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Documento BOE-A-1999-22574

Resolución de 8 de octubre de 1999, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se autoriza a la empresa "Inspección y Garantía de Calidad, Sociedad Anónima", su actuación como organismo de control.

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 24 de noviembre de 1999, páginas 40805 a 40805 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-1999-22574

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada por Heliodoro Beléndez Aspe, en nombre

y representación de "Inspección y Garantía de Calidad, Sociedad Anónima",

IGC, con domicilio social en calle Vía de las Dos Castillas, 33, centro

empresarial "Ática 7", edificio número 7, 28224 Pozuelo de Alarcón (Madrid),

para la autorización de actuación como organismo de control autorizado

en el campo reglamentario de instalaciones de calefacción, climatización

y agua caliente sanitaria.

Visto el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se

aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad

Industrial ("Boletín Oficial del Estado" de 6 de febrero de 1996).

Resultando que la empresa ha presentado la documentación exigida

en el citado Real Decreto.

Considerando que en la tramitación del expediente se han cumplido

todos los requisitos reglamentarios.

Considerando que en la documentación presentada, se acredita que

la empresa cumple con las exigencias generales establecidas en el Real

Decreto citado para su actuación en el ámbito reglamentario citado en

el encabezamiento.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.-Autorizar a la empresa "Inspección y Garantía de Calidad,

Sociedad Anónima" IGC, la actuación como organismo de control en el

ámbito reglamentario de instalaciones de calefacción, climatización y agua

caliente sanitaria, limitando dicha autorización a las actuaciones

reglamentarias enmarcadas en los Reglamentos y normativa técnica especificada

en el documento de acreditación de la Entidad Nacional de Acreditación,

número 07/EI/005/1997, de fecha 6 de junio de 1997 y su anexo técnico

Rev. 5 de fecha 30 de julio de 1999.

Segundo.-La presente autorización de actuación como organismo de

control tiene una validez hasta el día 6 de junio de 2001, debiendo

solicitarse su renovación antes de dicha fecha.

Tercero.-La citada entidad queda autorizada para actuar en el ámbito

reglamentario y con las limitaciones expresadas en los puntos primero

y segundo en todo el territorio nacional, debiendo en todo caso para actuar

en cualquier Comunidad Autónoma, ajustar sus actuaciones a lo recogido

en la Ley de Industria 21/1992, de 16 de julio, y el Real Decreto 2200/1995,

de 28 de diciembre.

Adicionalmente, y para la actuación en el campo reglamentario citado

dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, esta autorización

queda supeditada al cumplimiento de los requisitos suplementarios que

puedan ser establecidos por esta Dirección General de Industria, Energía

y Minas.

Cuarto.-Cualquier variación de las condiciones o requisitos, que

sirvieron de base para la presente autorización, deberá comunicarse al día

siguiente de producirse a la Dirección General de Industria, Energía y

Minas de la Comunidad de Madrid.

Contra esta Resolución podrá interponerse recurso de alzada en el

plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar

la notificación, ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y

Empleo de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114

de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, 8 de octubre de 1999.-El Director general, José Eugenio

Martínez Falero.

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