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Documento BOE-A-1999-23437

Resolución de 8 de noviembre de 1999, de la Universidad de La Laguna, por la que se convoca concurso específico de méritos para la provisión de puesto de trabajo de personal funcionario de Administración y Servicios adscrito a los grupos C y D de esta Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 8 de diciembre de 1999, páginas 42347 a 42349 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1999-23437

TEXTO ORIGINAL

Vacante el puesto de trabajo de personal de Administración

y Servicios que se relaciona en el anexo I, dotado

presupuestariamente, y cuya provisión se estima conveniente en atención

a las necesidades del servicio,

Esta Gerencia, en virtud de las atribuciones delegadas por el

artículo 9.e) de la Resolución de esta Universidad de 26 de abril

de 1999 ("Boletín Oficial de Canarias" de 18 de junio), en relación

con el artículo 54 de los Estatutos de la Universidad, aprobados

por Decreto 192/1985, de 13 de junio ("Boletín Oficial del

Estado" de 16 de octubre); de acuerdo con lo dispuesto en el artículo

20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, según la redacción dada por la Ley

23/1988, de 28 de julio, en la relación de puestos de trabajo

de la Universidad; y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del

Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de

Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los

Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, ha

resuelto convocar concurso para cubrir el puesto de trabajo

vacante con arreglo a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Requisitos y condiciones de participación

1.1 En este concurso podrán participar los funcionarios de

carrera pertenecientes a los Cuerpos o Escalas de los grupos C

y D que pertenezcan a las Escalas propias de la Universidad de

La Laguna.

1.2 Los funcionarios en situación de expectativa de destino

o excedencia forzosa, están obligados a participar en los

concursos, solicitando todas las vacantes correspondientes a su grupo

de pertenencia que sean convocadas, siempre que reúnan los

requisitos de desempeño previstos en la relación de puestos de trabajo.

1.3 Están excluidos de la participación en los concursos los

funcionarios que en la fecha de finalización del plazo de

presentación de instancias no cumplan los requisitos previstos en esta

convocatoria.

2. Solicitudes

2.1 Los interesados dirigirán su solicitud a la Gerente de la

Universidad de La Laguna, dentro del plazo de quince días hábiles,

contados a partir del siguiente al de la publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y las presentarán en

el Registro General de la Universidad de La Laguna, o en las

oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

No se admitirán solicitudes de renuncia fuera del plazo de

presentación de instancias.

2.2 Las solicitudes de participación deberán ajustarse al

modelo que figura como anexo III de esta convocatoria, y deberán

ir acompañadas en los documentos justificativos de los méritos

alegados. Los requisitos de participación deberán ser acreditados

mediante certificación expedida al efecto por el Servicio de

Recursos Humanos de la Universidad de La Laguna o por el órgano

de personal en el caso de procedencia de otras Administraciones

Públicas en el modelo que se señala en el anexo IV.

2.3 La lista de admitidos y excluidos se publicará en el tablón

oficial del Rectorado de la Universidad de La Laguna,

concediéndose un plazo de cinco días para posibles reclamaciones que serán

resueltas por la Gerente de la Universidad.

3. Comisión de valoración

3.1 La propuesta de adjudicación del puesto de trabajo objeto

del presente concurso será efectuada por la Comisión de valoración

compuesta por:

Titulares:

Presidenta: Ilustrísima señora Gerente de esta Universidad.

Vocales: Doña Eulalia Manuel de Céspedes Franco, en

representación de la Universidad de La Laguna; don Emilio Alfonso

Rodríguez, en representación de la Universidad de La Laguna;

don Godofredo Galván Gordillo, en representación de la Junta

de Personal Funcionario de Administración y Servicios, y doña

María Ángeles Padilla Baucells, en representación de los

funcionarios de la Universidad de La Laguna.

Vocal Secretaria: Doña María Valentina Pérez Reyes, Jefa del

Negociado de Concursos de la Universidad de La Laguna, que

actuará con voz y sin voto.

Suplentes:

Presidente: Don Fermín Martín Izquierdo, Jefe del Servicio de

Alumnos y Gestión de Servicios Generales.

Vocales: Doña María Luisa Morales Ayala, en representación

de la Universidad de La Laguna; don Adolfo Gómez Rodríguez,

en representación de la Universidad de La Laguna; don José Luis

Santana Santana, en representación de la Junta de Personal

Funcionario de Administración y Servicios, y don Álvaro Rivero

Delgado, en representación de los funcionarios de la Universidad de

La Laguna.

Vocal Secretaria: Doña Teodora Conde Galiano, Jefa del

Negociado de Personal de Administración y Servicios, que actuará con

voz y sin voto.

4. Méritos, tramitación y resolución del concurso

4.1 La adjudicación de la plaza se efectuará por la Comisión

de valoración con arreglo al baremo que figura como anexo II

de la presente convocatoria.

El presente concurso específico constará de dos fases:

4.1.1 En la primera de ellas se valorarán los méritos generales

enumerados en el anexo II, de acuerdo a la puntuación establecida

en dicho anexo.

4.1.2 En la segunda consistirá en la comprobación y

valoración de los méritos específicos adecuados a las características

del puesto que se especifica en el anexo I, mediante:

a) Defensa del currículum que versará sobre las materias

relacionadas con el puesto de trabajo.

b) Entrevista con los miembros de la Comisión nombrada al

efecto, que versará sobre las materias relacionadas con el puesto

de trabajo.

Cada uno de los méritos específicos señalados en los

apartados a) y b) anteriores será valorado por la Comisión de valoración

con una puntuación de entre 0 y 10 puntos.

La puntuación definitiva de esta fase se obtendrá hallando la

media aritmética de las puntuaciones otorgadas en relación a

ambos méritos específicos.

4.2 La Comisión de valoración analizará y valorará

únicamente los méritos específicos acreditados que guarden relación

con las características del puesto, en orden a la selección y

puntuación por criterios de adecuación, de experiencia, conocimientos

y formación idónea del candidato.

La valoración de los méritos deberá efectuarse mediante

puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por

cada uno de los miembros de la Comisión de valoración, debiendo

desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o,

en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. Las

puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán

reflejarse en el acta que se levantará al efecto.

4.3 La propuesta de resolución deberá recaer sobre el

candidato que haya obtenido mayor puntuación, sumando los

resultados finales de las dos fases.

En todo caso, para poder optar a la adjudicación del puesto,

los candidatos habrán de obtener una puntuación mínima de tres

puntos en cada una de las dos fases.

4.4 El traslado a que pueda dar lugar la adjudicación del

puesto de trabajo tendrá, a todos los efectos, consideración de

voluntario e irrenunciable.

5. Adjudicación y toma de posesión de destino

5.1 Se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" la

Resolución de la Gerencia, determinándose el puesto de trabajo que

se adjudica y el funcionario que se destina al mismo.

5.2 El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido

será el previsto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del

Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de

Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los

Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

6. Normal final

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa,

se podrá interponer recurso de reposición, con carácter

potestativo, previo a la interposición del recurso

contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, a

contar desde el día siguiente a su publicación.

La Laguna, 8 de noviembre de 1999.-El Rector, José S. Gómez

Soliño.

ANEXO I

Número R.P.T. Denominación del puesto Grupo C.D. C.E. Actividades inherentes a la plaza

22 Responsable

Informático. Gabinete de

Análisis y Planificación.

C/D 20 30 Funciones:

Coordinar las tareas de administración y explotación de los sistemas

de gestión.

Coordinar las tareas de desarrollo de nuevos productos y servicios en

el área de informática de gestión.

Planificación de proyectos en el ámbito de la informática de gestión.

Proponer al responsable del G.A.P. las herramientas y recursos

necesarios para el área de informática de gestión.

Perfil:

Conocimientos de los sistemas operativos utilizados en el ámbito de

la informática de gestión.

Conocimientos de redes.

Conocimientos de metodologías relacionadas con la ingeniería de

"software".

Conocimientos de programación.

Conocimientos de herramientas y servicios relacionados con Internet.

ANEXO II

Baremo

1. Antigüedad.-Se valorarán los servicios efectivos y los

reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, y

normativa concordante, hasta la fecha de finalización del plazo

de presentación de solicitudes en el Cuerpo o Escala a que

pertenezca, considerándose como años completos las fracciones

superiores a seis meses, valorándose según los siguientes criterios,

hasta un máximo de 3 puntos:

Por cada año de servicios prestados en los Cuerpos o Escalas

de funcionarios en la Universidad de La Laguna, exigidos para

el desempeño del puesto de trabajo: 0,25 puntos.

Por cada año de servicios reconocidos en Cuerpos o Escalas

de funcionarios en la Universidad de La Laguna, distintas a las

exigidas para el desempeño del puesto de trabajo: 0,10 puntos.

Por cada año de servicios reconocidos en cualquier

Administración Pública y no valorado en los apartados anteriores: 0,05

puntos.

2. Grado personal.-El grado personal consolidado se

valorará conforme a la siguiente escala, hasta un máximo de 2,5

puntos:

Por poseer grado personal 20: 2,5 puntos.

Por poseer grado personal 18: 2 puntos.

Por poseer grado personal 16: 1,5 puntos.

Por poseer grado personal 14: 1 punto.

3. Puesto de trabajo.-Se valorarán los puestos de trabajo

obtenidos por concurso y desempeñados hasta la actualidad, hasta

un máximo de 3 puntos, de acuerdo a las siguientes escalas:

3.1 Por estar ocupando con nombramiento una plaza con

nivel de complemento destino 20: 3 puntos.

3.2 Por estar ocupando con nombramiento una plaza con

nivel de complemento de destino 18: 2,5 puntos.

3.3 Por estar ocupando con nombramiento una plaza con

nivel de complemento de destino 16: 2 puntos.

3.4 Por estar ocupando con nombramiento una plaza con

nivel de complemento de destino 14: 1,5 puntos.

4. Formación y perfeccionamiento.-La formación y

perfeccionamiento del candidato serán valorados con arreglo a los

siguientes criterios, hasta una puntuación máxima de 1,5 puntos.

4.1 Titulación: Por poseer titulación superior a la exigida en

el Cuerpo o Escala del puesto del trabajo al que se opta: 0,5

puntos.

Sólo podrán valorarse las titulaciones referidas en el caso de

que sea superior a la exigida para el desempeño del

correspondiente puesto o plaza.

4.2 Por cursos de formación relacionados con el puesto de

trabajo, impartidos por el INAP, Universidad de La Laguna, u otro

organismo de la Administración, de acuerdo con la siguiente

distribución horaria:

De cero a veinte horas: 0,2 puntos.

De veintiuna a cuarenta horas: 0,3 puntos.

De cuarenta y una a cien horas, "master" o especialización,

y/o Doctorado: 0,5 puntos.

En los casos de ponencias en congresos, impartición como

profesores de cursos de carácter oficial y similares, la valoración

se hará conforme a la clasificación anterior, asignando el doble

de puntuación y respetando el límite fijado en el apartado 4.

No se valorarán aquellos cursos impartidos para la preparación

de temarios específicos de convocatorias de acceso a plazas de

las distintas Escalas de esta Universidad.

ANEXO III

Concurso de méritos específico convocado por Resolución

de la Universidad de La Laguna de 8 de noviembre de 1999

("Boletín Oficial del Estado" de fecha 8 de diciembre de 1999)

Solicitud de participación en el concurso de méritos que

formula:

Don/doña ......................................................

Documento nacional de identidad ...............................

Domicilio ................................. Teléfono ...........

Localidad ............................. Código postal .........

Administración a la que pertenece ..............................

Número de Registro de Personal .................... Grupo .....

Grado consolidado ............

Solicita: Participar en el concurso referenciado en el

encabezamiento, de acuerdo con las bases de la convocatoria, así como

la documentación que en el índice se detalla, justificativa de

circunstancias, requisitos y méritos.

En ............, a ... de ............ de 199 ...

Excmo. Sr. Rector magfco. de la Universidad de La Laguna.

ANEXO IV

(El certificado debe extenderse por la Unidad de Personal del

organismo donde presente servicios el/la funcionario/a)

Don/doña ......................................................

Cargo ..........................................................

Organismo: ....................................................

Certifico: Los datos que siguen previa verificación del

expediente personal de la persona interesada (1).

1. Datos personales:

Apellidos y nombre .............................................

Cuerpo o Escala ................................ Grupo ........

Documento nacional de identidad ...............................

Código de Cuerpo o Escala .....................................

Número de Registro de Personal ................................

2. Situación administrativa (señale el recuadro

correspondiente, cumplimentando los datos adicionales, en su caso):

i Servicio activo.

i Servicios especiales.

i Servicio en Comunidades Autónomas.

i Suspensión de funciones.

i Fecha de finalización del período de suspensión ............

i Excedencia forzosa.

i Excedencia voluntaria.

Artículo 29.4 (2) ......... o apartado ......... del artículo

29.3 de la Ley 30/1984.

Fecha de cese en el servicio activo ..................

i Otras situaciones ............

Fecha cese del servicio activo ............

3. Puesto de trabajo:

i Definitivo (3) i Provisional (4)

Organismo: ....................................................

Localidad: .....................................................

Denominación .................................................

Fecha toma posesión ....... Nivel complemento destino .......

4. Puesto de trabajo desempeñado en comisión de

servicios (5):

Organismo: ....................................................

Localidad: .....................................................

Denominación .................................................

Fecha toma posesión ....... Nivel complemento destino .......

5. Méritos que acredita:

5.1 Que tiene consolidado grado ...............

5.2 Puesto de trabajo desempeñado en la actualidad ........

......................... años y meses .........................

Otrospuestosdesempeñados

Denominación Desde Hasta Añosymesescompletos

5.3 Antigüedad en la Universidad de La Laguna. Tiempo de

servicio efectivo reconocido:

Años .............. Meses .............. Días ..............

5.4 Antigüedad en otras Administraciones. Tiempo de

servicio reconocido:

Años .............. Meses .............. Días ..............

Lo que expido a petición de la persona interesada y para que

surta efectos en el concurso de méritos convocado por Resolución

de la Universidad de La Laguna de 8 de noviembre de 1999

("Boletín Oficial del Estado" de ).

(Lugar,fecha, firmaysello)

(1) Los datos se referirán a la fecha de finalización del plazo de

presentación de instancias.

(2) Si no hubiera transcurrido un año desde la fecha de cese deberá

cumplimentarse el apartado 3 (puesto de trabajo).

(3) Puestos obtenidos por concurso, libre designación, nuevo ingreso

y permuta.

(4) Supuestos de adscripción provisional por reingreso al servicio

activo y por los motivos previstos en el artículo 72.1 del Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo.

(5) En caso de desempeñar un puesto de trabajo en comisión de

servicios, cumplimentar también el apartado 3, referido al puesto de trabajo

en propiedad.

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