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Documento BOE-A-1999-20967

Orden de 27 de septiembre de 1999 por la que se aprueban dos convocatorias de ingreso en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE, una por el sistema de turno libre y otra por el sistema de promoción interna contemplado en el artículo 5 del Real Decreto 521/1999, de 26 de marzo.

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 27 de octubre de 1999, páginas 37557 a 37565 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1999-20967

TEXTO ORIGINAL

Ambas convocatorias se regirán por las mismas bases. Los

aspirantes deberán optar por presentarse únicamente a una de las

dos convocatorias. En ningún caso las plazas que pudieran quedar

vacantes en la convocatoria de promoción interna podrán

acumularse a la convocatoria del turno libre.

Así, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real

Decreto 521/1999, de 26 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 27)

del Ministerio de Administraciones Públicas, por el que se aprueba

la oferta de empleo público para el año 1999, y con el fin de

atender las necesidades de personal del Ministerio de Economía

y Hacienda, en uso de las competencias que le están atribuidas

en el artículo 1, a) del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto

("Boletín Oficial del Estado" de 5 de septiembre), previo informe

favorable de la Dirección General de la Función Pública, este

Ministerio acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el

Cuerpo de Inspectores del SOIVRE, código 0603, con sujeción a las

siguientes

Bases de las convocatorias

1. Normas generales

1.1 En la convocatoria para turno libre se convocan pruebas

selectivas para cubrir cinco plazas.

1.2 En la convocatoria para promoción interna, se convocan

pruebas selectivas para cubrir cinco plazas de las previstas en

el artículo 5 del Real Decreto 521/1999, de 26 de marzo.

1.3 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio;

el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Real Decreto

521/1999, de 26 de marzo, y lo dispuesto en las presentes

convocatorias.

1.4 Cada proceso selectivo constará de una fase de oposición,

con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se

especifican en el anexo I, y de otra fase consistente en un curso

selectivo.

1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de estas convocatorias.

1.6 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso.

1.7 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará

a lo largo del mes de marzo del año 2000 y la duración máxima

de esta fase será de diez meses, contados a partir de la realización

del primer ejercicio.

1.8 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios

obligatorios de la fase de oposición serán nombrados funcionarios

en prácticas por la autoridad convocante. Estos funcionarios en

prácticas deberán superar el curso selectivo al que se refiere la

base 1.4, el cual comenzará en el plazo máximo de dos meses

a partir de la terminación del fijado en la base 8.1 de las presentes

convocatorias.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por

cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por

causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por

la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente

posterior, una vez desaparecidas las causas que impidieron su

realización inicial, intercalándose en el lugar que les corresponda

de acuerdo con la puntuación que les corresponda.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo, de acuerdo

con el procedimiento de calificación previsto en el apartado B

del anexo I, perderán el derecho a su nombramiento como

funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad

convocante.

1.9 No se podrá declarar superados los procesos selectivos

a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas en

cada convocatoria. Cualquier propuesta de aprobados superior

al número establecido, será nula de pleno derecho.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas, tanto en la convocatoria de turno libre como en la de

promoción interna, los aspirantes deberán reunir los siguientes

requisitos:

2.1.1 Ser español.

2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

funciones propias del Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualesquiera de las Administraciones

Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones

públicas.

2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por la

convocatoria de promoción interna deberán pertenecer el día de la

publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado" a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo B, estar

incluidos en el ámbito de aplicación del apartado 1 del artículo

uno de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, tener una antigüedad

de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan,

antigüedad que se computará con referencia al día de la

finalización del plazo de presentación de solicitudes y reunir los demás

requisitos exigidos en esta convocatoria.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978 en

puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a los

de los Cuerpos o Escalas del Grupo B serán computables, a efectos

de antigüedad, para participar por promoción interna en estas

pruebas selectivas.

2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1, y 2.2,

en su caso, deberán poseerse en el día de finalización del plazo

de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento

de la toma de posesión como funcionarios de carrera.

2.4 Los aspirantes que reúnan la condición de funcionarios

de organismos internacionales habrán de ajustarse a los requisitos

y condiciones que para el acceso a los mismos en los Cuerpos

y Escalas de la Administración del Estado establece el Real

Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de funcionarios

de nacionalidad española de organismos internacionales a los

Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en la instancia que será facilitada

gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades

Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno en las

provincias, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio

de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la

Función Pública, en el Instituto Nacional de Administración Pública,

en la Subdirección General de Gestión de Recursos Humanos del

Ministerio de Economía y Hacienda y en las representaciones

diplomáticas o consulares de España en el extranjero.

Junto con la instancia deberán adjuntarse dos fotocopias del

documento nacional de identidad.

Las instrucciones para cumplimentar el impreso son las que

se detallan a continuación:

En el recuadro correspondiente a "Ministerio", consigne

Ministerio de Economía y Hacienda.

En el recuadro dedicado a "Centro gestor", consigne

Subsecretaría y el código 15001.

En el recuadro relativo a la "Tasa de derechos de examen",

consigne el código 15020.

En el recuadro donde figura el año de la convocatoria,

consigne 99.

"15. Cuerpo, Escala, grupo profesional o categoría", consigne

el texto del Cuerpo de Inspectores del SOIVRE y el código 0603.

"17. Forma de acceso", consigne la letra "L" si se presenta

por la convocatoria de turno libre, y "R" si se presenta por la

convocatoria de promoción interna.

"18. Ministerio/organismo/entidad convocante", consigne el

Ministerio de Economía y Hacienda.

19. Fecha de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

de las convocatorias.

"21. Minusvalía". Indicar el porcentaje del grado de

minusvalía según el dictamen del órgano competente.

25. Consigne en el apartado A) la titulación poseída, en el

apartado B) el idioma elegido para la realización de la parte

voluntaria del segundo ejercicio y en el apartado C) el Cuerpo de

pertenencia.

3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General del Ministerio de Economía y Hacienda, calle Alcalá, números

5 a 11, o paseo de la Castellana, 162, de Madrid, o en la forma

establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, desarrollado por el Real

Decreto 772/1999, de 7 de mayo ("Boletín Oficial del Estado"

del 22), en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente

al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial

del Estado", y se dirigirá al Subsecretario de Economía y Hacienda.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario

de haber satisfecho los derechos de examen.

3.3 Los aspirantes con minusvalía deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la

misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro

número 23, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para

la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea

necesaria.

3.4 Los derechos de examen serán de 4.000 pesetas y se

ingresarán, en efectivo, en cualquier banco, caja de ahorros o

cooperativa de crédito, de las que actúan como entidades

colaboradoras en la recaudación tributaria.

Aquellos aspirantes que concurran a las pruebas selectivas de

la convocatoria para promoción interna gozarán de una

bonificación del 50 por 100 de la tasa, siendo su cuantía 2.000 pesetas.

Los aspirantes que presenten su solicitud en el extranjero

ingresarán los derechos de examen en la cuenta corriente número

0104-0808-28-0302345038 del Banco Exterior.

Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33

por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo

de tal condición.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

publicación de la presente convocatoria. Será requisito para el

disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieren

rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a

participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,

formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan

de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo

interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante

de empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará

en la correspondiente oficina del Instituto Nacional de Empleo.

En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará con una

declaración jurada o promesa escrita del aspirante. Ambos

documentos deberán acompañarse a la instancia de participación.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en el Banco Exterior

supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y

forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el

Subsecretario de Economía y Hacienda dictará resolución en el plazo

máximo de un mes, declarando aprobadas las listas de admitidos

y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el

"Boletín Oficial del Estado", se indicarán los lugares en que se

encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de

aspirantes admitidos y excluidos y se determinará el lugar o lugares

y la fecha y hora de comienzo de los ejercicios. Dichas listas

deberán ser expuestas, en todo caso, en los servicios centrales del

Ministerio de Economía y Hacienda, en las Delegaciones del

Gobierno en las Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones

del Gobierno en las provincias, así como en la Dirección General

de la Función Pública y en el Centro de Información Administrativa

del Ministerio de Administraciones Públicas. En las listas deberá

constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número del

documento nacional de identidad, así como la causa de exclusión.

4.2 Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un

plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de

la publicación de la resolución, para subsanar el defecto que haya

motivado la exclusión u omisión.

Contra la resolución definitiva, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de

reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al

de su publicación, en el "Boletín Oficial del Estado", ante el mismo

órgano que la dicta, o recurso contencioso-administrativo, en el

plazo de dos meses, ante el órgano judicial competente de acuerdo

con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado"

del 14), y en el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.3 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputables al

sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los

derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas

selectivas por causa imputable al interesado, por lo que el supuesto

de exclusión, por no cumplir los requisitos o no aportar los

documentos exigidos en las convocatorias, no dará lugar a la devolución

de los derechos de examen.

En el caso de que proceda el derecho a la devolución de la

tasa, en aplicación de la Orden del Ministerio de Economía y

Hacienda de 22 de marzo de 1991, sobre devolución de ingresos

indebidos, que desarrolla el Real Decreto 1163/1990, de 21 de

septiembre, corresponderá al Departamento ministerial

convocante proceder al reconocimiento de dicho derecho y llevar a cabo

la posterior tramitación para su abono. A estos efectos, se aplicará

el procedimiento descrito en el apartado 15 de la Orden del

Ministerio de Economía y Hacienda, de 4 de junio de 1998 ("Boletín

Oficial del Estado" del 5). La iniciación de un expediente de

devolución podrá realizarse, bien de oficio, por la Administración o

a instancia del interesado, mediante solicitud dirigida al

Departamento ministerial convocante, según los casos.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo III a estas convocatorias.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Subsecretario del Ministerio de Economía

y Hacienda, cuando concurran en ellos circunstancias de las

previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

o si se hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes

a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación

de estas convocatorias.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas

la autoridad convocante publicará, en el "Boletín Oficial del

Estado", Orden por la que se nombre a los nuevos miembros del

Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición

por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la

celebración de sesiones, deliberaciones, toma de acuerdos y para

actuaciones posteriores, se requerirá la presencia del Presidente

y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la mitad,

al menos, de sus miembros. Celebrará su sesión de constitución

en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación

y mínimo de diez antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 Dentro de la fase de oposición el Tribunal resolverá todas

las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,

así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El

procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará, en todo

momento, a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.6 El Tribunal podrá solicitar la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores corresponderá al Subsecretario de

Economía y Hacienda, a propuesta del Tribunal y de la Subdirección

General de Gestión de Recursos Humanos.

5.7 El Tribunal adoptará las medidas precisas en aquellos

casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con

minusvalías gocen de similares condiciones para la realización

de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este

sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías que

lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones

posibles en tiempos y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,

sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales o de las Comunidades Autónomas competentes.

5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en la Subdirección General de Gestión de

Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Hacienda, Paseo

de la Castellana, 162, planta 16, de Madrid. A efectos de

información se dispone de los teléfonos 91 583 54 66, 91 583 54 67

y 91 583 53 43.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos, una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "Q", de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública, de 15 de abril de 1999 ("Boletín Oficial

del Estado" del 17), por la que se publica el resultado del sorteo

celebrado el 14 de abril de 1999.

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer

apellido comience por la letra "Q", el orden de actuación se iniciará

por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "R", y

así sucesivamente.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar

su personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de las oposiciones quienes

no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente

justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración

del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal

en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en

la sede del Tribunal señalada en la base 5.8 y por cualesquiera

otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima

divulgación, con, al menos, veinticuatro horas de antelación a

la señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate

del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde

se haya celebrado la prueba anterior, en la citada sede del Tribunal

y por cualquier otro medio, si se juzga conveniente, con doce

horas, al menos, de antelación.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios de los requisitos exigidos por las presentes

convocatorias, previa audiencia del interesado, deberá proponer su

exclusión al Subsecretario de Economía y Hacienda,

comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el

aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a

los efectos procedentes.

Contra la resolución que declara la exclusión del aspirante

podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en

el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su

notificación, ante el mismo órgano que la dicta, o recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el órgano

judicial competente de acuerdo con lo previsto en la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de

enero, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública,

en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como

en la sede del Tribunal, señalada en la base 5.8, y en aquellos

otros que estime oportuno, las relaciones de aspirantes aprobados

por orden de puntuaciones alcanzadas, con indicación de su

documento nacional de identidad.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de las listas

de aprobados al Subsecretario de Economía y Hacienda, a través

de la Subdirección General de Gestión de Recursos Humanos,

especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno

de los ejercicios. Dichas listas se publicarán en el "Boletín Oficial

del Estado".

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el

día siguiente a aquel en que se hagan públicas las listas de

aprobados en el "Boletín Oficial del Estado", los opositores aprobados

deberán presentar en la Subdirección General de Gestión de

Recursos Humanos, paseo de la Castellana, número 162, planta 16,

los siguientes documentos:

A) Fotocopia del título exigido en la base 2.1.3 o certificación

académica que acredite haber realizado todos los estudios para

la obtención del título.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,

mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta

convocatoria.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya probados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de

Personal o del Ministerio u organismo del que dependiesen para

acreditar tal condición, con expresión del número e importe de

trienios, así como la fecha de su cumplimiento.

Asimismo, deberán formular opción por la percepción de la

remuneración que deseen percibir durante su condición de

funcionarios en prácticas, de conformidad con lo previsto en el Real

Decreto 456/1986, de 10 de febrero ("Boletín Oficial del Estado"

de 6 de marzo). Igualmente deberán hacerlo así quienes tengan

la condición de personal laboral o funcionario interino.

8.3 Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza

mayor no presentasen la documentación o del examen de la misma

se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados

en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán

anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en

que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4 Por Orden de la autoridad convocante, se procederá al

nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se

determinará la fecha en la que empezará a surtir efecto dicho

nombramiento.

8.5 La petición de destinos por parte de los aspirantes

aprobados deberá realizarse una vez finalizado el curso selectivo, previa

oferta de los mismos.

8.6 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran

superado serán nombrados, a propuesta del Subsecretario de Economía

y Hacienda, funcionarios de carrera mediante Resolución del

Secretario de Estado para la Administración Pública, que se

publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

8.7 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será

efectuada en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente

a la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial

del Estado".

8.8 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,

a través del Instituto Nacional de Administración Pública y en

colaboración con los centros de formación de funcionarios

competentes, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes

seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las

Comunidades Autónomas en las que obtengan destino una vez

nombrados funcionarios de carrera.

9. Norma final

Las presentes convocatorias y cuantos actos administrativos

se deriven de ellas y de la actuación del Tribunal, podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común y en la Ley reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto

en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 27 de septiembre de 1999.-El Ministro, P. D. (Orden

de 26 de noviembre de 1998, "Boletín Oficial del Estado" de 10

de diciembre), el Subsecretario, Fernando Díez Moreno.

Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Economía y Hacienda,

Secretario General Técnico y Presidente del Tribunal.

ANEXO I

El procedimiento de selección para el acceso al Cuerpo de

Inspectores del SOIVRE, constará de dos fases:

A) Fase de oposición.

B) Curso selectivo.

A) Fase de oposición

EJERCICIOS Y VALORACIÓN

1. Ejercicios

Constará de cinco ejercicios, todos ellos eliminatorios, excepto

la parte voluntaria del examen de idiomas.

Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo, por escrito, en

el tiempo máximo de seis horas, de cuatro temas. Cada uno de

los temas se elegirá al azar, para todos los opositores, de cada

uno de los grupos formados por los siguientes temas:

El primero incluirá los temas 1 al 21.

El segundo del 22 al 36.

El tercero del 37 al 55.

El cuarto del 56 al 70.

Posteriormente se procederá a la lectura pública, por parte

del opositor, de su texto escrito. El Tribunal podrá formular

preguntas y solicitar las aclaraciones que considere oportunas para

una mejor valoración de sus conocimientos sobre los temas

escritos.

En la convocatoria de promoción interna, los funcionarios

pertenecientes al Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE estarán

exentos de realizar el tema correspondiente al primer grupo, por

lo que sólo desarrollarán tres temas, en un tiempo máximo de

cuatro horas y media, correspondientes al segundo, tercero y

cuarto de los grupos señalados.

Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba sobre idiomas

extranjeros, debiendo demostrar el opositor el conocimiento del

inglés, de forma obligatoria. De forma voluntaria podrá escoger

entre: Francés, alemán, italiano, portugués y ruso. Para ello se

realizarán las siguientes pruebas:

a) Lectura a los opositores de un texto en el idioma de que

se trate, durante un tiempo máximo de quince minutos, pudiendo

aquellos, si así lo desean, tomar notas durante la misma. A

continuación, realizarán una composición por escrito, en el mismo

idioma, durante un tiempo máximo de noventa minutos, sobre

el contenido del texto leído y sobre las preguntas que el Tribunal

formule sobre el citado texto. Se permitirá el uso del diccionario.

b) Prueba oral, consistente en la lectura por el opositor,

durante un plazo máximo de cinco minutos, de un texto en el idioma

de que se trate, debidamente seleccionado por el Tribunal, seguida

de una exposición oral, en el mismo idioma, durante un tiempo

máximo de diez minutos, sobre el tema del texto leído y sobre

las preguntas que formule el Tribunal en relación con aquél.

Asimismo se procederá a la lectura de la prueba escrita a la que

se refiere el párrafo anterior.

De forma voluntaria el opositor podrá escoger uno o más de

entre los idiomas ya mencionados y el desarrollo del ejercicio

voluntario de idiomas será igual al del idioma obligatorio.

Tercer ejercicio: Consistirá en el desarrollo, por escrito, de

tres temas, durante un plazo máximo de cuatro horas, de la parte

del temario correspondiente al tercer ejercicio. Los citados temas

se elegirán al azar, por el Tribunal, de entre los tres grupos

siguientes:

El primero incluirá los temas del 1 al 18.

El segundo del 19 al 38.

El tercero del 39 al 55.

En la convocatoria de promoción interna, todos los aspirantes

estarán eximidos de realizar el tema correspondiente al tercer

grupo, por lo que sólo se desarrollarán dos temas en un tiempo

máximo de dos horas y media.

Cuarto ejercicio: Será de carácter práctico, con una duración

máxima de cuatro horas y consistirá en la resolución de un

conjunto de supuestos prácticos preparados por el Tribunal, sobre

asuntos relacionados con el contenido de la parte del temario

correspondiente a los ejercicios primero y tercero.

Finalizada, por parte del opositor, la lectura pública de la

resolución de los supuestos prácticos, el Tribunal podrá formularle

cuantas preguntas considere pertinentes para una adecuada

valoración de sus conocimientos.

En la convocatoria de promoción interna, los aspirantes

pertenecientes al Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE, estarán

exentos de la realización de este ejercicio.

Quinto ejercicio: Consistirá en una prueba oral, en la que los

opositores desarrollarán, en el plazo máximo de una hora, tres

temas, de la parte del programa señalada para este ejercicio. Uno

del grupo de temas del 1 al 17, otro del 18 al 36 y otro del

37 al 55. Para ello el opositor elegirá de cada grupo un tema

entre dos extraídos al azar. Los opositores contarán con quince

minutos de preparación previa y, al término de su exposición,

el Tribunal podrá dialogar con los mismos sobre cuestiones

relacionadas con los temas desarrollados.

Posteriormente, se procederá a la lectura pública del texto

escrito y el Tribunal podrá formular preguntas y solicitar las

aclaraciones que considere oportunas para una mejor valoración de sus

conocimientos sobre los temas escritos.

2. Valoración

Todos los ejercicios son eliminatorios, excepto la parte

voluntaria del ejercicio de idiomas. En todos los ejercicios que se

califiquen por el sistema de puntos será imprescindible, para

superarlos, haber obtenido un mínimo del 50 por 100 de la puntuación

máxima asignada a cada ejercicio y no ser calificado en ningún

tema con cero puntos.

Primer ejercicio: Cada tema se calificará de cero a diez puntos.

Segundo ejercicio: El ejercicio de inglés se puntuará entre cero

y 15 puntos y cada uno de los idiomas voluntarios que haya elegido

el opositor se puntuarán entre cero y cinco puntos. Los puntos

obtenidos por los opositores en los idiomas de los que se examine

voluntariamente solamente serán computables en la puntuación

global del ejercicio cuando alcance, como mínimo, el 50 por 100

de la puntuación máxima posible de este ejercicio voluntario.

Tercer ejercicio: Se calificará cada uno de los temas de cero

a diez puntos.

Cuarto ejercicio: Se calificará con "Apto" o "No apto".

Quinto ejercicio: Se calificará cada uno de los temas de cero

a diez puntos.

Calificación final: Vendrá determinada por la suma total de

las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la

fase de oposición. Si al obtener dicha puntuación hubiere dos

o más aspirantes con la misma calificación, se determinará el orden

de prelación por la mayor puntuación alcanzada en el primer

ejercicio; si hubiere igualdad por la mayor del quinto ejercicio y si

aún persistiere el empate por la del segundo ejercicio. En el caso

de que el empate continuase, se determinará a continuación por

la puntuación del tercer ejercicio y del cuarto ejercicio,

sucesivamente.

B) Curso selectivo

El curso selectivo será organizado por la Subsecretaría de

Economía y Hacienda, de acuerdo con la Secretaría General de

Comercio Exterior, y en colaboración con instituciones privadas y

públicas de formación de funcionarios. Se iniciará en el plazo máximo

de dos meses desde que finalice el previsto en la base 8.1 para

la presentación de documentos, y tendrá como finalidad primordial

la adquisición de conocimientos en orden a la preparación

específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias

del Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

La duración máxima del curso selectivo será de dos meses.

El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los

aspirantes de unas pruebas prácticas en relación con las áreas básicas

de formación que se imparten.

El curso se calificará con "Apto" o "No apto", siendo necesario

para superarlo obtener la calificación de "Apto".

La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por

la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición,

tomando en cuenta, únicamente, aquellos aspirantes calificados

de "Aptos" en el curso selectivo.

ANEXO II

Primer ejercicio

Conocimiento de productos. Normalización, control y certificación

1. Frutos cítricos.

2. Frutas de hueso y pepita.

3. Frutos tropicales y subtropicales.

4. Otras frutas: Fresas, uvas, melón, sandía.

5. Hortalizas frescas aprovechables por sus frutos.

6. Hortalizas frescas aprovechables por sus hojas, tallos e

inflorescencias.

7. Hortalizas frescas aprovechables por sus tubérculos,

bulbos y raíces.

8. Frutos secos.

9. Granos y semillas de consumo humano, harina, sémolas

y pastas alimenticias.

10. Condimentos y especias.

11. Conservas y semiconservas, productos de la cuarta gama

a base de frutas y hortalizas. Aceitunas de mesa.

12. Mostos, zumos y néctares de frutas y hortalizas, bebidas

refrescantes y aguas de bebidas envasadas.

13. Vinos, cerveza, alcoholes y bebidas espirituosas.

14. Productos apícolas, azúcares y melazas.

15. Aceite de oliva y demás aceites vegetales comestibles,

grasas (animales, vegetales y anhidras).

16. Carnes.

17. Pescados, moluscos y crustáceos.

18. Leche y derivados lácteos. Huevos y ovoproductos

19. Conservas, semiconservas y salazones cárnicas,

embutidos crudos y curados.

20. Conservas, semiconservas y salazones de pescado.

21. Platos preparados y precocinados, alimentos dietéticos

y de régimen.

22. Aditivos alimentarios. Descripción, clasificación,

legislación aplicable, listas, toxicidad, identificación.

23. Plaguicidas. Descripción, clasificación, toxicidad y uso.

Legislación aplicable

24. Especímenes de origen vegetal sujetos al convenio sobre

comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora

silvestres (CITES): Especial referencia a las especies de plantas

ornamentales y a las especies maderables.

25. Especímenes de origen animal sujetos al convenio

CITES (I): Generalidades. Principales grupos zoológicos. Especial

referencia al comercio de animales vivos.

26. Especímenes de origen animal sujetos al convenio

CITES (II): Comercio de partes, derivados y manufacturas.

27. Envases y embalajes. Legislación y normalización de

envases. Materiales en contacto con alimentos. Interacciones

producto-envase. Ensayos y defectos. Procedimientos de control.

Legislación europea sobre residuos de envases. Implicaciones

comerciales.

28. Normalización internacional (I): La Comisión Económica

para Europa de Naciones Unidas (CEPE/UN). Actividades de la

División de comercio: Comité de Comercio, Grupo de Trabajo

de Normalización y Productos Perecederos. Procedimiento de

trabajo. Protocolo de Ginebra y normas-cuadro.

29. Normalización internacional (II): El eégimen OCDE para

la aplicación de la normalización internacional. Antecedentes.

Funcionamiento. Participación. Actividades. Procedimientos de

ampliación y aplicación al control.

30. Normalización internacional (III): Actividad

normalizadora en el seno de la Comisión de la Unión Europea. Las

organizaciones comunes de mercado sectoriales. Normalización de

productos. Ámbito de aplicación y alcance de las normas

comunitarias. Sistema de adopción.

31. Normalización internacional (IV): El CODEX. Programa

conjunto FAO/OMS sobre normas alimentarias. La Comisión y

Comité Ejecutivo CODEX. Los Comités Regionales y Horizontales.

Los Comités Sectoriales y de Productos. Procedimientos de

elaboración de normas.

32. Organismos internacionales y nacionales de

normalización, con carácter privado. Especial referencia a AENOR:

Organización, funcionamiento y actividades. ISO, CEN, CENELEC,

otros.

33. Armonización y reorganización de actividades

normalizadoras en el ámbito internacional. Mandatos y procedimientos

de armonización. Simplificación de tareas y reorganización

internacional. Aplicabilidad de las normas.

34. Control oficial de productos alimenticios. Directiva

89/397/CEE y su transposición nacional. El reglamento (CE) de

control de frutas y hortalizas frescas. Autocontrol de operadores

comerciales.

35. Certificación y homologación en el Comercio

Internacional. Los servicios de control. Los organismos certificadores

acreditados. Los certificados OCDE y UE para el comercio internacional

de frutas y hortalizas.

36. Calidad. Evolución del concepto y de su valoración.

Normalización de la calidad comercial. Razón y utilidad. Aspectos

de la calidad en los alimentos. Evaluación y certificación de la

calidad comercial.

37. Criterios normalizadores de calidad comercial (I):

Identificación. Descripción. Composición físico-química y nutricional

de los alimentos. Características mínimas. Clasificación por

características comerciales de calidad. Factores y parámetros de calidad.

38. Criterios normalizadores de calidad comercial (II):

Etiquetado y marcado de envases de productos alimenticios. Criterios

generales y específicos. Directiva 79/112/CEE y su transposición

nacional. Casuística de los preenvasados de frutas y hortalizas.

El etiquetado nutricional.

39. Criterios normalizadores de calidad comercial (III):

Residuos de plaguicidas, de medicamentos veterinarios, de

finalizadores y de disolventes de extracción. Contenidos de aditivos

alimentarios. Contaminantes y toxinas. Límites y dosis máximas

admisibles.

40. Criterios normalizadores de calidad comercial (IV):

Condiciones microbiológicas de la calidad. Microbiología de alimentos

tratados por el calor. Microbiología de alimentos tratados por el

frío. Parámetros de calidad: Calidad higiénica, microorganismos

indicadores, estandares microbiológicos.

41. Acreditación: Concepto y regulación en España. Entidad

Nacional de Acreditación (ENAC). Procedimientos de acreditación.

42. Aseguramiento de la calidad en la industria alimentaria.

El grupo de normas ISO 9000 (EN 29000). Conceptos básicos,

definiciones y ámbito de aplicación de este grupo de normas. Su

articulación con el grupo de normas EN 45000.

43. Control higiénico-sanitario. Concepto y principios básicos

del sistema ARCPC (análisis de riesgos y control de puntos

críticos). Aplicación del sistema ARCPC en la industria

agroalimentaria de productos no transformados y transformados. Directiva

93/43/CEE y su transposición nacional.

44. Variable aleatoria. Función de probabilidad. Función de

distribución. Medidas de centralización y dispersión.

Distribuciones probabilísticas más usuales.

45. Muestreo: Connotaciones del muestreo físico y del

muestreo estadístico. Población y muestra. Tipos de muestreo. Fases

o etapas del muestreo. Muestreo probabilístico. Estimadores.

Estimación de la media y el total. Precisión de las estimaciones.

Tamaño de la muestra.

46. Estimación por intervalos. Intervalos de confianza de un

parámetro poblacional. Casos. Test de hipótesis. Errores y

regiones críticas. Tratamiento matemático de datos experimentales.

Fuentes y tipos de error. Tratamiento estadístico del error.

Conceptos básicos. Cálculo de errores.

47. Inspección del muestreo por atributos lote a lote. Planes

de muestreo simple, doble y múltiples. Clasificación de los planes

de muestreo. Tablas: Breve descripción de las mismas y referencia

especial al plan de muestreo del MIL-STD-105D.

48. Inspección del muestreo por variable lote a lote: Criterios

generales de inspección. Estimación del porcentaje defectuoso.

Especial referencia al plan para inspección por variables

MIL-STD-414.

49. Control estadístico de procesos. Tipos básicos de

diagramas de control y supuestos más frecuentes de su aplicación

en la industria alimentaria. Concepto y determinación o cálculo

de la estabilidad y de la capacidad de los procesos, y de los límites

estadísticos superior e inferior.

50. Análisis de resultados: Pruebas de significación.

Comparación de una media experimental con un valor conocido.

Comparación de las medias de dos muestras. Test de t. Test de F.

Análisis de varianza. Comparación de varias medias. ANOVA.

51. Errores en análisis instrumental: Regresión y correlación.

Gráficas de calibración en análisis instrumental. Coeficiente de

correlación. Rectas de regresión. Errores en la pendiente y

ordenada en el origen de la recta de regresión. Cálculo de una

concentración.

52. Límites de detección. Método de las adiciones estándar.

Comparación de métodos analíticos.

53. Control de calidad en laboratorios: Gráficos de control.

Definición y conceptos generales. Muestras de control Tipos de

gráficos de control y su construcción. Aplicaciones de los gráficos

de control. Evaluación externa de la calidad de un laboratorio:

Ejercicios interlaboratorio. Cuestiones generales. Evaluación

estadística de los resultados.

54. Validación de métodos. Criterios fundamentales de

validación. Exactitud. Precisión. Linealidad. Sensibilidad. Límite de

detección. Límite de cuantificación. Selectividad y Especificidad.

Cálculo de la incertidumbre de un método.

55. Números índice: Objeto, propiedades y clases. Índices

de precios, de cantidad y de valor. Índices más importantes

elaborados en España.

56. Análisis sensorial. Valoración de los atributos de la

calidad a través del examen organoléptico. Paneles de cata. Otros

métodos de análisis sensorial aplicados al ámbito alimentario.

57. Determinación de propiedades físicas en productos

alimenticios. Densidad. Peso específico. Viscosidad. Dureza.

Resistencia. Instrumentación necesaria en cada caso.

58. Disoluciones químicas. Concepto y tipo de disoluciones.

Concentración y solubilidad: Factores de que dependen.

Preparación de disoluciones. Formas de expresar la concentración.

59. Técnicas de preparación de muestras. Extracciones.

Mineralizaciones por vía seca y por vía húmeda. Precipitaciones. Otras

técnicas preparativas. Fundamentos. Instrumental necesario para

cada técnica. Aplicaciones al análisis en el campo alimentario.

60. Ensayos fisicoquímicos (I). Gravimetría. Volumetría.

Instrumentación necesaria en cada caso. Descripción, fundamentos

e instrumentación necesaria. Calibración del instrumental

necesario. Aplicaciones en el ámbito alimentario.

61. Ensayos fisicoquímicos (II). Potenciometría.

Conductimetría. Polarografía. Fundamentos, descripción, e instrumentación

necesaria en cada caso. Aplicaciones en el ámbito alimentario.

62. Técnicas ópticas. Microscopía. Refractometría.

Polarimetría. Fundamentos, descripción e instrumentación necesaria en

cada caso. Calibración del instrumental necesario. Aplicaciones

en el ámbito alimentario.

63. Técnicas de análisis cromatográfico (I): Fundamentos

generales de la cromatografía. Cromatografía en placa fina.

Cromatografía en columna. Cromatografía de intercambio iónico.

Aplicaciones en el ámbito alimentario.

64. Técnicas de análisis cromatográfico (II): Cromatografía

de gases. Fundamentos y descripción. Sistemas de inyección y

de detección. Métodos de identificación y cuantificación.

Aplicaciones al análisis en el ámbito alimentario.

65. Técnicas de análisis cromatográfico (III): Cromatografía

líquida de alta resolución. Fundamentos y descripción. Sistemas

de detección. Métodos de identificación y cuantificación.

Aplicaciones al análisis en el ámbito alimentario.

66. Técnicas espectrofotométricas. Fundamentos generales

de la espectrofotometría. Espectrofotometría de

ultravioletable. Espectrofluorimetría. Procedimientos de calibración. Métodos

de identificación y de cuantificación. Aplicaciones en el ámbito

alimentario.

67. Espectrometría de emisión y absorción atómica.

Fundamentos y descripción. Análisis por llama, cámara de grafito y

generador de hidruros. Procedimientos de calibración. Métodos de

cuantificación. Aplicación en el ámbito alimentario.

68. Otras técnicas espectrométricas: Espectrometría de

masas. Espectrometría de infrarrojos. Fundamentos y descripción.

Procedimientos de calibración. Métodos de identificación y

cuantificación. Aplicaciones en el ámbito alimentario.

69. Electroforesis y enfoque isoeléctrico. Descripción y

fundamentos. Cuantificación densitométrica. Aplicaciones en el

ámbito alimentario.

70. Técnicas de análisis aplicables al control de especímenes

sujetos al convenio CITES. Especial referencia a pruebas genéticas

de consanguinidad. Pruebas para la identificación de especies.

Contenido de los temas (1 a 20):

Designación y descripción de los principales productos

incluidos en el tema. Principales variedades, especies, razas o clases,

en su caso.

Factores que determinan su calidad comercial o

correspondencia con sus normas reguladoras. Condicionantes de estos factores,

en su caso. Alteraciones de la misma.

Normativa aplicable. Referencia a normativa de producción

ecológica, integrada y UNE, en su caso.

Análisis sectorial de los mismos: Producción española.

Comercio exterior. Principales países competidores. Organización

Común de Mercados específica, en su caso.

Tercer ejercicio

Comercio exterior e interior

1. El comercio internacional. Marco general y principales

magnitudes. Tendencia evolutiva: Globalización y concentración.

Principales áreas de integración económica y comercial.

2. Teoría y practica del comercio internacional. La teoría del

comercio internacional: La ventaja comparativa. La relación real

de intercambio. Librecambio y proteccionismo.

3. El comercio exterior español: Principales rasgos. La

exportación y la importación españolas: Índices representativos,

estructura sectorial, destinos principales, tendencia evolutiva y

perspectivas futuras.

4. La empresa ante el comercio internacional.

Particularidades de la empresa exportadora española: Formas y grados de

internacionalización de la empresa; tamaño y número de empresas;

propensión exportadora; organización de la empresa; ventajas y

desventajas genéricas del país; países competidores; organización

del departamento de marketing internacional.

5. El marketing internacional. Concepto y funciones. La

investigación de mercados y las fuentes de información. El marketing

mix: Concepto y componentes.

6. Las formas de acceso a los mercados. La venta directa.

La venta compartida con recurso a intermediario. La venta

subcontratada.

7. Otras estrategias de actuación en los mercados

internacionales. Las empresas conjuntas. La cesión de tecnología

industrial. La franquicia internacional. Las agrupaciones europeas de

interés económico. La implantación integral: Sucursales y filiales

extranjeras.

8. Instrumentos financieros de apoyo a la exportación (I). El

crédito oficial. Características principales; el crédito suministrador

y el crédito comprador; el consenso OCDE; el Convenio de Ajuste

Recíproco de Intereses.

9. Instrumentos financieros de apoyo a la exportación (II).

El seguro de crédito. Características generales. Riesgos

susceptibles de cobertura: Clasificación. La Compañía Española de

Seguro de Crédito a la Exportación. Principales modalidades de póliza.

10. Instrumentos comerciales de apoyo a la exportación.

Instituciones involucradas. Principales actuaciones: Especial

referencia al Plan 2.000; el Plan Cameral.

11. Instrumentos fiscales no aduaneros de apoyo a la

exportación. Los impuestos especiales. El IVA en el comercio exterior

y la aplicación del INTRASTAT. Bonificaciones y deducciones en

el Impuesto de Sociedades a la actividad exportadora.

12. El "Factoring", el "Leasing" y el "Forfaiting". Concepto,

características generales y operativa.

13. El Fondo de Ayuda al Desarrollo y el Fondo de Estudio

de Viabilidad. Objeto y características generales. Marco regulador.

14. Financiación de las operaciones de comercio exterior:

Operaciones en el mercado de divisas y cobertura del riesgo de

cambio. Concepto de divisa, convertibilidad y formación de los

cambios. El riesgo de cambio y su cobertura: El seguro de cambio;

las opciones sobre divisas; futuros de divisas y autoseguros.

15. Financiación de la importación y de la exportación.

Generalidades. Financiación de la importación en pesetas y en divisas.

Financiación de la exportación en pesetas y en divisas.

Prefinanciación.

16. Medios de pago y cobro internacionales (I):

Generalidades. Billetes de banco. Cheque personal y bancario. Transferencia

bancaria. Orden de pago. Remesas simples y documentarias.

17. Medios de pago y cobro internacionales (II): Crédito

documentario: Características, clasificación, procedimiento de

utilización, cláusulas y operaciones especiales. La carta de crédito

comercial.

18. Contratación internacional (I): Generalidades. Los

contratos de intermediación comercial. Contrato de mediación o

corretaje. Contrato de representación. Contrato de agencia. Contrato

de comisión. Contrato de distribución. Contratos de exportación

de plantas llave en mano. Contratos de arrendamiento financiero.

19. Contratación internacional (II): Los INCOTERMs.

20. Contratación internacional (III): Incumplimiento de

obligaciones y resolución de conflictos. Casos más frecuentes de

incumplimiento. Prevención de conflictos. Resolución de

conflictos: Especial referencia al arbitraje comercial.

21. El comercio de compensación. Concepto, clases de

acuerdos de comercio compensado. Sus riesgos y costes.

22. Inversiones extranjeras en España: Características

generales, evolución y formas de inversión. Inversiones españolas en

el extranjero: Características generales, evolución y formas de

inversión. Instrumentos de apoyo a la inversión española en el

exterior. Medidas fiscales. Instrumentos financieros. Instrumentos

de garantía. Otros instrumentos.

23. El régimen aduanero del comercio exterior (I): La política

aduanera comunitaria. El código aduanero. El arancel de aduanas.

24. El régimen aduanero del comercio exterior (II): Economía

arancelaria; el origen de las mercancías; el valor en aduana.

25. Los destinos aduaneros comunitarios. Generalidades y

tipos. El despacho a libre práctica. El tránsito. La exportación.

26. Los regímenes aduaneros económicos. El depósito

aduanero. El perfeccionamiento activo. El perfeccionamiento pasivo.

Transformación bajo control aduanero. Admisión temporal.

27. Trámites a seguir en los procedimientos de exportación

e importación. Principales documentos utilizados.

28. El transporte internacional marítimo. Aspectos generales.

Formas de contratación: Carga masiva y carga fraccionada.

Responsabilidad sobre los gastos de carga y/o descarga. Documentos

utilizados en el transporte marítimo.

29. El transporte internacional aéreo. Aspectos generales.

Contratación de la carga aérea. El conocimiento aéreo y las

responsabilidades del porteador aéreo.

30. El transporte internacional por carretera y ferrocarril.

Aspectos generales. Convenio CIM y régimen TIF para el transporte

por ferrocarril. El convenio CMR y el régimen TIR para el transporte

por carretera. Documentos de transporte: La carta de porte.

31. Balanza de pagos. Concepto. Presentaciones,

metodología y estructura. Equilibrio y desequilibrio de la Balanza.

32. Barreras comerciales: Evolución y caracterización de las

mismas en la actualidad. Obstáculos técnicos al comercio.

33. Medidas de armonización y transparencia en el marco

multilateral (I): Acuerdo sobre obstáculos técnicos al comercio.

Contenido y evolución del acuerdo. Órganos. Consultas y solución

de diferencias en la OMC.

34. Medidas de armonización y transparencia en el marco

multilateral (II): Acuerdo sobre aplicación de medidas sanitarias y

fitosanitarias. Contenido y evolución del acuerdo. Funcionamiento.

35. Medidas de armonización y transparencia en el marco

multilateral (III): Medidas de armonización y transparencia en la

Unión Europea, Directiva 98/34 (CE). Procedimiento de queja e

infracción.

36. Medidas de armonización y transparencia en el marco

multilateral (IV). La base de datos de acceso al mercado de la

comisión. Estructura y funciones. Gestión de la base de datos.

37. Reglamento de obstáculos comerciales (ROC). Contenido.

Funcionamiento. Procedimientos de queja.

38. Política comunitaria en materia de normas y evaluación

de la conformidad. Directivas de enfoque global y de nuevo

enfoque. El marcado CE. El principio de reconocimiento mutuo.

39. Acuerdos de reconocimiento mutuo sobre evaluación de

la conformidad (ARM). Instrumento comercial para la

armonización internacional de normas y reglamentos técnicos. Objetivos

y beneficios comerciales. Base legal en el ámbito internacional

y comunitario. Requisitos y características técnico-comerciales.

Acuerdos suscritos y sectores cubiertos. Protocolos sobre

evaluación de la conformidad a los acuerdos europeos (PECAS).

40. El convenio CITES: Objetivos. Contenido del convenio.

41. La reglamentación comunitaria relativa a la protección

de especies de fauna y flora silvestre a través de la protección

de su comercio. Su aplicación en España.

42. El convenio CITES como instrumento de política

comercial. Su relación con el GATT. Medidas de regulación comercial

específicas del convenio y la reglamentación comunitaria de

aplicación.

43. Controles aduaneros y policiales del comercio exterior

de productos de fauna y flora silvestre. Normativa comunitaria

e internacional. Relación con la Organización Mundial de Aduanas

e Interpol. La legislación sancionadora en España.

44. La ordenación del comercio minorista y su desarrollo

reglamentario. Competencias y legislación estatal y autonómica.

45. Los nuevos instrumentos de la política del comercio

interior: El plan marco de modernización del comercio y el observatorio

de la distribución comercial.

46. El comercio mayorista en España. La red de unidades

alimentarias. La Empresa Nacional MERCASA. Centrales de

distribución y canales alternativos.

47. La estructura del comercio minorista en España. Análisis

de los distintos formatos comerciales.

48. La distribución comercial en España y en la Unión

Europea; su importancia económica.

49. Las nuevas formas de venta: Venta directa, venta a

distancia, "vending". El comercio electrónico.

50. Las ventas en régimen de franquicia. Las tiendas de

conveniencia. El comercio ambulante.

51. El impacto de la introducción del euro en el sector del

comercio interior.

52. Información y seguimiento de precios en el mercado

interior. El Índice de precios de consumo.

53. El sistema cameral español. Las Cámaras Oficiales de

Comercio, Industria y Navegación; sus Consejos superiores.

54. La protección al consumidor. Estructura competencial de

las Administraciones Central, Autonómica y Local en la inspección

del mercado interior.

55. La defensa de la libre competencia en España y su

regulación. Principales objetivos. Órganos que intervienen. Normas

aplicables a las empresas: Conductas restrictivas de la

competencia; fusiones y adquisiciones. Normas aplicables a las ayudas

públicas. Competencia desleal.

Quinto ejercicio

Estructura económica española. Unión Europea y organismos

internacionales. Derecho Administrativo y Constitucional

1. La agricultura, ganadería y sector forestal en España.

Política agraria. Situación actual y perspectivas.

2. El sector pesquero en España. Situación actual y

perspectivas.

3. La industria y la política industrial en España. Valoración.

Referencia a la política medioambiental y a la política tecnológica.

4. El sector energético y minero en España. Política

energética.

5. Sectores de bienes intermedios: Siderúrgico, químico y

materiales no férreos.

6. Sectores de la industria agroalimentaria y de los bienes

de consumo.

7. Sectores de bienes de equipo y de alta tecnología. El sector

del automóvil.

8. El sector servicios: Características y análisis actual.

Políticas de liberalización.

9. Los sectores de transportes y telecomunicaciones. Política

de transportes y telecomunicaciones.

10. El turismo en España. Evolución y situación actual.

Análisis de la política turística.

11. Desequilibrios territoriales y política de desarrollo

regional en España.

12. La Unión Europea: Antecedentes y evolución. El Tratado

de Maastricht. El Tratado de Amsterdam.

13. Las Instituciones de la Unión Europea: El Consejo

Europeo. El Consejo de Ministros. La Comisión. El Parlamento

Europeo. El Tribunal de Justicia.

14. Política comunitaria de la calidad: Indicaciones

geográficas y denominaciones de origen.

15. La política agrícola de la Unión Europea: Objetivos,

instrumentos, normas y procedimientos. Proceso de reforma.

16. La política pesquera de la Unión Europea:

Funcionamiento. Normas y procedimientos. Futuro de la política pesquera.

17. Política de protección de los consumidores y de su salud.

Historia de la protección de los consumidores en Europa. Objetivos

y futuro de la política de los consumidores.

18. Política económica y monetaria de la Unión Europea:

Objetivos. Coordinación de políticas económicas y presupuestarias

de los Estados miembros. Criterios de convergencia. Integración

financiera. El programa de convergencia de España. Aspectos de

la introducción del Euro.

19. Política industrial de la Unión Europea: Objetivos.

Fomento de la competitividad.

20. Política empresarial de la Unión Europea: Objetivos y

acciones. Crecimiento, competitividad y empleo.

21. Política de medio ambiente de la Unión Europea:

Objetivos e instrumentos. Seguridad nuclear y protección civil. Calidad

medioambiental y recursos naturales. Industria y medio ambiente.

22. La política comunitaria de competencia. Principales

objetivos. Normativa aplicable a las empresas: Conductas restrictivas

de la competencia; adquisiciones y fusiones. Normativa aplicable

a las ayudas concedidas por los Estados. Procedimiento y control.

23. La política regional de la Unión Europea. Los fondos

estructurales. La cohesión económica y social. Situación especial

de Canarias, Ceuta y Melilla tras la adhesión.

24. El principio de libre circulación de mercancías, servicios,

personas y capitales. El Mercado Único europeo.

25. La política comercial exterior y de relaciones económicas

exteriores de la Unión Europea (I): Marco general y desarrollo.

Los acuerdos preferenciales con terceros países.

26. La política comercial exterior y de relaciones económicas

exteriores de la Unión Europea (II): El Espacio Económico Europeo.

El Espacio Euromediterráneo.

27. La política comercial exterior y de relaciones económicas

exteriores de la Unión Europea (III): La Ampliación a los países

del Este europeo. Relaciones con Rusia y repúblicas ex-soviéticas.

28. La política comercial exterior y de relaciones económicas

exteriores de la Unión Europea (IV): Relaciones con países ACP.

Convenio de Lomé.

29. La política comercial exterior y de relaciones económicas

exteriores de la Unión Europea (V): Diálogo Transatlántico.

Relaciones con América Latina.

30. La política comercial exterior y de relaciones económicas

exteriores de la Unión Europea (VI): Relaciones con los países

asiáticos. China, ASEM y ASEAN.

31. La cooperación económica internacional: El Fondo

Monetario Internacional. Antecedentes; objetivos y funciones; recursos

del FMI; la condicionalidad.

32. Las negociaciones comerciales multilaterales: Principios

del Sistema Mundial de Comercio; antecedentes históricos: El

GATT; las Rondas de negociación comercial; la Ronda Uruguay.

33. La Organización Mundial de Comercio. Diferencias con

el GATT. Funcionamiento de la OMC: Estructura; representación

nacional y adopción de decisiones; principales actuaciones. El

sistema de solución de diferencias.

34. La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Comercio

y el Desarrollo (UNCTAD). Antecedentes y objetivos: Comercio

internacional y países en desarrollo. Estructura y organización.

El Sistema de Preferencias Generalizadas.

35. La OCDE: Objetivo, estructura y funciones. Principales

ámbitos de actividad.

36. Naciones Unidas: Objetivos y órganos principales de

funcionamiento. Organismos dependientes de Naciones Unidas: FAO,

UNCTAD, CEPE/UN, PNUMA.

37. Otros procesos asociativos internacionales de carácter

económico o comercial: TLCNA, Mercosur, EFTA. Estructura y

objetivos.

38. Instituciones multilaterales de financiación y ayuda al

desarrollo. El Banco Mundial y los bancos regionales de desarrollo

39. La Constitución española de 1978: Estructura y

contenido. Derechos y deberes fundamentales. La Monarquía

Parlamentaria. El Estado español como Estado social y democrático.

40. La representación política: Democracia directa y

representativa en la Constitución Española. Participación política.

Régimen jurídico de los partidos políticos y sindicatos. El sistema

electoral español. Organización del sufragio y procedimiento electoral.

41. El Gobierno. El Consejo de Ministros. Composición.

Funciones. Responsabilidad. El Gobierno y la Administración:

Separación y relaciones.

42. El funcionamiento de las Cámaras: Procedimiento de

elaboración, debate y aprobación de las leyes. Competencias del

Defensor del Pueblo.

43. La justicia constitucional. Recurso de

inconstitucionalidad y Cuestión de inconstitucionalidad. Conflictos

constitucionales entre órganos del Estado. Conflictos positivos y negativos con

las Comunidades Autónomas. Funcionamiento y competencias del

Tribunal de Cuentas.

44. La delimitación constitucional de competencias entre el

Estado y las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de

Autonomía: Naturaleza, contenido, reforma.

45. La legislación básica del Estado. Las leyes-marco. Las

leyes de transparencia o delegación. Las leyes de armonización.

Tipología de las normas de las Comunidades Autónomas. Las leyes

autonómicas. Las disposiciones autonómicas con fuerza de ley.

46. La Administración pública: Concepto. La Administración,

las funciones y los poderes del Estado.

47. El Administrado. Clases. Capacidad de los administrados

y sus causas modificativas. Derechos de los ciudadanos en sus

relaciones con las Administraciones públicas. La participación en

las Administraciones públicas.

48. Los órganos de la Administración pública. Origen y

contenidos. Estructura. Tipos de órganos.

49. El procedimiento administrativo: Sus fases. Iniciación del

procedimiento. Instrucción. Terminación. El silencio

administrativo.

50. Contratos de las Administraciones públicas. Principios

comunes. Requisitos necesarios para la celebración de los

contratos. Actuaciones administrativas. Formas de adjudicación de

los contratos. Tipos de contratos: Obras, gestión de servicios

públicos, suministros, consultoría y asistencia técnica, servicios y

trabajos específicos y concretos no habituales en la Administración.

51. La potestad sancionadora de la Administración pública.

Principios generales. El procedimiento sancionador. El

procedimiento económico-administrativo. El recurso

contenciosotrativo: Naturaleza y procedimiento.

52. Función pública y burocracia. Los derechos políticos de

los funcionarios públicos. Su regulación en España.

Responsabilidad de los funcionarios. Régimen disciplinario. Los delitos de

los funcionarios.

53. La contratación laboral en la Administración pública:

personal laboral fijo y eventual. Las peculiaridades del derecho laboral

en su aplicación en las Administraciones públicas.

54. El sistema tributario español: Evolución histórica y

régimen actual. La Hacienda Pública. Los ingresos públicos: Concepto

y clasificación. Tasas y precios públicos.

55. La Ley General Presupuestaria y las leyes anuales de

presupuestos. El Presupuesto: Concepto y naturaleza. Contenido y

Estructura. Elaboración y aprobación. Modificaciones

presupuestarias. Créditos extraordinarios y suplementos de créditos.

Transferencias. Otras modificaciones presupuestarias.

ANEXO III

Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso en

el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE

Titulares:

Presidente: Don Blas Francisco Vicente López, del Cuerpo de

Inspectores del SOIVRE.

Vocales:

Don Íñigo Febrel Melgarejo, del Cuerpo Superior de Técnicos

Comerciales y Economistas del Estado.

Doña Victoria Sánchez Sánchez, del Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Don José Luis Viada Rubio, del Cuerpo de Abogados del Estado.

Don Miguel Vílchez Barros, del Cuerpo de Inspectores del

SOIVRE.

Doña Margarita Clemente Muñoz, del Cuerpo de Catedráticos

de Universidad.

Secretaria: Doña Mercedes Núñez Román, del Cuerpo de

Inspectores del SOIVRE.

Suplentes:

Presidente: Don José Vicente Bellver Jiménez, del Cuerpo de

Inspectores del SOIVRE.

Vocales:

Don Enrique Godínez Calonge, del Cuerpo Superior de

Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.

Don Juan Sanabria Pérez, del Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Don Fernando J. Hidalgo Abia, del Cuerpo de Abogados del

Estado.

Don Vicente Mañes Fortich, del Cuerpo de Inspectores del

SOIVRE.

Don Esteban Hernández Bermejo, del Cuerpo de Catedráticos

de Universidad.

Secretaria: Doña María Ángeles Rodríguez Yunta, del Cuerpo

de Inspectores del SOIVRE.

ANEXO IV

Don .................................................................,

con domicilio en ............................ calle .....................

y documento nacional de identidad número ........................,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario del Cuerpo ................., que no ha sido separado

del servicio de ninguna de las Administraciones públicas y que

no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

En ................. a.......de .....................de 1999.

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