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Visto el expediente de indulto de doña Antonia García Cuenca, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada
por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Córdoba, en sentencia
de fecha 7 de junio de 1999, resolutoria de recurso de apelación interpuesto
contra otra del Juzgado de lo Penal número 4 de Córdoba, de fecha 10
de noviembre de 1998, como autora de un delito continuado de robo con
fuerza en las cosas, a la pena de cuatro años, dos meses y un día de
prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público
y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos
cometidos en el año 1994, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de noviembre
de 1999,
Vengo en indultar a doña Antonia García Cuenca la pena privativa
de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a
cometer delito doloso en el plazo de cuatro años, desde la publicación
del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 5 de noviembre de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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