Visto el expediente de indulto de doña María Castell Osuna, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por
la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Girona, en sentencia
de fecha 17 de diciembre de 1996, como autora de un delito contra la
salud pública, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión
menor y multa de 101.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión
de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la
condena, por hechos cometidos en el año 1991, a propuesta de la Ministra de
Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del
día 5 de noviembre de 1999,
Vengo en conmutar a doña María Castell Osuna la pena privativa de
libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que no
vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación
del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 5 de noviembre de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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