Visto el expediente de indulto de don Antonio Díaz Molíns, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
el Juzgado de lo Penal número 3 de Huelva, en sentencia de fecha 21
de octubre de 1997, como autor de un delito de lesiones, a la pena de
dos años, cuatro meses y un día de prisión menor, con las accesorias
de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el
tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta
de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 12 de noviembre de 1999,
Vengo en conmutar a don Antonio Díaz Molíns la pena privativa de
libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que no
vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación
del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 12 de noviembre de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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