguientes sugerencias:

El tendido eléctrico debe realizarse aprovechando alguno de los

trazados ya existentes para no crear nuevas servidumbres y estudiar la

posibilidad de realizar la línea subterránea en los tramos de suelo urbanizable.

Las tuberías de impulsión y descarga y la central de bombeo deberán

ser subterráneas y realizarse por las bandas de servicios de los viales

ya existentes.

Los vertidos líquidos deberán adecuarse a las exigencias del esquema

de saneamiento propuesto por el Plan especial.

Se deberá tener especial cautela dada la proximidad del arroyo Madre

Vieja.

Ayuntamiento de Los Barrios.-Indica los impactos que considera más

significativos: el impacto térmico sobre las aguas de la bahía de Algeciras,

en la que ya existen importantes vertidos térmicos; el impacto atmosférico,

si bien inferior al que producen las centrales térmicas de fuel o carbón;

el impacto de las redes de transporte eléctrico, dada la densidad existente

en la zona. Propone analizar la posibilidad de otros emplazamientos.

Instituto Tecnológico Geominero de España.-Estima que se deberán

estudiar: la difusión de los contaminantes en la atmósfera y sus efectos

sobre el entorno y el parque los Alcornocales, el impacto del vertido térmico

sobre la biocenosis marina, el tratamiento de las aguas residuales y los

riesgos inducidos por la explotación, plan de emergencia y seguridad.

Instituto de Ciencias Marinas de Andalucía (CSIC).-Estima que

deberían valorarse los efectos del agua de impulsión y la descarga de agua

caliente al medio marino sobre las especies de peces y crustáceos. También

deberá especificarse el tratamiento "antifouling" del agua de refrigeración.

Grupo de Investigación de Tecnología del Medio Ambiente. Facultad

de Ciencias del Mar. Universidad de Cádiz.-Considera que se debe tener

en cuenta: el sistema de captación de agua y su efecto de arrastre de

organismos en la operación de bombeo, el impacto de los agentes

"antifouling", y el efecto de incremento de temperatura que se genere en

la zona de toma y descarga del agua de refrigeración.

AGADEN. Asociación Gaditana, Defensa y Estudio de la

Naturaleza.-Cuestiona la justificación del proyecto, ya que considera que la

demanda de energía eléctrica está cubierta con las instalaciones actuales. También

cuestiona su ubicación en el campo de Gibraltar, por existir en la zona

varias centrales térmicas funcionando con gas y carbón, parques eólicos,

cogeneración y proyectos de centrales con ciclo combinado que alcanzarían

los 5.220 MW de potencia instalados, lo que cuestiona la capacidad de

las líneas eléctricas existentes para evacuar tanta energía y la capacidad

de los gasoductos para suministrar suficiente gas. En cualquier caso, se

deberán estudiar los efectos sinérgicos de la concentración de todas estas

instalaciones.

Considera que se debe estudiar los efectos sobre los restos

arqueológicos, especialmente las ruinas de Carteya, y el impacto de la construcción

de las tuberías de captación y descarga del agua de refrigeración, de

aproximadamente 1.800 metros de longitud. Estima problemática la evacuación

de la energía eléctrica, proponiendo pasillos de 800 metros de ancho para

que los campos electromagnéticos no afecten a la población. Asimismo,

se deberá tener especial cuidado con las marismas del río Guadarranque

y con el impacto térmico producido en el medio marino por las aguas

de refrigeración. Propone la realización de un estudio epidemiológico y

colocar sensores de vigilancia atmosférica en aguas de la bahía de Algeciras.

También propone la construcción de una desaladora de agua de mar a

partir de esta térmica.

VERDEMAR.-Propone como alternativa reconvertir una central

térmica de carbón a gas. Considera que la central se ubica en una zona

muy densificada y con mucho tráfico y en una zona muy contaminada.

La línea eléctrica que se construya puede afectar a los habitantes de San

Roque, concretamente a la barriada de Miraflores,yalaavifauna asociada

a los ríos Guadarranque y Palmones. Se deberá estudiar los posibles escapes

de gas y su efecto invernadero y deberá especificarse el tiempo que se

utilizará, la central, consumiendo gasóleo en caso de falta de suministro

de gas. Se deberá prestar especial cuidado al trazado y construcción de

las canalizaciones de toma y descarga de agua de refrigeración que pueden

afectar a los restos arqueológicos de Carteia y a las dunas de la playa

de Guadarranque.

El estudio de impacto ambiental deberá incluir una justificación del

proyecto, contemplar las infraestructuras viarias adecuadas, alternativas

de trazado de la línea eléctrica, afecciones a los restos arqueológicos,

influencia respecto de los compromisos internacionales para reducir las

emisiones de gases de efecto invernadero, estudio epidemiológico del

campo de Gibraltar y actualización del plan corrector de vertidos a la Bahía

de Algeciras.

Asociación Española de Evaluación de Impacto Ambiental.-Informa

haberlo comunicado a sus asociados, a fin de que puedan presentar

sugerencias a título personal.

ANEXO II

Resumen del estudio de impacto ambiental

Contenido

El estudio de impacto ambiental, efectuado por INYPSA, describe las

características fundamentales del proyecto de la central térmica; aporta

argumentos para justificar su construcción; indica la normativa vigente

aplicable; describe la situación ambiental preoperacional, realizando el

inventario ambiental; identifica y evalúa los posibles impactos que

pudieran producir las distintas partes del proyecto, diferenciando los impactos

producidos durante la fase de construcción y la fase de explotación;

establece una serie de medidas preventivas y correctoras para cada parte

y fase del proyecto; propone un plan de vigilancia ambiental, y aporta

un documento de síntesis.

Justificación y descripción del proyecto

Justificación del proyecto.-El estudio de impacto ambiental estima que

el aumento de demanda de energía eléctrica continuará la misma tendencia

registrada durante los últimos años, consistente en un crecimiento anual

acumulativo del 3 por 100. Por otra parte, la utilización de gas en España

como fuente de energía primaria para producir energía eléctrica es del

orden del 10 por 100, muy inferior a la efectuada en otros países europeos,

del 20 por 100, por lo que es razonable la construcción de centrales térmicas

que utilicen gas como combustible.

Asimismo, Andalucía tiene un marcado déficit de generación de energía

eléctrica; aproximadamente un 23 por 100 de la electricidad consumida

en Andalucía es generada fuera de esta Comunidad Autónoma.

Como alternativa tecnológica se propone una central en ciclo

combinado, utilizando gas natural como combustible, por ser el sistema de

combustión más limpio para producir energía eléctrica. El rendimiento

de estas centrales supera el 55 por 100, frente al 36 por 100 alcanzado

por centrales convencionales de carbón o fuel. Esto significa que para

producir una determinada cantidad de energía eléctrica se necesita un

35 por 100 menos de energía primaria, por lo que, cuando menos, las

emisiones de los diferentes contaminantes, incluidas las emisiones de CO 2 ,

se disminuirán en esta proporción.

Además, las emisiones a la atmósfera debidas a la combustión del

gas natural son muy inferiores a las producidas por otros combustibles.

Prácticamente no se emiten partículas, ni SO 2 , y las emisiones de NO x ,

de 50 ppm, equivalentes aproximadamente a 150 mg/Nm 3 medidos con 3

por 100 de oxígeno, son muy inferiores a los límites de emisión existentes

para otros combustibles: sólidos en general, 650 mg/Nm 3 ; sólidos con menos

del 10 por 100 volátil, 1,300 mg/Nm 3 ; líquidos, 450 mg/Nm 3 ; y combustibles

gaseosos 350 mg/Nm 3 .

Por otra parte, la combustión de gas natural no produce residuos sólidos

a diferencia de la combustión de carbón, que genera grandes cantidades

de escorias y cenizas, con lo que se minimiza el impacto de estos residuos.

Además, la mejora en la eficiencia energética implica disminuir las

necesidades de refrigeración por lo que el impacto producido por el vertido

térmico será sensiblemente inferior.

La liberalización del sistema eléctrico español supone que la producción

de este tipo de centrales, económicamente más rentables, desplazará la

producción ofertada por centrales de fuel e incluso de carbón, con peor

comportamiento ambiental, lo que redundará en una disminución global de

las emisiones de contaminantes a la atmósfera, incluidas las emisiones

de CO 2 .

Descripción del proyecto

El proyecto consiste en la construcción y explotación de una central

térmica en ciclo combinado, para gas natural, que se ubicará en el polígono

industrial de Guadarranque, entre los polígonos industriales de Palmones

y San Roque, en el término municipal de San Roque, a 2,5 kilómetros

de la capital municipal y a 1,6 kilómetros de la orilla del mar, en la bahía

de Algeciras.

Ocupará una parcela de aproximadamente 16 hectáreas, en la zona

denominada "Vegas de Prado", delimitada por el arroyo de la Madre Vieja,

la línea de ferrocarril San Roque-La línea de la Concepción y la carretera

local de acceso a la N-340.

La planta tendrá una potencia nominal de aproximadamente 800 MW.

Su diseño será modular, instalándose dos módulos de potencia de

aproximadamente 400 MW cada uno. Esta disposición permite altos grados de

eficiencia energética. Cada grupo de potencia dispone de turbina de gas,

turbina de vapor, su correspondiente generador de vapor y el generador

eléctrico, todos coaxiales.

El proceso comienza con la combustión y expansión de los gases en

la turbina de gas, que, por un lado, mueve el compresor que aporta el

aire necesario para el proceso de combustión y, por otro, acciona el

generador de electricidad. Los gases de combustión, que salen de la turbina

de gas a alta temperatura, 570-610 o C, se conducen al equipo generador

de vapor, que está diseñado para recuperar el calor sensible de los gases

de escape procedentes de la turbina, que ceden su calor antes de ser

enviados a la atmósfera a través de la chimenea. El vapor generado se

envía a la turbina de vapor donde se expansiona, moviendo el generador

eléctrico solidariamente con la turbina de gas. El vapor a baja presión

proveniente de la turbina de gas se condensa, enfriándolo con agua de

mar, y el agua obtenida, debidamente tratada, se envía nuevamente al

equipo generador de vapor. El rendimiento energético global que se logra

con este tipo de instalación es del orden del 55 por 100, muy superior

al logrado por centrales convencionales de carbón o fuel, que oscila entre

el 30 y el 40 por 100.

El sistema de combustión de la turbina garantiza bajas emisiones de NO x mediante cámaras de combustión perimetrales que reducen la temperatura

de llama. El sistema de generación de vapor funciona sin aporte adicional

de calor.

Como combustible se utilizará gas natural; en caso de falta de suministro

de gas, se utilizará gasóleo como combustible alternativo. Para cada grupo

de 400 MW se prevé un consumo de 66.143,56 Nm 3 /h de gas natural y

un caudal de gases de salida de 526 Nm 3 /seg. a 100 o C. Las emisiones

de NO x se estiman en 50 ppm o 51,34 mg/Nm 3 , expresado como NO 2 y

referidos a gas seco y un contenido de oxígeno del 15 por 100. Se consideran

prácticamente despreciables las emisiones de SO 2 , 0,47 mg/Nm 3 .

El sistema de refrigeración será con agua de mar en circuito abierto;

requiere un caudal de 17 m 3 /seg., y producirá un incremento de

temperatura de 7 o C. El consumo de agua para reponer perdidas será de 32

m 3 /hora.

La planta dispondrá del edificio principal, en el que estarán instalados

los dos grupos de generación de potencia, con las turbinas de gas y vapor,

el sistema de producción de vapor y los generadores eléctricos. Además,

la planta tendrá instalados los sistemas y componentes auxiliares precisos,

entre los que conviene relacionar: parque eléctrico de potencia,

transformadores principales y auxiliares; generador diesel de emergencia, de

apoyo; tanques de almacenamiento de agua y de aceites; tanques de

combustible auxiliar, gasóleo, con sus correspondientes cubetos de retención

para el caso de rotura del tanque, instalados de acuerdo con la norma

ITC MIE-APC-001; instalación contra incendios, de acuerdo con la

normativa NFPA; sistema de distribución de gas natural; edificio de bombeo

auxiliar, bombas contra incendios, bombas de agua tratada, bombas de

tratamiento de pluviales y drenajes, etc; edificios de control de la central,

de administración, de almacenes y de talleres.

También dispondrá de las siguientes infraestructuras:

Una línea de alta tensión de 220 kV de 6 kilómetros de longitud que

conectará la central con la subestación de Pinar del Rey.

Un gasoducto subterráneo de 30 centímetros de diámetro para

suministrar el gas natural, utilizado como combustible principal. Se realizará

en su mayor parte en el interior de la parcela y conectará con el gasoducto

existente, que pasa junto a la zona norte de la parcela.

Conducción de toma y emisario de vertido de aguas de refrigeración,

con central de bombeo. Las conducciones de toma y vertido en su tramo

terrestre, desde la central hasta la estación de bombeo, serán dos cajones

rectangulares de hormigón armado de 3^3 metros cada uno, con un pasillo

interior para inspección de 0,8 metros de anchura. La conducción de toma,

en su tramo marino, tendrá una longitud de 400 metros y discurrirá

enterrada en el fondo del mar hasta los 20 metros de profundidad, a partir de

la cual irá apoyada directamente sobre el fondo marino, y dispondrá de

elementos complementarios como rejillas, escollera lateral y dos campanas

de toma.

El emisario de vertido, en su tramo marino, tendrá una longitud de 800

metros, descendiendo hasta los 40 metros de profundidad, e irá enterrado

en el fondo marino hasta la cota de -20 metros. Dispondrá de elementos

auxiliares como: rejillas, escollera lateral de protección, y ocho difusores

de 1,2 metros de diámetro cada uno, dispuestos cada 25 metros a lo largo

de los últimos 200 metros de recorrido.

La central de bombeo se sitúa al este de la desembocadura del río

Guadarranque, en la bahía de Algeciras, a 60 metros de la orilla del mar.

Sus dimensiones en planta serán 20^35 metros, su cota de solera irá

enterrada hasta la cota -10 metros, y la cota máxima exterior del edificio

de la estación de bombeo será de 4 metros sobre el nivel del mar. En

su interior, dispondrá de cuatro unidades de bombeo, más una auxiliar

de 4,5 m 3 /seg. de caudal cada una; los motores serán de 6.600 V, 800 kW

y50Hz.

Los movimientos de tierras necesarios para la construcción de la central

de bombeo y los emisarios producirán 6.400 y 30.000 m 3 de sobrantes,

respectivamente.

Inventario ambiental

El estudio analiza la situación preoperacional del medio atmosférico,

terrestre, marino y socioeconómico.

Inventario ambiental medio atmosférico:

Climatología.-Se analiza la climatología, aspecto fundamental para la

aplicación de un modelo de dispersión de contaminantes en la atmósfera.

En primer lugar, indica las estaciones metereológicas seleccionadas para

la zona de estudio. Aporta datos termométricos y de insolación, caracteriza

la pluviometría y la humedad, calcula la evapotranspiración potencial y

el balance hídrico, según Thornthwait, para cada una de las estaciones

seleccionadas. También caracteriza los vientos en dirección y velocidad,

resultando vientos dominantes los de poniente y levante. El clima de la

zona se puede definir como mediterráneo marítimo cálido y, según la

clasificación de Köpen, como mesotérmico húmedo con verano seco y caluroso.

Calidad del aire en el entorno del emplazamiento.-Evalúa la calidad

del aire en el entorno del emplazamiento, basándose en los datos aportados

por la Red de Vigilancia de la Contaminación Atmosférica de que dispone

la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía. Para realizar

esta evaluación se han utilizado los datos de las estaciones ubicadas en

los municipios de Algeciras, Los Barrios, La Línea de la Concepción y

San Roque.

Con respecto a las inmisiones de dióxido de nitrógeno, todas las

estaciones presentan, para el percentil 50, valores inferiores a los 50 l g/m 3

de NO 2 , que establece como valor guía la legislación actualmente vigente.

Más de la mitad de las estaciones tienen valores comprendidos entre los 14

y29 l g/m 3 , habiendo algunas estaciones con valores más reducidos. Sólo

en las estaciones de Algeciras y Escuela de Hostelería, muy influenciadas

por el tráfico existente en carreteras próximas, se alcanzan valores de 42

y39 l g/m 3 , respectivamente.

Respecto del percentil 98, la legislación establece para el NO 2 135 l g/m 3

como valor guía, y 200 l g/m 3 como valor límite. Durante 1997, sólo una

estación, Economato, ha alcanzado el valor guía de 135 l g/m 3 , el resto

de las estaciones registra valores inferiores. No obstante, en años

anteriores, alguna estación, Cortijos, ha superado el valor guía alcanzando

los 192 l g/m 3 en 1995 y los 158 l g/m 3 en 1996, si bien, en ningún caso,

se ha alcanzado el valor límite de los 200 l g/m 3 NO 2 . El estudio considera

que la calidad del aire en la zona, respecto del óxido de nitrógeno, es

buena, salvo en las zonas próximas a las autovías, en las que lo califica

de aceptable.

El estudio evalúa la concentración de ozono, porque en la formación

de este contaminante intervienen como precursores los óxidos de nitrógeno

y los hidrocarburos en presencia de radiación solar. Sin embargo, la red

evaluada únicamente dispone de un analizador de ozono. Los datos

obtenidos por este analizador indican que en ningún caso se superan los

umbrales de alerta a la población, de información a la población, ni el de

protección de la vegetación horario. Sin embargo, en 30 ocasiones,

durante 1997, se ha superado el umbral octohorario de protección de la salud,

establecido en 110 l g/m 3 de valor medio en ocho horas, y en 151 ocasiones

se ha superado el umbral diario de protección a la vegetación, establecido

en 65 l g/m 3 de valor medio en veinticuatro horas. Estos datos indican

una contaminación por ozono muy estable y continuada durante los meses

de más insolación, sin llegar a originarse episodios agudos.

También se evalúa la calidad del aire respecto al dióxido de azufre SO 2 ,

y las partículas en suspensión, PST. El Estudio recoge los máximos

registrados de SO 2 durante los años 1994 a 1997, comparándolos con los límites

establecidos por la legislación, tal como se indica a continuación (valores

expresados en l g/m 3 ):

Valor límite legislación Máximo reg.

Mediana anual (1 abril-31 marzo). PST " 150 .......... 120 62

Mediana invernal (1 octubre-31 marzo). PST " 200 ... 180 58

Percentil 98 anual (1 abril-31 marzo). PST " 350 ...... 350 173

Por otra parte, el valor más alto de la media aritmética anual en el

período analizado es de 58 l g/m 3 . Este valor está dentro del rango 40-60

l g/m 3 , valores guía establecidos por la legislación para el SO 2 .

En razón a estos datos, el estudio considera que la calidad del aire

en la zona respecto el dióxido de azufre es buena.

Respecto a las partículas en suspensión, la media aritmética anual

máxima registrada durante el período de estudio (94-97) es de 63 l g/m 3 ,

correspondiente al año 1995 en la estación de Carteya, muy inferior al

valor límite de 150 l g/m 3 establecido por la legislación. El valor máximo

registrado para el percentil 98 es de 197 l g/m 3 , correspondiente al año 1994

en la estación del Rinconcillo, muy inferior al valor límite de 300 l g/m 3

establecido por la legislación. No obstante, en la zona se obtuvieron valores

diarios superiores a 350 l g/m 3 en la estación de Cortijos y valores diarios

comprendidos entre 250 y 300 l g/m 3 en las estaciones de La Línea,

Cortijillos, Palmones y Guadacorte. Salvo estas situaciones puntuales, el

estudio considera buena la calidad del aire respecto a la materia en suspensión.

Contaminación acústica. Ruidos.-El estudio de impacto ambiental

valora los niveles sonoros existentes en el entorno de la bahía de Algeciras

a partir de los datos recogidos en el estudio de contaminación facilitado

por el Ayuntamiento de San Roque.

De acuerdo con las conclusiones obtenidas por dicho estudio, las

poblaciones más expuestas son Puente Mayorga, La Colonia y las zonas aledañas

de la central de Los Barrios. Se consideran principales fuentes de ruido

el tráfico y la propia actividad urbana, por encima de la actividad industrial.

Los núcleos situados en la posición más septentrional (Taraguilla, San

Roque y la urbanización "Guadarranque") están expuestos a niveles

superiores de ruido debido a su proximidad a la E-15. En algún caso se superan

ligeramente [en 0,5 dB(A)] los límites máximos para zonas de residencia,

cifrados en 55 dB(A) entre las 23 y las 7 horas, establecidos por el

Reglamento de Calidad del Aire, aprobado por Decreto 74/1996, de 20 de febrero,

de la Junta de Andalucía.

En ningún caso se superan los límites máximos establecidos por el

citado Reglamento para zonas industriales, cifradas en 70 dB(A) durante

el período nocturno, de veintitrés a siete horas, y 75 dB(A) para el período

diurno, de siete a veintitrés horas.

Inventario ambiental medio terrestre:

Geología y geomorfología.-El estudio de impacto ambiental analiza la

geología, geomorfología y la edafología de la zona. La geomorfología

corresponde a un relieve alomado suave con laderas convexas y zonas casi planas.

Es frecuente la existencia de abarrancamientos en los puntos en los que

existen muchas arcillas.

El área situada entre el arroyo de la Madre Vieja de Alhaja y el río

Guadarranque, localizada al norte de la zona de implantación de la central,

se corresponde con una zona con una morfología muy suave, que va desde

las zonas llanas a las suavemente onduladas.

El área próxima a los márgenes del río y del arroyo es una zona

completamente llana, con cauces que han sobreexcavado sus propios depósitos.

Sus condiciones constructivas son desfavorables, por la existencia de

asientos grandes, capacidad portante baja y presencia de agua muy próxima

a la superficie.

Hidrogeología.-Describe los sistemas acuíferos existentes en la unidad

del campo de Gibraltar, que pertenecen al sistema acuífero número 34,

que posee cuatro unidades hidrogeológicas independientes. En el ámbito

considerado sólo está presente la Unidad Pliocuaternaria de

Guadarranque-Palmones, con unos recursos renovables medios de 16-18 Hm 3 /año

y reservas totales evaluadas en 80 Hm 3 .

Se describe la calidad de las aguas subterráneas con los datos aportados

por una estación de la Red de la Calidad de las aguas subterráneas

autonómicas, ubicada en esta subunidad.

Se describe la hidrología superficial; los tres ríos principales, Palmones,

Guadarranque y Guadacorte, que desembocan en la bahía de Algeciras,

y el arroyo de la Madre Vieja de Alhaja, que desemboca en el río

Guadarranque. El río Palmones desemboca sólo a 2 kilómetros de donde lo

hace el río Guadarranque. Veinte años atrás la unión de estos dos ríos

formaba una extensa zona de marismas y humedales, si bien, esta zona

se ha ido reduciendo paulatinamente, conservándose, en la actualidad,

sólo una parte situada en la margen derecha del río Palmones.

La calidad de las aguas superficiales se ha estimado teniendo en cuenta

los datos registrados en la estación de control del río Guadarranque, situada

cerca de la confluencia entre éste y el arroyo de la Madre Vieja. Esta

estación automática pertenece a la Red de Control de las Aguas

Superficiales, cuyos datos son integrados en el Centro de Información y Decisión

Medioambiental de Andalucía. Con los datos registrados el Estudio

considera que: el pH se mantiene en torno a 8, dentro de la normalidad;

el oxígeno disuelto presenta una media de 6,4 mg/l, cifra relativamente

baja, aunque aceptable; los valores de conductividad son muy elevados,

la mayor parte comprendidos entre 35-48 mS/cm, frente al valor para

aguas prepotables de 1 mS/cm, lo que indica intrusión marina en este

nivel del río; durante los meses estivales se alcanzan temperaturas de

hasta 22,5 o C, por encima de los 20-21 o C en que comienzan a presentarse

limitaciones para la vida piscícola; durante los meses de diciembre a mayo,

las temperaturas se sitúan dentro de la normalidad, inferiores a los 18 o C.

Vegetación.-Se describe primeramente la vegetación potencial. A

continuación se describe la vegetación actual, distinguiendo las siguientes

unidades de vegetación: Cultivos, pastizal-herbazal, matorral-pastizal,

superficies arboladas, riberas de los cauces de ríos y de arroyos, dunas

litorales y playas, marismas y áreas improductivas.

Se determinan las diferentes especies presentes en cada una de ellas,

se evalúa su importancia ecológica y se aporta un plano en el que están

cartografiadas todas las unidades identificadas.

Las unidades de vegetación descritas con mayor interés ecológico son

las dunas litorales y playas, las marismas y la superficie arbolada. Estas

unidades no son afectadas por el proyecto, salvo la playa de Guadarranque.

Sin embargo, esta playa no es de las mejor conservadas, y no se han

encontrado ejemplares de "Thymelea lanuginosa", endemismo andaluz que

sólo se localiza en áreas de litoral y de marisma de las costas de Cádiz.

Actualmente, sólo se encuentran zonas de marisma en la desembocadura

del río Palmones.

La central se proyecta construir sobre zona improductiva, el polígono

de Guadarranque. La parcela actualmente está cubierta de

pastizal-matorral con predominio del estrato herbáceo frente al arbustivo, y se sitúa

junto al arroyo de la Madre Vieja. La ribera del arroyo de la Madre Vieja

dispone de una vegetación muy densa en sus márgenes, pero limitada

espacialmente a una estrecha franja en torno al cauce.

Las conducciones de toma y descarga del agua de refrigeración

discurren por zonas no arboladas, atraviesan el arroyo de la Madre Vieja

y la playa de Guadarranque, en cuyas proximidades se sitúa la central

de bombeo.

La línea eléctrica se proyecta enterrada a su paso por la zona

urbanizable programada, después continúa con trazado aéreo atravesando, en

su mayor parte, zonas de pastizal y cultivos.

La fauna.-El estudio de impacto ambiental inventaría sólo la clase

de los vertebrados, porque la mayor parte de las especies protegidas, o

calificadas de interés faunístico, pertenecen a este grupo sistemático.

Los biotopos de mayor valor ecológico de la zona, zonas de alcornocal

y marismas, no son afectadas directamente por la central ni por sus

infraestructuras lineales.

Los biotopos identificados en la zona de ocupación de la central y

sus infraestructuras lineales son:

Los espacios abiertos con eriales y herbazales, con fuerte influencia

antrópica; destaca la ausencia de grandes mamíferos y el grupo de mayor

interés es el de las aves.

Los cauces y riberas: Describe el río Guadarranque y el arroyo de

la Madre Vieja. Este último se caracteriza por sus aguas de escasa calidad,

por lo que sus riberas acusan el estado de degradación general del cauce

con cobertura vegetal de escasa anchura. Su fauna asociada es de escaso

interés y procede de zonas limítrofes. La ictofauna está fundamentalmente

representada por la lisa, especie muy común y resistente. El río

Guadarranque presenta más calidad.

La playa y marismas de Guadarranque. No son identificables las

características típicas de una marisma en la desembocadura del Guadarranque.

Las formaciones costeras de playa se han visto invadidas progresivamente

por el desarrollo urbano e industrial de la zona; por lo que se refiere

a la fauna, únicamente merecen la pena destacarse las poblaciones de

gaviota patiamarilla.

Espacios naturales y vías pecuarias.-El estudio describe los espacios

naturales existentes en el ámbito geográfico del estudio: el Pinar del Rey,

las marismas del río Palmones y Los Alcornocales. También relaciona las

vías pecuarias existentes en el territorio y describe las que discurren en

las proximidades de la central o de la línea eléctrica, el Cordel del Vado

de Jimena a Puente Mayorga y la Vereda de Sierra Carbonera.

El paisaje.-Define los criterios utilizados para analizar el paisaje de

la zona de estudio, e identifica, describe y valora las siguiente unidades

paisajísticas: Núcleos urbanos, rurales y urbanizaciones; entorno industrial

de la bahía de Algeciras; vegas, principalmente del Guadarranque; cultivos

arbóreos; colinas con pastizal-monte bajo; laderas con arbolado; costa, que

incluye playas, formaciones dunares y marismas, y el pinar de Carteia.

Considera que la central se ubica en una zona de calidad visual muy

baja que carece de rasgos paisajísticos de importancia, y su visibilidad

será reducida. La conducción de toma y el emisario de vertido sólo serán

visibles durante su construcción. La central de bombeo será un edificio

con altura equivalente a una vivienda de dos alturas, que quedará integrado

en los edificios de la zona. La línea eléctrica sí será visible, atraviesa

áreas industriales, colinas de monte bajo o pastizal y zonas de cultivo.

Inventario ambiental medio marino:

Se han analizado los antecedentes documentales disponibles y se ha

realizado una campaña para la toma de datos relacionados con las

condiciones batimétricas, dinámica marina, estructura térmica, calidad del

agua, calidad de los sedimentos y comunidades naturales. Esta campaña,

de carácter puntual, se ha realizado en condiciones primaverales. Se

describe minuciosamente la metodología utilizada.

La información ha sido utilizada en el calibrado y alimentación de

los modelos matemáticos empleados para la simulación del

comportamiento del vertido de las aguas de refrigeración en el medio marino litoral.

Para definir los perfiles termohalinos se han seleccionado nueve

estaciones de muestreo, con profundidades que varían desde 12,5 hasta 42,4

metros. Se ha utilizado un termosalinógrafo SEALOGGER CTD de SBE,

descendiéndole en cada estación con una velocidad inferior a 1 m/seg.

para que grave los valores en continuo. Este instrumento mide presión,

temperatura, salinidad, densidad, conductividad, profundidad, tiempo y

temperatura potencial.

La estructura termohalina en situación primaveral presenta una

sensible homogenización térmica, con temperaturas superficiales de 15 o Cy

máximo gradiente entre la superficie y el fondo de 2,3 o C. En pleno verano

son esperables valores de 23 o C en superficie, con una termoclima

marcada, 0,5 o C/m, hasta profundidades de 20 metros.

Para evaluar la calidad del agua se han elegido tres estaciones de

muestreo, tomando muestras en tres niveles diferentes, evaluándose, entre otros,

los siguientes parámetros: oxígeno disuelto; materiales en suspensión;

contaminación orgánica, DBO 5 ; compuesto reducidos de nitrógeno; y

contaminación fecal, presencia de coliformes. De acuerdo con los valores

obtenidos para los parámetros analizados, la calidad del agua en la zona de

implantación del emisario presenta condiciones naturales en época

primaveral. En épocas más críticas del ciclo anual, verano, cabe esperar

algunas condiciones de estrés, como puede ser la disminución de contenido

de oxígeno y aumento de los valores de DBO 5 .

Se han analizado los sedimentos superficiales en la traza del emisario

tomando muestras superficiales, mediante draga, en 10 estaciones

seleccionadas sobre la traza, determinándose "in situ" su potencial redox, y

analizándose posteriormente en laboratorio.

En los sedimentos predominan los finos, diámetros inferiores a 0,06

milímetros, el contenido de gruesos oscila entre 0,04 y 6,73 por 100. La

concentración de materia orgánica, hallada en la zona de construcción

del emisario, es moderada alta, varía según las estaciones de muestreo

del 0,3 al 6,8 por 100, con una media de 2,9 por 100; el potencial redox

presenta valores negativos en casi todas las estaciones.

Se han caracterizado los sedimentos teniendo en cuenta su contenido

de metales pesados, según la instrucción del CEDEX para caracterización

de materiales procedentes de dragados en puertos, resultando, en todos

los casos, concentraciones medias y máximas muy inferiores al nivel de

acción 1, por lo que se consideran de categoría I, pudiéndose verter

libremente al mar, con la única consideración de los efectos de tipo mecánico.

Se han cartografiado las comunidades bentónicas en las proximidades

de la traza mediante filmación con vídeo submarino. Se han realizado

filmaciones en continuo a lo largo de tres transectos transversales

(perpendiculares a la costa) a lo largo de la traza y a ambos lados de la misma,

hasta cubrir una superficie de 30 hectáreas, registrando simultáneamente

la batimetría de fondo. También se han analizado muestras tomadas en

los mismos puntos seleccionados para analizar los sedimentos.

Las comunidades bentónicas dominantes en la zona de implantación

del proyecto están poco estructuradas y presentan bajo índice de

diversidad, propio de sustrato sedimentario libre de cobertura vegetal. No se

han detectado áreas de distribución de praderas de fanerógamas marinas.

Se relacionan, asimismo, las especies presentes de ictiofauna, y se

describen los diferentes tipos de pesca artesanal que se utilizan en la zona:

rastros, nasas, y salabar. Cuantifica las capturas y especifica las zonas

y épocas del año durante las que se suele practicar cada tipo pesca.

La dinámica marina presenta unas características hidrográficas

complejas, resultado de la circulación de agua por el estrecho de Gibraltar.

En la zona exterior de la bahía existen flujos superficiales intensos, con

velocidades que superan 1 m/seg. En cambio, la dinámica en el interior

de la bahía es mucho menor, inducida principalmente por una circulación

asociada a los ciclos de marea, ya que, al estar la bahía abierta hacia

el sur, queda protegida de los oleajes principales procedentes de levante

y del noreste.

Se ha evaluado la velocidad tangencial a la costa en el punto de vertido,

por ser una variable fundamental. Se han analizando los antecedentes

disponibles y se ha medido la corriente en continuo, utilizando un equipo

AANDERAA RCM-7, cuyas características están descritas en el estudio.

En la zona de vertido del emisario, la corriente toma la dirección

paralela a la costa en sentido Oeste en marea llenante, mientras que en situación

vaciante la dirección no queda definida. Las intensidades son siempre

muy pequeñas, del orden de centímetros por segundo.

Se evalúan los vertidos contaminantes a la bahía de Algeciras. Se

inventarían los vertidos existentes a la bahía y a las dársenas interiores del

puerto, indicando su ubicación, caudal, caracterización del vertido.

También se evalúan los vertidos térmicos de la central térmica de Los Barrios

y de CEPSA. Asimismo, se tienen en cuenta las aguas aportadas por el

río Guadarranque, su caudal y principales parámetros, ya que incide

significativamente sobre la calidad de las aguas del litoral.

Inventario ambiental medio socioeconómico:

Se analiza la demografía existente en los diferentes municipios de la

zona, el empleo, la actividad económica, la estructura de transportes y

comunicaciones, las infraestructuras y equipamientos, la ordenación del

territorio y planificación urbanística, y el patrimonio histórico-artístico.

De acuerdo con la información facilitada por los Arqueólogos de la

Delegación Provincial de Cádiz de la Consejería de Cultura de la Junta

de Andalucía y del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico, se han

localizado y descrito 10 puntos de interés arqueológico en la zona de

estudio. Los más próximos al área de implantación de la central son: Cerro

del Prado, interesante asentamiento fenicio prácticamente destruido;

ruinas de Carteia, ciudad romana y necrópolis púnica y romana de gran

importancia; Taraguilla, lugar funerario romano; castillo de Carteia, castillo

de origen islámico, que constituye un foco de poblamiento de la época

medieval, y puente sobre el arroyo de la Madre Vieja, del siglo XVIII.

Se aporta un plano donde están cartografiados todos los puntos de

interés arqueológico descritos, con lo que puede observarse que las

instalaciones previstas evitan afectar a estos yacimientos.

Identificación y evaluación de impactos. Medidas correctoras

El estudio diferencia cuatro componentes básicos en la ejecución del

proyecto, la central propiamente dicha y las tres infraestructuras

necesarias: la línea de alta tensión, el gasoducto de conexión y la conducción

de toma y emisario de vertido con la central de bombeo. Identifica y evalúa

los impactos producidos por cada uno de estos componentes básicos,

diferenciando los impactos producidos durante la fase de construcción y los

producidos durante la explotación de la central; asimismo, identifica los

elementos del medio afectados.

Presenta para la central y sus infraestructuras sendas matrices de

impacto de doble entrada causa-efecto, indicando las acciones que

producen impacto y el medio ambiental afectado, resaltando los que se

consideran significativos. Se proponen las medidas correctoras adecuadas para

eliminar o mitigar los impactos identificados.

En este resumen se hace referencia sólo a los impactos que pudieran

tener algún efecto, centrándose en los que se consideran más significativos.

Impactos producidos por la central de ciclo combinado:

Durante la construcción de la central.-Los impactos que se produzcan

durante la construcción de la central serán compatibles, teniendo en cuenta

las medidas correctoras previstas y el plan de vigilancia ambiental

propuesto en el estudio de impacto ambiental.

La eliminación de la vegetación de los terrenos que se ocupen se

considera compatible, por cuanto la vegetación de la parcela es

pastizal-matorral, con claro predominio del sustrato herbáceo, y la vegetación de

ribera del arroyo de la Madre Vieja no se verá afectada. Tampoco se

producirán impactos significativos sobre la fauna ni sobre los espacios

naturales protegidos, ya que no hay ninguno en sus inmediaciones.

Las actividades realizadas por la maquinaria de obras y los movimientos

de tierras producirán la emisión de polvo a la atmósfera, ruido, y se

generarán 30.000 m 3 de materiales sobrantes que irán a vertedero. Sin embargo,

el estudio considera que estos impactos serán compatibles con las medidas

preventivas y correctoras propuestas, entre las que cabe destacar:

minimización de la ocupación de terrenos durante las obras mediante jalonado

de la zona de obras, especialmente el límite con el arroyo de la Madre

Vieja; delimitar lugares adecuados para el reglaje y mantenimiento de la

maquinaria, con suelo impermeabilizado y recogida de efluentes;

apilamiento en caballones de la tierra vegetal retirada para su conservación

y posterior utilización; riego sistemático de la zona de operaciones

mediante camión cisterna para evitar la producción de polvo; cubrición de los

caballones de tierra vegetal u otros materiales finos para evitar el arrastre

de materiales por el viento. No se especifica el destino de los 30.000 m 3

de material sobrante, ni su impacto.

Por otra parte, se producirá un impacto positivo sobre las actividades

económicas de la zona.

Impacto de la central sobre el medio atmosférico durante su

funcionamiento.

Este constituye el impacto característico y más significativo de este

tipo de instalaciones. El estudio evalúa las emisiones a la atmósfera

producidas por la central funcionando con gas natural. Las emisiones de

óxidos de nitrógeno, NO x , y monóxido de carbono, CO, se evalúan a partir

de los datos de diseño facilitados por el fabricante de la turbina. En cambio,

las emisiones de COVNM, metano y dióxido de azufre SO 2 , se han evaluado

en función de los datos aportados por el CORINE-AIR para turbinas de

gas. Han resultado las siguientes emisiones:

NO x 51,34 mg/Nm 3 43,065 g/GJ (como NO 2 )

CO 12,5 mg/Nm 3 10,485 g/GJ

CPVNM 3,87 mg/Nm 3 3,25 g/GJ

CH 4 3,87 mg/Nm 3 3,25 g/GJ

CO 2 67,67 g/Nm 3 56,75 Kg/GJ

SO 2 0,47 mg/Nm 3 0,395 g/GJ

El factor de paso de unidades de g/GJ a mg/Nm 3 (expresado este último

sobre gas seco y un 15 por 100 de oxígeno, O 2 ) es:

1 g/GJ 1,1922 mg/Nm 3

Los parámetros de funcionamiento de cada turbina son los siguientes:

Poder calorífico del gas natural: 37.978 kJ/Nm 3 .

Consumo de combustible: 66.143 Nm 3 GN/h.

Temperatura de salida: 100 o C.

Caudal de gases de salida: 526 Nm 3 /s.

Humedad de los gases: 7,2 por 100.

Contenido de oxígeno: 12,8 por 100.

No existe actualmente legislación específica que regule las emisiones

de este tipo de centrales. De hecho, la Directiva 88/609/CEE, de 24 de

noviembre de 1988, sobre limitación de las emisiones a la atmósfera de

determinados agentes contaminantes procedentes de grandes instalaciones

de combustión, y el Real Decreto 646/1991, que la traspone, excluyen

expresamente las turbinas de gas, sea cual fuere el combustible utilizado.

No obstante, según el estudio, de acuerdo con el informe "Gas turbine

emissions: Legal requeriments in European countries on emissions of air

pollution and noise", 20.03 THERMOX, mayo de 1997, los países que

disponen de legislación específica para turbinas establecen el valor límite

de emisión para el NO x entre 50-100 g/GJ, y la concentración de CO no

superior a 100 mg/Nm 3 (seco, a 15 por 100 de O 2 ). Estos valores son

respetados por la turbina propuesta.

Por otra parte, aunque el estudio no lo menciona por ser posterior

a su redacción, existe una propuesta para modificar la citada

Directiva 88/609/CEE, que establece para las turbinas de gas los siguientes límites

de emisión de NO x : utilizando gas natural como combustible y para turbinas

de gas utilizadas en un sistema de producción combinada de calor y

electricidad, 75 mg/Nm 3 , y para combustibles líquidos ligeros, 120 mg/Nm 3 .

Valores que son respetados por la turbina propuesta.

El estudio considera que, teniendo en cuenta las emisiones esperadas

de los diferentes contaminantes, únicamente los óxidos de nitrógeno

pueden tener alguna incidencia significativa, por lo que evalúa el impacto

de estas emisiones sobre la atmósfera.

Para evaluar el impacto de las emisiones de NO x sobre la calidad del

aire, se aplica un modelo de difusión atmosférica basado en el modelo

gaussiano de Pasqill-Guifford, con las fórmulas de Briggs para la estimación

de las sobreelevaciones del penacho, siendo éste el modelo recomendado

en el Manual de Cálculo de Altura de Chimeneas Industriales, editado

por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (1992). Se aplican,

para el cálculo del modelo, las dimensiones de diseño de chimenea: 45

metros de altura y 6 metros de diámetro.

Se han utilizado los datos de la matriz de estabilidad atmosférica de

la Estación Meteorológica de Gibraltar, proporcionada por la Royal Air

Force, Environmental Consultancy Section, para "rodar" el modelo de

difusión de contaminantes en la atmósfera indicado anteriormente.

El modelo calcula el incremento de los niveles medios anuales de

inmisión (concentraciones de un contaminante en el aire) de NO x debidos

a las emisiones producidas por la central, y presenta los resultados de

forma cartográfica mediante isolíneas. El modelo utilizado se considera

muy conservador, por lo que los resultados obtenidos estarán muy por

encima de los efectos que realmente se producirán.

El modelo aporta datos sobre la difusión de los óxidos de nitrógeno

(NO x ). Sin embargo, la legislación sólo establece valores guía y valores

límite para el dióxido de nitrógeno, NO 2 , por lo que el estudio calcula

la relación existente entre NO 2 /NO x para calcular las inmisiones reales

de NO 2 y compararlas con los valores de calidad del aire establecidos

en legislación vigente.

Se estima que la relación de NO 2 /NO x = 0,372, es decir, que a los valores

de NO x calculados por el modelo hay que multiplicarlos por 0,372 para

obtener los valores correspondientes a las concentraciones de NO 2 .Se

ha calculado la relación real existente de NO 2 /NO x en la zona de Puertollano

por considerar que soporta unas emisiones de origen industrial similares

a las de la zona de estudio, la bahía de Algeciras.

Los valores obtenidos de incremento de la concentración media anual

de NO 2 son muy reducidos: Aumentos entre 0,05 y 0,70 l g/m 3 de dióxido

de nitrógeno en los principales núcleos de población; aumentos entre 0,05

y 1,5 l g/m 3 en todas las estaciones de la red de control; aumento entre 7

y9 l g/m 3 en 70 hectáreas, en la sierra de Carbonera. En Gibraltar los

incrementos serán de 0,747 l g/m 3 .

El impacto se considera compatible, teniendo en cuenta que el valor

guía para el dióxido de nitrógeno (NO 2 ) establecido por la legislación

vigente es de 50 l g/m 3 para el percentil 50, y en la mayor parte de las estaciones

del territorio no se han alcanzado los 30 l g/m 3 , y sólo en dos estaciones

se han alcanzado valores próximos a los 40 l g/m 3 , inferiores al valor

guía establecido.

El estudio no considera necesario establecer medidas correctoras "fin

de línea", ya que las emisiones se han logrado reducir mediante medidas

preventivas en el diseño de la central con la utilización de sistemas de

combustión que garantizan bajas emisiones de NO x .

Otros impactos de la central durante su explotación:

Ruido.-Se estima que en los alrededores de la central se producirá

un ligero aumento en los niveles de ruido. Sin embargo, este incremento

estará dentro de los límites admisibles, ya que el diseño de la central

incorpora la adopción de mecanismos que reducen los ruidos generados,

tanto en el interior como en el exterior de las instalaciones, a los niveles

admitidos por la legislación vigente.

Paisaje.-No es posible evitar la visión de la central, por estar ubicada

en terrenos con cuencas visuales muy abiertas y densamente pobladas.

Sin embargo, la accesibilidad a la observación de la central desde los

núcleos habitados y los puntos singulares es escasa, debido principalmente

a la presencia de obstáculos del relieve u otras instalaciones industriales

de igual o mayor magnitud. El impacto se considera compatible, porque

el valor paisajístico de la zona y la visibilidad de la central son bajos.

No obstante, se propone como medida correctora ajardinar el

emplazamiento mediante la instalación de un seto arbustivo ornamental y denso

en el perímetro del cerramiento, y sembrando las superficies llanas que

hayan podido quedar desprovistas de vegetación al término de los trabajos

y que no puedan ajardinarse por motivos de seguridad u operatividad.

Impactos producidos por el gasoducto:

El gasoducto de alimentación a la central se construye, en todo su

recorrido de 150 metros, dentro de los límites de la parcela donde se

construye la central, por lo que, tanto durante su construcción como

durante su funcionamiento, no introduce impactos adicionales o diferentes de

los que produce la propia central térmica, ya analizados.

Impactos producidos por el canal de toma y el emisario de vertido

del agua de refrigeración. Tramo terrestre. Estación de bombeo:

Fase de construcción.-Se identifican como principales impactos

durante esta fase los siguientes: la eliminación de la vegetación de la zona ocupada

por las conducciones y la pista de trabajo; el aumento de ruido y polvo

producido por la maquinaria utilizada y el movimiento de tierras; el posible

impacto sobre los restos arqueológicos; la afección a la calidad de las

aguas superficiales por aumento de sólidos en suspensión; el impacto

producido por el vertido de los 36.500 m 3 de materiales sobrantes, y el impacto

sobre la playa de Guadarranque.

La pista de trabajo será de 30 metros de anchura, salvo en las

inmediaciones de Carteia y de la playa de Guadarranque en que se reduce

a 20 metros. La vegetación existente en la zona es pastizal-matorral en

el tramo terrestre, y no afecta a formaciones costeras, por lo que el impacto

será compatible. El único punto de interés es el cruce del arroyo de la

Madre Vieja, en el que se verá afectada, en un corto tramo, la vegetación

de ribera, que se recuperará replantando con vegetación autóctona la zona

afectada. También se restituirá geomorfológica y edáficamente la zona

afectada de la playa de Guadarranque. El aumento de polvo podrá ser

minimizado con medidas correctoras similares a las adoptadas durante la

construcción de la central, y el impacto del ruido y la afección a las zonas

de uso turístico podrán minimizarse realizando las obras fuera del período

estival, por lo que estos impactos se consideran compatibles.

Fase de funcionamiento.-No se espera ningún tipo de impacto durante

su funcionamiento, ya que las conducciones quedarán enterradas, y están

integradas en el planeamiento urbanístico del Ayuntamiento de San Roque,

discurriendo junto, e incluso debajo, de un nuevo vial proyectado.

Únicamente la estación de bombeo producirá un aumento del nivel

de inmisión acústica en sus inmediaciones, así como un cierto impacto

visual. Las emisiones de ruido pueden minimizarse con una adecuada

insonorización del edificio de la central de bombeo y el posible impacto

paisajístico será muy reducido, pues el edificio tendrá una altura de 4

metros y quedará enmascarado entre las edificaciones próximas; además,

irá apantallado por un seto perimetral de cerramiento con especies de

crecimiento rápido y ramaje abundante.

Impactos producidos por la conducción de toma y el emisario de vertido.

Tramo marino:

Fase de construcción.-Los principales impactos serán: la eliminación

de la vegetación y de la fauna bentónica existentes en la zona de

implantación directa de las conducciones; la afección a la calidad de las aguas

por aumento de sólidos en suspensión y sus efectos sobre la vegetación

y fauna existentes en su entorno; el depósito de los materiales procedentes

del dragado; la interferencia con los usos de ocio y pesqueros, y la posible

afección a yacimientos arqueológicos.

El impacto sobre la vegetación y las comunidades bentónicas se

considera compatible, ya que, de acuerdo con el estudio del fondo marino

de la zona de implantación de las conducciones, indicado en el inventario

ambiental, no existen praderas de fanerógamas marinas. Por otra parte,

las comunidades bentónicas están poco estructuradas, presentan un bajo

índice de diversidad y están ampliamente representadas en toda la bahía

de Algeciras, siendo su período de recuperación corto, uno o dos años.

Tampoco se han detectado especies o hábitats citadas en la

Directiva 92/43/CEE.

Por otra parte, el material de dragado extraído, 6.500 m 3 , de acuerdo

con la instrucción del CEDEX para caracterización de materiales de

dragado procedentes de puertos, es de categoría I, correspondiendo al nivel

de acción 1, que se pueden verter libremente al mar con la única

consideración de los efectos de tipo mecánico, por lo que el impacto de su

vertido se considera moderado.

Las obras interferirán con la actividad turística de la zona, por lo

que se propone realizarlas fuera de la etapa estival, con lo que el impacto

será compatible.

No existe ningún yacimiento arqueológico documentado en la zona.

No obstante, se propone la prospección arqueológica subacuática de los

tramos de las conducciones más próximos a la costa y efectuar un control

de los materiales sobrantes de la excavación y, en caso de algún hallazgo,

se informará a la autoridad competente.

El impacto más relevante en esta fase puede ser la alteración de la

calidad de las aguas de la bahía por el aumento de materiales finos en

suspensión debido a las obras de dragado, con aumento de la turbidez,

incremento del grado de eutrofia, e incremento de contaminantes orgánicos

y metálicos depositados en los sedimentos. Esta alteración de la calidad

de las aguas puede afectar a la fauna y flora de la bahía.

Se ha evaluado el incremento de turbidez considerando un tamaño

medio de los finos en suspensión de 0,06 milímetros de diámetro y una

profundidad máxima del fondo marino de 40 metros, y calculando la

velocidad de sedimentación aplicando la ley de Stokes. En estas circunstancias

el tiempo de sedimentación está entre dos horas y media y cinco horas.

También se ha evaluado el incremento del grado de eutrofia; los materiales

dragados presentan una concentración moderada de materia orgánica, en

torno al 3 por 100; se trata de materia orgánica absorbida por partículas

de limo o arcilla que sedimentarán también en un tiempo inferior a cinco

horas. El impacto se considera moderado, ya que la reducida velocidad

de las corrientes en el interior de la bahía no favorece su difusión.

Para minimizar este impacto, el estudio propone como medida

correctora que todas las operaciones que supongan la movilidad de sedimentos

y materiales se realicen en el interior de un recinto creado con

geomembrana que evite la dispersión de partículas en el medio marino.

Fase de funcionamiento. Impacto producido por el vertido

térmico.-Este impacto, junto con las emisiones a la atmósfera, constituye el más

significativo de las centrales térmicas.

Para evaluar este impacto se han utilizado los datos descritos en el

inventario ambiental referentes a la geometría de la costa, batimetría,

configuración e intensidad de corrientes en el interior de la bahía, diseño

de la infraestructura de toma y vertido, características de los vertidos

objeto de estudio, y vertidos de la central de Los Barrios para tener en

cuenta las posibles interferencias.

Se ha preparado un modelo para estudiar los vertidos con la

metodología conocida como la hipótesis del penacho, utilizando el programa

nuPLUME, desarrollado en los Estados Unidos por "Analytical and

Computational Research Inc.". El contenido matemático de este programa es

esencialmente idéntico al del programa DKHPLM de la Environmental

Protection Agency (EPA) de los Estados Unidos, con algunas adiciones y

mejoras.

El objetivo de este estudio es garantizar que el aumento de temperatura

media perceptible en la toma, como consecuencia de los vertidos, no

alcance 1 o C, y limitar a 3 o C el salto térmico a una distancia de 100 metros

desde el punto o puntos de vertidoya1metro de profundidad desde

la superficie del mar.

Los parámetros cuya variabilidad se ha tenido en cuenta en la aplicación

del modelo han sido: la profundidad del vertido, 20-40 metros; número de

chorros de vertido, 1, 2 separados 50 metros, y múltiples a lo largo de 200

metros; velocidad de corriente0y5cm/s, con dirección este y dirección

oeste; ángulo que forma la corriente con la dirección del vertido; el

gradiente vertical de temperaturas 0,05 o C/m, y el gradiente de

salinidad 0,05 g/l.

El modelo muestra cartográficamente el salto térmico que produce el

vertido, teniendo en cuenta las dos situaciones posibles: direcciones este

u oeste de las corrientes en esta zona de la bahía. En la gráfica pueden

observarse directamente las áreas afectadas y el grado de afectación y,

por consiguiente, el cumplimiento de los requisitos exigidos. El modelo

también facilita la difusión de los contaminantes que se puedan acompañar

al vertido.

Se probó una solución inicial realizando el vertido a 600 metros de

la costa y una profundidad de 30 metros con un solo difusor, resultando

insuficiente, por lo que se simularon otras hipótesis.

Finalmente, los resultados de la aplicación del modelo proponen como

solución adecuada, que cumple con los requisitos exigidos, un emisario

de 800 metros de longitud, realizando el vertido por medio de ocho o 10

difusores distribuidos a lo largo de los últimos 200 metros del emisario,

a una profundidad de 40 metros.

Por otra parte, el vertido de las aguas de refrigeración llevará

incorporado un biocida con una concentración máxima de cloro libre de 0,5 ppm

en verano. Esta concentración experimentará un proceso de dilución en

el penacho, aparte de que al contacto con la radiación solar perderá su

valor activo. A 100 metros del eje del penacho la concentración esperable

será inferior a 0,01 ppm.

En consecuencia, durante la fase de explotación se producirán los

siguientes efectos:

Se modificará la estructura de la columna de agua, ya que el incremento

térmico en profundidad disminuirá la densidad. Esta situación es favorable

a la dispersión del penacho y debe considerarse como un impacto de tipo

positivo, especialmente significativo en las condiciones estivales.

Disminuirá la concentración de oxígeno disuelto hasta valores en torno

al 95 por 100 de saturación, valor similar y compatible con las condiciones

actuales.

Mortandad sobre los organismos planctónicos a consecuencia del efecto

de la concentración resultante de biocida. Sin embargo, las máximas

concentraciones de biocida se aportarán en verano, momento en que la biomasa

planctónica está lejos de los valores máximos del ciclo anual.

El impacto térmico favorecerá una mayor producción biológica que

compensará en parte el efecto de los biocidas.

Otros impactos durante la fase de funcionamiento.-Se ha evaluado

la influencia respecto a la dinámica marinayalaalteración de los procesos

de sedimentación aplicando un modelo contrastado (fórmula de

Birkemeier 1985), resultando que a profundidades superiores a 20 metros la

incidencia de las canalizaciones es nula. Ambas canalizaciones irán

enterradas en el fondo marino hasta la profundidad de 20 metros o superior, 30

metros en el caso del emisario de vertido, por lo que la influencia respecto

la dinámica marina y alteración de los procesos de sedimentación será

mínima.

Las comunidades de peces pueden verse afectadas por la mortandad

que producirán las rejillas instaladas en la central de bombeo. No obstante,

la influencia sobre la actividad pesquera será muy reducida, ya que el

incremento térmico asociado al vertido supondrá un desarrollo más rápido

de determinadas especies de interés comercial. Por otra parte, las artes

de pesca artesanales no se verán afectadas, pues su actividad no se realiza

a profundidades superiores a los 5 metros, y las conducciones irán

enterradas en el fondo marino hasta la profundidad de 20 metros.

Impactos producidos por la línea eléctrica:

Impacto sobre la vegetación arbórea.-La línea, en la mayor parte de

su trazado, discurre sobre pastizales o zonas de pastizal-matorral, por

lo que no es necesario realizar ninguna actuación para la creación del

pasillo de seguridad, la alteración se reducirá a la superficie ocupada

por los apoyos y los caminos de acceso. El único punto en el que se produce

alguna afección es el cruce de la línea sobre un pequeño bosquete de

alcornocales, cerca de la subestación de Pinar del Rey. Si embargo, el

arbolado tiene poca altura y no es necesaria su eliminación; en la mayor

parte de los casos será suficiente una poda. El impacto se considera no

significativo, salvo la afección al bosque de alcornocales, que se estima

moderado.

Impacto sobre la avifauna.-El estrecho de Gibraltar actúa, por

condiciones geográficas y climatológicas, como zona de paso de aves

migratorias entre Europa y África. El punto crítico de las migraciones es la

punta de Tarifa, si bien todo el área en torno a ella, incluida la bahía

de Algeciras, puede considerarse también como zona de asentamiento y

de paso.

En algunos períodos pueden encontrarse en la zona bandadas de

cientos, e incluso miles, de aves en movimiento por los alrededores de la

zona. La presencia de la línea eléctrica constituye para estas aves un riesgo

de colisión con los cables de tierra que se evalúa como moderado y requiere

la adopción de medidas correctoras anticolisión.

Impacto sobre el paisaje y el patrimonio arqueológico.-Este impacto

será permanente y se deriva de la presencia física de la línea. Ésta irá

próxima a otras líneas existentes y, salvo en el cruce de la autovía

MálagaAlgeciras, no será visible mas que desde caminos poco transitados. Será

visible desde las vías pecuarias El Cordel del Vado de Jimena y la Vereda

de Sierra Carbonera, así como desde el puente Mayorga sobre el arroyo

de la Madre Vieja. El estudio considera este impacto moderado.

Impacto sobre la población y el planeamiento urbanístico.-No presenta

impactos negativos, ya que pasa alejada de zonas habitadas y en suelo

urbanizable programado va enterrada y aislada. Presenta un impacto

positivo al mejorar la oferta del suministro de energía eléctrica.

Plan de vigilancia

El estudio propone un plan de vigilancia que cubre la fase de

construcción y la de funcionamiento. Este plan, con ligeras modificaciones,

ha servido de base para establecer la condición 8 de esta declaración,

por lo que no es necesario repetirlo en este anexo.

Conclusiones

Los impactos significativos en la fase de construcción de la central

y sus infraestructuras, una vez adoptadas las medidas correctoras

propuestas en el estudio de impacto ambiental, serán: la posible afección

a los yacimientos arqueológicos, la alteración de la calidad de las aguas de

la bahía y la alteración de la actividad turística. En la fase de explotación

de la central, los impactos significativos serán las emisiones de NO x a

la atmósfera y el vertido térmico en las aguas de la bahía, y, en menor

medida, el impacto acústico de la central de bombeo y el paisajístico de

la línea eléctrica. Sin embargo, con las medidas correctoras propuestas

estos impactos se consideran compatibles o moderados.

ANEXO III

Resultado de la información pública

Relación de entidades que han presentado alegaciones:

Asociación de Vecinos de Carteya.

Asociación Ecologista Verdemar.

"Compañía Sevillana de Electricidad, Sociedad Anónima".

"Terminal Internacional de Carbones Gibraltar, Sociedad Anónima"

(Gibraltar-Intercar).

AGADEN.

ACERINOX.

CEPSA.

Resumen del contenido de las alegaciones e informes recibidos

Asociación de Vecinos de Carteya:

Alegan que el vial que se proyecta sobre las tuberías de toma y expulsión

del agua de refrigeración no prevé acceso a la barriada de Guadarranque,

por lo que solicitan comunicación con dicho vial. Asimismo, que el trazado

de las conducciones y del vial supone el derribo de arboleda, por lo que

debe ser repuesta por especies autóctonas del clima mediterráneo.

No consideran adecuada la ubicación de la estación de bombeo por

impedir la conexión de la barriada con el nuevo vial. Proponen que se

ubique la estación de bombeo al otro lado del vial proyectado, entre éste

y la carretera antigua, modificación ambientalmente favorable al alejarla

de la playa.

En la zona de costa, por la que pasarán las conducciones de toma

y descarga de agua, proponen la construcción de una escollera paralela

a la línea de costa y sumergida a una profundidad de 2 metros, que retendrá

la arena procedente del dragado. Con esta actuación se recuperará la

anchura de playa desaparecida por actuaciones anteriores.

