Visto el expediente de indulto de don José Antonio Morales Valero,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Tarragona, en sentencia
de fecha 16 de octubre de 1996, como autor de un delito continuado de
hurto, a la pena de un mes y un día de arresto mayor, y un delito continuado
de utilización ilegítima de vehículo de motor ajeno, a la pena de 100.000
pesetas de multa y privación del permiso de conducir por tres meses y
un día, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho
de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en
el año 1991; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación
del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de septiembre de 1999,
Vengo en conmutar a don José Antonio Morales Valero la pena privativa
de libertad pendiente de cumplimiento, por otra de treinta días-multa,
a satisfacer en cuotas diarias de 1.000 pesetas, cuyo inicio y forma de
cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición
de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años, desde
la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 17 de septiembre de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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