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Documento BOE-A-1999-22801

Resolución de 17 de noviembre de 1999, de la Secretaría de Estado de Educación, Universidades, Investigación y Desarrollo, por la que se fija el plazo durante el cual el profesorado universitario y los miembros de las Escalas de Profesores de Investigación, Investigadores Científicos y Colaboradores Científicos del Consejo Superior de Investigaciones Científicas podrán presentar solicitudes de evaluación de la actividad investigadora.

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 27 de noviembre de 1999, páginas 41154 a 41154 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-22801

TEXTO ORIGINAL

Con objeto de garantizar la continuidad del proceso de evaluación

previsto en el artículo 2.4 del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, y

en la norma segunda de la Resolución del Secretario de Estado de Hacienda,

de 28 de diciembre de 1989, es necesario fijar el plazo durante el cual

pueden presentarse nuevas solicitudes ante la Comisión Nacional

Evaluadora de la Actividad Investigadora.

En su virtud, haciendo uso de las atribuciones conferidas por la

disposición final primera de la Orden de 2 de diciembre de 1994 ("Boletín

Oficial del Estado" del 3) y por la Resolución del Secretario de Estado

de Hacienda, de 28 de diciembre de 1989,

Esta Secretaría de Estado ha resuelto:

Primero.-Los funcionarios de carrera de los Cuerpos Docentes

Universitarios y las Escalas de Profesores de Investigación, Investigadores

Científicos y Colaboradores Científicos del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas, que tenían la posibilidad de solicitar la evaluación

única de su actividad investigadora y no la hubieran formalizado en

anteriores convocatorias, pueden llevarlo a efecto desde el día siguiente al

de la publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial del

Estado", y hasta el 31 de diciembre de 1999.

Segundo.-Además, tendrán derecho a solicitar la evaluación de su

actividad investigadora, en el mismo plazo y condiciones señaladas en el

apartado anterior, aquellos funcionarios de los Cuerpos Docentes Universitarios

y de las escalas mencionadas del organismo al que se ha hecho referencia

que no hayan cambiado de cuerpo o plaza en los dos últimos años y que

se encuentran en las siguientes situaciones:

a) Aquellos cuyo último tramo evaluado positivamente termine el 31

de diciembre de 1993 o hubiera terminado en años anteriores.

b) Aquellos con un tramo no reconocido que termine el 31 de

diciembre de 1996 o con anterioridad.

c) Aquellos que no habiéndose presentado anteriormente cumplan

un mínimo de seis años evaluables el 31 de diciembre de 1999.

Tercero.-Las solicitudes de evaluación se presentarán imprimiendo

en papel blanco el resultado de cumplimentar el programa informático

oficial disponible para ordenadores PC compatibles que puedan ejecutar

programas de "Windows". El programa y los impresos se encuentran

disponibles en las siguientes direcciones de Internet:

a) "WWW:http://seui.mec.es/cneai/soli1999.html".

b) ftp anónimo: ftp.seui.mec.es, en el directorio

/pub/impresos/cneai99. El usuario es anonymous, y como palabra de paso debe

introducir su dirección de correo electrónico. Lea el fichero indice.txt, en el

cual se especifica qué contiene cada uno de los ficheros del directorio.

Asimismo, recuerde que debe transferir estos ficheros en modo binario

(comando bin).

Quienes no puedan acceder por los procedimientos anteriores al

programa o a los impresos, podrán solicitar estos últimos a la Comisión

Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, San Fernando del Jarama,

14, tercera planta, 28002 Madrid, teléfono 91 745 92 00.

Consultas de ayuda relacionadas con el programa informático oficial,

pueden hacerse mediante correo electrónico a la dirección: "cneai@

seui.mec.es".

Cuarto.-Las solicitudes deberán remitirse por alguno de los

procedimientos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a la

Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (calle San

Fernando del Jarama, número 14, tercera planta, 28002 Madrid).

Quinto.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al

de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 17 de noviembre de 1999.-El Secretario de Estado, Jorge

Fernández Díaz.

Ilmos. Sres. Director General de Enseñanza Superior e Investigación

Científica y Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

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