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Documento BOE-A-1999-21460

Resolución de 29 de septiembre de 1999, de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se convocan a concurso de méritos plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 4 de noviembre de 1999, páginas 38644 a 38651 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1999-21460

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983,

de 25 de agosto, de Reforma Universitaria; el Real Decreto

1888/1984, de 26 de septiembre, modificado parcialmente por

el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio, y la Ley 3/1997,

de 1 de julio, de Creación de la Universidad Pablo de Olavide

de Sevilla,

Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de méritos,

las plazas de Cuerpos Docentes Universitarios que se relacionan

en el anexo I de la presente Resolución, de acuerdo con las

siguientes bases:

Primera.-Dichos concursos se regirán por lo dispuesto en la

Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria

("Boletín Oficial del Estado" de 1 de septiembre); el Real

Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado"

de 26 de octubre), modificado parcialmente por el Real

Decreto 1427/1986, de 13 de junio ("Boletín Oficial del Estado" de

11 de julio), y, en lo no previsto, por la Legislación General de

Funcionarios Civiles del Estado. Los concursos se tramitarán

independientemente para cada una de las plazas convocadas.

Segunda.-Para ser admitido a los citados concursos se

requieren los siguientes requisitos generales:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión

Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de

Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y

ratificados por España, sea de aplicación de libre circulación de

trabajadores, en los términos en que ésta se halle definida en el

Tratado Constitutivo de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber cumplido los

setenta años de edad.

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de la Administración del Estado o de la Administración

autónoma, institucional o local, ni hallarse inhabilitado para el

ejercicio de las funciones públicas. En el caso de nacional de los

demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de

aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales

celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de

aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en

que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Unión

Europea, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal

que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que

impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor

de Universidad.

Tercera.-Deberán reunir, además, las condiciones específicas

que se señalan en el artículo 4.1 ó 4.2 del Real Decreto

1888/1984, de 26 de septiembre, según la categoría de la plaza

y clase de concurso.

Cuarta.-Quienes deseen tomar parte en los concursos

remitirán la correspondiente solicitud a la excelentísima y magnífica

señora Rectora Presidenta de la Comisión Gestora de la

Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, carretera de Utrera, kilómetro 1,

código postal 41013 Sevilla, por cualquiera de los procedimientos

establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo

de veinte días hábiles, contados a partir de la publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", mediante instancia,

según modelo que se acompaña como anexo II, debidamente

cumplimentada, junto con los siguientes documentos que acrediten

que reúnen los requisitos para participar en el concurso:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de

identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.

b) Fotocopia compulsada del título académico exigido, que

en caso de haberse obtenido en el extranjero deberá haber sido

homologado en España.

c) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de

los requisitos específicos que señala la base tercera para participar

en el concurso.

La concurrencia de dichos requisitos deberá estar referida

siempre a una fecha anterior a la expiración del plazo fijado para

solicitar la participación en el mismo.

Los aspirantes deberán abonar a la Universidad Pablo de

Olavide, de Sevilla, la cantidad de 5.000 pesetas, en concepto de

derechos de examen. El ingreso deberá efectuarse en el Monte

Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla en la cuenta

2098-0028-08-0102000115, abierta en esa entidad a nombre de

"Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, Ingresos varios",

haciéndose constar los siguientes datos: Nombre y apellidos del

interesado y plaza a la que concursa.

A la instancia deberá adjuntarse justificante acreditativo del

pago de los derechos. La falta de este justificante determinará

la exclusión del aspirante.

En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución

del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

Quinta.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la

Rectora Presidenta de la Comisión Gestora de la Universidad Pablo

de Olavide, de Sevilla, por cualquiera de los procedimientos

establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, remitirá a

todos los aspirantes relación completa de admitidos y excluidos,

con indicación de las causas de exclusión. Contra dicha

Resolución, aprobando la lista de admitidos y excluidos, los interesados

podrán presentar reclamación ante la Rectora Presidenta de la

Comisión Gestora de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla,

en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente

al de la notificación de la relación de admitidos y excluidos.

Sexta.-La composición de las Comisiones es la que figura en

el anexo I de esta convocatoria, teniendo las mismas un plazo

no superior a cuatro meses para constituirse, a contar desde la

publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial del

Estado".

Dentro de dicho plazo, el Presidente de la Comisión, previa

consulta a los restantes miembros de la misma, dictará una

resolución, que deberá ser notificada a todos los interesados con una

antelación mínima de quince días naturales, convocando a todos

los aspirantes admitidos a participar en el concurso, para realizar

el acto de presentación de los concursantes, y con señalamiento

del lugar, día y hora de celebración de dicho acto; a estos efectos,

el plazo entre la fecha prevista para el acto de constitución de

la Comisión y la fecha señalada para el acto de presentación no

podrá exceder de dos días hábiles.

Séptima.-En el acto de presentación, los concursantes

entregarán al Presidente de la Comisión la documentación señalada

en los artículos 9 y 10 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de

septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre),

modificado parcialmente por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de

junio ("Boletín Oficial del Estado" de 11 de julio), en su caso,

según se trate de concurso o de concurso de méritos (modelo

currículum vitae en anexo III).

Octava.-En todo lo restante referente a convocatoria,

integración de las Comisiones, pruebas propuestas, nombramientos y

reclamaciones, se estará a lo dispuesto en el Real

Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado"

de 26 de octubre), modificado parcialmente, por el Real Decreto

1427/1986, de 13 de junio, y demás disposiciones vigentes que

lo desarrollen.

Novena.-Los candidatos propuestos para la provisión de las

plazas deberán presentar en el Registro General de la Universidad

Pablo de Olavide, de Sevilla, en el plazo de quince días hábiles

siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, por

cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:

a) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni

defecto físico o psíquico que le incapacite para el desempeño de

las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

b) Declaración jurada de no haber sido separado de la

Administración del Estado, institucional o local, ni de las

Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente

disciplinario, y de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de

la función pública. En el caso de nacional de los demás Estados

miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados

a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por

la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la

libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se

halla definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea,

declaración jurada de no estar sometido a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de

carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos,

debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del

que dependan, acreditativa de su condición de funcionarios y

cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Décima.-Contra esta Resolución, podrá interponerse por los

interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos

meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación

ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad

con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa ("Boletín Oficial del

Estado" del 14), sin perjuicio de que alternativamente se pueda

presentar recurso de reposición contra esta Resolución, en el plazo

de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no

cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo

anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del

recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los

artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14).

Sevilla, 29 de septiembre de 1999.-La Presidenta de la

Comisión Gestora, Rosario Valpuesta Fernández.

ANEXO I

Catedráticos de Universidad

Clase de convocatoria: Concurso de méritos

Plaza número: 6/99.

Departamento: Derecho y Humanidades.

Área de conocimiento: "Derecho Administrativo".

Actividad a realizar: Docencia e Investigación en Derecho

Administrativo.

Número de plazas: Una.

Comisión titular:

Presidente: Don Alfonso Pérez Moreno, Catedrático de la

Universidad de Sevilla.

Secretario: Don José Ignacio Morillo-Velarde Pérez,

Catedrático de la Universidad de Cádiz.

Vocales: Don Pedro Escribano Collado, Catedrático de la

Universidad de Sevilla; don Francisco López Menudo, Catedrático de

la Universidad de Sevilla, y don José Luis Rivero Ysern, Catedrático

de la Universidad de Sevilla.

Comisión suplente:

Presidente: Don Enrique Rivero Ysern, Catedrático de la

Universidad de Salamanca.

Secretario: Don Ángel Sánchez Blanco, Catedrático de la

Universidad de Málaga.

Vocales: Don Antonio Jiménez-Blanco Carrillo de Albornoz,

Catedrático de la Universidad de Jaén; don Ángel Ignacio

Menéndez Rexach, Catedrático de la Universidad Autónoma de Madrid,

y don José Eugenio Soriano García, Catedrático de la Universidad

de Extremadura.

Plaza número: 7/99.

Departamento: Derecho y Humanidades.

Área de conocimiento: "Derecho Constitucional".

Actividad a realizar: Docencia e Investigación en Derecho

Constitucional.

Número de plazas: Una.

Comisión titular:

Presidente: Don Javier Pérez Royo, Catedrático de la

Universidad de Sevilla.

Secretario: Don Pablo María Lucas Murillo de la Cueva,

Catedrático de la Universidad de Córdoba.

Vocales: Don Pedro de la Vega García, Catedrático de la

Universidad Complutense de Madrid; don Miguel Ángel Aparicio

Pérez, Catedrático de la Universidad Central de Barcelona, y don

José Luis Cascajo Castro, Catedrático de la Universidad de

Salamanca.

Comisión suplente:

Presidente: Don Pedro Cruz Villalón, Catedrático de la

Universidad de Sevilla.

Secretario: Don Roberto L. Blanco Valdés, Catedrático de la

Universidad de Santiago de Compostela.

Vocales: Don José Antonio Portero Molina, Catedrático de la

Universidad de A Coruña; don Isidre Molas Batllori, Catedrático

de la Universidad Autónoma de Barcelona, y don Gurutz Jáuregui

Bereciartu, Catedrático de la Universidad del País Vasco.

Plaza número: 8/99.

Departamento: Derecho y Humanidades.

Área de conocimiento: "Filosofía del Derecho".

Actividad a realizar: Docencia e Investigación en Filosofía del

Derecho.

Número de plazas: Una.

Comisión titular:

Presidente: Don Antonio Enrique Pérez Luño, Catedrático de

la Universidad de Sevilla.

Secretario: Don Juan Antonio García Amado, Catedrático de

la Universidad de León.

Vocales: Don Luis Martínez Roldán, Catedrático de la

Universidad de Oviedo; don Benito de Castro Cid, Catedrático de la

Universidad Nacional de Educación a Distancia, y don José Ignacio

Lacasta Zabalza, Catedrático de la Universidad de Zaragoza.

Comisión suplente:

Presidente: Don Luis Pedro García San Miguel Rodríguez,

Catedrático de la Universidad de Alcalá.

Secretario: Don Eusebio Fernández García, Catedrático de la

Universidad Carlos III de Madrid.

Vocales: Don Francisco Laporta San Miguel, Catedrático de

la Universidad Autónoma de Madrid; don Modesto Saavedra López,

Catedrático de la Universidad de Granada, y don José María

Martínez de Pisón Cavero, Catedrático de la Universidad de La Rioja.

Plaza número: 9/99.

Departamento: Derecho y Humanidades.

Área de conocimiento: "Derecho del Trabajo y Seguridad

Social".

Actividad a realizar: Docencia e Investigación en Derecho del

Trabajo y Seguridad Social.

Número de plazas: Una.

Comisión titular:

Presidente: Don Alfredo Montoya Melgar, Catedrático de la

Universidad Complutense de Madrid.

Secretaria: Doña María Fernanda Fernández López, Catedrática

de la Universidad de Sevilla.

Vocales: Don Juan Rivero Lamas, Catedrático de la Universidad

de Zaragoza; don Federico R. Durán López, Catedrático de la

Universidad de Córdoba, y don Joaquín García Murcia, Catedrático

de la Universidad de Oviedo.

Comisión suplente:

Presidente: Don Jesús María Galiana Moreno, Catedrático de

la Universidad de Murcia.

Secretario: Don Jesús F. Martínez Girón, Catedrático de la

Universidad de A Coruña.

Vocales: Don Santiago González Ortega, Catedrático de la

Universidad Carlos III, de Madrid; don Germán José Barreiro

González, Catedrático de la Universidad de León, y don Manuel Ramón

Alarcón Caracuel, Catedrático de la Universidad de Sevilla.

.

Anexos II y III (Ver imágenes páginas 38647 a 38651).

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