Por la citada Resolución de 7 de abril de 1999 ("Boletín Oficial del
Estado" de 4 de mayo) se hizo pública la convocatoria de ayudas para
financiar actividades y gastos de infraestructura de las Confederaciones
y Federaciones de Padres de Alumnos.
Del importe total de las ayudas presupuestadas y convocadas, se
destinaban 65.027.500 pesetas para financiar actividades y gastos de
infraestructura a Confederaciones de Padres de Alumnos de ámbito estatal.
Cumplidos los trámites y plazos establecidos en la citada convocatoria
y realizado el examen, por parte de la Comisión establecida al efecto en
el apartado octavo.1 de la Resolución de convocatoria, de las dos solicitudes
presentadas de Confederaciones de ámbito estatal: Confederación
Española de Asociaciones de Padres de Alumnos (CEAPA) y Confederación
Católica Nacional de Padres de Familia y Padres de Alumnos (CONCAPA),
representadas por un miembro de cada una de ellas en la Comisión de
selección y valoración,
Esta Secretaría de Estado de Educación, Universidades, Investigación
y Desarrollo, de conformidad con la propuesta formulada por la Comisión
de selección y valoración, ha resuelto:
Primero.-Conceder con cargo a la consignación presupuestaria
18.10.423C.482 de los vigentes Presupuestos Generales del Estado, a las
Confederaciones de ámbito estatal que se detallan en el anexo de esta
Resolución, las cantidades que, asimismo, se indican. Dichas cantidades
son el resultado de la aplicación de los criterios establecidos en el apartado
séptimo.2 y 5 de la Resolución de convocatoria.
Segundo.-Las cantidades concedidas se harán efectivas, en su
totalidad, después de su concesión conforme se indica en el apartado noveno
de la Resolución de convocatoria.
Tercero.-Las cantidades serán libradas a favor del representante legal
de cada Confederación, debiendo justificarse el empleo de la cantidad
total percibida antes del día 31 de marzo del año 2000 y de la forma
establecida en el apartado décimo.3 de la Resolución de convocatoria de
7 de abril de 1999. Los recibos o facturas originales de los gastos realizados
deberán estar referidos a los conceptos del presupuesto de gastos de
infraestructura o de los presupuestos de actividades que han sido
subvencionados y que fueron presentados por las entidades preceptoras en
el período de solicitud. Asimismo, deberá aportarse una Declaración del
responsable de la entidad en la que se haga constar que ha sido cumplida
la finalidad para la cual fue concedida la subvención.
Cuarto.-Contra esta Resolución podrá interponerse recurso de alzada,
ante el Ministro de Educación y Cultura, en el plazo de un mes, con arreglo
a lo previsto en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14).
Madrid, 11 de octubre de 1999.-El Secretario de Estado, Jorge
Fernández Díaz.
Ilmos. Sres. Secretario general de Educación y Formación Profesional,
Director general de Centros Educativos e Interventora delegada del
Departamento.
ANEXO
Confederaciones de ámbito estatal
Entidad Infraestructura Actividades Pesetas
Confederación Española de
Asociaciones de Padres de
Alumnos (CEAPA) . . . . . . . . . . 12.190.235 22.482.068 34.672.303
Confederación Católica
Nacional de Asociaciones de
Padres de Familia y Padres
de alumnos (CONCAPA) . . . . 7.318.015 23.037.182 30.355.197
Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19.508.250 45.519.250 65.027.500
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