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Documento BOE-A-1999-21464

Acuerdo de 21 de octubre de 1999, de la Secretaría General del Tribunal Constitucional, por el que se delegan competencias en el Vicesecretario general del Tribunal.

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 4 de noviembre de 1999, páginas 38666 a 38666 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1999-21464
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/a/1999/10/21/(1)

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo previsto en el apartado 1.b) del artículo 26 del Reglamento de Organización y Personal del Tribunal Constitucional, según la redacción dada al precepto por Acuerdo de 8 de septiembre del año en curso, del Pleno del Tribunal, y previa autorización de su Presidente, Esta Secretaría General acuerda:

Primero.-Delegar en el Vicesecretario general el ejercicio de las siguientes competencias, en materia de gobierno del personal no Letrado y asimilado al servicio del Tribunal Constitucional:

1. La jefatura del personal no asignado a alguno de los distintos servicios y unidades del Tribunal Constitucional.

2. La asignación del personal al servicio del Tribunal a los servicios, unidades o dependencias concretas, con arreglo a lo establecido en el artículo 62.1 del Reglamento de Organización y Personal del Tribunal Constitucional.

3. Las designaciones que procedan, para la sustitución del personal al servicio del Tribunal, en los casos de vacante, licencia, ausencia u otra causa justificada, con arreglo a lo establecido en el artículo 64 del Reglamento de Organización y Personal del Tribunal Constitucional.

4. La emisión del informe previsto en el artículo 93.2 del Reglamento de Organización y Personal del Tribunal Constitucional, en las solicitudes de reincorporación al servicio activo de los funcionarios adscritos al Tribunal.

5. La concesión de permisos y licencias al personal al servicio del Tribunal, con arreglo a lo previsto en el artículo 95 del Reglamento de Organización y Personal del Tribunal Constitucional.

6. Las autorizaciones previstas en los acuerdos del Pleno del Tribunal Constitucional o en las instrucciones de la Secretaría General, en materia de vacaciones y jornada y horario del personal al servicio del Tribunal Constitucional.

Segundo.-Delegar en el Vicesecretario general el ejercicio de las siguientes competencias, en materia económico-financiera:

1. La autorización del gasto, con excepción de los supuestos en que la misma debe ser puesta en conocimiento previo del Pleno o de la Junta de Gobierno.

2. La ordenación de los pagos.

Tercero.-El presente acuerdo tendrá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 21 de octubre de 1999.-El Secretario general, Javier Jiménez Campo.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 21/10/1999
  • Fecha de publicación: 04/11/1999
  • Efectos desde el 5 de noviembre de 1999.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 26.1.b) del Reglamento aprobado por Acuerdo de 5 de julio de 1990 (Ref. BOE-A-1990-18696).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Tribunal Constitucional

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