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Documento BOE-A-1999-23459

Resolución de 2 de diciembre de 1999, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se autoriza la segregación y reconstitución de determinados bonos y obligaciones del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 8 de diciembre de 1999, páginas 42366 a 42366 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1999-23459

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 80/1999, de 22 de enero, por el que se dispone la

creación de Deuda Pública durante 1999, faculta en su artículo 2, apartado

d), al Ministro de Economía y Hacienda a autorizar la segregación de

principal y cupones de determinadas emisiones de Deuda del Estado, así

como su posterior reconstitución.

La Orden de 19 de junio de 1997 del Ministerio de Economía y Hacienda,

por la que se regulan las operaciones de segregación de principal y cupones

de los valores de Deuda del Estado y su reconstitución y se autoriza a

la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a formalizar

préstamos singulares con instituciones financieras, autoriza a la citada

Dirección General a emitir bonos segregables, estableciendo que recibirán tal

calificación aquellas referencias de bonos y obligaciones que sean

expresamente declaradas como tales en la Resolución por la que la Dirección

General del Tesoro y Política Financiera convoque su primera subasta.

Asimismo, en la misma Orden se establece que mediante Resolución se

determinará el momento a partir del cual se podrán realizar las operaciones

de segregación y reconstitución de los valores.

La mencionada Orden establece también que la Dirección General del

Tesoro y Política Financiera definirá qué entidades estarán autorizadas

a segregar y reconstituir valores del Estado. En este sentido, la Orden

de 10 de febrero de 1999 del Ministerio de Economía y Hacienda por

la que se crea la figura de Creador de Deuda Pública del Reino de España

y, en concreto, la Resolución de 11 de febrero de 1999 de la Dirección

General del Tesoro y Política Financiera que la desarrolla, establece, en

su apartado 1.3, que sólo los Creadores de Mercado de Deuda Pública

del Reino de España podrán segregar y reconstituir valores del Estado.

En virtud de lo anterior, he dispuesto:

Autorizar las operaciones de segregación y reconstitución sobre los

siguientes valores del Estado:

Bono a tres años, cupón 3 por 100, vencimiento 31 de enero de 2003.

Bono a cinco años, cupón 3,25 por 100, vencimiento 31 de enero de 2005.

Obligación a diez años, cupón 4,00 por 100, vencimiento 31 de enero

de 2010.

Obligación a quince años, cupón 4,75 por 100, vencimiento 30 de julio

de 2014.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su

publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 2 de diciembre de 1999.-La Directora general, Gloria

Hernández García.

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