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Documento BOE-A-1999-22686

Orden de 8 de noviembre de 1999 por la que se aprueban dos convocatorias de pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado, una por el sistema de turno libre y otra por el sistema de promoción interna contemplado en el artículo 5 del Real Decreto 521/1999, de 26 de marzo.

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 26 de noviembre de 1999, páginas 40960 a 40967 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1999-22686

TEXTO ORIGINAL

Ambas convocatorias se regirán por las mismas bases. Los

aspirantes deberán optar por presentarse únicamente a una de las

dos convocatorias. En ningún caso las plazas que pudieran quedar

vacantes en la convocatoria de promoción interna podrán

acumularse a la convocatoria del turno libre.

Así, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto

521/1999, de 26 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 27),

por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año

1999, y con el fin de atender las necesidades de personal del

Ministerio de Economía y Hacienda, en uso de las competencias

que le están atribuidas en el artículo 1.a), del Real Decreto

1084/1990, de 31 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" de 5

de septiembre), previo informe favorable de la Dirección General

de la Función Pública, este Ministerio acuerda convocar pruebas

selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Técnicos

Comerciales y Economistas del Estado, código 0601, con sujeción

a las siguientes

Bases de las convocatorias

1. Normas generales

1.1 En la convocatoria para turno libre se convocan pruebas

selectivas para cubrir 12 plazas.

1.1.1 De acuerdo con la disposición adicional decimonovena

de la Ley 23/1988, 28 de julio, de modificación de la Ley de

Medidas para la Reforma de la Función Pública; 30/1984, de

2 de agosto, del total de plazas ofertadas se reservará un 3 por

100 para ser cubiertas por personas con minusvalía con grado

de discapacidad igual o superior al 33 por 100. Este cupo de

reserva asciende en la presente convocatoria a una plaza. Esta

plaza se acumulará al sistema general de acceso libre, en caso

de no ser cubierta.

1.2 En la convocatoria para promoción interna se convocan

pruebas selectivas para cubrir cinco plazas de las previstas en

el artículo 5 del Real Decreto 521/1999, de 26 de marzo.

1.3 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio;

el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Real Decreto

521/1999, de 26 de marzo, y lo dispuesto en las presentes

convocatorias.

1.4 Cada proceso selectivo constará de una fase de oposición,

con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se

especifican en el anexo I, y de otra fase consistente en un curso

selectivo.

1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de estas convocatorias.

1.6 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso.

1.7 El primer ejercicio de la fase de oposición no se iniciará

antes del 1 de marzo del año 2000, y la duración máxima de

esta fase será de catorce meses, contados a partir de la publicación

en el "Boletín Oficial del Estado" de las presentes convocatorias.

1.8 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios

obligatorios de la fase de oposición serán nombrados funcionarios

en prácticas por la autoridad convocante. Estos funcionarios en

prácticas deberán superar el curso selectivo al que se refiere la

base 1.4, el cual comenzará en el plazo máximo de tres meses,

a partir de la terminación del fijado en la base 8.1 de las presentes

convocatorias.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por

cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por

causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por

la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente

posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación

obtenida, una vez desaparecidas las causas que impidieron su

realización.

Quienes no superen el curso selectivo perderán el derecho a

su nombramiento como funcionarios de carrera de acuerdo con

lo previsto en el artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995, de

10 de marzo.

1.9 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier

propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula

de pleno derecho. Por tanto, este número no podrá ser superior

a doce en la convocatoria de acceso libre, ni superior a cinco

en la convocatoria de promoción interna.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas

los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español.

2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones

públicas.

2.2 Los aspirantes que concurran por la convocatoria de

promoción interna deberán pertenecer el día de la publicación de

las presentes convocatorias en el "Boletín Oficial del Estado" a

Cuerpos o Escalas del grupo B, estar incluidos en el ámbito de

aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

tener una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala

a la que pertenezcan el día de finalización del plazo de presentación

de solicitudes y reunir los demás requisitos exigidos en estas

convocatorias.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, en

puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a las

de los Cuerpos y Escalas del grupo B, serán computables a efectos

de antigüedad, para participar en la convocatoria de promoción

interna en estas pruebas selectivas.

2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión

como funcionarios de carrera.

2.4 Aquellos aspirantes que reúnan la condición de

funcionarios de organismos internacionales habrán de ajustarse a los

requisitos y condiciones que para el acceso de los mismos en

los Cuerpos y Escalas de la Administración del Estado establece

el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de

funcionarios de nacionalidad española de organismos

internacionales a los Cuerpos y Escalas de la Administración General del

Estado.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en la instancia que será facilitada

gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades

Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno en las

provincias, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio

de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la

Función Pública, en el Instituto Nacional de Administración Pública,

en la Subdirección General de Gestión de Recursos Humanos del

Ministerio de Economía y Hacienda y en las representaciones

diplomáticas o consulares de España en el extranjero.

Junto con la instancia deberán adjuntarse dos fotocopias del

documento nacional de identidad.

Las instrucciones para cumplimentar el impreso serán las que

se detallan a continuación:

En el recuadro correspondiente a Ministerio, consigne

Ministerio de Economía y Hacienda.

En el recuadro dedicado a Centro Gestor, consigne

Subsecretaría y el código 15001.

En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen,

consigne el código 15020.

En el recuadro donde figura el año de la convocatoria,

señale 99.

15. Cuerpo, Escala, grupo profesional o categoría. Consigne

el texto del Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y

Economistas del Estado y el código 0601.

17. Forma de acceso: Consigne la letra "L" si se presenta

por la convocatoria de turno libre, "R" si se presenta por la

convocatoria de promoción interna y "D" si se presenta por la

convocatoria de promoción interna y pertenece al Cuerpo de

Diplomados Comerciales del Estado.

18. Ministerio/organismo/entidad convocante. Consigne

Ministerio de Economía y Hacienda.

19. Fecha de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

de la convocatoria.

21. Minusvalía. Indicar el porcentaje del grado de minusvalía

según el dictamen del órgano competente.

22. Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior

al 33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas

por el cupo de reserva de discapacitados deberán indicar tal

circunstancia marcando una cruz en el recuadro que figura en esta

casilla.

25. En el apartado A) deberá consignarse la titulación poseída

o en condiciones de poseer, en el B) la lengua extranjera moderna

escogida entre las que figuran en el párrafo cuarto del anexo I,

y en el C) la lengua extranjera elegida para el examen voluntario

de idiomas excluidas las dos del ejercicio obligatorio.

3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General del Ministerio de Economía y Hacienda, calle Alcalá, números

5 a 11, o paseo de la Castellana, 162, de Madrid, o en la forma

establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, desarrollado por el Real

Decreto 772/1999, de 7 de mayo ("Boletín Oficial del Estado"

del 22), en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente

al de la publicación de estas convocatorias en el "Boletín Oficial

del Estado" y se dirigirá al Subsecretario de Economía y Hacienda.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario

de haber satisfecho los derechos de examen.

3.3 Los aspirantes con minusvalía deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la

misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro

número 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para

la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea

necesaria.

3.4 Los derechos de examen serán de 4.000 pesetas y se

ingresarán en efectivo en cualquier banco, caja de ahorros o

cooperativa de crédito, de las que actúan como entidades

colaboradoras en la recaudación tributaria.

Los aspirantes que presenten su solicitud en el extranjero

ingresarán los derechos de examen en la cuenta corriente número

0104-0808-28-0302345038 del Banco Exterior.

Aquellos aspirantes que concurran a las pruebas selectivas por

la convocatoria de promoción interna, gozarán de una bonificación

del 50 por 100 de la tasa, siendo su cuantía 2.000 pesetas.

Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por

100, debiendo acompañar, a la solicitud, certificado acreditativo

de tal condición.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

publicación de las presentes convocatorias. Será requisito para

el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no

hubieren rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen

negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de

promoción, formación o reconversión profesionales que, asimismo,

carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario

mínimo interprofesional. La certificación relativa a la condición

de demandante de empleo con los requisitos previstos en la Ley,

se solicitará en la correspondiente oficina del Instituto Nacional

de Empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se efectuará

mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante.

Ambos documentos se deberán acompañar a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las entidades

mencionadas supondrá sustitución de trámite de presentación, en

tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el

Subsecretario de Economía y Hacienda dictará Resolución en el plazo

máximo de un mes, declarando aprobadas las listas de admitidos

y excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el

"Boletín Oficial del Estado", se indicarán los lugares en que se

encuentran expuestas al público las listas certificadas completas

de aspirantes admitidos y excluidos y se determinará el lugar y

la fecha de realización del primer ejercicio. Dichas listas deberán

ser expuestas, en todo caso, en los Servicios Centrales del

Ministerio de Economía y Hacienda, en las Delegaciones de Gobierno

en las Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones del

Gobierno en las provincias, así como en la Dirección General de

la Función Pública y en el Centro de Información Administrativa

del Ministerio de Administraciones Públicas. En las listas deberá

constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número del

documento nacional de identidad, así como la causa de exclusión.

4.2 Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un

plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de

la publicación de la Resolución, para subsanar el defecto que haya

motivado la exclusión u omisión.

Contra la Resolución definitiva, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de

reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al

de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante el mismo

órgano que la dicta, o recurso contencioso-administrativo en el

plazo de dos meses ante el órgano judicial competente de acuerdo

con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado"

del 14), en el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.3 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputables al

sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los

derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas

selectivas por causa imputable al interesado, por lo que el supuesto

de exclusión por no cumplir los requisitos o no aportar los

documentos exigidos en las convocatorias, no dará lugar a la devolución

de los derechos de examen.

En el caso de que proceda el derecho a la devolución de la

tasa, en aplicación de la Orden del Ministerio de Economía y

Hacienda de 22 de marzo de 1991 sobre devolución de ingresos

indebidos, que desarrolla el Real Decreto 1163/1990, de 21 de

septiembre, corresponderá al Departamento ministerial u

organismo público convocante proceder al reconocimiento de dicho

derecho y llevar a cabo la posterior tramitación para su abono.

A estos efectos se aplicará el procedimiento descrito en el apartado

15 de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 4 de

junio de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 5). La iniciación

de un expediente de devolución podrá realizarse bien de oficio

por la Administración o a instancia del interesado mediante

solicitud dirigida al Departamento ministerial u organismo público

convocante, según los casos.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo III a estas convocatorias.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Subsecretario de Economía y Hacienda,

cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el

artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o si hubiesen

realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas

en los cinco años anteriores a la publicación de estas

convocatorias.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

la Orden por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal

que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por

alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de

celebración de sesiones, deliberaciones, toma de acuerdos, y para

actuaciones posteriores, se requerirá la presencia del Presidente

y Secretario, o en su caso, de quienes los sustituyan, y la de

la mitad al menos de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará

la sesión de constitución, previa convocatoria del Presidente, en

el plazo máximo de treinta días a partir de su designación y mínimo

de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas

las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,

así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

5.6 El Tribunal podrá solicitar la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores corresponderá al Subsecretario de

Economía y Hacienda, a propuesta del Tribunal a través de la

Subdirección General de Gestión de Recursos Humanos.

5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.

En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3 las adaptaciones

posibles en tiempos y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,

sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales o de las Comunidades Autónomas competentes.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial

del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes, previa

aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás instancias, el

Tribunal tendrá su sede en la Secretaría General Técnica,

Subdirección General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio

de Economía y Hacienda (paseo de la Castellana, 162, planta

16, de Madrid).

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

A efectos de información, se dispone de los teléfonos

números 91 583 54 66 y 91 583 54 67.

5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "Q", de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública de 15 de abril de 1999 ("Boletín Oficial

del Estado" del 17), por la que se publica el resultado del sorteo

celebrado el día 14 de abril de 1999.

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer

apellido comience por la letra "Q", el orden de actuación se iniciará

por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "R", y

así sucesivamente.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su

personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente

justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración

del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal

en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en

la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y por cualesquiera

otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima

divulgación, con al menos veinticuatro horas de antelación a la

señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del

mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde

se haya celebrado la prueba anterior, en la citada sede del Tribunal

y por cualquier otro medio, si se juzga conveniente, con doce

horas, al menos, de antelación.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios de los requisitos exigidos por las presentes

convocatorias, previa audiencia del interesado, deberá proponer su

exclusión al Subsecretario de Economía y Hacienda,

comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el

aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a

los efectos procedentes.

Contra la Resolución que declara la exclusión del aspirante

podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el

plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su

notificación, ante el mismo órgano que la dicta, o recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano

judicial competente de acuerdo con lo previsto en la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de

enero y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

7. Lista de aprobados

Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará públicas, en

el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como

en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9, y en aquellos

otros lugares que estime oportuno, las relaciones independientes

de aspirantes aprobados, tanto en la convocatoria de acceso libre

como en la de promoción interna, por orden de puntuaciones

alcanzadas, con indicación de su documento nacional de identidad.

El Presidente del Tribunal enviará, a través de la Subdirección

General de Gestión de Recursos Humanos, copias certificadas de

ambas listas de aprobados al Subsecretario de Economía y

Hacienda, especificando igualmente el número de aprobados en cada

uno de los ejercicios. Dichas listas se publicarán en el "Boletín

Oficial del Estado".

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales desde el día siguiente

al de la publicación de las listas de aprobados en el "Boletín Oficial

del Estado" los opositores aprobados deberán presentar en la

Secretaría General Técnica del Ministerio de Economía y Hacienda,

Subdirección General de Gestión de Recursos Humanos, Paseo

de la Castellana, 162, planta 16, Madrid, los siguientes

documentos:

A) Fotocopia del documento nacional de identidad.

B) Fotocopia del título exigido en la base 2.1.3 o certificación

académica que acredite haber realizado todos los estudios para

la obtención del título.

C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,

mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo IV a estas

convocatorias.

D) Los aspirantes con minusvalía con grado de discapacidad

igual o superior al 33 por 100 deberán acreditar tal condición,

si obtuvieren plaza, mediante certificación de los órganos

competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y, en su

caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya probados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de

Personal o del Ministerio u organismo del que dependiesen para

acreditar tal condición, con expresión del número e importe de

trienios, así como la fecha de su cumplimiento.

Asimismo, deberán formular opción por la percepción de la

remuneración que deseen percibir durante su condición de

funcionarios en prácticas de conformidad con lo previsto en el Real

Decreto 456/1986, de 10 de febrero ("Boletín Oficial del Estado"

de 6 de marzo). Igualmente deberán hacerlo así quienes tengan

la condición de personal laboral o funcionario interino.

8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma

se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados

en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas

y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud

inicial.

8.4 Por orden de la autoridad convocante, se procederá al

nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se

determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho

nombramiento.

8.5 La petición de destinos por parte de los aspirantes

aprobados deberá realizarse una vez finalizado el curso selectivo, previa

oferta de los mismos.

8.6 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran

superado, cuyo número no podrá exceder, en ningún caso, al de plazas

convocadas, serán nombrados, a propuesta del Subsecretario de

Economía y Hacienda, funcionarios de carrera mediante

Resolución del Secretario de Estado para la Administración Pública, que

se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

8.7 La toma de posesión de los aspirantes aprobados se

efectuará en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a

la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial

del Estado".

8.8 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,

a través del Instituto Nacional de Administración Pública, y en

colaboración con los centros de formación de funcionarios

competentes, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes

seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las

Comunidades Autónomas en las que tengan destino, una vez nombrados

funcionarios de carrera.

9. Norma final

Las presentes convocatorias y cuantos actos administrativos

se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común y en la Ley de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las Resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto

en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 8 de noviembre de 1999.-El Ministro, P. D. (Orden

de 26 de noviembre de 1998, "Boletín Oficial del Estado" de 10

de diciembre), El Subsecretario, Fernando Díez Moreno.

Ilmos. Sres. Subsecretario de Economía y Hacienda, Secretario

general Técnico y Presidente del Tribunal.

ANEXO I

Proceso de selección y valoración

1. Proceso de selección

El proceso de selección constará de las siguientes fases:

A) Oposición.

B) Curso selectivo.

A) Fase de oposición.-La fase de oposición constará de cinco

ejercicios, todos ellos eliminatorios, excepto el voluntario de

idiomas. Los opositores que concurran por el turno de promoción

interna pertenecientes al Cuerpo de Diplomados Comerciales del

Estado estarán exentos de la realización de la segunda parte del

primer ejercicio (informe económico) y de la parte c) del quinto

ejercicio (Derecho Administrativo y Organización del Estado), en

el que quedarán calificados con "aprobado", realizando el resto

de las pruebas en las mismas condiciones que los aspirantes por

acceso libre.

Primer ejercicio: El primer ejercicio constará de dos partes:

La primera parte consistirá en una prueba escrita de hasta

un máximo de 75 preguntas, con respuestas alternativas, sobre

las materias que componen el temario del tercer ejercicio de la

oposición, que los candidatos deberán contestar en un máximo

de tres horas. Cada opositor depositará su ejercicio en un sobre

cerrado que entregará al Tribunal, el cual procederá a la apertura

de los sobres, a la corrección de los ejercicios y a su calificación.

La segunda parte del ejercicio será de carácter práctico y

consistirá en la elaboración por escrito por el opositor de un dictamen

sobre un problema económico con las informaciones o datos que,

en su caso, hayan sido suministrados por el Tribunal.

Posteriormente, los opositores realizarán la lectura pública del texto ante

el Tribunal, el cual podrá formular las preguntas que considere

oportunas en relación con el dictamen durante un período máximo

de quince minutos. La duración máxima de esta segunda parte

será de tres horas.

Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba sobre idiomas

extranjeros, debiendo demostrarse por el opositor el conocimiento,

como mínimo, de dos lenguas vivas, una de ellas la inglesa y

otra a escoger entre las siguientes: francesa, alemana, italiana,

rusa, china, árabe, portuguesa y japonesa, realizando para cada

una de ellas las siguientes pruebas:

a) Lectura a los opositores de un texto en el idioma de que

se trate durante el plazo máximo de quince minutos, pudiendo

aquéllos, si así lo desearan, tomar notas durante la misma. A

continuación realizarán una composición por escrito en el mismo

idioma, durante un período máximo de noventa minutos, sobre

el contenido del texto leído y sobre las preguntas que, en su caso,

el Tribunal formule en relación con el texto. Se permitirá el uso

del diccionario.

b) Prueba oral, consistente en la lectura por el opositor,

durante el plazo máximo de cinco minutos, previa preparación de diez

minutos, como máximo, de un texto en el idioma de que se trate,

seleccionado por el Tribunal. A continuación el opositor realizará

una exposición oral en el mismo idioma durante el plazo máximo

de diez minutos, sobre el tema del texto leído y sobre las preguntas

que el Tribunal formule. Asimismo, se procederá a la lectura de

la prueba escrita a que se refiere el apartado a).

Tercer ejercicio: Consistirá en una prueba oral en la que los

opositores desarrollarán en el plazo máximo de una hora dos temas

del anexo II. Uno, de la parte A) Economía General, elegido por

cada opositor entre dos extraídos al azar, y otro, de la parte B),

Economía Financiera, Economía Internacional y Relaciones

Económicas Internacionales, elegido, asimismo, por el opositor entre

dos extraídos al azar. Los opositores dispondrán de cuarenta y

cinco minutos de preparación previa y, al término de su exposición,

el Tribunal podrá dialogar con los mismos durante un periodo

máximo de veinte minutos sobre cuestiones relacionadas con los

temas desarrollados.

Cuarto ejercicio: Consistirá en una prueba oral, en la que los

opositores desarrollarán, en el plazo máximo de una hora, dos

temas del anexo II. Uno, de la parte A), de Economía Española,

y otro, de la parte B), del programa de Economía del Sector

Público, extraídos por el opositor al azar. Los opositores dispondrán

de cuarenta y cinco minutos de preparación previa. Al término

de la exposición, el Tribunal podrá dialogar con los mismos

durante un periodo de veinte minutos, como máximo, sobre cuestiones

relacionadas con los temas desarrollados.

Quinto ejercicio: Consistirá en una prueba escrita, en la cual

los opositores desarrollarán, en un plazo máximo de cuatro horas,

dos temas elegidos por cada uno de ellos entre tres temas extraídos

al azar, uno por cada grupo de materias, de los programas de

Marketing internacional y técnicas comerciales, Economía

cuantitativa y Derecho Administrativo y Organización del Estado, que

figuran en el anexo II. Con posterioridad a la realización de este

ejercicio se procederá a su lectura pública.

Los opositores que concurran por el turno de promoción interna

pertenecientes al Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado

sólo deberán desarrollar en el plazo máximo de dos horas uno

de los dos temas extraídos al azar de los grupos de materias de

los apartados A) y B) del quinto ejercicio (Marketing internacional

y técnicas comerciales y Economía cuantitativa).

El examen voluntario de idiomas consistirá en un ejercicio sobre

una o más lenguas de las anteriormente especificadas en la

presente convocatoria, excluidas las dos del ejercicio obligatorio, a

cuyo efecto el aspirante lo habrá indicado en la instancia para

tomar parte en la oposición. Las pruebas serán las mismas que

para los idiomas obligatorios.

B) Curso selectivo.-Los funcionarios en prácticas habrán de

superar con aprovechamiento un curso selectivo de una duración

máxima de tres meses, organizado por la Subsecretaría del

Ministerio de Economía y Hacienda en colaboración con instituciones

privadas y públicas de formación de funcionarios.

2. Valoración

Fase de oposición.-Los ejercicios se calificarán por el sistema

de puntos. El opositor que en cada uno de los ejercicios no alcance

una calificación igual a la mitad de la puntuación máxima posible

o fuese calificado con cero puntos en alguno de los temas expuestos

quedará eliminado de la oposición, excepto si se tratase del

ejercicio voluntario de idiomas.

Los distintos ejercicios de que consta la convocatoria se

calificarán en la forma siguiente:

Primer ejercicio: La primera parte del ejercicio se calificará

de cero a veinte puntos y será necesario obtener un mínimo de

diez puntos para acceder al ejercicio siguiente. La segunda parte

del ejercicio se calificará con "apto" o "no apto", siendo necesario

obtener la calificación de "apto" para superarlo.

Segundo ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos cada

una de las dos lenguas obligatorias (la inglesa y la elegida por

el opositor, en primer lugar) y de cero a cuatro puntos cada una

de las restantes lenguas de la presente convocatoria, de las que

voluntariamente se examine el opositor.

Los puntos obtenidos por los opositores en las lenguas de las

que se examine voluntariamente solamente serán computados en

la puntuación total del ejercicio cuando alcance, como mínimo,

el 50 por 100 de la puntuación máxima posible por cada lengua.

Tercer ejercicio: Se calificará de cero a veinte puntos cada

uno de los dos temas desarrollados.

Cuarto ejercicio: Se calificará de cero a veinte puntos cada

uno de los dos temas desarrollados.

Quinto ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos cada uno

de los dos temas desarrollados. Los opositores que concurran por

el turno de promoción interna pertenecientes al Cuerpo de

Diplomados Comerciales del Estado recibirán una calificación de cero

a veinte puntos por el tema desarrollado y será necesario obtener

como mínimo el 50 por 100 de la puntuación máxima para aprobar

el ejercicio.

Curso selectivo: Para la calificación de este curso, la

Subsecretaría del Ministerio de Economía y Hacienda podrá otorgar la

calificación de "apto" o "no apto" vistos los informes de las

Instituciones de formación designadas para impartir las materias,

siendo necesario obtener "apto" para superarlo.

La calificación final de la oposición vendrá determinada por

la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los

ejercicios de la oposición. En caso de empate, el orden se

establecerá atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en el segundo

ejercicio, y caso de persistir el empate, a la mayor puntuación

alcanzada en el tercero y, en su caso, en los sucesivos ejercicios.

ANEXO II

Tercer ejercicio

Parte A) Economía general

Tema 1. Objeto y método de la ciencia económica.

Tema 2. Los economistas clásicos y Marx.

Tema 3. Los economistas neoclásicos.

Tema 4. La evolución del pensamiento económico desde

Keynes hasta la Nueva Macroeconomía Clásica.

Tema 5. La evolución del pensamiento económico: La Nueva

Macroeconomía Clásica y desarrollos posteriores hasta la

actualidad.

Tema 6. Teoría neoclásica de la demanda del consumidor.

Tema 7. Teoría de la elección del consumidor en situaciones

de riesgo e incertidumbre.

Tema 8. La dualidad y otras extensiones de la teoría de la

demanda del consumidor.

Tema 9. Teoría de la producción.

Tema 10. Teorías de los costes.

Tema 11. Teorías del comportamiento de la empresa distintas

de la neoclásica. La Teoría de la Organización Industrial.

Tema 12. El modelo de competencia perfecta.

Tema 13. Teoría del monopolio. Regulación y control.

Tema 14. Teoría del oligopolio. Análisis estático y dinámico.

Tema 15. La teoría de la competencia monopolística y la

diferenciación de productos.

Tema 16. Economía de la Información y teoría de la agencia:

Selección adversa y azar moral.

Tema 17. Teorías de la distribución de la renta.

Tema 18. Teorías del beneficio, del interés y del capital.

Tema 19. Teoría neoclásica de la oferta y la demanda de

trabajo.

Tema 20. Otras teorías explicativas del mercado de trabajo.

La negociación. Los procesos de búsqueda. Los problemas de

información.

Tema 21. La teoría del equilibrio general.

Tema 22. Economía del bienestar (I). Óptimo económico. Los

criterios de compensación. La teoría del "second best".

Tema 23. Economía del bienestar (II). La optimalidad de la

competencia perfecta y las imperfecciones del mercado. Las

externalidades y los bienes públicos.

Tema 24. Economía del bienestar (III). Las funciones del

bienestar social. Teoría de la elección colectiva. El teorema de la

imposibilidad de Arrow y desarrollos posteriores.

Tema 25. Teoría de la Regulación.

Tema 26. Magnitudes macroeconómicas y contabilidad

nacional.

Tema 27. Análisis de las tablas "input-output" y de las cuentas

financieras.

Tema 28. Magnitudes monetarias, creación de dinero y

técnicas de control.

Tema 29. Modelo macroeconómico neoclásico.

Tema 30. Modelo macroeconómico keynesiano. Aportaciones

de Keynes y el modelo de la síntesis neoclásica.

Tema 31. La crítica monetarista al modelo keynesiano.

Implicaciones de política económica.

Tema 32. La nueva macroeconomía clásica.

Tema 33. Modelos neokeynesianos de desequilibrio.

Tema 34. La nueva economía keynesiana: rigideces

nominales y reales.

Tema 35. Teorías macroeconómicas del mercado de trabajo.

Tema 36. Teorías de la demanda de consumo. Implicaciones

de política económica.

Tema 37. Teorías de la demanda de inversión. Implicaciones

de política económica.

Tema 38. Teorías de la demanda de dinero. Implicaciones

de política económica.

Tema 39. La inflación. Fundamentos y efectos económicos.

Tema 40. La política fiscal. Condicionamientos y problemas

actuales.

Tema 41. Aspectos monetarios de la financiación del déficit

público.

Tema 42. La política monetaria. Condicionamientos y

problemas actuales.

Tema 43. "Shocks" de oferta: modelos e implicaciones de

política económica.

Tema 44. Teorías de los ciclos.

Tema 45. Teorías del crecimiento económico (I). El modelo

de Harrod-Domar. El modelo de crecimiento neoclásico y sus

extensiones.

Tema 46. Teorías del crecimiento económico (II). Progreso

técnico. Modelos de crecimiento endógeno.

Parte B) Economía Financiera, Economía Internacional y

Relaciones Económicas Internacionales

Tema 1. La empresa y su organización interna. La información

financiera: Estados de situación y circulación económica y

financiera de la empresa.

Tema 2. La empresa y las decisiones de inversión. Diferentes

criterios de valoración de proyectos. Rentabilidad, riesgo y coste

del capital.

Tema 3. La empresa y las decisiones de financiación.

Financiación propia frente a financiación ajena. Política de dividendos

y estructura de capital.

Tema 4. El crecimiento de la empresa y variables financieras.

Métodos de valoración de empresas.

Tema 5. La teoría neoclásica del comercio internacional. La

teoría de la ventaja comparativa. El modelo

Heckscher-Ohlin-Samuelson.

Tema 6. Desarrollos recientes de la teoría del comercio

internacional e implicaciones sobre la política comercial. Especial

referencia a los modelos de competencia imperfecta.

Tema 7. La política comercial. Librecambio y proteccionismo.

La política comercial estratégica.

Tema 8. Los instrumentos de política comercial. Instrumentos

arancelarios y no arancelarios.

Tema 9. Interrelación entre el crecimiento económico y el

comercio internacional.

Tema 10. Teoría de la integración económica.

Tema 11. Determinantes y efectos de los movimientos de

capital a largo plazo. Especial referencia a la inversión directa.

Tema 12. Balanza de pagos: concepto, medición e

interpretación.

Tema 13. Teorías de ajuste de la balanza de pagos. Especial

referencia al enfoque intertemporal de balanza de pagos.

Tema 14. Mercado de divisas. Operaciones e instrumentos.

Tema 15. Teorías de determinación del tipo de cambio.

Tema 16. La controversia teórica entre tipos de cambio fijo

y flexibles. Intervención y regulación de los mercados de cambio.

Tema 17. Teoría de la integración monetaria.

Tema 18. Políticas de estabilización en países desarrollados.

Equilibrio externo e interno.

Tema 19. Liberalización del sector exterior. Opciones de

política económica.

Tema 20. La coordinación internacional de las políticas

macroeconómicas.

Tema 21. El Sistema Económico Internacional hasta el

Acuerdo de Bretton-Woods.

Tema 22. El Acuerdo de Bretton-Woods. Evolución del

Sistema Monetario Internacional hasta la actualidad.

Tema 23. El Fondo Monetario Internacional. Estructura y

políticas. Implicaciones sobre las políticas de estabilización de los

países en desarrollo.

Tema 24. Mercados financieros internacionales a corto plazo.

Tema 25. Mercados financieros internacionales a largo plazo.

Tema 26. Mercados de Opciones, futuros financieros y otros

derivados.

Tema 27. Economía de los países en desarrollo. Teoría del

Desarrollo.

Tema 28. La financiación exterior del desarrollo económico.

El problema de la deuda externa. La ayuda al desarrollo.

Tema 29. Instituciones multilaterales de financiación y ayuda

al desarrollo, con especial referencia al Banco Mundial.

Tema 30. Procesos de reforma económica en los antiguos

países de economía centralizada. Opciones de política económica.

Tema 31. Evolución y estructura sectorial y geográfica de los

flujos comerciales y financieros internacionales. Los bloques

comerciales y las nuevas áreas emergentes en el comercio

internacional.

Tema 32. El GATT. Estructura y funcionamiento. Las rondas

de negociación.

Tema 33. La Organización Mundial de Comercio. Evolución

y situación actual.

Tema 34. Procesos de integración no Comunitarios.

Organismos de cooperación internacional: La OCDE.

Tema 35. La Unión Europea: Instituciones y orden jurídico.

Los Tratados de la Unión Europea.

Tema 36. Las finanzas de la Unión Europea y el presupuesto

comunitario.

Tema 37. La política agrícola de la Unión Europea. Problemas

económicos y proceso de reforma.

Tema 38. La Unión Europea: el mercado interior. El principio

de libre circulación de mercancías, servicios, personas y capitales.

La política de competencia.

Tema 39. La Unión Europea y la Cohesión Económica y

Social: política regional y reforma de los fondos estructurales.

Política social y de empleo.

Tema 40. La Unión Europea: las políticas de transportes,

energía, medio ambiente, industria y tecnología.

Tema 41. La política comercial de la UE.

Tema 42. Las relaciones económicas exteriores de la UE. La

política de cooperación al desarrollo de la UE.

Tema 43. La Unión Económica y Monetaria (I). Antecedentes.

Evolución. El SME y situación actual.

Tema 44. La Unión Económica y Monetaria (II). El proceso

de convergencia. El euro y el Pacto de Estabilidad y Crecimiento.

Tema 45. La Agenda 2000 y las perspectivas de la UE. La

ampliación.

Cuarto ejercicio

Parte A) Economía española

Tema 1. Fuentes estadísticas españolas. Características,

limitaciones y armonización en el ámbito Comunitario.

Tema 2. La agricultura y la política agraria en España. Efectos

de la adhesión e implicaciones de la reforma de la PAC.

Tema 3. El sector pesquero español. Efectos de la adhesión

sobre el sector y la política pesquera.

Tema 4. La minería en España. El sector energético y la

política energética en España.

Tema 5. Evolución de la industria y de la política industrial

en España.

Tema 6. Política tecnológica y medioambiental en España.

Tema 7. Análisis de los sectores de la industria

agroalimentaria y de los bienes de consumo tradicionales.

Tema 8. Análisis de los sectores de bienes de equipo y de

alta tecnología.

Tema 9. Análisis de los sectores de bienes intermedios:

Siderurgia, química y metales no férreos. La industria del automóvil.

Tema 10. Análisis del sector servicios. Características y

situación actual.

Tema 11. El sector de la construcción en España. Problemas

y política de vivienda y suelo.

Tema 12. Estructura y política del sector de los transportes

y telecomunicaciones en España.

Tema 13. El turismo en España: Evolución, problemas del

sector y política turística.

Tema 14. Estructura, problemas y política de comercio

interior. Los cambios en la distribución comercial.

Tema 15. Políticas de liberalización de la economía española.

La política de defensa de la competencia.

Tema 16. Mercado de trabajo en España. Estructura y

funcionamiento. La estructura salarial y problemas del empleo.

Tema 17. Desequilibrios territoriales y política de desarrollo

regional en España.

Tema 18. El sistema financiero español: Evolución y reforma.

Tema 19. El sistema financiero español: Instituciones y

mercados. Implicaciones del espacio financiero europeo.

Tema 20. La política monetaria en España. Instrumentos de

control. Evolución y situación actual.

Tema 21. La política de cooperación al desarrollo en España.

Tema 22. Evolución de la política comercial española. Fines,

instrumentos y valoración.

Tema 23. Evolución y estructura de la balanza comercial

española.

Tema 24. Evolución y problemas de la balanza española por

cuenta corriente. El problema de la financiación exterior.

Tema 25. El control de cambios en España. El papel de la

inversión extranjera en España y de la inversión española en el

exterior.

Tema 26. El periodo 1960-1973: El plan de estabilización

de 1959. Los planes de desarrollo.

Tema 27. La política económica española desde la crisis

energética hasta la actualidad.

Tema 28. Situación actual de la economía española y

perspectivas. La convergencia nominal y real en la Unión Europea.

Tema 29. Las relaciones de España con las Comunidades

Europeas previas a la adhesión. El Tratado de Adhesión.

Tema 30. El euro y la economía española. Efectos de la

introducción del euro.

Parte B) Economía del sector público

Tema 1. El sector público. Operaciones y cuentas principales.

Delimitación del sector público. Comparaciones internacionales.

Tema 2. Los fallos del mercado como fundamento de la

intervención del sector público. Bienes públicos. Efectos externos.

Instrumentos de actuación del sector público.

Tema 3. Los mecanismos de decisión del sector público.

Reglas de votación. La democracia representativa. La producción

pública y la burocracia. La Constitución fiscal.

Tema 4. Conceptos y características del presupuesto. Fases

del proceso presupuestario. Principios clásicos del presupuesto

y sus modificaciones. Las reformas presupuestarias más

destacadas. Especial referencia al Presupuesto de Base Cero.

Tema 5. Impacto redistributivo del presupuesto. Principales

instrumentos de redistribución. Los programas de bienestar y la

Seguridad Social.

Tema 6. El presupuesto como elemento compensador de la

actividad económica. Efectos discrecionales y automáticos del

presupuesto. La medición del efecto macroeconómico del presupuesto.

Tema 7. El gasto público. Causas de su crecimiento. El debate

sobre el tamaño del sector público.

Tema 8. Análisis coste-beneficio y coste-eficacia. La tasa de

descuento. Valoración de beneficios y costes. La valoración del

riesgo. Consideraciones distributivas.

Tema 9. Clases de ingresos públicos. Elementos definidores

de la estructura de los tributos. Concepto y clases de impuestos.

Tema 10. Fines, principios y estructuras impositivas. Especial

consideración de los principios del beneficio y de la capacidad

de pago.

Tema 11. Traslación e incidencia de los impuestos en

mercados competitivos y monopolistas. Enfoques de equilibrio parcial

y general.

Tema 12. Efecto renta y efecto sustitución de los impuestos.

Concepto y medición del "exceso de gravamen".

Tema 13. Imposición y oferta. Efectos incentivo de los

tributos.

Tema 14. La imposición óptima. Tipo impositivo óptimo.

Regla de Ramsey. El compromiso entre eficiencia y equidad.

Tema 15. Teoría de la imposición directa.

Tema 16. Teoría de la imposición indirecta.

Tema 17. Concepto y clases de deuda pública. La financiación

del déficit público.

Tema 18. El federalismo fiscal. Financiación de las Haciendas

Territoriales.

Tema 19. La empresa pública. Políticas aplicables con

especial referencia a la fijación de precios públicos.

Tema 20. La empresa pública. Razones de su existencia. La

política de privatizaciones. Comparaciones internacionales.

Tema 21. Los impuestos en la realidad. Comparación de las

distintas estructuras tributarias.

Tema 22. La armonización tributaria en la Unión Europea.

Consideración de la fiscalidad del ahorro, de las sociedades y de

los impuestos indirectos.

Tema 23. El impuesto sobre la renta de las personas físicas

en España. La imposición patrimonial en España.

Tema 24. La imposición societaria en España.

Tema 25. La imposición sobre las ventas en España.

Tema 26. El gasto público en España. Análisis funcional y

su valoración. El control del gasto público en España.

Tema 27. Los Presupuestos Generales del Estado en España.

Tema 28. La Seguridad Social en España. Prestaciones y su

financiación.

Tema 29. Las Haciendas Territoriales en España.

Competencias y financiación.

Tema 30. El déficit público español y su financiación.

Comparaciones internacionales.

Quinto ejercicio

Parte A) Marketing internacional y técnicas comerciales

Tema 1. Los regímenes de comercio exterior.

Tema 2. Los instrumentos de defensa comercial.

Tema 3. Los instrumentos de promoción comercial, de

formación y de información al servicio de la exportación de la

internacionalización de la empresa española.

Tema 4. Los instrumentos financieros y fiscales al servicio

de la exportación y de la internacionalización de la empresa

española.

Tema 5. El mercado español de divisas.

Tema 6. La regulación de las inversiones extranjeras en

España y de las españolas en el exterior.

Tema 7. Formas de penetración e implantación en los

mercados. El estudio de los mercados exteriores y la prospección.

Tema 8. Los canales de distribución y las redes de venta.

Tema 9. La oferta internacional: El producto y el precio. La

comunicación en el comercio internacional.

Tema 10. El cuadro jurídico de las operaciones de comercio

exterior: El contrato de venta internacional y la resolución de

litigios.

Tema 11. Las políticas logísticas y financiera de la empresa

exportadora. Los medios de pago en el comercio internacional.

Parte B) Economía cuantitativa

Tema 1. Los métodos mínimo cuadrático y de máxima

verosimilitud en la estimación de los modelos económicos.

Tema 2. El modelo clásico de la regresión lineal: Estimación,

verificación y predicción del modelo uniecuacional con k-variables

explicativas.

Tema 3. El modelo de regresión con regresores estocásticos:

Estimación, verificación y predicción.

Tema 4. Multicolinealidad y heterocedasticidad:

Consecuencias, origen, detección y soluciones.

Tema 5. Autocorrelación: Consecuencias, origen, detección

y soluciones.

Tema 6. Modelos de ecuaciones simultáneas: Identificación,

estimación, verificación y predicción.

Tema 7. Modelos uniecuacionales de regresión no lineal:

Estimación, verificación y predicción.

Tema 8. Modelos ARIMA: Identificación, estimación,

verificación y predicción.

Tema 9. El modelo de regresión dinámica uniecuacional:

Identificación, estimación, verificación y predicción.

Tema 10. Modelos de componentes no observables:

Tendencia, ciclo y estacionalidad. Aplicaciones en el análisis de

coyuntura, estimación, verificación y predicción.

Parte C) Derecho administrativo y organización del Estado

Tema 1. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos.

Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos

administrativos. Revisión, anulación y revocación.

Tema 2. Los contratos administrativos: Concepto y clases.

Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios

y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos

administrativos.

Tema 3. El servicio público: Concepto y clases. Forma de

gestión de los servicios públicos. Examen especial de la gestión

directa. La gestión indirecta: Modalidades. La concesión. Régimen

jurídico.

Tema 4. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Ámbito de

aplicación y principios informadores. El procedimiento

administrativo: Concepto y naturaleza. El procedimiento administrativo

como garantía. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación

del procedimiento administrativo. Los procedimientos especiales.

Tema 5. Régimen jurídico del personal al servicio de las

Administraciones Públicas. La Ley de Medidas para la Reforma de la

Función Pública. Órganos superiores de la Función Pública. Oferta

de empleo público.

Tema 6. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistema de

retribuciones e indemnizaciones. Las incompatibilidades. Régimen

disciplinario.

Tema 7. La Constitución Española de 1978: Estructura y

contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y

suspensión. El Defensor del Pueblo. El Tribunal Constitucional. Reforma

de la Constitución.

Tema 8. La Administración Central del Estado. El Consejo

de Ministros. El Gobierno y su Presidente. Órganos Superiores

y Directivos de la Administración General del Estado. La Ley de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado. La Administración Periférica del Estado. Delegaciones del

Gobierno en las Comunidades Autónomas.

Tema 9. Organización y competencias del Ministerio de

Economía y Hacienda. Otros Ministerios económicos. La

Administración Territorial del Ministerio de Economía y Hacienda.

Tema 10. Organización territorial del Estado. Las

Comunidades Autónomas: Constitución, competencias, Estatutos de

autonomía. El sistema institucional de las Comunidades Autónomas.

La Administración Local.

ANEXO III

Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso en

el Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas

del Estado

Titulares:

Presidente: Don José María Hernando Moreno, del Cuerpo

Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.

Vocales:

Don Victorio Valle Sánchez, del Cuerpo de Catedráticos de

Universidad.

Doña Antonia Calvo Hornero, del Cuerpo de Catedráticos de

Universidad.

Don Manuel Ahijado Quintillán, del Cuerpo de Catedráticos

de Universidad.

Don Juan Francisco Jimeno, del Cuerpo de Profesores Titulares

de Universidad.

Don Gonzalo Ramos Puig, del Cuerpo Superior de Técnicos

Comerciales y Economistas del Estado.

Secretario: Don Pablo Moreno García, del Cuerpo Superior de

Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.

Suplentes:

Presidente: Don Germán Bejarano García, del Cuerpo Superior

de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.

Vocales:

Don José Antonio Alonso Rodríguez, del Cuerpo Superior de

Catedráticos de Universidad.

Don Saturnino Aguado Sebastián, del Cuerpo de Profesores

Titulares de Universidad.

Don José Ramón Plaza Salazar, del Cuerpo Superior de

Inspectores de Seguros del Estado.

Don Rafael Mínguez Prieto, del Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Doña María Paz Ramos Resa, del Cuerpo Superior de Técnicos

Comerciales y Economistas del Estado.

Secretaria: Doña Carmen Laín Valenzuela, del Cuerpo Superior

de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.

ANEXO IV

Don ................................................................................,

con domicilio en ............................., calle .............................,

documento nacional de identidad número ................................,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario del Cuerpo ..........................................................,

que no ha sido separado del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio

de funciones públicas.

En ................ a ................ de ................ de 1999.

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