Asociación Ecologista Verdemar:

Alegan que no se establecen infraestructuras viarias que garanticen

la seguridad del tráfico; consideran que no hay demanda de energía que

justifique el proyecto, proponiendo como alternativa transformar la central

térmica de los Barrios a gas natural; no se especifica la periodicidad con

la que se utilizará gasóleo como combustible alternativo, ni cómo se

amortizará la planta en caso de que se restrinjan las importaciones de gas;

las conducciones previstas para toma y descarga del agua de refrigeración

afectarán a las ruinas de Carteia y a las dunas de la playa de Guadarranque;

el EIA no aporta datos concretos sobre la temperatura de las aguas de

refrigeración que viertan a la bahía; además, la descarga se produce en

una zona ya afectada por los vertidos térmicos de la central térmica de

Los Barrios.

Piden buscar alternativas para la evacuación de la energía eléctrica

sin que suponga peligro para los habitantes de la barriada de Miraflores;

justificación real del proyecto estudiando el superávit de potencia que

hay en el Estado; indicar cómo afecta el proyecto a los compromisos

internacionales sobre topes de emisiones de gases invernadero suscritos por

el Estado español; estudiar con más profundidad la afección a los restos

arqueológicos; actualizar el plan corrector de vertidos de la bahía de

Algeciras; realizar un estudio epidemiológico de la comarca del Campo de

Gibraltar; reconvertir la central térmica de Los Barrios a gas natural;

estudio del análisis sinérgico de los impactos que producen las distintas

centrales de generación de energía eléctrica que existen en el Campo de

Gibraltar.

"Compañía Sevillana de Electricidad, Sociedad Anónima":

Alega que la conducción de descarga del agua de refrigeración de la

central proyectada se prevé a 20 metros de profundidad y que la

distribución del agua caliente vertida afectará a zonas comprendidas entre

los8y10metros. En esta zona está situada la toma de refrigeración

de la central térmica de Los Barrios, por lo que el vertido térmico de

la central proyectada afectará al rendimiento de la instalación de

refrigeración de la CT de Los Barrios y dificultará el cumplimiento de los

requisitos de la autorización de vertidos de que dispone actualmente.

"Terminal Internacional de Carbones Gibraltar, Sociedad Anónima"

(Gibraltar-Intercar):

Efectúa cuatro alegaciones:

La central proyectada puede interferir con el funcionamiento del

Parque de Graneles de Guadarranque (PGG), por lo que considera que se

deben incluir en la documentación, que sustente el proyecto, las

instalaciones de Gibraltar-Intercar: terminal actual y futuro PGG.

Del análisis del modelo de dispersión de partículas sedimentables

considerado en el EIA que acompaña al proyecto del PGG pudiera deducirse

cierta interferencia con las exigencias de pureza del aire de aspiración

que requieren las turbinas de gas a instalar. Sin embargo, consideran que

esta circunstancia no debería afectar a Gibraltar-Intercar, que dispone

de la correspondiente licencia.

Los tramos marítimos de las tuberías de impulsión y descarga del

circuito exterior de refrigeración interferirán con las operaciones de fondeo,

aproximación, salida, atraque y desatraque de los barcos que operan en

los muelles actuales de Gibraltar-Intercar, así como en el futuro muelle

de carga para el que existe concesión administrativa.

Las obras proyectadas pueden afectar a la impermeabilización instalada

por Gibraltar-Intercar en el Parque de Graneles de Guadarranque.

AGADEN:

Considera que no se han tenido en cuenta sus sugerencias en el

desarrollo del Estudio de Impacto Ambiental; que el proyecto no está justificado

en cuanto a la demanda de energía eléctrica, que puede satisfacerse con

las instalaciones actuales; que los escapes de gas pueden anular los

beneficios, en cuanto a disminuciones de emisiones de CO 2 , logrados por mayor

eficiencia de estas centrales.

En cuanto a su ubicación, estima que no habrá gas suficiente para

alimentar las centrales existentes; no se ha estudiado la red que se

necesitará para evacuar toda la energía eléctrica que se produzca en el Campo

de Gibraltar; no se ha efectuado un estudio de los impactos que producen

las distintas centrales; no se dice nada de los restos arqueológicos de

la ciudad de Carteya; los canales de toma y descarga de agua afectarán

a la barriada y playa de Guadarranque; la línea de evacuación de energía

eléctrica de 220 kV pasa a menos de 220 metros de casas habitadas.

En cuanto a las emisiones a la atmósfera, el EIA no cuantifica las

emisiones de CO 2 . Respecto de las emisiones de NO x , no se contemplan

los efectos sinérgicos con otras instalaciones.

El EIA no contempla la realización de un estudio epidemiológico.

Concluye, solicitando la realización de un nuevo estudio de impacto

ambiental.

"Acerinox, Sociedad Anónima":

Alega que la construcción y explotación de la nueva línea eléctrica

que se construya puede afectar al suministro de electricidad a la factoría

de "Acerinox, Sociedad Anónima".

CEPSA, Refinería de Gibraltar:

Alega que el trazado de la futura línea eléctrica a 220 kV que unirá

la central de San Roque con la subestación de Pinar del Rey transcurre

por parcelas propiedad de CEPSA, lo que puede suponer un

desaprovechamiento del potencial uso industrial de las zonas implicadas en la

servidumbre.

Propone dos soluciones: la utilización conjunta entre Gas Natural SDG

y Acerinox de la línea de 220 kV que esta última posee desde su factoría

en Palmones-Los Barrios hasta la subestación de Pinar del Rey; o cambio

de trazado de la línea de manera que no afecte a terrenos de CEPSA.

Informe realizado por el promotor respecto a las alegaciones

presentadas al proyecto

Asociación de vecinos de Carteya:

El enlace de la barriada de Guadarranque con el nuevo vial será objeto

de un proyecto detallado de urbanización que recogerá las indicaciones

del Ayuntamiento de San Roque.

La afección a especies arbóreas es de pequeña magnitud y será

minimizada por las medidas correctoras indicadas en el EIA.

No se considera aconsejable la modificación propuesta para la ubicación

de la estación de bombeo, ya que el Ayuntamiento y la Delegación Provincial

de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía consideran ese espacio

poco recomendable por motivos arqueológicos y ambientales.

La construcción de una escollera paralela a la línea de costa para

la retención de arenas procedentes del dragado, como primera medida

para la recuperación de la anchura de la playa, debería ser estudiada

por el órgano administrativo competente, si bien presenta dificultades

debido a la elevada complejidad de la dinámica

marinayalaheterogeneidad de los materiales dragados.

Asociación Ecologista Verdemar:

El EIA ha incluido todas las observaciones recibidas en la fase de

consultas que ha sido posible, en función de su alcance.

El proyecto se considera justificado por cuanto el crecimiento de

energía eléctrica en España puede estimarse en un 3 por 100 anual; el 23

por 100 de la energía eléctrica consumida en Andalucía se produce fuera

de esta Comunidad Autónoma; la tecnología de los ciclos combinados,

alimentados por gas natural, permite rendimientos del 55 por 100 frente

al 36 por 100 de las centrales convencionales; la energía primaria requerida

para generar un kWh de electricidad es un 35 por 100 menos que en

una central de ciclo simple, lo que implica una reducción de emisiones

de CO 2 en la misma cuantía; las emisiones de materia particulada y de

SO 2 son prácticamente nulas y las emisiones de NO x son muy inferiores,

400 g/MWh frente a los 900 g/MWh de las centrales de fuel y los 1.600

g/MWh de las centrales de carbón; es de esperar que, por su mayor

rentabilidad, la producción de estas centrales desplace a las centrales de

fuel y de carbón, por lo que su funcionamiento redundará en una

disminución de las emisiones de CO 2 y, por tanto, producirá un efecto positivo

en el cumplimiento por parte de España de los acuerdos adoptados en

el Protocolo de Kioto.

La propuesta de reconvertir a gas la central de carbón de Los Barrios

no es contemplable por el promotor, ya que no es de su propiedad.

Los escapes de gas no constituyen accidentes frecuentes. Las medidas

de seguridad están descritas en el proyecto básico.

No se especifica con qué frecuencia se utilizará gasóleo como

combustible, ya que sólo se utilizará en caso de emergencia y falta de suministro

de gas natural.

El modelo de dispersión de contaminantes aplicado permite predecir

que los efectos sobre la calidad del aire en la zona de implantación de

la central son admisibles.

Las tuberías de impulsión y descarga del agua de refrigeración no

penetran en el recinto arqueológico de Carteya, habiéndose adaptado su

trazado a las indicaciones de la Delegación Provincial de la Consejería

de Cultura de la Junta de Andalucía y del Ayuntamiento de San Roque.

Su impacto está analizado en el EIA. Además, se prevé la protección de

posibles restos arqueológicos no inventariados que pudiesen aparecer

durante los trabajos. También se prevé la restauración de las dunas de

la playa de Guadarranque que pudieran resultar afectadas.

El diseño de la conducción de vertido se ha efectuado con un modelo

de difusión térmica que asegura el cumplimiento de la legislación vigente

(la temperatura del eje del penacho a 100 metros del punto de vertido

y 1 metro de profundidad diferirá en menos de 3 o C de las temperaturas

externas). En principio, no se considera necesario la utilización

permanente de biocidas, pero, en cualquier caso, se asegurará que la máxima

concentración de cloro residual, medida en la salida del emisario de vertido,

sea igual o inferior a 0,5 ppm.

Las infraestructuras viarias generales no son objeto del proyecto

considerado. La carretera de acceso a las instalaciones, contemplada en el

nuevo Plan viario de Polígono Industrial de Guadarranque, en fase de

desarrollo por parte del Ayuntamiento de San Roque, proporcionará

adecuadas garantías de seguridad tanto para los conductores como para las

poblaciones cercanas.

La línea eléctrica a 220 kV atraviesa terrenos calificados como suelo

urbanizable programado, pero en este tramo la línea irá enterrada. Sin

embargo, la línea no pasará por encima de las casas de la barriada de

Miraflores. Respecto a la posible afección de la línea sobre la avifauna,

se prevé la instalación de dispositivos "salvapájaros".

Compañía Sevillana de Electricidad:

El vertido térmico de la central proyectada no afectará a la toma de

aguas de refrigeración de la central de Los Barrios, ya que se ha modificado

el diseño del conducto de vertido de acuerdo con el resultado obtenido

por el modelo de difusión térmica, descargando a 40 metros de profundidad

y a 800 metros de distancia de la central de Los Barrios.

Gibraltar-Intercar:

No existe inconveniente en incorporar la información de que se

disponga, referida a Gibraltar-Intercar, en sucesivas fases de desarrollo del

proyecto.

La materia particulada emitida por el parque de graneles no afectará

al funcionamiento de la central, pues existen técnicas apropiadas para

asegurar la pureza del aire de aspiración que requieren las turbinas a

instalar.

No se conoce la posible afección de la construcción de las conducciones

de toma y descarga del agua de refrigeración sobre el futuro muelle previsto

por Gibraltar-Intercar.

No se observa interferencia de la central de San Roque y sus

instalaciones con la impermeabilización del parque de graneles, ya que ninguna

de las obras proyectadas invadirá la zona ocupada por dicho parque.

"Acerinox, Sociedad Anónima":

La construcción y explotación de la nueva línea eléctrica se efectuará

garantizando el servicio de todos los tendidos existentes, por lo que no

afectará a la línea eléctrica que actualmente suministra energía a "Acerinox,

Sociedad Anónima", cuyo servicio no será interrumpido.

CEPSA. Refinería Gibraltar:

Se podría considerar un cambio de trazado de la línea eléctrica para

no afectar al potencial uso industrial de los terrenos de CEPSA.

La primera solución aportada, utilización conjunta entre Gas Natural

y Acerinox de la actual línea eléctrica, requiere contactos y acuerdos

previos entre ambas empresas. La segunda solución aportada es similar a

la propuesta en el Proyecto inicial en cuanto a complejidad técnica y

problemática ambiental se refiere.

AGADEN:

Se realiza una serie de justificaciones similares a las ya expuestas

para las alegaciones de la asociación Verdemar, ya que las alegaciones

son similares. No obstante, se efectúan algunas matizaciones diferenciadas,

entre las que figuran las siguientes:

El EIA no se finalizó y entregó hasta fines del mes de julio de 1998,

lo que puede demostrarse por el sistema de calidad de INYPSA, certificado

por AENOR. En el EIA se han incluido todas las observaciones recibidas

en la fase de consultas que ha sido posible, en función de su alcance.

No se contempla la realización de un estudio epidemiológico, porque

los períodos de observación necesarios y su complejidad quedan fuera

del alcance y plazos establecidos para el EIA. Este tipo de estudios sólo

podrían abordarse por la Junta de Andalucía.

ANEXO IV

Ampliación de información al estudio de impacto ambiental

Analizada la información contenida en el estudio de impacto ambiental,

se observó que no se evaluaba el impacto de las emisiones de contaminantes

a la atmósfera en caso de funcionar la central con gasóleo como combustible

auxiliar. Tampoco se evaluaban las situaciones puntuales en condiciones

atmosféricas desfavorables.

Sin embargo, la zona en la que se pretende construir la nueva central

térmica, la bahía de Algeciras, es una zona con niveles considerables de

contaminación atmosférica en la que se han tenido que aplicar programas

para la reducción de emisiones de algunos contaminantes, como el SO 2 .

Además, la situación de contaminación atmosférica de la zona de estudio

se caracteriza por episodios de estabilidad atmosférica con elevaciones

puntuales significativas de los niveles de inmisión de varios

contaminantes, SO 2 yNO 2 .

Por tanto, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental,

con fecha 16 de febrero de 1999, solicitó la siguiente ampliación de

información:

Para el caso de funcionamiento de la central con gas natural:

Evaluar los niveles de inmisión de NO 2 que se produzcan puntualmente,

debidos a situaciones atmosféricas desfavorables, indicando claramente

en qué puntos o áreas se espera que se superen los límites de inmisión

de NO 2 para el percentil 98 establecidos por la legislación vigente,

utilizando para ello un modelo a corto plazo.

Para el caso de funcionamiento de la central con gasóleo, utilizando

un modelo a corto plazo:

Evaluar los niveles de inmisión de NO 2 que se produzcan puntualmente,

debidos a situaciones atmosféricas desfavorables, indicando claramente

en qué puntos o áreas, y bajo qué condiciones atmosféricas se espera

que se superen los valores de inmisión horarios de 200 l g/m 3 de NO 2 .

Evaluar los niveles de inmisión medios horarios de SO 2 que se

produzcan puntualmente, debidos a situaciones atmosféricas desfavorables,

indicando en qué puntos o áreas, y bajo qué condiciones atmosféricas

se pueden superar valores medios diarios de 350 l g/m 3 .

Para el cálculo de los niveles de inmisión de NO 2 , efectuado en función

de los niveles de inmisión de NO x obtenidos por el modelo, se consideró

más adecuado utilizar la relación NO 2 /NO x existente en la zona de estudio.

En este sentido, se recomendó utilizar la relación calculada por la Junta

de Andalucía para la zona de la Bahía de Algeciras.

La Delegación Provincial de Medio Ambiente en Cádiz de la Junta

de Andalucía facilitó las conclusiones de un estudio de la relación de

NO 2 /NO x para la zona de estudio, basado en los datos validados de las

cabinas de inmisión de La Línea, Algeciras y Los Barrios para el período

comprendido entre julio y diciembre de 1998. Este estudio aporta los

siguientes valores: NO 2 /NO x = 0,61 para la media; y NO 2 /NO x = 0,59 para

el valor máximo y el percentil 98.

Asimismo, la citada Delegación seleccionó los períodos de cuatro días

en los que se registraron los valores más elevados de inmisión de SO 2 yNO 2 , y aportó los datos obtenidos en las cabinas ubicadas en la Bahía

de Algeciras de los siguientes parámetros recogidos en el Sistema de

Información y Vigilancia Ambiental: valores medios horarios de temperatura,

velocidad y dirección del viento, humedad relativa, presión barométrica,

precipitación y radiación solar durante esos días.

Con fecha 9 de abril de 1999, el promotor remitió a la Dirección General

de Calidad y Evaluación Ambiental un primer informe, modificado por

un segundo informe, remitido con fecha 11 de mayo de 1999, en los que

se aportó la ampliación de información solicitada. El informe estima las

emisiones que se producirán, el modelo elegido para evaluar su incidencia

en los niveles de inmisión, la metodología seguida, los datos utilizados

para "rodar" el modelo y los resultados obtenidos.

Se ha estimado que las emisiones que se producirán serán:

a) Funcionando la central con gas natural:

NO x (expresado como NO 2 ) 30 g/s 51,34 mg/Nm 3 (15%deO 2 )

SO 2 5,5 g/s 9,42 mg/Nm 3 (15%de O 2 )

Partículas 4,7 g/s 8,00 mg/Nm 3 (15%de O 2 )

b) Funcionando la central con gasóleo A, seleccionado como

combustible auxiliar:

NO x (expresado como NO 2 ) 84 g/s 120 mg/Nm 3 (15%deO 2 )

SO 2 17,69 g/s 25,25 mg/Nm 3 (15%deO 2 )

Partículas 14 g/s 20 mg/Nm 3 (15%deO 2 )

Se ha seleccionado el modelo Industrial Source Complex Short Term,

versión 3, (ISCST3) de la EPA (Environmental Protection Agency). Se ha

"rodado" este modelo aplicando la relación NO 2 /NO x y los datos aportados

por la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Cádiz de la Junta

de Andalucía y la matriz de estabilidad obtenida del aeropuerto de

Gibraltar.

La primera conclusión obtenida por el modelo ISCST3 es elevar la

altura de las chimeneas a 65 metros para evitar las turbulencias que en

la dirección y velocidad del viento originan los edificios próximos.

Con esta altura de chimenea se disminuye considerablemente la

incidencia de las emisiones en los valores de inmisión con respecto a los

resultados obtenidos con el modelo anterior. Efectivamente, el incremento

de la concentración media anual de NO 2 , funcionando la central con gas

natural, resulta inferior a 0,5 l g/m 3 en todas las estaciones de medida,

y los incrementos máximos serán de 2,2 l g/m 3 en las direcciones Este

y Este-Noroeste, valores bastante reducidos, teniendo en cuenta que la

Directiva 1999/30/CE, de 22 de abril, establece 40 l g/m 3 de NO 2 como

límite de la media anual.

Por otra parte, para situaciones atmosféricas desfavorables,

funcionando la central con gas natural, los valores máximos se sitúan en Sierra

Carbonera, obteniéndose los siguientes valores: concentraciones máximas

horarias producidas por la central, 120 l g/m 3 de NO 2 ; valores del percentil

98, 40 l g/m 3 de NO 2 ; en Gibraltar estos valores se reducen a 40 l g/m 3

de NO 2 y4 l g/m 3 de NO 2 , respectivamente. Estos valores son asumibles,

si tenemos en cuenta que la citada Directiva 1999/30/CE establece, para

el año 2010, que los valores medios horarios no superen, en más de 18

ocasiones, los 200 l g/m 3 de NO 2 .

Funcionando la central con gasóleo, se ha "rodado" el modelo para

la situación más desfavorable proporcionada por la Junta de Andalucía,

obteniéndose que los valores horarios más altos, debido al funcionamiento

de la central, se producen en las dirección E y SE, en Sierra Carbonera

y Gibraltar, respectivamente. Sin embargo, estos valores no superan los

20 l g/m 3 de SO 2 en Sierra Carbonera, y 14 l g/m 3 de SO 2 en Gibraltar.

El valor medio diario se incrementa únicamente en 2,3 l g/m 3 . Valores

asumibles si se tiene en cuenta que la Directiva 1999/30/CE establece,

para el 1 de enero del 2005, que no se supere, en más de 24 ocasiones

al año, el valor medio horario de 350 l g/m 3 de SO 2 .

También evalúa los incrementos de concentración de NO 2 en aire,

funcionando la central con gasóleo, resultando los valores obtenidos para

el NO 2 igual a 2,8 veces el de los obtenidos para el SO 2 , que continúan

siendo asumibles.

Con este estudio se demuestra que con la modificación de la altura

de las chimeneas y la utilización de gasóleo A, como combustible auxiliar,

el impacto de la central sobre la calidad del aire es moderado y

ambientalmente asumible.

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