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Documento BOE-A-1999-21293

Resolucion de 29 de septiembre de 1999, de la Universidad de Granada, por la que se convoca una plaza de la Escala de Gestión (Especialidad Ingeniero Técnico Industrial) vacante en esta Universidad, mediante el sistema de acceso libre.

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 2 de noviembre de 1999, páginas 38413 a 38417 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1999-21293

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta

Universidad, aprobados por acuerdo del Consejo de Gobierno de la

Junta de Andalucía de 15 de mayo de 1985 y publicados por

Decreto 162/1985, de 17 de julio, en el "Boletín Oficial de la

Junta de Andalucía" número 74, de 26 de julio, y con el fin de

atender las necesidades de personal de administración y servicios.

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuídas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, en

relación con el artículo 3.2 e), de la misma norma, así como en

los artículos 183 y siguientes de los Estatutos de esta Universidad,

acuerda convocar una plaza de Ingeniero Técnico Industrial

vacante en la Universidad de Granada, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de

funcionario, Ingeniero Técnico Industrial, vacante en la

Universidad de Granada, mediante el sistema general de acceso libre.

1.2 Del total de plazas se reservará un 3 por 100 para ser

cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad

igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición

adicional decimonovena de la Ley 23/1988, de 28 de julio, de

modificación de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función

Pública 30/1984, de 2 de agosto. En el supuesto de no ser éstas

cubiertas se acumularán a las restantes plazas convocadas.

1.3 La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a

lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas

de Reforma de la Función Pública, modificada por la la Ley

23/1988, de 28 de julio; en el Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso

del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de

Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los

Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; el Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo, Estatutos de la propia

Universidad, Reglamento del Personal de Administración y Servicios

de esta Universidad y a las normas de esta Resolución.

1.4 El procedimiento de selección de aspirantes será el de

oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias

que se especifican en el anexo I.

1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.6 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al

siguiente calendario:

El primer ejercicio se iniciará a partir del 1 de abril del 2000.

La fecha, hora y lugar del mismo se fijará en la Resolución del

Rectorado en que se aprueben las listas de admitidos y excluidos.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los

Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos

Estados a los que en virtud de los tratados internacionales,

celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de

aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos

en que ésta se halle definida en Tratado constitutivo de la

Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado

la edad de jubilación legalmente establecida.

c) Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico Industrial,

o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine

el plazo de presentación de solicitudes.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes

funciones.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación

de solicitudes y gozar de los mismos hasta la toma de posesión

como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada

gratuitamente, en el Servicio de Personal de la Universidad de Granada

(edificio Santa Lucía, c/ Santa Lucía s/n, Granada). A la instancia

se acompañarán dos fotocopias del documento nacional de

identidad, pasaporte u otro documento de identificación suficiente,

en caso de no ostentar la nacionalidad española presentará

fotocopia simple del documento identificativo del país al que pertenece

el solicitante.

3.2 La presentación de solicitudes (ejemplares 1 y 2 del

modelo de solicitud "para la Universidad"), se hará en el Registro General

de la Universidad, o en la forma establecida en el artículo 38.4

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a

partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria

en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirán al excelentísimo

señor Rector Magnífico de la Universidad de Granada.

3.3 Los aspirantes con grado de minusvalia igual o superior

al 33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas

por el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en

el recuadro 5 de la solicitud y expresar, en su caso, las posibles

adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los

ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, utilizando para ello

el recuadro 6.

3.4 Los derechos de examen serán de 4.000 pesetas y se

ingresarán en la cuenta corriente número 0101745629 de la Caja

General de Ahorros de Granada (cod. 2031), oficina principal,

abierta a nombre de "Pruebas selectivas de Acceso a la Universidad

de Granada", bien directamente o mediante transferencia bancaria

a dicha cuenta. En la solicitud deberá figurar el sello del

mencionado banco, acreditativo del pago de los derechos, o ir

acompañada del resguardo acreditativo de la transferencia, cuya falta

determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en el banco supondrá

sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de

la solicitud ante el Organo expresado en la base 3.2.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector

de la Universidad de Granada dictará Resolución en el plazo

máximo de un mes, que se publicará en el "Boletin Oficial del Estado"

y en la que además de declarar aprobada la lista de admitidos

y excluidos se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los

ejercicios así como la relación de los aspirantes excluidos con

indicación de las causas de exclusión. En la lista deberá constar

en todo caso los apellidos, nombre y número de documento

nacional de identidad.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya

motivado la exclusión.

4.3 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputables al

sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los

derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas

selectivas por causa imputable al interesado.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas estará constituido

por los miembros que se especifican en el anexo III.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran

en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28.2

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la

publicación de la convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias

previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de

los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en

el párrafo anterior.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del

Estado", Resolución por la que se nombra a los nuevos miembros

del Tribunal que habrán de sustituir a los que hayan perdido su

condición por alguna de las causas previstas en la base anterior.

5.4 Previa convocatoria del Presidente se constituirá el

Tribunal con la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su

caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad, al menos, de

sus miembros. Celebrarán su sesión de constitución con una

antelación mínima de diez días antes de la celebración del primer

ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones

que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus

miembros, titulares o suplentes.

5.6 Durante el desarrollo de las pruebas, el Tribunal resolverá

todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas

normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos

asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector

de la Universidad.

Igualmente, y cuando, por el número de aspirantes, en el

proceso de desarrollo de ejercicios lo requiera, el Tribunal podrá

designar colaboradores en número suficiente para garantizar el

correcto y normal desarrollo de los ejercicios.

5.8 El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulten necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes,

en este sentido se establecerá, para las personas con minusvalía

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3., las

adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Servicio de Personal, Edificio Santa

Lucía (calle Santa Lucía, número 2), teléfono 958 24 43 27.

El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría segunda de las recogidas en el anexo V del Real

Decreto 54/1989, de 21 de marzo ("Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía" de 21 de abril).

5.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno

derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los

opositores para que acrediten su identidad.

6.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente conforme al resultado del sorteo efectuado por el

Tribunal y que se publicará en el tablón de anuncios del Servicio

de Personal de esta Universidad con antelación al comienzo de

los ejercicios.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y

libremente apreciados por el Tribunal.

6.4 Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos

anuncios de la celebración de las restantes pruebas deberán

hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado

las pruebas anteriores y por cualquier otro medio si se juzga

conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo

de las mismas si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro

horas, si se trata de uno nuevo.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al

Rector de la Universidad de Granada, comunicándole asimismo

las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la

solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes. Esta resolución, que pone fin a la vía administrativa,

podrá ser impugnada por el interesado en la forma establecida

en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,

de 14 de enero.

7. Listas de aprobados

7.1 Al finalizar cada uno de los ejercicios de la fase de

oposición el Tribunal hará pública en los lugares de examen y en

el Rectorado de la Universidad las listas con las puntuaciones

correspondientes.

7.2 La calificación final se obtendrá de la forma establecida

en el anexo I de esta convocatoria. La lista de aprobados no podrá

superar el número de plazas convocadas, siendo nula de pleno

derecho cualquier actuación en sentido contrario, de acuerdo con

lo establecido en el artículo 18 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

7.3 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará

públicas las relaciones definitivas de aprobados por orden de

puntuación, en las que constarán las calificaciones de cada uno de los

ejercicios de la fase de oposición y la calificación final obtenida.

7.4 El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de

dichas relaciones al Rector de la Universidad, con propuesta de

nombramiento de funcionarios de carrera.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde la

publicación en el Rectorado de la Universidad de las relaciones

de aprobados a que se refiere la base anterior, los opositores

que figuren en las mismas, deberán presentar en el Servicio de

Personal de esta Universidad, los siguientes documentos:

a) Certificado médico oficial acreditativo de no poseer

enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio, expedido

por el Servicio de Prevención de Riesgos de esta Universidad.

b) Fotocopia debidamente compulsada del titulo de Ingeniero

Técnico Industrial o equivalente.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,

mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración

Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria.

d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de

minusválidos deberán presentar certificación de los Órganos

competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o de la

Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición, e

igualmente deberán presentar certificación de los citados Órganos

de la Administración sanitaria acreditativo de la compatibilidad

con el desempeño de tareas y funciones correspondientes.

8.2 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de

presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá

acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la

convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.

8.3 Los que tuvieran la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya probados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación para acreditar su

condición así como fotocopia compulsada de la titulación exigida,

y aquellas circunstancias que obren en su hoja de servicios.

8.4 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentaren la documentación o, del examen de la

misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados

en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera

y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud

inicial.

8.5 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal

calificador, se procederá al nombramiento de funcionario de

carrera, mediante Resolución que se publicará en el "Boletín Oficial

del Estado".

La propuesta de nombramiento deberá acompanarse de

fotocopia del documento nacional de identidad de los aspirantes

aprobados, del ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas

selectivas enviado a la Universidad convocante con el apartado

"Reservado para la Administración", debidamente cumplimentado.

9. Norma final

9.1 La presente convocatoria, que agota la vía administrativa,

podrá ser recurrida, de conformidad con lo establecido en el

artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificado por Ley 4/1999, de 14 de

enero, potestativamente en reposición ante el mismo Órgano que la

hubiera dictado o ser impugnadas directamente ante el orden

jurisdiccional contencioso-administrativo. Asimismo, cuantos actos

administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal

podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la

forma establecida en la citada Ley.

Granada, 29 de septiembre de 1999.-El Rector, Lorenzo

Morillas Cueva.

ANEXO I

Ejercicios y calificación

Las pruebas constarán de los ejercicios que a continuación

se indican, siendo éstos eliminatorios:

Primer ejercicio: Los aspirantes, en el plazo máximo de dos

horas, deberán desarrollar por escrito dos temas propuestos por

el Tribunal, relacionados con los bloques I y II del programa que

se acompaña como anexo II a esta convocatoria. Se calificará

de cero a diez puntos siendo necesario para aprobar obtener un

mínimo de cinco puntos.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto

de carácter práctico propuesto por el Tribunal, relacionado con

los bloques I y II del programa que se acompaña como

anexo II a esta convocatoria, en el plazo máximo de dos horas.

Se calificará de cero a diez puntos siendo necesario para aprobar

obtener un mínimo de cinco puntos.

Tercer ejercicio: Los aspirantes, en el plazo máximo de una

hora, deberán desarrollar por escrito un tema propuesto por el

Tribunal, relacionado con el Bloque III del programa que se

acompaña como anexo II a esta convocatoria. Se calificará de cero

a diez puntos siendo necesario para aprobar obtener un mínimo

de cinco puntos.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por

la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los

ejercicios. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo

a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.

ANEXO II

Programa

Bloque I

1. Líneas eléctricas de alta tensión, clasificación de las

mismas. Protecciones y medidas de seguridad. Reglamentación

vigente.

2. Centros de transformación: su diseño, componentes y

protección. Reglamentación vigente.

3. Autorización, puesta en servicio, inspección y vigilancia

de las instalaciones de alta tensión y centros de transformación.

4. Suministro de energía eléctrica a un edificio: Tipos de

corriente. Reglamentación. Instalaciones provisionales.

Instalaciones definitivas. Distribución y suministros eléctricos, tipos y

aplicaciones. Representación gráfica de las instalaciones eléctricas,

símbolos. Esquemas eléctricos. Esquemas explicativos. Esquemas

de conexiones. Esquemas unifilares. Esquemas multifilares.

Relación entre esquemas.

5. Electrificación interior de un edificio: Diseño en la

instalación de Edificios. Niveles o grados de electrificación.

Electrificación mínima. Electrificación media. Electrificación elevada.

Electrificación especial. Relación entre superficie, nivel o grado

de electrificación y potencia. Condiciones técnicas y de la

instalación, Desarrollo e indicaciones constructivas. Previsión de

huecos y espacios. Trazado. Previsión de potencias.

6. Instalaciones eléctricas de baja tensión, criterios y

características de las mismas para la instalación de un centro docente.

Previsión de potencia para edificios docentes. Prescripciones

reglamentarias particulares.

7. Instalaciones interiores: Línea de acometida. Línea

repartidora. Contabilización de consumos. Tipos de contadores. Tarifas.

Montaje de contadores. Contadores centralizados. Características

del local. Derivaciones individuales. Cuadro de distribución.

Instalación interior de vivienda. Líneas de servicios generales.

8. Cuadros eléctricos: clasificación. Elementos que

constituyen los cuadros. Aparatos de mando y maniobra. Aparatos de

medida. Cuadros de distribución generales. Cuadros de

distribución de viviendas. Cuadros de alumbrado. Cuadros de

automatización.

