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Documento BOE-A-1999-22537

Resolución de 12 de noviembre de 1999, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se corrigen errores de la de 21 de octubre de 1999, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna, en la Escala Auxiliar de Organismos Autónomos y se establece un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 24 de noviembre de 1999, páginas 40741 a 40743 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1999-22537

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto de la Resolución de 21 de octubre

de 1999, de la Secretaría de Estado para la Administración

Pública, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso,

por promoción interna, en la Escala Auxiliar de Organismos

Autónomos, publicada en el "Boletín Oficial del Estado" número 263

de 3 de noviembre de 1999, se procede a lo siguiente:

Primero.-Efectuar las oportunas correcciones:

En la página 38488, en la base 1.2, línea undécima, donde

dice: "... el Real Decreto 493/1998, de 27 de marzo, por el que

se aprueba la oferta de empleo público para 1998 ("Boletín Oficial

del Estado" del 28); la Circular de 7 de abril de 1998, del Secretario

de Estado para la Administración Pública, sobre régimen

transitorio de participación en pruebas selectivas y abono de los

correspondientes derechos de examen y las bases de esta convocatoria",

debe decir: "... el Real Decreto 521/1999, de 26 de marzo, por

el que se aprueba la oferta de empleo público para 1999 ("Boletín

Oficial del Estado" del 27) y las bases de esta convocatoria".

En la página 38488, en la base 1.3, líneas primera y segunda,

donde dice "... la adjudicación de las plazas de promoción general

y reserva de discapacitados se efectuará...", debe decir: "... la

adjudicación de las plazas de promoción general se efectuará...".

En las páginas 38489 y 38490 la base 3 queda redactada

de la siguiente forma:

"3.1 La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas

que, en todo caso, se ajustará al modelo oficial 750, será facilitada

gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las

Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno, en el

Instituto Nacional de Administración Pública (calle Atocha,

número 106, de Madrid), en la Dirección General de la Función Pública

(calle María de Molina, número 50, de Madrid), en el Centro de

Información Administrativa de la Inspección General de Servicios

de la Administración Pública (calle María de Molina, número 50,

de Madrid), así como en las representaciones diplomáticas o

consulares de España en el extranjero.

3.2 En la tramitación de sus solicitudes los aspirantes tendrán

en cuenta:

3.2.1 Las solicitudes constan de tres ejemplares: Ejemplar

para la Administración, ejemplar para el interesado y ejemplar

para la entidad colaboradora. El ejemplar para la Administración,

debidamente cumplimentado, se dirigirá al Director del Instituto

Nacional de Administración Pública y se le adjuntará, cosida, una

fotocopia del documento nacional de identidad.

3.2.2 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte

días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación

de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

3.2.3 La presentación de solicitudes (ejemplar para la

Administración) podrá hacerse por correo al apartado 7107 de Madrid,

en el Registro General del Instituto Nacional de Administración

Pública (calle Atocha, número 106, 28012 Madrid) o en la forma

establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes suscritas por los españoles residentes en el

extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en la base 3.2.2

a través de las representaciones diplomáticas o consulares

españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al

Instituto Nacional de Administración Pública. El interesado adjuntará

a dicha solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los

derechos de examen mediante el oportuno ingreso del importe

cor respondiente en la c uenta corriente número

0104-301-28-0302039608, abierta en la sucursal 0301, calle

Serrano, número 37, de Madrid, del Banco Exterior de España,

a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de Administraciones

Públicas. Tasa 22.020. Derechos de examen". El ingreso podrá

efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Exterior

de España o mediante transferencia desde cualquier entidad

bancaria. A estos efectos, los importes correspondientes a la tasa

por los derechos de examen, son los que se establecen en la base

3.3 de la presente convocatoria.

3.2.4 Los aspirantes no podrán presentar más de una

solicitud.

3.3 De acuerdo con el artículo 18 de la Ley 66/1997, de

30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden

Social, la tasa por derechos de examen será de 750 pesetas.

Estarán exentas del pago de la tasa las personas con

discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a

la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

Igualmente, y de conformidad con lo establecido en el

artículo 17 de la Ley 50/1998, estarán exentas del pago de la tasa

las personas que figuren como demandantes de empleo durante

el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria,

siempre que en el plazo de que se trate no hubieran rechazado

oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar,

salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o

reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas

superiores en cómputo mensual al salario mínimo interprofesional. La

certificación relativa a la condición de demandante de empleo,

con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará en la

correspondiente oficina del Instituto Nacional de Empleo. En cuanto

a la acreditación de las rentas se efectuará mediante una

declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos

se deberán acompañar a la solicitud.

El ingreso del importe de las tasas por derechos de examen

se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier

Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa de Crédito de las que actúan

como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la

validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,

a través de certificación mecánica o, en su defecto, sello y firma

autorizada de la misma en el espacio destinado a estos efectos.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso, la presentación y pago en la entidad

colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación, en

tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la

base 3.2.1.

3.4 El aspirante deberá observar las siguientes instrucciones

en la cumplimentación de su solicitud:

3.4.1 En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro

correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán

"Administraciones Públicas". En el recuadro relativo a centro gestor se

hará constar "Subsecretaría". En el espacio destinado a código

que figura debajo se cumplimentará el 22001. En el espacio

destinado a código se hará constar el 22020, rellenándose sólo los

dos primeros dígitos.

3.4.2 En el recuadro 15 se señalará "Escala Auxiliar de

Organismos Autónomos". En el recuadro referido a "Código" se

escribirá el número "6032".

3.4.3 Los recuadros 16, "Especialidad" y 17, "Forma de

acceso" han de dejarse en blanco.

3.4.4 En el recuadro número 19 se especificará la fecha del

"Boletín Oficial del Estado" en el que se haya publicado la presente

convocatoria.

3.4.5 La fase de oposición se realizará en Madrid capital.

Los aspirantes harán constar esta circunstancia en el

recuadro 20.

3.4.6 Los aspirantes con minusvalía podrán indicar en el

recuadro número 21 de la solicitud el porcentaje de minusvalía

que tengan acreditado, cumplimentando, asimismo, el recuadro

número 23 si precisaran alguna adaptación de tiempo y medios

en la realización de las pruebas.

3.4.7 En el recuadro número 24 denominado "Exigido en la

convocatoria", se indicará de las siguientes opciones el dígito que

corresponda de acuerdo con la mayor titulación académica

poseída:

Dígito "1". Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto

o equivalente.

Dígito "2". Título de Ingeniero técnico, Diplomado

universitario, Arquitecto técnico o equivalente.

Dígito "3". Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado

Polivalente, Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de segundo

grado o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso

a la Universidad para mayores de veinticinco años.

Dígito "4". Graduado Escolar, Formación Profesional de primer

grado o equivalente.

3.4.8 En el recuadro A) del epígrafe 25, "Datos a consignar

según las bases de la convocatoria", se consignará el código del

Cuerpo o Escala a que pertenezca el aspirante, según se contiene

en el anexo IV a esta convocatoria.

3.4.9 El importe de la tasa por derechos de examen a que

hace referencia la base 3.3 se consignará en el recuadro destinado

al mismo en el modelo de solicitud.

3.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si la

Comisión Permanente de Selección tuviese conocimiento de que alguno

de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos

en la presente convocatoria o de certificación acreditada resultara

que su solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitan

el acceso a la Escala Auxiliar de Organismos Autónomos en los

términos establecidos por la presente convocatoria, en estos

supuestos, y previa audiencia del interesado, la Comisión

Permanente de Selección de Personal deberá proponer su exclusión

al Secretario de Estado para la Administración Pública,

comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas

por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas

a los efectos procedentes.

Contra la exclusión del aspirante podrá interponerse, con

carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes a

partir del día siguiente al de su notificación ante el órgano que

la dicta, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo

de dos meses desde el día siguiente al de su notificación.

En la página 38490, base 4.1, líneas primera y segunda, donde

dice "el Director del Instituto Nacional de Administración Pública",

debe decir: "el Secretario de Estado para la Administración

Pública".

En la página 38490, base 4.1, líneas quinta y sexta, donde

dice "... admitidos a las pruebas selectivas por promoción general

o reserva de discapacitados", debe decir: "admitidos a las pruebas

selectivas por promoción general".

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse como tales

podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición

del interesado".

En la página 38490, base 6.4, línea sexta, donde dice "base

3.4.3" debe decir: "base 3.4.6".

En la página 38491, base 7.1.a), tercera línea, donde dice

"... a que se refiere la base 1.5.1", debe decir: "a que se refiere

la base 1.4.1".

En la página 38491, base 7.1.e), líneas segunda y tercera,

donde dice: " .... conforme a la base 9 de la Orden de 13 de

noviembre de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 20)", debe

decir: "conforme a la base 9 de la Resolución de 20 de julio de

1998 ("Boletín Oficial del Estado" de 23 de septiembre)".

En la página 38491, en la base 8.1, línea segunda donde dice:

"Madrid capital, tal y como ya se ha señalado en la base 3.4.2",

debe decir: "Madrid capital, tal y como ya se ha señalado en la

base 3.4.5".

En la página 38491, base 10, tercera línea, donde dice: "en

la base 1.6.1 de la convocatoria", debe decir: "en la base 1.5.1

de la convocatoria".

En la página 38491, base 11.4, líneas segunda y tercera, donde

dice "... relaciones definitivas de aspirantes de promoción general

y reserva de discapacitados ...", debe decir: "relación definitiva

de aspirantes".

En la página 38493 relativa al anexo I, se suprime éste

quedando sin efecto.

En la página 38495, anexo III, y en la casilla de la derecha,

"AÑOS", relativa a años de servicio completos prestados, quinta

línea, donde dice "en el anexo III [Base 2.e de la convocatoria]",

debe decir "Anexo IV [Base 2.d] de la convocatoria".

Segundo.-Establecer un nuevo plazo de veinte días naturales,

a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución

en el "Boletín Oficial del Estado", a efectos de presentación de

solicitudes a las pruebas selectivas para ingreso en la Escala

Auxiliar de Organismos Autónomos.

Madrid, 12 de noviembre de 1999.-El Secretario de Estado,

Ignacio González González.

Ilmos. Sres. Director del Instituto Nacional de Administración

Pública, Director general de la Función Pública y Presidente

de la Comisión Permanente de Selección de Personal.

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