En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de la
Universidad de La Rioja, aprobados por Real Decreto 1296/1995,
de 21 de julio ("Boletín Oficial del Estado" de 15 de septiembre),
y con el fin de atender las necesidades del personal de
Administración y Servicios de esta Universidad,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le son
atribuidas por el artículo 50.j) de la misma norma, acuerda convocar
pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Administrativa con
sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 15 plazas por
el sistema de promoción interna.
1.2 Las presentes pruebas selectivas se regirán por lo
dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la
Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional
de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado; los Estatutos de la propia Universidad y lo dispuesto en la
presente convocatoria.
1.3 El procedimiento de selección de los aspirantes por el
sistema de promoción interna constará de las fases de oposición
y concurso.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a
la puntuación final de la fase de oposición a efectos de establecer
el orden definitivo de aspirantes aprobados. En ningún caso podrán
ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.
1.4 El programa que ha de regir estas pruebas selectivas es
el que figura como anexo I de esta convocatoria.
1.5 El Tribunal adoptará las medidas oportunas para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición cuya naturaleza
lo permita, sean corregidos sin que se conozca la identidad de
los aspirantes. En este sentido, el Tribunal excluirá a aquellos
opositores en cuyos ejercicios figuren nombres, rasgos, marcas
o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.
1.6 El orden de llamamiento de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra del alfabeto español que
se establezca en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública, por la que se publica el resultado del
sorteo celebrado anualmente a estos efectos.
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer
apellido comience por la letra indicada, el orden de llamamiento
se iniciará por aquéllos cuyo primer apellido comience por la
siguiente, y así sucesivamente.
1.7 Los aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en
llamamiento único, quedando decaídos en su derecho los
opositores que no comparezcan a realizarlo, salvo los casos
debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal, para
los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria, cuando
la naturaleza del ejercicio y las exigencias del principio de igualdad
lo permitan.
1.8 En cualquier momento los órganos competentes de
selección podrán requerir a los opositores para que acrediten su
identidad.
1.9 Las bases íntegras de la presente convocatoria, así como
los actos derivados de la misma, se publicarán en el tablón de
anuncios del edificio de Rectorado de esta Universidad.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español.
b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
c) Tener una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo
o Escala del grupo D, contados desde su toma de posesión como
funcionario de carrera.
d) Estar en posesión del título de Bachiller Superior,
Bachillerato Unificado Polivalente, Bachillerato-LOGSE, Formación
Profesional de segundo grado o equivalente, o tener aprobadas
pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años
o, alternativamente, poseer una antigüedad de diez años en los
Cuerpos o Escalas del grupo D incluidos en el ámbito de aplicación
de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, o de cinco años y haber superado el curso
específico a que se refiere la disposición adicional novena del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
e) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
f) No haber sido separado del servicio, mediante expediente
disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes
funciones públicas.
2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas deberán
pertenecer a algún Cuerpo o Escala del grupo D, tener destino
definitivo en esta Universidad y poseer una antigüedad de, al menos,
dos años desde la toma de posesión en el Cuerpo o Escala a
la que pertenezcan.
2.3 Todos los requisitos enumerados en las bases 2.1 y 2.2,
en su caso, deberán poseerse en el día de finalización del plazo
de presentación de solicitudes.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en la instancia que será facilitada
gratuitamente en el Rectorado de la Universidad de La Rioja (avenida
de La Paz, número 93, 26004 Logroño).
3.2 Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, se
dirigirán al señor Rector de la Universidad de La Rioja, acompañadas
de una fotocopia del documento nacional de identidad.
3.3 La presentación de solicitudes se hará en el Registro
General de la Universidad de La Rioja (edificio Rectorado), o en la
forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de
Correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas
por el funcionario de Correos antes de ser certificadas, como señala
el precitado artículo.
3.4 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte
días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación
del anuncio de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado".
3.5 Los derechos de examen serán de 2.000 pesetas y se
ingresarán en la cuenta corriente número 0085-0510-40-0000050219
del Banco Santander, en concepto de "Pruebas selectivas Escala
Administrativa de la Universidad de La Rioja".
En la solicitud deberá acompañar el justificante acreditativo
del pago de los derechos, y su falta determinará la exclusión del
aspirante. En ningún caso la presentación y pago en el banco
supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo
y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
3.6 Los aspirantes deberán observar las siguientes
instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:
3.6.1 En el recuadro de la solicitud destinado a "Cuerpo o
Escala" los aspirantes harán constar únicamente "promoción".
3.6.2 En el recuadro de la solicitud destinado a "Forma de
acceso" los aspirantes que participen señalarán necesariamente
la letra "P".
3.6.3 Los aspirantes con minusvalías podrán indicarlo en la
solicitud, para lo cual utilizarán el recuadro número 7 del impreso
y solicitar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempos y
medios para la realización de los ejercicios, en caso de que sean
necesarias, expresándolo en el recuadro número 9.
3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
3.8 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar
su modificación mediante escrito motivado, dirigido al señor
Rector, dentro del plazo establecido por la base 3.2 para la
presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo, no se admitirá
ninguna petición de esta naturaleza, salvo causa excepcional
sobrevenida, justificada y libremente apreciada por el Tribunal.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el
Rector de la Universidad de La Rioja dictará en el plazo máximo de
un mes, Resolución que será publicada en el tablón de anuncios
del edificio Rectorado, declarando aprobada la lista provisional
de admitidos y excluidos, con expresión de las causas de exclusión,
y se indicarán los lugares y fechas de realización del primer
ejercicio. Para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión
o su omisión en la relación de admitidos y excluidos, los aspirantes
dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la citada Resolución, fecha
que será igualmente determinada para el cómputo de los plazos
a efectos de posibles impugnaciones y recursos.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado, no subsanen
el defecto determinante de la exclusión o aleguen la omisión,
justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos,
serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
4.2 En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto
de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los
aspirantes comprobarán no sólo que figuran en la relación de
excluidos, sino, además, que sus nombres constan en las
relaciones de admitidos.
4.3 Los derechos de examen serán reintegrados únicamente
a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de las
pruebas selectivas, practicándose de oficio tal devolución.
5. Tribunales
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas será el que figura
en el anexo II de esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo a la Presidenta del mismo, cuando concurran
en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes
a pruebas selectivas de acceso a la Función Pública en los cinco
años inmediatamente anteriores a la publicación de esta
convocatoria. La Presidenta podrá solicitar de los miembros del Tribunal
una declaración expresa de no hallarse incursos en las
circunstancias de abstención o recusación.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de
la Comisión cuando concurran las mismas circunstancias
anteriormente mencionadas, de conformidad con lo establecido en el
artículo 29 de la misma Ley.
5.3 El Tribunal podrá acordar la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas, cuando las circunstancias o el carácter
de alguna de las pruebas así lo aconseje, así como otro personal
colaborador para tareas materiales de vigilancia y organización.
5.4 El Tribunal adoptará las medidas precisas, de forma que
los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para
la realización de los ejercicios que el resto de los particulares.
En este sentido se establecerán, para las personas con minusvalías
que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.6.3, las
adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o de los órganos competentes de la Comunidad
Autónoma de La Rioja.
5.5 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de La
Rioja, avenida de La Paz, número 93, Logroño, teléfono (941)
299 128 136.
El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos, una persona,
miembro o no del mismo, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
6. Pruebas selectivas
6.1 La fase de oposición estará formada por los ejercicios
que a continuación se indican, siendo éstos eliminatorios:
6.1.1 Primer ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio.
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 70 preguntas,
con respuestas alternativas sobre el temario que figura en el anexo
I. Será necesario obtener 45 aciertos para superar este ejercicio.
Las respuestas erróneas no penalizarán.
El tiempo para la realización del ejercicio será de hora y media.
