Haciendo uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica
11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, de la Ley
5/1998, de 3 de agosto, de Creación de la Universidad Politécnica
de Cartagena, y del artículo 2.4 del Real Decreto 1888/1984,
de 26 de septiembre, que regula los concursos para la provisión
de plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios, este Rectorado
ha resuelto convocar a concurso las plazas de Cuerpos Docentes
de Universidad que se relacionan en el anexo I de la presente
Resolución, de acuerdo con las siguientes bases:
Primera.-Dicho concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley
Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria;
Ley 5/1998, de 3 de agosto, de Creación de la Universidad
Politécnica de Cartagena; Real Decreto 1888/1984, de 26 de
septiembre, modificado parcialmente por el Real Decreto 1427/1986,
de 13 de junio; Orden de 28 de diciembre de 1984, y, en lo
no previsto, por la legislación general de funcionarios que le sea
de aplicación.
Segunda.-Para ser admitido al citado concurso los aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o ciudadano de alguno de los demás Estados
miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados
a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por
la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la
libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se
halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
Aquellos aspirantes que no ostenten la nacionalidad española
deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano de
la forma que se indica en la base décima de la presente
convocatoria.
b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido
los setenta años de edad.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de la Administración Pública, ni hallarse inhabilitado
por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.
En el caso de los aspirantes que no ostenten la nacionalidad
española, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena
penal que impidan en su Estado el acceso a la función pública.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que
impida el desempeño de las funciones correspondientes a un
Profesor de Universidad.
La concurrencia de los requisitos anteriores deberá estar
referida siempre a una fecha comprendida dentro del plazo fijado para
solicitar la participación en el concurso.
Tercera.-Deberán reunir, además, las condiciones específicas
que se señalan en el artículo 4.o, apartados 1 ó 2, del Real Decreto
1888/1984, de 26 de septiembre, y en el artículo 37 de la Ley
Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria,
según la categoría de la Plaza o clase de concurso.
Cuando, estando en posesión del título de Doctor, se concursa
a plazas de Catedráticos de Universidad, conforme a lo previsto
en el artículo 4.o, apartado 1.C) del Real Decreto 1888/1984,
de 26 de septiembre, y no se reúnan los requisitos que en el
mismo se señalan, los interesados deberán acreditar haber sido
eximidos de ellos, en los términos del Real Decreto 1427/1986,
de 13 de junio, modificador del anterior.
Cuarta.-Quienes deseen tomar parte en el concurso remitirán
la correspondiente solicitud al Rector-Presidente de la Universidad
Politécnica de Cartagena, por cualquiera de los procedimientos
establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo
de veinte días hábiles a partir del día siguiente a la publicación
de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", mediante
instancia, según modelo anexo número II, debidamente
cumplimentada, por cuadruplicado ejemplar, para cada una de las plazas
que soliciten, junto con la siguiente documentación:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o
pasaporte. Los candidatos que no posean nacionalidad española
deberán aportar, además, certificación expedida por la autoridad
competente de su país de origen que acredite la nacionalidad.
b) Fotocopia cotejada del título académico exigido, que en
caso de haberse obtenido en el extranjero deberá haber sido
homologado en España. Los nacionales de los demás Estado miembros
de la Unión Europea deberán acreditar que les ha sido concedido
el reconocimiento del título exigido, de conformidad con la
dispuesto en el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre ("Boletín
Oficial del Estado" de 22 de noviembre).
En caso de encontrarse el título en trámite de expedición deberá
presentarse, como documento sustitutorio, certificación de la
Universidad correspondiente, que se ajustará al modelo establecido
en la base novena de la Resolución de la Secretaría de Estado
de Universidades de 26 de junio de 1989 ("Boletín Oficial del
Estado" de 18 de julio).
c) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de
los requisitos académicos específicos que señala la base tercera
para participar en el concurso.
d) Resguardo que justifique el pago de 4.000 pesetas en
concepto de derechos de examen, en la forma que se indica en la
base quinta de la presente convocatoria.
Quinta.-Los aspirantes deberán abonar, mediante trasferencia
a Caja de Ahorros de Murcia, cuenta "Universidad Politécnica de
Cartagena", número 2043 0136 03 0100000166, la cantidad
de 4.000 pesetas en concepto de derechos de examen,
especificando el nombre y apellidos, número de documento nacional
de identidad o pasaporte y plaza a la que se concursa con
indicación del número. El resguardo de la transferencia deberá unirse
a la solicitud que se presente para participar.
Se entenderá como defecto no subsanable no haber realizado
el pago dentro del plazo de veinte días hábiles, a partir de la
publicación de esta convocatoria.
Sexta.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el
Rector-Presidente de la Universidad Politécnica de Cartagena
aprobará la relación de admitidos y excluidos y, por cualquiera de
los procedimientos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, remitirá a todos los aspirantes relación completa
de admitidos y excluidos, con indicación, en su caso, de las causas
de exclusión. Contra dicha Resolución aprobando la relación de
admitidos y excluidos, los aspirantes podrán presentar
reclamación ante el Rector-Presidente de la Universidad Politécnica de
Cartagena en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el
siguiente al de la notificación de la relación de admitidos y
excluidos.
Séptima.-Dentro del plazo habilitado reglamentariamente para
la constitución de la Comisión, el Presidente, previa consulta a
los restantes miembros de la misma, dictará una resolución, que
deberá ser notificada a todos los interesados con una antelación
mínima de quince días naturales respecto de la fecha del acto
para el que se le cita, convocando a todos los aspirantes admitidos
a participar en el concurso para realizar el acto de presentación
de los concursantes y con señalamiento del día, hora y lugar de
celebración de dicho acto.
Octava.-En el acto de presentación los concursantes
entregarán al Presidente la documentación señalada en los
artículos 9 y 10 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre,
conforme a la redacción conferida por el Real Decreto 1427/1986,
de 13 de junio, en su caso, según se trate de concurso de acceso
o concurso de méritos.
Novena.-La Comisión encargada de resolver el concurso
valorará y apreciará, durante el transcurso de las pruebas orales, si
los aspirantes que no ostenten la nacionalidad española poseen
el adecuado conocimiento del castellano.
Décima.-Los candidatos propuestos para la provisión de las
plazas deberán presentar en el Registro General de la Universidad
Politécnica de Cartagena, en el plazo de quince días hábiles
siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, por
cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o
documento equivalente para los nacionales de otros Estados a los que
hace la base segunda de esta convocatoria.
b) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni
defecto físico o psíquico que le impida el desempeño de las
funciones correspondientes a un Profesor de Universidad.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la
Administración Pública, en virtud de expediente disciplinario, y no
hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
d) Fotocopia compulsada del título académico exigido en la
convocatoria.
Los aspirantes que no ostenten la nacionalidad española
deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena
penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública,
mediante certificación expedida por las autoridades competentes
de su país de origen.
Los aspirantes españoles que tuvieran la condición de
funcionarios de carrera estarán exentos de justificar tales documentos
y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio u
organismo del que dependan, acreditativo de su condición de
funcionarios y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
Undécima.-En ningún caso las Comisiones podrán aprobar
sin declarar que han superado las pruebas selectivas un número
de aspirantes superior al de plazas asignadas.
Contra la presente convocatoria, que agota la vía
administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la
Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, cabe
interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses, a partir del día siguiente de la presente publicación, ante
el Juzgado Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Murcia, según lo dispuesto en la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra
esta convocatoria, recurso de reposición, en el plazo de un mes
contra este órgano, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso
contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no caiga
resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de
acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común,
modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Cartagena, 17 de noviembre de 1999.-El Rector-Presidente,
Juan Ramón Medina Precioso.
ANEXO I
Código: 018/99PTU. Cuerpo Docente: Profesores Titulares de
Universidad. Área de conocimiento: "Geodinámica".
Departamento: Ingeniería Minera Geológica y Cartográfica. Perfil docente de
la plaza: Investigación y docencia en hidrogeología. Centro:
Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Civil. Clase de concurso:
concurso de acceso. Número de plazas: Una.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid