De acuerdo con lo dispuesto en la base 20, apartado 3, de
la Orden de 30 de noviembre de 1998 ("Boletín Oficial del Estado"
de 14 de diciembre) por la que se convocan procedimientos
selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores y Maestros
de Taller de Artes Plásticas y Diseño y procedimiento para la
adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los
mencionados Cuerpos, una vez comprobado que el aspirante que ha
obtenido la calificación de "apto" reúne los requisitos exigidos
en la base 15 de la citada Orden de convocatoria,
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Hacer pública, según anexo a la presente Orden,
la lista única del aspirante que ha adquirido nueva especialidad
en el Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
Segundo.-De acuerdo con lo establecido en el artículo 42.1
y 2 del Real Decreto 850/1993, de 4 de junio, por el que se
regula el ingreso y la adquisición de especialidades en los Cuerpos
de funcionarios docentes a que se refiere la Ley Orgánica 1/1990,
de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo,
así como en el apartado 20.4 de la citada Orden de convocatoria,
quienes adquieran una nueva especialidad por este procedimiento
estarán exentos de la realización de la fase de prácticas.
La adquisición de una nueva especialidad no supone la pérdida
de la anterior o anteriores que pudieran poseer. Quienes tengan
adquirida más de una especialidad podrán acceder a plazas
correspondientes a cualquiera de ellas a través de los mecanismos
establecidos para la provisión de puestos de trabajo de los funcionarios
del Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
Tercero.-Por la Dirección General de Personal y Servicios se
expedirá la correspondiente credencial de adquisición de la nueva
especialidad y se procederá a su anotación en el Registro Central
de Personal.
Cuarto.-Contra la presente Orden los interesados podrán
interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados
Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido
en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el artículo 90.4
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,
en redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio,
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la
fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida
potestativamente en reposición en el plazo de un mes y ante la Dirección
General de Personal y Servicios, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la
Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 24 de septiembre de 1999.-P. D. (Orden de 1 de
marzo de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 2), el Director
general de Personal y Servicios, Rafael Catalá Polo.
Ilmo. Sr. Director general de Personal y Servicios.
ANEXO
Comunidad Autónoma de Castilla y León
Cuerpo: Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño
Documento nacional de identidad Apellidos y nombre
108: Reproducción e Impresión
10.595.341 Gutiérrez González, Laura María.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid