De conformidad con lo establecido en los artículos 131, 326,
327, 329.1, y concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1
de julio, del Poder Judicial y del Reglamento 1/1995, de 7 de
junio, de la Carrera Judicial; la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, en su reunión del día 4 de noviembre
de 1999, ha acordado anunciar concurso para la provisión de
destinos en la Carrera Judicial, entre miembros de la misma con
categoría de Juez, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.-No podrán tomar parte en el concurso:
a) Los Jueces electos.
b) Los que se hallaren en condiciones legales para ser
promovidos a la categoría de Magistrado cuando se haya iniciado
el trámite de promoción.
c) Los que se hallaren en situación administrativa de
suspensión definitiva.
d) Los sancionados con traslado forzoso hasta que transcurra
el plazo determinado en la resolución que ponga fin al proceso
sancionador.
e) Los que hubieran sido designados a su instancia para
cualquier cargo judicial de provisión reglada, hasta transcurrido tres
años desde la fecha de nombramiento.
f) Los jueces que hayan obtenido primer destino en tal
categoría no podrán deducir petición hasta transcurridos dos años
desde el nombramiento, cualquiera que hubiera sido el sistema
o el momento de su nombramiento.
Segunda.-Deberán participar en este concurso:
a) Los Jueces en situación administrativa de excedencia
voluntaria que hubieran solicitado el reingreso al servicio activo y hayan
obtenido la correspondiente declaración de aptitud.
b) Los Jueces en situación administrativa de suspensión
definitiva superior a los seis meses que, una vez finalizado el período
de suspensión, hubieren solicitado el reingreso al servicio activo
y obtenido la correspondiente declaración de aptitud.
c) Los Jueces rehabilitados.
d) Los Jueces que hubieren obtenido la especialización como
Jueces de Menores en el supuesto prevenido en el artículo 99
del Reglamento de la Carrera Judicial, respecto de los Juzgados
de Menores que se anuncien, para su provisión en los respectivos
concursos.
Los reingresados al servicio activo procedentes de excedencia
voluntaria o suspensión definitiva que obtengan destino en este
concurso, no podrán deducir nueva petición hasta transcurridos
dos años desde su nombramiento.
Tercera.-El concurso para la provisión de las plazas
anunciadas se resolverá en favor de los Jueces solicitantes que ocupen
el mejor puesto escalafonal.
Constituirá mérito preferente el conocimiento de la lengua
oficial y del Derecho civil especial o foral propios de las Comunidades
Autónomas, en los términos previstos en los artículos 110, 112,
114 del Reglamento de la Carrera Judicial.
Cuarta.-Los destinados a su instancia para alguna de las plazas
anunciadas no podrán solicitar traslado hasta transcurrido tres
años desde la fecha de su nombramiento para las mismas.
Quinta.-Las solicitudes de destino serán presentadas en el
Registro General del Consejo General del Poder Judicial, Marqués
de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid, o en la forma
establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de diez días
naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del
concurso en el "Boletín Oficial del Estado".
Las peticiones que se formulen en forma condicionada o no
aparezcan redactadas con claridad carecen de validez, al igual
que las modificaciones o anulaciones efectuadas trascurrido el
plazo anterior.
Las solicitudes, desistimiento y modificaciones dirigidos al
Consejo General del Poder Judicial podrán formularse dentro del plazo
establecido, por telégrafo o por fax (número de fax del Registro
General 91/700.63.58), con obligación de cursar la instancia por
escrito simultáneamente debiendo tener ésta su entrada en el
Registro General del Consejo dentro de los cinco días naturales
siguientes al de expiración del plazo de presentación de instancias.
De no hacerse así, la solicitud, desistimiento o modificación
carecerán de validez.
Las solicitudes se podrán presentar también a través de las
oficinas de Correos, en cuyo caso deberán ir en sobre abierto
para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes
de ser certificadas.
Sexta.-Las solicitudes se ajustarán al modelo normalizado
aprobado por la Comisión permanente y publicado en el "Boletín
Oficial del Estado" de 3 de mayo de 1995, como anexo al Acuerdo
de la Comisión Permanente de fecha 18 de abril.
En el supuesto de rectificación que afectara a alguna de las
plazas anunciadas en el presente concurso, se iniciará de nuevo
el plazo el señalado en la base quinta de esta convocatoria para
la solicitud.
Séptima.-Contra el Acuerdo de la Comisión permanente podrá
interponerse recurso de alzada o de revisión, en su caso, ante
el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en el plazo de
un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del
mismo en el "Boletín Oficial del Estado", por los motivos y formas
que establece la Ley 30/1992.
Relación de plazas que se anuncian
Comunidad Autónoma de Andalucía
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de El
Ejido (Almería).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Arcos
de la Frontera (Cádiz), con funciones de Registro Civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de
Sanlúcar de Barrameda (Cádiz).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Aguilar
(Córdoba).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Baena
(Córdoba).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de
Montilla (Córdoba), con funciones de Registro Civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de
Posadas (Córdoba).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Guadix
(Granada).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Orgiva
(Granada), con funciones de Registro Civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de
Aracena (Huelva), con funciones de Registro Civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de La
Palma del Condado (Huelva).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Alcalá
la Real (Jaén).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de
Cazorla (Jaén).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Martos
(Jaén), con funciones de Registro Civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Úbeda
(Jaén), con funciones de Registro Civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de
Villacarrillo (Jaén).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Torrox
(Málaga).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Osuna
(Sevilla), con funciones de Registro Civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción numero 3 de Utrera
(Sevilla).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de
Almuñécar (Granada), con funciones de Registro Civil.
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de
Langreo (Asturias), con funciones de Registro Civil.
Juzgado de Primera e Instrucción único de Luarca (Valdés)
(Asturias).
Comunidad Autónoma de Canarias
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de San
Bartolomé de Tirajana (Las Palmas).
Comunidad Autónoma de Castilla y León
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Piedrahíta
(Ávila).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de
Miranda de Ebro (Burgos), con funciones de Registro Civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Salas de
los Infantes (Burgos).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de
Villacaryo (Burgos), con funciones de Registro Civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de La
Bañeza (León).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ciudad
Rodrigo (Salamanca).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Santa
María la Real de Nieva (Segovia).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Almazán
(Soria).
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Hellín
(Albacete), con funciones de Registro Civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de
Puertollano (Ciudad Real).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de
Torrijos (Toledo), con funciones de Registro Civil.
Comunidad Autónoma de Cataluña
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de
Esplugues de Llobregat (Barcelona), con funciones de Registro Civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de
Igualada (Barcelona), con funciones de Registro Civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de
Vilafranca del Penedés (Barcelona), con funciones de Registro Civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Olot
(Girona), con funciones de Registro Civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Tremp
(Lleida).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de
Tortosa (Tarragona).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de El
Vendrell (Tarragona), con funciones de Registro Civil.
Comunidad Autónoma Valenciana
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Alcoy
(Alicante), con funciones de Registro Civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Denia
(Alicante).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Nules
(Castellón).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de
Vinaros (Castellón).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Carlet
(Valencia).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Mislata
(Valencia).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de
Requena (Valencia).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de
Sagunto (Valencia), con funciones de Registro Civil.
Comunidad Autónoma de Extremadura
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Villafranca
de los Barrios (Badajoz).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Coria
(Cáceres).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Valencia
de Alcántara (Cáceres).
Comunidad Autónoma de Galicia
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Muros
(A Coruña).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Negreira
(A Coruña).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Becerreá
(Lugo).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de
Mondoñedo (Lugo).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Sarria
(Lugo).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de
Villalba (Lugo), con funciones de Registro Civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Bande
(Ourense).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Puebla
de Trives (Ourense).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Estrada
(A) (Pontevedra).
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Porriño
(Pontevedra).
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Totana
(Murcia), con funciones de Registro Civil.
Comunidad Foral de Navarra
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Tafalla
(Navarra).
Madrid, 4 de noviembre de 1999.-El Presidente,
DELGADO BARRIO
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid