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Documento BOE-A-1999-22662

Orden de 27 de octubre de 1999 por la que se amplía el crédito establecido en la Orden de 1 de marzo de 1999 por la que se regula la concesión de subvenciones por las actividades de reutilización de aceites usados durante el año 1998.

Publicado en:
«BOE» núm. 282, de 25 de noviembre de 1999, páginas 40915 a 40915 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1999-22662

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 1 de marzo de 1999 tiene por objeto determinar las bases

para el otorgamiento de las ayudas por las actividades de reutilización

de aceites usados durante 1998, teniendo en cuenta las competencias que

sobre la gestión en materia de medio ambiente corresponden a las

Comunidades Autónomas. Todo ello de acuerdo con las habilitaciones contenidas

en la Orden de 28 de febrero de 1989, como norma de incorporación

al ordenamiento interno de las Directivas 75/439/CEE, el Real Decreto

2225/1993, de 17 de diciembre, que aprueba el Reglamento del

Procedimiento para la concesión de subvenciones públicas y la Ley de

Presupuestos Generales del Estado para 1999.

Las Comunidades Autónomas están dictando las correspondientes

resoluciones mediante las que se conceden las subvenciones a las empresas

que actúan dentro de su ámbito territorial, conforme se establece en el

apartado quinto de la Orden de 1 de marzo de 1999. Dado que el importe

total, en el ámbito nacional, ha sido ampliamente superado y con la

finalidad de que la reducción proporcional para ajustar el importe total de

las subvenciones concedidas al crédito presupuestario disponible, de

acuerdo con el punto 2 del apartado tercero de dicha Orden, sea menor que

con las previsiones actuales, se ha decidido la ampliación del crédito

destinado a estas ayudas.

En su virtud, dispongo:

Disposición única.

El punto 2 del apartado tercero de la Orden de 1 de marzo de 1999

("Boletín Oficial del Estado" del 22), queda redactado en los siguientes

términos:

"2. El importe total de las subvenciones reconocidas se abonará

con cargo a la aplicación presupuestaria 23.08.443D.750 de los

Presupuestos Generales del Estado para 1999 correspondientes al

Ministerio de Medio Ambiente, y no podrá superar la cantidad

máxima de 1.225.000.000 de pesetas (7.362.398,28 euros), por lo que

de resultar necesario se reducirán proporcionalmente las cuantías

de las subvenciones en la cantidad que sea precisa para respetar

dicho límite."

Madrid, 27 de octubre de 1999.

TOCINO BISCAROLASAGA

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