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Documento BOE-A-1999-22298

Resolución de 10 de noviembre de 1999, del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, por la que se convocan ayudas destinadas a la financiación de existencias de carbón autóctono en centrales térmicas superiores a las cuantías necesarias para cubrir setecientas veinte horas de funcionamiento.

Publicado en:
«BOE» núm. 276, de 18 de noviembre de 1999, páginas 40147 a 40147 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1999-22298

TEXTO ORIGINAL

Por diversos motivos, los consumos de combustible en las centrales

térmicas pueden no ser paralelos a los compromisos de adquisición, dando

lugar a almacenamientos transitorios, superiores a los considerados como

mínimos necesarios para garantizar el funcionamiento de las centrales.

La Orden de 19 de octubre de 1998 por la que se regulan las ayudas

destinadas a la financiación de existencias de carbón en centrales térmicas

superiores a las cuantías necesarias para cubrir setecientas veinte horas

de funcionamiento, prevé que las empresas eléctricas en cuyas centrales

se produzcan estos almacenamientos tendrán derecho a percibir una ayuda

para financiarlos, a los efectos de mantener las adquisiciones de carbón

autóctono contratadas que permitan la actividad regular de las minas.

Dicha Orden de 19 de octubre de 1998, establece en su disposición

cuarta su vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2005 y la publicación

de una convocatoria anual ajustada a lo regulado en la ya citada Orden.

En su virtud y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 81 del

texto refundido de la Ley General Presupuestaria y en el Real Decreto

2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de

Procedimiento para la Concesión de Subvenciones Públicas, resuelvo:

Primero. Convocatoria.-De conformidad con la habilitación

contenida en el punto cuarto de la Orden de 19 de octubre de 1998 por la que

se regulan las ayudas destinadas a la financiación de existencias de carbón

en centrales térmicas superiores a las cuantías necesarias para cubrir

setecientas veinte horas de funcionamiento, se convoca con cargo a la

aplicación presupuestaria 20.101.741F.472 del vigente presupuesto del

Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo

Alternativo de las Comarcas Mineras, con el límite de la disponibilidad

presupuestaria, la concesión de subvenciones para 1999, destinadas a la

financiación de existencias de carbón autóctono en centrales térmicas superiores

a las cuantías necesarias para cubrir setecientas veinte horas de

funcionamiento. Las bases reguladoras de estas subvenciones son las contenidas

en la mencionada Orden.

Segundo. Requisitos.-Los requisitos serán los establecidos en la

Orden de 19 de octubre de 1998, en su punto tercero, referidos a los

siguientes suministros:

a) Suministros de carbones autóctonos entregados hasta el 31 de

diciembre de 1998, cuyas cifras figuran en el anexo de esta Resolución.

b) Suministros de carbones entregados a partir del 1 de enero de 1999,

adquiridos mediante contrato de compra de carbón autóctono de empresas

mineras receptoras de ayudas al funcionamiento con el límite de los

suministros contratados por central térmica y empresa minera en 1998.

c) Otros suministros de acuerdo con la letra c) de la disposición

tercera de la Orden de 19 de octubre de 1998.

Tercero. Plazo de presentación.-Las solicitudes se presentarán en el

plazo de un mes desde la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"de

la presente Resolución.

Cuarto. Entrada en vigor.-La presente Resolución entrará en vigor

el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 10 de noviembre de 1999.-El Presidente, José Manuel Serra

Peris.

Ilma. Sra. Directora general del Instituto.

ANEXO

Existencias en los parques de carbón de las centrales térmicas

a 31 de diciembre de 1998

Almacenamiento

Miles de toneladas

Valor de la existencia

Millones de pesetas

Centrales térmicas

Aboño . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53,9664 279

Lada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 227,1490 1.438

Almacenamiento

Miles de toneladas

Valor de la existencia

Millones de pesetas

Centrales térmicas

Soto de Ribera . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 177,8081 1.052

Narcea . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40,8104 245

Anllares . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 920,6329 6.194

Compostilla . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 804,8216 5.454

La Robla . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 414,0534 2.822

Velilla del río Carrión . . . . . . . . . . . . . . 412,3431 2.950

Puertollano . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 335,0109 2.518

Puente Nuevo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 614,1978 3.505

Cercs . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 66,7489 306

Escatrón . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 342,6195 1.814

Teruel . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.186,9899 9.613

Escucha . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 328,8132 1.805

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.925,9651 39.995

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