Visto el expediente de indulto de don Marco Antonio Noguerol Pando,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenado por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid, en
sentencia de fecha 7 de noviembre de 1995, como autor de un delito contra
la salud pública, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión
menor y multa de 1.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión
de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la
condena, por hechos cometidos en el año 1994; a propuesta de la Ministra
de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión
del día 24 de septiembre de 1999,
Vengo en conmutar a don Marco Antonio Noguerol Pando la pena
privativa de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición
de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la
total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de
tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 24 de septiembre de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid