De conformidad con lo dispuesto en los artículos 39 de la Ley
Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria,
en el 2.3 y 4 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre,
por el que se regulan los concursos para la provisión de plazas
de los Cuerpos Docentes Universitarios y en el Real
Decreto 1271/1985, de 29 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos
de la Universidad de Zaragoza,
Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de méritos
la plaza que se relaciona en el anexo de la presente Resolución,
con arreglo a las siguientes bases:
Primera.-Este concurso se regirá por lo dispuesto en el la Ley
Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria
("Boletín Oficial del Estado" de 1 de septiembre); Real
Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, por el que se regulan los
concursos para la provisión de plazas de los Cuerpos Docentes
Universitarios ("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre),
modificado parcialmente por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de
junio ("Boletín Oficial del Estado" de 11 de julio); los Estatutos
de la Universidad de Zaragoza, aprobados por Real
Decreto 1271/1985, de 29 de mayo ("Boletín Oficial del Estado" de 29
de julio), lo previsto por la legislación general de funcionarios
civiles del Estado, y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Segunda.-Para ser admitidos al citado concurso, los
solicitantes deberá reunir los siguientes requisitos generales:
a) Ser español, nacional de los demás Estados miembros de
la Comunidad Europea o nacional de aquellos Estados a los que,
en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla
definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido
los setenta años de edad.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de la Administración de Estado o de la Administración
Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el
ejercicio de funciones públicas. En el caso de nacional de los demás
Estados miembros de la Comunidad Europea o nacional de
aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales
celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos
en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la
Comunidad Europea, no estar sometido a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que
impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor
de Universidad.
e) La condición específica que se señala en el artículo 4.2
del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre.
La concurrencia de los requisitos generales y específicos deberá
estar referida siempre a una fecha anterior a la expiración del
plazo fijado para solicitar la participación en el concurso.
Tercera.-Quienes deseen tomar parte en el concurso remitirán
la correspondiente solicitud al Rector de la Universidad de
Zaragoza, por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín
Oficial del Estado" número 285, de 27 de noviembre), modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado"
del 14), en el plazo de veinte días hábiles a partir de la publicación
de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", según
modelo normalizado publicado como anexo II a la Resolución de esta
Universidad de 28 de diciembre de 1995 ("Boletín Oficial del
Estado" de 23 de enero de 1996), debidamente cumplimentada, junto
con la siguiente documentación:
1. Fotocopia del documento nacional de identidad o
pasaporte.
2. Certificación expedida por el Servicio de Personal o
Sección de Personal Docente de la Universidad en la que haya prestado
servicios, en la que quede constancia del cumplimiento de la
condición específica que se señala en el artículo 4.2 del Real
Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre.
3. Resguardo que justifique el pago de 7.000 pesetas en
concepto de formación de expediente y por derechos de examen, a
través de alguna de estas dos modalidades:
a) Ingreso/transferencia en la cuenta
corriente 2086-0002-18-0700137264 de la agencia número 2 de la Caja
de Ahorros de la Inmaculada.
b) Giro postal o telegráfico dirigido a la Sección de Tesorería
y Contabilidad de esta Universidad, indicando su nombre y
apellidos y número de la plaza a la que concursa.
Cuarta.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, este
Rectorado, por cualquiera de los medios establecidos en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común ("Boletín Oficial del Estado" número 285, del 27),
modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del
Estado" del 14), remitirá a todos los aspirantes la relación completa
de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de
exclusión. Contra esta Resolución, los interesados podrán presentar
reclamación, ante el Rector, en el plazo de quince días hábiles
a contar desde el siguiente al de la notificación de la lista de
admitidos y excluidos. Resueltas las posibles reclamaciones, la
relación mencionada adquirirá la condición de definitiva.
Quinta.-El Presidente de la Comisión, dentro del plazo
habilitado reglamentariamente para la constitución de la misma, con
una antelación mínima de quince días, notificará a todos los
interesados fecha, hora y lugar de presentación de los concursantes.
Sexta.-En el acto de presentación, los concursantes entregarán
al Presidente de la Comisión la documentación señalada en el
artículo 10.1 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre
-el modelo de currículum vitae es el que figura como anexo III
publicado en la Resolución de esta Universidad de 28 de diciembre
de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" de 23 de enero de 1996)-.
Los interesados acompañarán índice en el que se relacionen
íntegramente todos los documentos debidamente detallados y
numerados.
Séptima.-El candidato propuesto para la provisión de la plaza
deberá presentar, dirigida al Rector de la Universidad de Zaragoza,
en el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir la
actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios señalados
en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Adminis
trativo Común ("Boletín Oficial del Estado" número 285, del 27),
modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial
del Estado" del 14), la siguiente documentación:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad.
b) Certificación médica ordinaria de no padecer enfermedad
ni defecto físico o psíquico para el desempeño de las funciones
correspondientes a Profesor de Universidad.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la
Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las
Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente
disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la
función pública. En el caso de nacional de los demás Estados
miembros de la Comunidad Europea o nacional de aquellos Estados
a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por
la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta
se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad
Europea, declaración jurada de no estar sometido a sanción
disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a
la función pública.
Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de
carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos,
debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del
que dependen acreditativa de su condición de funcionarios y
cuantas circunstancias consten en la hoja de servicios.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa,
de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la
Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, cabe
interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses a partir del día siguiente al de la presente publicación en
el boletín oficial, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
de Zaragoza, según lo dispuesto en el artículo 8.2 y 8.3 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa ("Boletín Oficial del Estado" número 167,
del 14).
Zaragoza, 11 de noviembre de 1999.-El Rector, Juan José
Badiola Díez.
ANEXO
Plaza número: 1. Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.
Área de conocimiento: "Derecho Eclesiástico del Estado".
Departamento: Derecho Público. Actividades docentes: Derecho
Eclesiático del Estado en la Facultad de Derecho. Clase convocatoria:
Cocurso de Méritos
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