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Documento BOE-A-1999-22224

Resolución de 7 de octubre de 1999, del Departamento de Cultura, por la que se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de la Generalidad, de 28 de septiembre de 1999, de declaración de bien cultural de interés nacional en la categoría de monumento histórico a favor del monasterio de Santa María de Lillet, en La Pobla de Lillet.

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 17 de noviembre de 1999, páginas 40069 a 40070 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1999-22224

TEXTO ORIGINAL

Considerando que el 28 de septiembre de 1999 el Gobierno de la

Generalidad de Cataluña declaró el monasterio de Santa María de Lillet, en

La Pobla de Lillet (Berguedà), como bien cultural de interés nacional en

la categoría de monumento histórico,

De acuerdo con lo que establece el artículo 12 de la Ley 9/1993, de

30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, resuelvo:

Que se publique íntegramente en el "Diario Oficial de la Generalidad

de Cataluña" el Acuerdo del Gobierno de 28 de septiembre de 1999, de

declaración del monasterio de Santa María de Lillet, en La Pobla de Lillet

(Berguedà), como bien cultural de interés nacional en la categoría de

monumento histórico.

Barcelona, 7 de octubre de 1999.-El Consejero, Joan M. Pujals i Vallv

Acuerdo de 28 de septiembre de 1999, del Gobierno de la Generalidad,

de declaración de bien cultural de interés nacional en la categoría de

monumento histórico, a favor del monasterio de Santa María de Lillet,

en La Pobla de Lillet (Berguedà)

Considerando que por Resolución de 13 de mayo de 1999 ("Diario

Oficial de la Generalidad de Cataluña" del 31) se incoó expediente de

declaración como bien cultural de interés nacional en la categoría de

monumento histórico del monasterio de Santa María de Lillet, en La Pobla de

Lillet, y se abrió período de información pública;

Considerando que se han cumplido todos los trámites preceptivos en

la instrucción de este expediente, de acuerdo con lo que establecen los

artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del

Patrimonio Cultural Catalán;

Vistos los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio

Cultural Catalán y del Instituto de Estudios Catalanes;

Visto que no se han presentado alegaciones durante la tramitación

del expediente,

A propuesta del Consejero de Cultura, el Gobierno acuerda:

1. Declarar bien cultural de interés nacional, en la categoría de

monumento histórico, el monasterio de santa María de Lillet, en La Pobla de

Lillet (Berguedà), según la descripción y ubicación que constan en el

anexo 1 de este Acuerdo.

2. Delimitar el entorno de protección del monasterio de Santa María

de Lillet, cuya justificación figura en el anexo 2, representado en el plano

que se publica junto con este Acuerdo.

ANEXO 1

Descripción y ubicación

El monasterio de Santa María de Lillet está situado a unos dos

kilómetros hacia levante del núcleo de La Pobla de Lillet. La primitiva iglesia,

de la que sólo se conservan elementos reutilizados, consta consagrada

en el año 833 y tenía funciones parroquiales en el valle de Lillet. En

el siglo XI se construyó una canónica formada por una comunidad de

clérigos y laicos que seguía la regla de los agustinos. En 1100, el obispo

de Urgell creó una cofradía que alcanzó gran importancia y expansión

territorial por todo el valle en los siglos XII y XIII. Las reformas efectuadas

en el siglo XIV, ya de carácter gótico, condujeron a una nueva consagración

en 1397. En el siglo XV sufrió los efectos de un terremoto, cosa que dio

lugar a reformas y a una nueva consagración. Desde finales del siglo XIX

el monasterio fue perdiendo importancia y, a raíz de un incendio en 1936,

se aceleró el proceso de expolio y degradación. Entre 1989 y 1993 fue

objeto de consolidación por parte del Departamento de Cultura de la

Generalidad.

Se trata de un edificio románico, con elementos anteriores y

transformaciones en épocas gótica y barroca. La iglesia es de una sola nave,

encabezada a levante por tres ábsides (sólo quedan dos), con presbiterio

y crucero. Este último presenta restos de un antiguo cimborrio, después

transformado en cúpula. La nave ha sido modificada con la apertura de

capillas laterales y decoración barroca. El acceso primitivo se encontraba

en la fachada de poniente. En época gótica se abrió un nuevo portal de

acceso en el brazo norte del crucero. Adosado a mediodía de la iglesia

está el claustro, de planta cuadrada y dos pisos, rodeado por las

dependencias monacales.

ANEXO 2

Justificación del entorno de protección

La delimitación del entorno de protección del monasterio de Santa

María de Lillet tiene como finalidad controlar la relación entre este

monumento y el espacio rural que le da soporte ambiental, cuya alteración

puede afectar los valores culturales o la contemplación, visualización y

estudio de este monasterio.

El monasterio de Santa María de Lillet se encuentra en un punto

predominante en la orilla izquierda del río Arija, y está ubicado en el punto

de confluencia entre el camino de Sant Jaume de Frontanyà y el antiguo

camino de La Pobla de Lillet. Como rasgo remarcable desde el punto de

vista ambiental debe destacarse la existencia de la ermita de Sant Miquel

de Lillet, uno de los pocos ejemplos de tipología de edificio religioso

románico de planta circular que está situado en una cota superior respecto

del monasterio.

Por este motivo se ha considerado necesario delimitar su entorno al

norte, noreste y noroeste por la cota 875, que engloba parte de los terrenos

que conforman el basamento del monasterio y permiten la visión de las

fachadas norte y este y también se incluye parcialmente el conjunto de

prados y campos conocidos con el nombre de Pla del Monestir, desde

donde se tiene, así como desde el camino de acceso, la visual más definida

de la fachada de poniente y más habitual desde la carretera que va de

La Pobla de Lillet a Ripoll. Al sur, sudoeste y sudeste, los límites responden

al camino de La Pobla de Lillet, a los campos y límites de campos y prados

existentes y a límites topográficos y geográficos definidos sobre el territorio

como el puente y el torrente del Junyent, que permiten la visualización

desde los caminos de acceso al monasterio y desde un perímetro suficiente

para permitir la correcta contemplación desde todos los ángulos de todas

las fachadas, cubiertas y volumetría del monasterio.

Plano (Ver imagen página 40070)

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