Vista la propuesta formulada por los Servicios Técnicos
correspondientes, esta Dirección General de Patrimonio y Museos ha acordado:
Primero.-Incoar expediente para declarar bien de interés cultural, con
la categoría de monumento, el inmueble que se describe en el anexo.
Segundo.-Disponer la apertura de un período de información pública,
a fin de que todos cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar
el expediente y alegar lo que consideren oportuno, durante el plazo de
veinte días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución,
en las dependencias de esta Dirección General de Patrimonio y Museos
(plaza Cardenal Silíceo, sin número, Toledo), y ello de conformidad con
lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Tercero.-Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las
disposiciones en vigor.
Cuarto.-Hacer saber al Ayuntamiento de Cuenca que, según lo
dispuesto en los artículos 11 y 16 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico
Español, las obras que hayan de realizarse en dicho inmueble o en su
entorno no podrán llevarse a cabo sin aprobación previa del proyecto
correspondiente por el órgano autonómico con competencia en la materia
(Comisión del Patrimonio Histórico respectiva o, en su caso, esta propia
Dirección General de Patrimonio y Museos).
Quinto.-Notificar el presente acuerdo a los interesados, así como al
Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación
preventiva.
Sexto.-Promover la publicación del presente Acuerdo en el "Diario
Oficial de Castilla-La Mancha" y en el "Boletín Oficial del Estado", a efectos
de lo dispuesto en los artículos 59, apartados 4 y 5, y 60 de la Ley 30/1992,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Toledo, 6 de octubre de 1999.-El Director general, Rafael López Martín
de la Vega.
ANEXO
Descripción histórico-artística
La Casa de las Rejas, edificio construido en los últimos años del siglo
XVI -principio del XVII-, está situada en la Puerta de Valencia, muy cerca
del monasterio de las monjas Concepcionistas.
Es un edificio de dos plantas que se ordena en torno a un patio
porticado. En la parte posterior de la casa había una huerta.
En la fachada principal hay cuatro ventanas que se cierran con rejas
de hierro y un escudo sostenido por dos tenantes desnudos de labra muy
fina. En el ángulo se abría una ventana enmarcada por pilastras, que
posteriormente se cegó y se puso en ella un adorno barroco.
La Casa de las Rejas, que según la terminología de la época habría
que llamar "Casa Principal", ha conocido sucesivas reformas llevadas a
cabo para reutilizar el edificio, de ahí que la fábrica del siglo XVI haya
sido muy alterada.
Objeto de la declaración
Inmueble correspondiente a Casa de las Rejas, localizado en Cuenca.
Área de protección
Vendría definida por:
Manzana 41650, parcelas 11, 12 y 13.
Manzana 42657, parcelas 1, 9, 10, 11, 12 y 13.
Manzana 41641, parcelas 3, 4, 5, 13, 19 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26,
y 27.
Manzana 42648, parcelas 16, 17, 18, 19 y 20.
Manzana 41643, parcelas 1, 2, 26 y 27.
El área de protección afecta, asimismo, a todos los espacios públicos
contenidos por la línea que bordea el perímetro exterior de las citadas
manzanas y parcelas y las une entre sí.
Se juzga necesario posibilitar el control administrativo establecido en
la legalidad de Patrimonio Histórico sobre el área de protección señalada,
en razón de que cualquier intervención en ella se considera susceptible
de afectar negativamente a la conservación o a la contemplación del bien
objeto de tutela.
Todo ello según plano adjunto.
PLANO (Ver imagen página 42063)
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid