En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta
Universidad, aprobados por acuerdo del Consejo de Gobierno de la
Junta de Andalucía de 15 de mayo de 1985 y publicados por
Decreto 162/1985, de 17 de julio, en el "Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía" número 74, de 26 de julio, y con el fin de
atender las necesidades de personal de administración y servicios.
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuídas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, en
relación con el artículo 3.2 e), de la misma norma, así como en
los artículos 183 y siguientes de los Estatutos de esta Universidad,
acuerda convocar una plaza de Ingeniero Técnico Industrial
vacante en la Universidad de Granada, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de
funcionario, Ingeniero Técnico Industrial, vacante en la
Universidad de Granada, mediante el sistema general de acceso libre.
1.2 Del total de plazas se reservará un 3 por 100 para ser
cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad
igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición
adicional decimonovena de la Ley 23/1988, de 28 de julio, de
modificación de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función
Pública 30/1984, de 2 de agosto. En el supuesto de no ser éstas
cubiertas se acumularán a las restantes plazas convocadas.
1.3 La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a
lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
de Reforma de la Función Pública, modificada por la la Ley
23/1988, de 28 de julio; en el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; el Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, Estatutos de la propia
Universidad, Reglamento del Personal de Administración y Servicios
de esta Universidad y a las normas de esta Resolución.
1.4 El procedimiento de selección de aspirantes será el de
oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias
que se especifican en el anexo I.
1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II de esta convocatoria.
1.6 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al
siguiente calendario:
El primer ejercicio se iniciará a partir del 1 de abril del 2000.
La fecha, hora y lugar del mismo se fijará en la Resolución del
Rectorado en que se aprueben las listas de admitidos y excluidos.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los
Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos
Estados a los que en virtud de los tratados internacionales,
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos
en que ésta se halle definida en Tratado constitutivo de la
Comunidad Europea.
b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado
la edad de jubilación legalmente establecida.
c) Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico Industrial,
o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine
el plazo de presentación de solicitudes.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes
funciones.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación
de solicitudes y gozar de los mismos hasta la toma de posesión
como funcionarios de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada
gratuitamente, en el Servicio de Personal de la Universidad de Granada
(edificio Santa Lucía, c/ Santa Lucía s/n, Granada). A la instancia
se acompañarán dos fotocopias del documento nacional de
identidad, pasaporte u otro documento de identificación suficiente,
en caso de no ostentar la nacionalidad española presentará
fotocopia simple del documento identificativo del país al que pertenece
el solicitante.
3.2 La presentación de solicitudes (ejemplares 1 y 2 del
modelo de solicitud "para la Universidad"), se hará en el Registro General
de la Universidad, o en la forma establecida en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a
partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirán al excelentísimo
señor Rector Magnífico de la Universidad de Granada.
3.3 Los aspirantes con grado de minusvalia igual o superior
al 33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas
por el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en
el recuadro 5 de la solicitud y expresar, en su caso, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, utilizando para ello
el recuadro 6.
3.4 Los derechos de examen serán de 4.000 pesetas y se
ingresarán en la cuenta corriente número 0101745629 de la Caja
General de Ahorros de Granada (cod. 2031), oficina principal,
abierta a nombre de "Pruebas selectivas de Acceso a la Universidad
de Granada", bien directamente o mediante transferencia bancaria
a dicha cuenta. En la solicitud deberá figurar el sello del
mencionado banco, acreditativo del pago de los derechos, o ir
acompañada del resguardo acreditativo de la transferencia, cuya falta
determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en el banco supondrá
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de
la solicitud ante el Organo expresado en la base 3.2.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector
de la Universidad de Granada dictará Resolución en el plazo
máximo de un mes, que se publicará en el "Boletin Oficial del Estado"
y en la que además de declarar aprobada la lista de admitidos
y excluidos se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los
ejercicios así como la relación de los aspirantes excluidos con
indicación de las causas de exclusión. En la lista deberá constar
en todo caso los apellidos, nombre y número de documento
nacional de identidad.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión.
4.3 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,
procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando
no se realice su hecho imponible por causas no imputables al
sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los
derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas
selectivas por causa imputable al interesado.
5. Tribunal calificador
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas estará constituido
por los miembros que se especifican en el anexo III.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran
en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28.2
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la
publicación de la convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias
previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de
los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en
el párrafo anterior.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del
Estado", Resolución por la que se nombra a los nuevos miembros
del Tribunal que habrán de sustituir a los que hayan perdido su
condición por alguna de las causas previstas en la base anterior.
5.4 Previa convocatoria del Presidente se constituirá el
Tribunal con la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su
caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad, al menos, de
sus miembros. Celebrarán su sesión de constitución con una
antelación mínima de diez días antes de la celebración del primer
ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones
que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus
miembros, titulares o suplentes.
5.6 Durante el desarrollo de las pruebas, el Tribunal resolverá
todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas
normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos
asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector
de la Universidad.
Igualmente, y cuando, por el número de aspirantes, en el
proceso de desarrollo de ejercicios lo requiera, el Tribunal podrá
designar colaboradores en número suficiente para garantizar el
correcto y normal desarrollo de los ejercicios.
5.8 El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulten necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes,
en este sentido se establecerá, para las personas con minusvalía
que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3., las
adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Servicio de Personal, Edificio Santa
Lucía (calle Santa Lucía, número 2), teléfono 958 24 43 27.
El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría segunda de las recogidas en el anexo V del Real
Decreto 54/1989, de 21 de marzo ("Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía" de 21 de abril).
5.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno
derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los
opositores para que acrediten su identidad.
6.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente conforme al resultado del sorteo efectuado por el
Tribunal y que se publicará en el tablón de anuncios del Servicio
de Personal de esta Universidad con antelación al comienzo de
los ejercicios.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y
libremente apreciados por el Tribunal.
6.4 Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos
anuncios de la celebración de las restantes pruebas deberán
hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado
las pruebas anteriores y por cualquier otro medio si se juzga
conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo
de las mismas si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro
horas, si se trata de uno nuevo.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al
Rector de la Universidad de Granada, comunicándole asimismo
las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la
solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes. Esta resolución, que pone fin a la vía administrativa,
podrá ser impugnada por el interesado en la forma establecida
en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,
de 14 de enero.
7. Listas de aprobados
7.1 Al finalizar cada uno de los ejercicios de la fase de
oposición el Tribunal hará pública en los lugares de examen y en
el Rectorado de la Universidad las listas con las puntuaciones
correspondientes.
7.2 La calificación final se obtendrá de la forma establecida
en el anexo I de esta convocatoria. La lista de aprobados no podrá
superar el número de plazas convocadas, siendo nula de pleno
derecho cualquier actuación en sentido contrario, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 18 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
7.3 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
públicas las relaciones definitivas de aprobados por orden de
puntuación, en las que constarán las calificaciones de cada uno de los
ejercicios de la fase de oposición y la calificación final obtenida.
7.4 El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de
dichas relaciones al Rector de la Universidad, con propuesta de
nombramiento de funcionarios de carrera.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde la
publicación en el Rectorado de la Universidad de las relaciones
de aprobados a que se refiere la base anterior, los opositores
que figuren en las mismas, deberán presentar en el Servicio de
Personal de esta Universidad, los siguientes documentos:
a) Certificado médico oficial acreditativo de no poseer
enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio, expedido
por el Servicio de Prevención de Riesgos de esta Universidad.
b) Fotocopia debidamente compulsada del titulo de Ingeniero
Técnico Industrial o equivalente.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración
Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria.
d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de
minusválidos deberán presentar certificación de los Órganos
competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o de la
Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición, e
igualmente deberán presentar certificación de los citados Órganos
de la Administración sanitaria acreditativo de la compatibilidad
con el desempeño de tareas y funciones correspondientes.
8.2 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de
presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá
acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la
convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.
8.3 Los que tuvieran la condición de funcionarios de carrera
estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
demás requisitos ya probados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar certificación para acreditar su
condición así como fotocopia compulsada de la titulación exigida,
y aquellas circunstancias que obren en su hoja de servicios.
8.4 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentaren la documentación o, del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera
y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud
inicial.
8.5 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal
calificador, se procederá al nombramiento de funcionario de
carrera, mediante Resolución que se publicará en el "Boletín Oficial
del Estado".
La propuesta de nombramiento deberá acompanarse de
fotocopia del documento nacional de identidad de los aspirantes
aprobados, del ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas
selectivas enviado a la Universidad convocante con el apartado
"Reservado para la Administración", debidamente cumplimentado.
9. Norma final
9.1 La presente convocatoria, que agota la vía administrativa,
podrá ser recurrida, de conformidad con lo establecido en el
artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificado por Ley 4/1999, de 14 de
enero, potestativamente en reposición ante el mismo Órgano que la
hubiera dictado o ser impugnadas directamente ante el orden
jurisdiccional contencioso-administrativo. Asimismo, cuantos actos
administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal
podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la
forma establecida en la citada Ley.
Granada, 29 de septiembre de 1999.-El Rector, Lorenzo
Morillas Cueva.
ANEXO I
Ejercicios y calificación
Las pruebas constarán de los ejercicios que a continuación
se indican, siendo éstos eliminatorios:
Primer ejercicio: Los aspirantes, en el plazo máximo de dos
horas, deberán desarrollar por escrito dos temas propuestos por
el Tribunal, relacionados con los bloques I y II del programa que
se acompaña como anexo II a esta convocatoria. Se calificará
de cero a diez puntos siendo necesario para aprobar obtener un
mínimo de cinco puntos.
Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto
de carácter práctico propuesto por el Tribunal, relacionado con
los bloques I y II del programa que se acompaña como
anexo II a esta convocatoria, en el plazo máximo de dos horas.
Se calificará de cero a diez puntos siendo necesario para aprobar
obtener un mínimo de cinco puntos.
Tercer ejercicio: Los aspirantes, en el plazo máximo de una
hora, deberán desarrollar por escrito un tema propuesto por el
Tribunal, relacionado con el Bloque III del programa que se
acompaña como anexo II a esta convocatoria. Se calificará de cero
a diez puntos siendo necesario para aprobar obtener un mínimo
de cinco puntos.
La calificación final de las pruebas vendrá determinada por
la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los
ejercicios. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo
a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
ANEXO II
Programa
Bloque I
1. Líneas eléctricas de alta tensión, clasificación de las
mismas. Protecciones y medidas de seguridad. Reglamentación
vigente.
2. Centros de transformación: su diseño, componentes y
protección. Reglamentación vigente.
3. Autorización, puesta en servicio, inspección y vigilancia
de las instalaciones de alta tensión y centros de transformación.
4. Suministro de energía eléctrica a un edificio: Tipos de
corriente. Reglamentación. Instalaciones provisionales.
Instalaciones definitivas. Distribución y suministros eléctricos, tipos y
aplicaciones. Representación gráfica de las instalaciones eléctricas,
símbolos. Esquemas eléctricos. Esquemas explicativos. Esquemas
de conexiones. Esquemas unifilares. Esquemas multifilares.
Relación entre esquemas.
5. Electrificación interior de un edificio: Diseño en la
instalación de Edificios. Niveles o grados de electrificación.
Electrificación mínima. Electrificación media. Electrificación elevada.
Electrificación especial. Relación entre superficie, nivel o grado
de electrificación y potencia. Condiciones técnicas y de la
instalación, Desarrollo e indicaciones constructivas. Previsión de
huecos y espacios. Trazado. Previsión de potencias.
6. Instalaciones eléctricas de baja tensión, criterios y
características de las mismas para la instalación de un centro docente.
Previsión de potencia para edificios docentes. Prescripciones
reglamentarias particulares.
7. Instalaciones interiores: Línea de acometida. Línea
repartidora. Contabilización de consumos. Tipos de contadores. Tarifas.
Montaje de contadores. Contadores centralizados. Características
del local. Derivaciones individuales. Cuadro de distribución.
Instalación interior de vivienda. Líneas de servicios generales.
8. Cuadros eléctricos: clasificación. Elementos que
constituyen los cuadros. Aparatos de mando y maniobra. Aparatos de
medida. Cuadros de distribución generales. Cuadros de
distribución de viviendas. Cuadros de alumbrado. Cuadros de
automatización.
9. Sistemas de control centralizado de las instalaciones
eléctricas, su automatización. Informatización para la gestión de
control y mantenimiento.
10. Protección de las instalaciones: Protección contra
cortocircuitos. Fusibles. Clases y tipos de fusibles. Interruptores
automáticos. Interruptor de control de potencia. Relés de protección.
Clasificación de los relés de protección. Relés de inducción. Relés
electromagnéticos. Relés electrónicos. Relés electrodinámicos.
Relés térmicos. Relés de intensidad. Relés de tensión. Relés
diferenciales. Relés de potencia, de impedancia y de reactancia.
11. Protección contra las descargas eléctricas: el peligro del
contacto y efecto de las descargas en el cuerpo humano. Normativa
de seguridad. Protecciones en A.T. Protección en B.T.
Protecciones contra contactos directos. Protecciones contra contactos
indirectos. Interruptores diferenciales. Criterios en la elección de
los diferenciales. Volúmenes de protección en los cuartos de baño,
ducha, etc.
12. Instalaciones de puesta a tierra I: instalaciones de puesta
a tierra de un edificio, definición y objeto de la puesta a tierra.
Partes principales de las instalaciones de tierra. Electrodo o toma
de tierra. Puntos de puesta a tierra. Líneas de enlace con tierra.
Líneas principales de tierra. Derivaciones de tierra.
13. Instalaciones de puesta a tierra II: Red equipotencial.
Resistividad del terreno. Naturaleza geológica. Humedad.
Temperatura. Salinidad del terreno. Profundidad del terreno.
Tratamiento de los terrenos. Mapas de líneas de equirresistividad.
Tensión de paso y de contacto. Medición y control de las puestas
a tierra. Medición de la resistividad del terreno. Instrucciones y
reglamentación. Soldadura aluminotérmica.
14. Selección del material eléctrico: criterios de selección.
Criterios de calidad. Criterios técnicos y características básicas.
Conductores eléctricos. Aislamiento del conductor eléctrico. Tipo
de aislamiento. Sistema de instalación. Condiciones ambientales.
Tubos protectores. Grados de protección. Normativa de instalación
de tubos. Cajas de empalme y de derivación. Control y prueba
de las instalaciones.
15. Dimensionado de la instalación eléctrica: Cálculo de las
secciones de los conductores. Determinación de consumos.
Criterios de cálculo. Dimensionado por calentamiento. Dimensionado
por caída de tensión. Dimensionado de los conductores de
protección. Dimensionado de los tubos de protección. Elección de
las cajas de derivación. Elección de mecanismos. Dimensionado
de los elementos de protección.
16. Instalaciones de emergencia: Alumbrados especiales.
Locales que deben disponer de alumbrados especiales. Equipos
autónomos. Equipos electrógenos. Salidas de gases e
insonorización. Alimentación de combustible. Características de los locales
destinados a grupos. Características eléctricas del grupo.
Dimensionado y elección de la potencia del grupo. Instalaciones en
edificios especiales.
17. Instalaciones singulares I: Instalación de pararrayos. La
electricidad atmosférica. Características de la descarga.
Componentes principales de la instalación de pararrayos. Elementos de
captación. Conductores. Tomas de tierra. Tipos de pararrayos.
Zonas de protección. Dimensionado de la instalación de
pararrayos. Determinación del índice de riesgo. Reglamentación y normas.
Normas de instalación.
18. Instalaciones singulares II: Instalación de antenas. Gamas
de frecuencia de emisión. Campo eléctrico y antenas. Antenas
de televisión. Directividad y ganancia
relativa. Altura efectiva de una antena receptora. Tensión de
señal de antena. Antenas individuales y colectivas. Componentes
principales de la instalación. Recepción de televisión vía satélite.
19. Magnitudes fundamentales de la luminotecnia. Criterios
de calidad y eficacia de un buen alumbrado.
20. Fuentes de luz, generalidades. Flujo, eficacia, rendimiento
cromático, depreciación y duración.
21. Clasificación de las fuentes de luz, incandescencia,
fluorescencia, descarga, inducción, características y funcionamiento.
Medición de luz. Luminarias.
22. Estudios luminotécnicos: el alumbrado exterior:
características luminotécnicas de la instalación, elección del tipo de
luminaria, elección del tipo de lámpara, características geométricas
de la instalación, altura de los puntos de luz, disposición de los
puntos de luz. Sistemas de sustentación de las luminarias.
Iluminación deportiva. Iluminación de edificios, parques y jardines.
El alumbrado de interiores: Métodos de iluminación, alumbrado
general localizado, determinación del nivel de iluminación,
selección del tipo de alumbrado y de luminaria. Cálculo de flujo
luminoso necesario. Cálculo de número de puntos de luz,
determinación del emplazamiento de las luminarias. Deslumbramiento.
Determinación de la potencia eléctrica de alumbrado.
23. Ahorro de energía en las instalaciones de alumbrado,
interior y exterior. Criterios generales y recomendaciones.
24. Criterios de conservación y mantenimiento específico de
las instalaciones eléctricas y de alumbrado en los centros docentes.
25. Normas de seguridad y prevención en materia del fuego
en las instalaciones eléctricas. Primeros auxilios.
Bloque II
1. Tuberías en la red de suministro del agua: Materiales
empleados. Uniones de tubos. Precaución en la instalación de
tubos. Pruebas de las tuberías.
2. Instalación interior de agua. Elementos constitutivos más
importantes. Tramitación, autorización y condiciones a cumplir
para su puesta en servicio. Contratación. Suministro para el
servicio contra incendios.
3. Composición de la instalación de calefacción, climatización
y agua caliente sanitaria, de un edificio de uso docente y
administrativo.
4. Condiciones reglamentarias para el cálculo de la
climatización de un edificio de uso docente y/o administrativo en
Granada.
5. Criterios de ahorro de energía en los sistemas de
calefacción, climatización y agua caliente sanitaria, según la normativa
vigente.
6. Mantenimiento especifico de los sistemas de refrigeración,
calefacción y agua caliente. Mantenimiento de los depósitos de
almacenamiento de combustible.
7. Combustibles líquidos y gaseosos más usuales, su
clasificación y características. Recomendaciones sobre el uso de los
mismos, aspectos reglamentarios. Diseño de las instalaciones de
gas de uso colectivo, aspectos reglamentarios.
8. Instalaciones de protección contra incencios en los edificios
de uso docente o administrativo. Normativa vigente.
9. Detección automática de incendios. Bocas de incendio
equipadas. Medios manuales de extinción. Criterio para el
abastecimiento de agua contra incendios.
10. Sistemas de control y vigilancia. Detección de alarmas.
11. Acondicionamiento acústico, límites admisibles de ruidos
y vibraciones. Normativa vigente.
12. Parámetros de calidad en la acústica de salas. Diseño
de salas de audición y de la acústica aplicada al mismo. Audición
musical. Audición verbal.
13. Aislamiento acústico. Transmisión de ruidos. Fuentes de
ruido en los edificios. Aislamiento de las diversas fuentes de ruido,
conversacional, ruidos provocados al andar, ruidos provocados
por aparatos electrodomésticos.
14. Criterios de conservación y mantenimiento de cubiertas,
de redes de distribución de aguas.
15. Redes de evacuación de aguas: tuberías de evacuación,
derivaciones, columnas, colectores, sistema unitario y separado,
acometida al alcantarillado general, sifones, redes de ventilación,
sistemas de ventilación.
16. Tuberías en la red de evacuación de aguas sucias:
materiales empleados. Uniones de tubos. Elevación de aguas sucias.
Grifería y aparatos sanitarios. Instalaciones colectivas de aparatos.
17. Los ruidos en las instalaciones de fontanería y
saneamiento: causas de los ruidos. Precauciones para atenuar los ruidos.
18. Criterios de conservación y mantenimiento de redes de
evacuación de aguas residuales y pluviales de un edificio.
19. Instalaciones de distribución de gas: red interior de
distribución. Presión del gas en la calle. Consumo de gas. Instalación
de contadores. Tuberías. Cálculo de los diámetros de las tuberías.
20. Criterios de conservación y mantenimiento de
calefacción, gas y otras instalaciones de un edificio.
21. Criterios de conservación y mantenimiento de obras de
urbanización.
Bloque III
1. La constitución Española de 1978. Principios Generales,
características y estructura.
2. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.
Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de Leyes.
3. El acto administrativo; concepto, clases y elementos. Su
motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos
administrativos.
4. El procedimiento administrativo, concepto. Idea general
de la iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Los
recursos administrativos: concepto y clases.
5. La Ley de Reforma Universitaria de 1983: principios y
contenidos. Régimen jurídico de las Universidades. El Gobierno de
las Universidades. El Consejo de Universidades.
6. Régimen económico y financiero de las Universidades.
Especial referencia a la Universidad de Granada.
7. Estructura de la Universidad de Granada: Organos de
Gobierno unipersonales y colegiados. Tipos de profesorado, su
régimen jurídico.
8. Personal de Administración y Servicios. Personal
funcionario; selección y régimen jurídico. Promoción profesional y
situaciones administrativas.
9. Derechos y deberes de los funcionarios de Administración
y Servicios. Sistema de retribuciones e indemnizaciones. Las
incompatibilidades. Régimen disciplinario.
10. El personal laboral al servicio de la Universidad de
Granada. El Convenio Colectivo.
11. Elementos básicos de los contratos de las
Administraciones Públicas. Tipos de contrato. Especial referencia al contrato
de suministros.
12. Redacción del Proyecto de Obras. Normativa.
Modalidades. Presentación. Memoria. Planos. Pliego de Prescripciones
Técnicas Particulares. Presupuesto.
13. Preparación del expediente de contratación. Supervisión
de proyectos. Replanteo previo. Licencia. Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares. Instrucción del Expediente.
14. Procedimientos y formas de adjudicación. Tramitación de
los procedimientos. Adjudicación y formalización del contrato.
15. Ejecución de la obra. Comprobación de replanteo.
Funciones de la Dirección de obra. Obligaciones del contratista. El
abono de la obra.
16. Incidencias durante las obras. Modificaciones.
Suspensiones. Resolución del contrato.
17. Terminación y recepción de las obras. Liquidación. Plazos
de garantía.
18. Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
Normativa. Naturaleza. Exenciones. Sujetos pasivos.
19. Ley 31/1995 de 8 de noviembre de "Prevención de
Riesgos Laborales". Ambito de aplicación. Derechos y obligaciones.
Servicios de prevención. Disposiciones de Seguridad y Salud en
los lugares de trabajo (Reales Decretos 485/1997, de 14 de abril
y 486/1997, de 14 de abril).
20. Objetivos de la política de prevención de riesgos
laborales. Funciones y competencia de la Administración. Obligaciones
de los empresarios y responsabilidad jurídica derivada del
incumplimiento de las normas de prevención.
ANEXO III
Tribunal calificador
El Tribunal calificador de estas pruebas estará constituido por
los siguientes miembros:
Titulares:
Presidente: Don Esteban Álvarez-Manzaneda Roldán, Profesor
Titular de Universidad y Gerente de la Universidad de Granada,
por delegación del Rector.
Vocales:
Don Jesús Muñoz Alcarria, Doctor Ingeniero de la Delegación
Provincial de la Consejeria de Trabajo e Industria.
Don Francisco Martínez Cañavate, Ingeniero Técnico Industrial
del Centro de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Don Antonio Palomino Morales, funcionario de la Escala de
Gestión de esta Universidad.
Don Rafael R. García Liñán, funcionario de la Escala Técnica
de esta Universidad, que actuará como Secretario.
Suplentes:
Presidente: Doña María Jesús Calatrava Escobar, Profesora
Titular de Universidad y Vicesecretaria General de la Universidad
de Granada.
Vocales:
Don Antonio Moya Mir, Ingeniero Superior del Centro de
Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Don Miguel Ruiz Ortiz, Ingeniero Técnico de la Delegación
de Salud de la Junta de Andalucía.
Don Luis Miguel Calvo López, funcionario de la Escala de
Gestión de esta Universidad.
Doña Mercedes López Roldán, funcionaria de la Escala de
Gestión de esta Universidad, que actuará como Secretaria.
ANEXO IV
Declaración jurada
Don .............................................., domicilio en
........................................., y documento nacional
de identidad numero .............................., declara bajo
juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de
carrera (Ingeniero Técnico Industrial), que no ha sido separado
del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que
no se haya inhabilitado para el ejercicio de las correspondientes
funciones.
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