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Documento BOE-A-1999-20540

Resolución de 23 de septiembre de 1999, de la Dirección General de la Energía, por la que se certifica los colectores solares planos, marca «Megasun», fabricados por Helioakmi Solarenergy Systems.

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 18 de octubre de 1999, páginas 36633 a 36634 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1999-20540

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de la Energía la solicitud presentada

por "Megasun Energía, Sociedad Limitada", con domicilio social en avenida

Carbonera, número 4, municipio de Alfaz del Pi (Alicante), para la

renovación de vigencia de certificación de colectores solares planos, fabricados

por Helioakmi Solarenergy Systems, en su instalación industrial ubicada

en Peristeri-Atenas (Grecia).

Resultando que por el interesado se ha presentado la documentación

exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya renovación

de vigencia de certificación solicita, y que el modelo cumple todas las

especificaciones actualmente establecidas por Orden de 28 de julio de

1980 sobre exigencias técnicas de los paneles solares,

Esta Dirección General, de acuerdo con lo establecido en la referida

disposición ha acordado renovar la certificación el citado producto, con

la contraseña de certificación NPS-0599, y con fecha de caducidad el día

23 de septiembre de 2002, definiendo como características técnicas del

modelo o tipo certificado las que se indican a continuación, debiendo

el interesado solicitar el certificado de conformidad de la producción antes

del 23 de septiembre de 2002.

Esta renovación de certificación se efectúa en relación con la

disposición que se cita y por tanto el producto deberá cumplir cualquier otro

Reglamento o disposición que le sea aplicable.

El titular de esta Resolución presentará dentro del período fijado para

someterse al control y seguimiento de la producción la documentación

acreditativa, a fin de verificar la adecuación del producto a las condiciones

iniciales, así como la declaración en la que se haga constar que, en la

fabricación de dichos productos, los sistemas de control de calidad

utilizados se mantienen, como mínimo, en las mismas condiciones que en

el momento de la certificación.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en

las que se basa la concesión de esta renovación de vigencia de certificación

podrá dar lugar a la suspensión cautelar automática de la misma,

independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de

las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe

interponer, potestativamente, el recurso de reposición en el plazo de un mes,

contado desde el día siguiente al de notificación de esta Resolución, ante

el Secretario de Estado de Industria y Energía, previo al

contencioso-administrativo, conforme a lo previsto en el artículo 116.1 de la Ley 4/1999,

de 14 de enero, que modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Marca: "Megasun".

Modelo: Steel 2000.

Características:

Material absorbente: Aluminio/cobre.

Tratamiento superficial: Pintura mate selectiva.

Superficie útil: 1,792 metros cuadrados.

Madrid, 23 de septiembre de 1999.-El Director general, Antonio Gomis

Sáez.

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