6.1.2 Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución por
escrito de dos supuestos prácticos con 35 preguntas cada uno de ellos,
a elegir por el interesado de entre tres propuestos por el Tribunal,
relacionados con el temario que figura en el anexo I. Será necesario
obtener 20 aciertos en cada uno de ellos para superar el ejercicio.
Las respuestas erróneas no penalizarán.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de dos
horas.
0,2 En la fase de concurso se valorarán los servicios
efectivamente prestados hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, en Cuerpos o Escalas del grupo D,
con arreglo al siguiente baremo:
6.2.1 Antigüedad (máximo 20 puntos): La antigüedad se
valorará por años de servicios, computándose a estos efectos los
reconocidos que se hubieren prestado con anterioridad a la adquisición
de la condición de funcionario de carrera. No se computarán los
servicios prestados simultáneamente con otros igualmente
alegados.
Servicios prestados en la Universidad de La Rioja: Un punto
por año completo y 0,5 puntos por fracción superior a seis meses.
Servicios prestados en otras Universidades: 0,5 puntos por año
completo y 0,25 puntos por fracción superior a seis meses.
Servicios en otras Administraciones Públicas: 0,25 puntos por
año completo y 0,15, por fracción superior a seis meses.
6.2.2 Grado personal (máximo 15 puntos): Se valorará el
grado personal consolidado conforme a la siguiente escala:
Por tener un grado 18 consolidado: 15 puntos.
Por tener un grado 16 consolidado: 12 puntos.
Por tener un grado 14 consolidado: 10 puntos.
6.2.3 Formación y perfeccionamiento (máximo 15 puntos):
Por la superación de cursos de formación y perfeccionamiento
convocados por cualquier centro oficial en los que se haya
expedido diploma y certificación de asistencia, se otorgará la siguiente
puntuación:
Hasta veinte horas: 0,4 puntos.
Desde veintiuna hasta cuarenta horas: 0,8 puntos.
Desde cuarenta y una hasta sesenta horas: 1,2 puntos.
Desde sesenta y una hasta ochenta horas: 1,6 puntos.
Más de ochenta horas: 2 puntos.
Cuando se hayan realizado cursos que tengan igual
denominación, sólo se valorará uno de ellos, de lo contrario se tendrá
que acreditar la diferencia de contenidos.
Los cursos de informática deberán versar sobre programas o
aplicaciones actualizadas, no pudiendo superar el conjunto de
estos cursos un máximo de 2 puntos.
No se valorarán los cursos académicos completos ni por
asignaturas de forma aislada. Ni se valorarán las prácticas de becarios.
6.2.4 Titulaciones oficiales: Máximo 5 puntos. La valoración
de la titulación se hará con arreglo a la siguiente escala:
Bachiller Superior o equivalente: 1 punto.
Diplomado universitario: 3 puntos.
Licenciado universitario o equivalente: 5 puntos.
6.2.5 La suma de todos los puntos obtenidos en la fase de
concurso, será dividida entre 5,5 para que el peso del concurso
no supere el 10 por 100 del total.
6.2.6 La calificación final de las pruebas vendrá determinada
por las sumas obtenidas en la fase de concurso y oposición, sin
que en ningún caso se pueda exceder el número de plazas
convocadas. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo
a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y si aún
fuese necesario dirimir el empate, se atenderá a la puntuación
obtenida en el primer ejercicio. Si persistiese el empate, éste se
dirimirá a favor de la mayor puntuación alcanzada en el mérito
de antigüedad y, de persistir aún la situación de empate, se
atenderá al grado consolidado, formación y titulación académica por
este orden.
6.3 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al
siguiente calendario:
6.3.1 Fase de oposición: El primer ejercicio de la oposición
se celebrará a partir de la segunda quincena del mes de enero
de 2000.
6.3.2 El Tribunal publicará en el lugar de celebración del
primer ejercicio, y en aquellos otros que estime oportuno, el
anuncio de celebración de los siguientes ejercicios con, al menos,
cuarenta y ocho horas de antelación a la fecha señalada para su
inicio.