9. Sistemas de control centralizado de las instalaciones

eléctricas, su automatización. Informatización para la gestión de

control y mantenimiento.

10. Protección de las instalaciones: Protección contra

cortocircuitos. Fusibles. Clases y tipos de fusibles. Interruptores

automáticos. Interruptor de control de potencia. Relés de protección.

Clasificación de los relés de protección. Relés de inducción. Relés

electromagnéticos. Relés electrónicos. Relés electrodinámicos.

Relés térmicos. Relés de intensidad. Relés de tensión. Relés

diferenciales. Relés de potencia, de impedancia y de reactancia.

11. Protección contra las descargas eléctricas: el peligro del

contacto y efecto de las descargas en el cuerpo humano. Normativa

de seguridad. Protecciones en A.T. Protección en B.T.

Protecciones contra contactos directos. Protecciones contra contactos

indirectos. Interruptores diferenciales. Criterios en la elección de

los diferenciales. Volúmenes de protección en los cuartos de baño,

ducha, etc.

12. Instalaciones de puesta a tierra I: instalaciones de puesta

a tierra de un edificio, definición y objeto de la puesta a tierra.

Partes principales de las instalaciones de tierra. Electrodo o toma

de tierra. Puntos de puesta a tierra. Líneas de enlace con tierra.

Líneas principales de tierra. Derivaciones de tierra.

13. Instalaciones de puesta a tierra II: Red equipotencial.

Resistividad del terreno. Naturaleza geológica. Humedad.

Temperatura. Salinidad del terreno. Profundidad del terreno.

Tratamiento de los terrenos. Mapas de líneas de equirresistividad.

Tensión de paso y de contacto. Medición y control de las puestas

a tierra. Medición de la resistividad del terreno. Instrucciones y

reglamentación. Soldadura aluminotérmica.

14. Selección del material eléctrico: criterios de selección.

Criterios de calidad. Criterios técnicos y características básicas.

Conductores eléctricos. Aislamiento del conductor eléctrico. Tipo

de aislamiento. Sistema de instalación. Condiciones ambientales.

Tubos protectores. Grados de protección. Normativa de instalación

de tubos. Cajas de empalme y de derivación. Control y prueba

de las instalaciones.

15. Dimensionado de la instalación eléctrica: Cálculo de las

secciones de los conductores. Determinación de consumos.

Criterios de cálculo. Dimensionado por calentamiento. Dimensionado

por caída de tensión. Dimensionado de los conductores de

protección. Dimensionado de los tubos de protección. Elección de

las cajas de derivación. Elección de mecanismos. Dimensionado

de los elementos de protección.

16. Instalaciones de emergencia: Alumbrados especiales.

Locales que deben disponer de alumbrados especiales. Equipos

autónomos. Equipos electrógenos. Salidas de gases e

insonorización. Alimentación de combustible. Características de los locales

destinados a grupos. Características eléctricas del grupo.

Dimensionado y elección de la potencia del grupo. Instalaciones en

edificios especiales.

17. Instalaciones singulares I: Instalación de pararrayos. La

electricidad atmosférica. Características de la descarga.

Componentes principales de la instalación de pararrayos. Elementos de

captación. Conductores. Tomas de tierra. Tipos de pararrayos.

Zonas de protección. Dimensionado de la instalación de

pararrayos. Determinación del índice de riesgo. Reglamentación y normas.

Normas de instalación.

18. Instalaciones singulares II: Instalación de antenas. Gamas

de frecuencia de emisión. Campo eléctrico y antenas. Antenas

de televisión. Directividad y ganancia

relativa. Altura efectiva de una antena receptora. Tensión de

señal de antena. Antenas individuales y colectivas. Componentes

principales de la instalación. Recepción de televisión vía satélite.

19. Magnitudes fundamentales de la luminotecnia. Criterios

de calidad y eficacia de un buen alumbrado.

20. Fuentes de luz, generalidades. Flujo, eficacia, rendimiento

cromático, depreciación y duración.

21. Clasificación de las fuentes de luz, incandescencia,

fluorescencia, descarga, inducción, características y funcionamiento.

Medición de luz. Luminarias.

22. Estudios luminotécnicos: el alumbrado exterior:

características luminotécnicas de la instalación, elección del tipo de

luminaria, elección del tipo de lámpara, características geométricas

de la instalación, altura de los puntos de luz, disposición de los

puntos de luz. Sistemas de sustentación de las luminarias.

Iluminación deportiva. Iluminación de edificios, parques y jardines.

El alumbrado de interiores: Métodos de iluminación, alumbrado

general localizado, determinación del nivel de iluminación,

selección del tipo de alumbrado y de luminaria. Cálculo de flujo

luminoso necesario. Cálculo de número de puntos de luz,

determinación del emplazamiento de las luminarias. Deslumbramiento.

Determinación de la potencia eléctrica de alumbrado.

23. Ahorro de energía en las instalaciones de alumbrado,

interior y exterior. Criterios generales y recomendaciones.

24. Criterios de conservación y mantenimiento específico de

las instalaciones eléctricas y de alumbrado en los centros docentes.

25. Normas de seguridad y prevención en materia del fuego

en las instalaciones eléctricas. Primeros auxilios.

Bloque II

1. Tuberías en la red de suministro del agua: Materiales

empleados. Uniones de tubos. Precaución en la instalación de

tubos. Pruebas de las tuberías.

2. Instalación interior de agua. Elementos constitutivos más

importantes. Tramitación, autorización y condiciones a cumplir

para su puesta en servicio. Contratación. Suministro para el

servicio contra incendios.

3. Composición de la instalación de calefacción, climatización

y agua caliente sanitaria, de un edificio de uso docente y

administrativo.

4. Condiciones reglamentarias para el cálculo de la

climatización de un edificio de uso docente y/o administrativo en

Granada.

5. Criterios de ahorro de energía en los sistemas de

calefacción, climatización y agua caliente sanitaria, según la normativa

vigente.

6. Mantenimiento especifico de los sistemas de refrigeración,

calefacción y agua caliente. Mantenimiento de los depósitos de

almacenamiento de combustible.

7. Combustibles líquidos y gaseosos más usuales, su

clasificación y características. Recomendaciones sobre el uso de los

mismos, aspectos reglamentarios. Diseño de las instalaciones de

gas de uso colectivo, aspectos reglamentarios.

8. Instalaciones de protección contra incencios en los edificios

de uso docente o administrativo. Normativa vigente.

9. Detección automática de incendios. Bocas de incendio

equipadas. Medios manuales de extinción. Criterio para el

abastecimiento de agua contra incendios.

10. Sistemas de control y vigilancia. Detección de alarmas.

11. Acondicionamiento acústico, límites admisibles de ruidos

y vibraciones. Normativa vigente.

12. Parámetros de calidad en la acústica de salas. Diseño

de salas de audición y de la acústica aplicada al mismo. Audición

musical. Audición verbal.

13. Aislamiento acústico. Transmisión de ruidos. Fuentes de

ruido en los edificios. Aislamiento de las diversas fuentes de ruido,

conversacional, ruidos provocados al andar, ruidos provocados

por aparatos electrodomésticos.

14. Criterios de conservación y mantenimiento de cubiertas,

de redes de distribución de aguas.

15. Redes de evacuación de aguas: tuberías de evacuación,

derivaciones, columnas, colectores, sistema unitario y separado,

acometida al alcantarillado general, sifones, redes de ventilación,

sistemas de ventilación.

16. Tuberías en la red de evacuación de aguas sucias:

materiales empleados. Uniones de tubos. Elevación de aguas sucias.

Grifería y aparatos sanitarios. Instalaciones colectivas de aparatos.

17. Los ruidos en las instalaciones de fontanería y

saneamiento: causas de los ruidos. Precauciones para atenuar los ruidos.

18. Criterios de conservación y mantenimiento de redes de

evacuación de aguas residuales y pluviales de un edificio.

19. Instalaciones de distribución de gas: red interior de

distribución. Presión del gas en la calle. Consumo de gas. Instalación

de contadores. Tuberías. Cálculo de los diámetros de las tuberías.

20. Criterios de conservación y mantenimiento de

calefacción, gas y otras instalaciones de un edificio.

21. Criterios de conservación y mantenimiento de obras de

urbanización.

Bloque III

1. La constitución Española de 1978. Principios Generales,

características y estructura.

2. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.

Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de Leyes.

3. El acto administrativo; concepto, clases y elementos. Su

motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos

administrativos.

4. El procedimiento administrativo, concepto. Idea general

de la iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Los

recursos administrativos: concepto y clases.

5. La Ley de Reforma Universitaria de 1983: principios y

contenidos. Régimen jurídico de las Universidades. El Gobierno de

las Universidades. El Consejo de Universidades.

6. Régimen económico y financiero de las Universidades.

Especial referencia a la Universidad de Granada.

7. Estructura de la Universidad de Granada: Organos de

Gobierno unipersonales y colegiados. Tipos de profesorado, su

régimen jurídico.

8. Personal de Administración y Servicios. Personal

funcionario; selección y régimen jurídico. Promoción profesional y

situaciones administrativas.

9. Derechos y deberes de los funcionarios de Administración

y Servicios. Sistema de retribuciones e indemnizaciones. Las

incompatibilidades. Régimen disciplinario.

10. El personal laboral al servicio de la Universidad de

Granada. El Convenio Colectivo.

11. Elementos básicos de los contratos de las

Administraciones Públicas. Tipos de contrato. Especial referencia al contrato

de suministros.

12. Redacción del Proyecto de Obras. Normativa.

Modalidades. Presentación. Memoria. Planos. Pliego de Prescripciones

Técnicas Particulares. Presupuesto.

13. Preparación del expediente de contratación. Supervisión

de proyectos. Replanteo previo. Licencia. Pliego de Cláusulas

Administrativas Particulares. Instrucción del Expediente.

14. Procedimientos y formas de adjudicación. Tramitación de

los procedimientos. Adjudicación y formalización del contrato.

15. Ejecución de la obra. Comprobación de replanteo.

Funciones de la Dirección de obra. Obligaciones del contratista. El

abono de la obra.

16. Incidencias durante las obras. Modificaciones.

Suspensiones. Resolución del contrato.

17. Terminación y recepción de las obras. Liquidación. Plazos

de garantía.

18. Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

Normativa. Naturaleza. Exenciones. Sujetos pasivos.

19. Ley 31/1995 de 8 de noviembre de "Prevención de

Riesgos Laborales". Ambito de aplicación. Derechos y obligaciones.

Servicios de prevención. Disposiciones de Seguridad y Salud en

los lugares de trabajo (Reales Decretos 485/1997, de 14 de abril

y 486/1997, de 14 de abril).

20. Objetivos de la política de prevención de riesgos

laborales. Funciones y competencia de la Administración. Obligaciones

de los empresarios y responsabilidad jurídica derivada del

incumplimiento de las normas de prevención.

ANEXO III

Tribunal calificador

El Tribunal calificador de estas pruebas estará constituido por

los siguientes miembros:

Titulares:

Presidente: Don Esteban Álvarez-Manzaneda Roldán, Profesor

Titular de Universidad y Gerente de la Universidad de Granada,

por delegación del Rector.

Vocales:

Don Jesús Muñoz Alcarria, Doctor Ingeniero de la Delegación

Provincial de la Consejeria de Trabajo e Industria.

Don Francisco Martínez Cañavate, Ingeniero Técnico Industrial

del Centro de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Don Antonio Palomino Morales, funcionario de la Escala de

Gestión de esta Universidad.

Don Rafael R. García Liñán, funcionario de la Escala Técnica

de esta Universidad, que actuará como Secretario.

Suplentes:

Presidente: Doña María Jesús Calatrava Escobar, Profesora

Titular de Universidad y Vicesecretaria General de la Universidad

de Granada.

Vocales:

Don Antonio Moya Mir, Ingeniero Superior del Centro de

Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Don Miguel Ruiz Ortiz, Ingeniero Técnico de la Delegación

de Salud de la Junta de Andalucía.

Don Luis Miguel Calvo López, funcionario de la Escala de

Gestión de esta Universidad.

Doña Mercedes López Roldán, funcionaria de la Escala de

Gestión de esta Universidad, que actuará como Secretaria.

ANEXO IV

Declaración jurada

Don .............................................., domicilio en

........................................., y documento nacional

de identidad numero .............................., declara bajo

juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de

carrera (Ingeniero Técnico Industrial), que no ha sido separado

del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que

no se haya inhabilitado para el ejercicio de las correspondientes

funciones.

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