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Documento BOE-A-1999-20443

Orden de 10 de septiembre de 1999 por la que se modifica la autorización del Centro de Educación Secundaria «Seminario Menor Agustiniano», de Guadalajara.

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 15 de octubre de 1999, páginas 36505 a 36505 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-20443

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente del centro docente privado de Educación Secundaria

denominado "Seminario Menor Agustiniano", domiciliado en la calle

Donantes de Sangre, número 6, de Guadalajara, en relación con la modificación

de la autorización del mencionado centro, por ampliación de dos unidades

en la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria,

El Ministerio de Educación y Cultura ha dispuesto:

Primero.-Modificar la autorización del centro privado de Educación

Secundaria "Seminario Menor Agustiniano", de Guadalajara, que queda

configurado del modo siguiente:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: "Seminario Menor Agustiniano". Titular: Orden de

Agustinos Recoletos-Provincia de Santo Tomás de Villanueva. Domicilio: Calle

Donantes de Sangre, número 6. Localidad: Guadalajara. Municipio:

Guadalajara. Provincia: Guadalajara.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Educación Secundaria Obligatoria. Capacidad: Seis unidades y 180

puestos escolares.

b) Bachillerato: Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales.

Capacidad: Dos unidades y 70 puestos escolares.

c) Ciclos Formativos de Grado Medio. Laboratorio de Imagen.

Capacidad: Dos grupos y 60 puestos escolares.

Segundo.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la

Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente

a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos

25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el

plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo

con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 10 de septiembre de 1999.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y

17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación

Profesional, Roberto Mur Montero.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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