La entidad "Santa Lucía, Sociedad Anónima, Compañía de Seguros",
ha presentado en la Dirección General de Seguros solicitud de autorización
administrativa para la operación de cesión de la cartera del ramo de
decesos de la entidad "Compañía de Seguros La Gloria, Sociedad Anónima".
De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada, se
desprende que las citadas entidades han dado cumplimiento a los requisitos
establecidos en el artículo 22 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de
Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros, he
resuelto:
Primero.-Autorizar la cesión total de la cartera del ramo de decesos
de la entidad "Compañía de Seguros La Gloria, Sociedad Anónima", a la
entidad "Santa Lucía, Sociedad Anónima, Compañía de Seguros".
Segundo.-Cancelar la inscripción del Registro Administrativo de
Entidades Aseguradoras de la entidad "Compañía de Seguros La Gloria,
Sociedad Anónima", conforme a lo dispuesto en el artículo 27.5 de la Ley 30/1995,
de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Dicha cancelación tendrá efecto a la fecha en que se produzca la preceptiva
inscripción de la correspondiente escritura pública en el Registro Mercantil.
Contra la Orden que antecede, que pone fin a la vía administrativa,
se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en
el plazo de un mes, contado a partir del siguiente a la notificación de
la misma. Asimismo, se podrá interponer recurso
contenciosotrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la notificación
de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 46
de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de
13 de julio de 1998, según lo establecido en la disposición adicional novena
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 6 de octubre de 1999.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de
1986), el Secretario de Estado de Economía, Cristóbal Montoro Romero.
Ilma. Sra. Directora general de Seguros.
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