7. Lista de aprobados
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios obligatorios de la
fase de oposición correspondientes a estas pruebas selectivas, el
Tribunal hará públicas, en el lugar de celebración de los ejercicios
y en aquellos otros que estime oportuno, las relaciones de
aspirantes que hayan superado cada uno de ellos, con indicación de
la puntuación obtenida y del número del documento nacional de
identidad. Los opositores que no se hallen incluidos en tales
relaciones tendrán la consideración de no aptos.
7.2 La lista que contenga la valoración de méritos de la fase
de concurso se hará pública al mismo tiempo y en los mismos
lugares que la correspondiente al de la fase de oposición.
7.3 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal elevará al
Rector la propuesta definitiva de aspirantes aprobados por orden
de puntuación, en la que constarán las calificaciones de cada uno
de los ejercicios, la suma total y la puntuación obtenida en la
fase de concurso.
7.4 El Tribunal calificador no podrá aprobar ni declarar que
han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes
superior al de plazas convocadas por la presente Resolución. Cualquier
propuesta de aprobados que contravenga esta norma será nula
de pleno derecho.
8. Presentación de documentos
8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el
día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las relaciones
definitivas de aprobados, éstos presentarán, si procede, en el
Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de La Rioja, los
siguientes documentos:
a) Fotocopia debidamente compulsada del título
correspondiente o certificado que acredite haber abonado los derechos
correspondientes para la expedición de dicho título.
b) Fotocopia del documento nacional de identidad.
8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera
estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
demás requisitos ya aprobados para obtener su anterior
nombramiento, y cualquier otro extremo del que hubiese constancia en
su expediente personal.
8.3 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de
presentar los documentos expresados en la base anterior podrá
acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria
mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.
8.4 Quienes dentro del plazo fijado y salvo caso de fuerza
mayor, no presentaren la documentación exigida, o del examen
de la misma se dedujere que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios
de carrera y quedarán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio
de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en
la solicitud inicial.
9. Nombramiento de funcionarios de carrera de la Escala
Administrativa
Concluidos los trámites establecidos en la base anterior, los
aspirantes aprobados serán nombrados funcionarios de carrera
de la Escala Administrativa de la Universidad de La Rioja, mediante
Resolución del Rector.
La toma de posesión de estos aspirantes se efectuará en el
plazo máximo de un mes, contado desde la fecha de dicha
publicación.
10. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de las actuaciones de los órganos de selección,
podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Logroño, 8 de septiembre de 1999.-El Rector, Urbano
Espinosa Ruiz.
ANEXO I
Programa
1. Derecho Administrativo
Tema 1. El acto administrativo: Concepto y clases.
Motivación. Notificación. Publicación. Actos presuntos.
Tema 2. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común: Objeto y ámbito de aplicación. Principios
generales. Ley 4/1999.
Tema 3. El procedimiento administrativo: Iniciación.
Ordenación. Instrucción. Finalización.
Tema 4. Los recursos administrativos: Principios generales
y clases. Reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles
y laborales.
Tema 5. Las partes en el proceso contencioso-administrativo.
Objeto del recurso contencioso-administrativo.
2. Gestión de personal
Tema 1. Ley de Medidas para la Reforma de la Función
Pública: Ámbito de aplicación. Adquisición y pérdida de la condición
de funcionario. Derechos y deberes de los funcionarios.
Tema 2. Ingreso en Cuerpos o Escalas de funcionarios:
Normas generales. Oferta de empleo público. Órganos de selección.
Convocatorias y procedimiento selectivo.
Tema 3. Provisión de puestos de trabajo: Disposiciones
generales. Concurso. Libre designación. Otras formas de provisión.
Tema 4. Carrera profesional: Grado personal. Intervalo de
niveles y garantía del puesto de trabajo. La promoción interna.
Tema 5. Situaciones administrativas: Supuestos y efectos de
cada una de ellas.
Tema 6. El régimen jurídico del profesorado universitario.
3. Gestión financiera
Tema 1. Introducción. Ingresos y gastos del sector público.
Presupuesto: Definición, clases y principios. Clasificación del
presupuesto.
Tema 2. El presupuesto de la Universidad de La Rioja. Fases.
Clasificación económica y definiciones.
Tema 3. El presupuesto de la Universidad de La Rioja. Fases
de ejecución. Modificaciones de crédito.
Tema 4. Ley de Contratos de las Administraciones Públicas:
Contrato de obras y contrato de suministro.
4. Gestión universitaria
Tema 1. Universidad de La Rioja. Régimen del alumnado.
Matriculación. Planes de estudio. Acceso y tercer ciclo.
Tema 2. Los Estatutos de la Universidad de La Rioja: Órganos
de gobierno colegiados y unipersonales. El Consejo Social. El
Claustro. La Junta de gobierno.
ANEXO II
Tribunal calificador
Titulares:
Presidenta: Doña María Luisa Iriarte Vañó, Gerenta de la
Universidad de La Rioja.
Vocales en representación de la Universidad: Don Joaquín
Roncero Carrizosa, Vicegerente de la Universidad de La Rioja, y doña
María Pilar San Gil Lapuerta, de la Escala Administrativa de la
Universidad de La Rioja.
Asesora: Doña Amaya Rosa Ruiz Alejos.
Vocales en representación de la Junta de Personal: Doña Ana
María Nuño Torres, de la Escala Administrativa de la Universidad
de la Rioja, y doña María Luisa Arribas Gorrindo, de la Escala
Administrativa de la Universidad de La Rioja.
Secretaria: Doña María Vega Leza Peñalba.
Suplentes:
Presidenta: Doña Marta Magriñá Contreras, del Cuerpo
Facultativo de Archiveros Bibliotecarios y Arqueólogos.
Vocales en representación de la Universidad: Doña Sagrario
Grijalba Serrapio, de la Escala Administrativa de la Universidad
de La Rioja, y don Joaquín León Marín, de la Escala Facultativa
de Archivos y Bibliotecas de la Universidad de La Rioja.
Vocales en representación de la Junta de Personal: Doña
Justina Bastida San Rodrigo, de la Escala Auxiliar de la Universidad
de La Rioja, y doña Vicenta Collado Moreno, de la Escala Auxiliar
de la Universidad de La Rioja.
Secretaria: Doña María del Pilar Apellaniz Espiga.
ANEXO III
Don/doña.......................................................,
con domicilio en....................................................,
y documento nacional de identidad número/NIF...................
Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario de carrera de la Escala Administrativa de la
Universidad de La Rioja, que no ha sido separado del servicio en ninguna
de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado
para el ejercicio de las funciones públicas.
Logroño, a.......... de .......... .......... de 199 ..........
ANEXO IV
Don/doña.......................................................................................................................................
Cargo...........................................................................................................................................
Centro directivo................................................................................................................................
Unidad administrativa..........................................................................................................................
Certifico: Que los antecedentes obrantes en este centro, relativos al opositor abajo indicado, se ajustan a los siguientes extremos:
Apellidos y nombre.............................................................................................................................
Cuerpo o Escala a la que pertenece............................................................................................................
Número de documento nacional de identidad/NIF............................................................................................
Número de Registro de Personal...............................................................................................................
Destino actual..................................................................................................................................
Antigüedad en el Cuerpo/Escala como funcionario de carrera
a la fecha de publicación de la convocatoria en el "Boletín
Oficial del Estado".........................................
Años Meses Días
Servicios previos reconocidos al amparo de la Ley
30/1978, de 26 de diciembre, asimilados a dicho
Cuerpo/Escala.................................................
Años Meses Días
Total...................................................
Grado personal consolidado y formalizado a la fecha de
publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado" .........................................................
Formación y perfeccionamiento a la fecha de publicación
de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".....
Titulación oficial a la fecha de publicación de la convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado".........................
Total puntuación fase de concurso....................
Y para que conste, expido la presente certificación en:
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid