Advertidos errores en la base 2.5 y en el anexo I de la Resolución
de 15 de octubre de 1999, de la Dirección General de Recursos
Humanos del Instituto Nacional de la Salud, por la que se convoca
concurso de traslados voluntario para plazas de personal
estatutario facultativo de atención primaria,
Esta Dirección General resuelve:
Primero.-Proceder a la corrección de errores apreciados en
los términos que se indican a continuación:
La base 2.5 de la convocatoria queda redactada como sigue:
"Los concursantes que hubieran obtenido su reingreso en una plaza
con carácter provisional en equipo de atención primaria o área,
están obligados a participar en el presente concurso de traslados
y solicitarla. En el supuesto de no obtener plaza, habiendo
solicitado además todas las convocadas en su área de salud y de
su misma modalidad, podrán optar por obtener nuevo destino
provisional o por pasar a la situación de excedencia voluntaria.
No obstante, estos concursantes en situación de reingreso
provisional podrán solicitar también cualquier otra de las ofrecidas.
Su no participación, o no haber resultado adjudicatario, no
habiendo solicitado todas las plazas convocadas en su área de
Salud y de su misma modalidad, ocasionará ser declarado de oficio
en situación de excedencia voluntaria, debiendo permanecer en
la misma, al menos, un año antes de poder solicitar nuevo
reingreso provisional o a efectos de su participación en ulterior
concurso de traslados".
En el anexo I, categoría de Médico de Familia, donde dice:
"Provincia Baleares, localidad Ponent, EAP Ponent"; debe decir:
"Provincia Baleares, localidad Palma de Mallorca, EAP Ponent".
Donde dice: "Provincia Baleares, localidad Son Ferriol, EAP
Son Ferriol", debe decir: "Provincia Baleares, localidad Palma de
Mallorca, EAP Son Ferriol".
En el anexo I, categoría de Odontoestomatólogo, donde dice:
"Provincia Toledo, localidad Talavera de la Reina, CAP Talavera,
CIAS 1108000301A", debe decir: "Provincia Toledo, localidad
Talavera de la Reina, CAP Talavera, CIAS 1108000303M".
Segundo.-El artículo 49.1 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que "La
Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio
o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos
establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las
circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos
a terceros".
Dándose las circunstancias previstas en el citado artículo, esta
Dirección General resuelve ampliar el plazo de presentación de
instancias establecido en la base 3.9 de la convocatoria, en el
plazo máximo legalmente permitido, es decir, en quince días
hábiles. Así pues, el último día del plazo de presentación de solicitudes
será el próximo día 24 de diciembre de 1999, inclusive.
Tercero.-La presente Resolución pone fin a la vía
administrativa (disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997,
de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la
Administración General del Estado) y, contra ella, podrá interponerse,
alternativamente, recurso potestativo de reposición ante este
centro directivo, dentro del plazo de un mes, contado desde el
siguiente día al de publicación de esta Resolución (artículos 116 y 117
y disposición transitoria segunda, párrafo segundo de la
Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre), o bien interponer directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, dentro del plazo de dos meses
a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente,
a tenor de lo previsto en los artículos 10.1.i) y j), 14.1.2.a y 46.1)
de la Ley 29/1998, de 13 de julio ("Boletín Oficial del
Estado" del 14), reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Madrid, 12 de noviembre de 1999.-El Director general,
Roberto Pérez López.
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