Visto el expediente iniciado a instancia del representante legal de la
titularidad del Centro de Educación Secundaria "Virgen de Guadalupe",
sito en la carretera Corte de Peleas, número 117, de Badajoz, solicitando
la modificación de la autorización, para la implantación del ciclo formativo
de grado superior de "Desarrollo de Aplicaciones Informáticas".
Este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14 del Real
Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:
Primero.-Modificar la autorización del Centro de Educación
Secundaria "Virgen de Guadalupe", sito en la carretera Corte de Peleas, número
117, de Badajoz, quedando configurado como se describe a continuación:
Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.
Denominación específica: "Virgen de Guadalupe". Domicilio: Carretera Corte de
Peleas, número 117. Localidad: Badajoz. Municipio: Badajoz. Provincia:
Badajoz. Titular: Compañía de Jesús.
Enseñanzas autorizadas:
A) Educación Secundaria Obligatoria:
Capacidad: Número unidades, 12; número de puestos escolares, 360.
B) Bachillerato.
Modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud:
Capacidad: Número de unidades, dos; número de puestos
escolares, 70.
Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales:
Capacidad: Número de unidades, dos; número de puestos escolares,
70.
Modalidad de Tecnología:
Capacidad: Número de unidades, dos; número de puestos
escolares, 70.
C) Ciclos Formativos de Grado Medio.
Gestión Administrativa:
Capacidad: Número de grupos, uno; número de puestos escolares, 30.
Instalación y Mantenimiento Electromecánico de Maquinaria y
Conducción de Líneas:
Capacidad: Número de grupos, dos; número de puestos escolares, 60.
Electromecánica de Vehículos:
Capacidad: Número de grupos, dos; número de puestos escolares, 60.
D) Ciclos Formativos de Grado Superior.
Administración de Sistemas Informáticos:
Capacidad: Número de grupos, dos; número de puestos escolares, 60.
Desarrollo de Aplicaciones Informáticas:
Capacidad: Número de grupos, dos; número de puestos escolares, 60.
Mantenimiento de Equipo Industrial:
Capacidad: Número de grupos, dos; número de puestos escolares, 60.
Automoción:
Capacidad: Número de grupos, dos; número de puestos escolares, 60.
Segundo.-El centro deberá cumplir la Norma Básica para la Edificación
NBE CPI/96 de Condiciones de Protección Contra Incendios en los Edificios
aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre.
Tercero.-En relación con el ciclo formativo de grado superior de
Desarrollo de Aplicaciones Informáticas, autorizado en la presente Orden,
el centro deberá cumplir los requisitos de equipamiento que, previo informe
de la Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa,
se comunicarán al mismo. Dicha circunstancia será comprobada por el
Servicio de Inspección Técnica de Educación.
Cuarto.-Antes del inicio de las actividades educativas del ciclo
formativo de grado superior que se autoriza, la Dirección Provincial del
Departamento en Badajoz, previo informe del Servicio de Inspección Técnica
de Educación, deberá aprobar la relación del profesorado con el que contará
el centro, que cumplirá los requisitos establecidos en la Orden de 23 de
febrero de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 27), por la que se regulan
las titulaciones mínimas y condiciones que deben poseer los Profesores
para impartir formación profesional específica en los centros privados
y en determinados centros de titularidad pública.
Quinto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la
notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos
25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el
plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo
con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la
Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 24 de septiembre de 1999.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y
17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación
Profesional, Roberto Mur Montero.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid