Vacante en la actualidad una plaza de Letrado, con destino
en Madrid, el Pleno, en su reunión del 1 de diciembre de 1999,
ha acordado convocar un concurso de méritos para la provisión
del puesto de trabajo que se describe en el anexo I, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 146.1 de la Ley Orgánica 6/1985,
de 1 de julio, y en los artículos 133 y concordantes del Reglamento
de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder
Judicial, aprobado por Acuerdo de 22 de abril de 1986 ("Boletín
Oficial del Estado" número 107, de 5 de mayo).
El concurso se regirá por las siguientes normas:
Primera.-Podrán tomar parte en el mismo los Jueces,
Magistrados, Secretarios Judiciales, Abogados del Estado, miembros
de la Carrera Fiscal y funcionarios de las Administraciones Públicas
del grupo A, a que se refiere el artículo 25 de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, cualquiera que sea su situación administrativa,
excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión.
Segunda.-Los que deseen tomar parte en el concurso deberán
elevar su solicitud al excelentísimo señor Presidente del Consejo
General del Poder Judicial (calle Marqués de la Ensenada,
número 8, 28071 Madrid), debiendo presentarse en el Registro General
del propio Consejo o en los registros y oficinas a que se refiere
el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, dentro de los veinte días naturales, contados a partir del
siguiente al de la publicación de la convocatoria en el "Boletín
Oficial del Estado".
Tercera.-A las instancias se acompañará un currículum vitae,
en el que se harán constar los méritos y circunstancias personales
que se estimen oportunos y, en especial, los que se refieran a
destinos servidos, títulos académicos, publicaciones, idiomas y
experiencia que se posea en las especificaciones que se reseñan
en el anexo I, acompañando los documentos justificativos
correspondientes.
Cuarta.-Los candidatos podrán ser requeridos para que
justifiquen los datos, circunstancias y méritos a que se refiere la
norma anterior. Cualesquiera de entre ellos podrán, asimismo,
ser citados para una entrevista personal.
Quinta.-A la vista de las instancias y documentación
presentada, el Consejo, apreciando conjuntamente los méritos alegados,
efectuará el nombramiento. Con arreglo a lo previsto en el
artículo 133 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del
Consejo, el Pleno designará al que resulte seleccionado para cubrir
el puesto convocado. Si el Pleno entendiera que los solicitantes
no reúnen las condiciones de idoneidad o aptitud precisas para
el cargo, podrá declarar la convocatoria desierta.
Sexta.-El concursante al que se adjudique el puesto convocado
quedará en la situación de servicios especiales, prevista en los
artículos 146.3 y 352.b) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio, prestará sus funciones durante el plazo de dos años
prorrogable por períodos anuales a que se refiere el artículo 146.1 de
la citada norma y estará sometido al Reglamento de Organización
y Funcionamiento del Consejo.
Los concursantes no nombrados dispondrán de un plazo de
seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa
de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso
de no efectuarlo.
Madrid, 1 de diciembre de 1999.-El Presidente del Consejo
General del Poder Judicial,
DELGADO BARRIO
ANEXO I
Denominación del puesto: Jefe de Sección de Régimen
Disciplinario.
Localización: Madrid.
Nivel de destino: 30. Complemento específico: 5.514.780
pesetas anuales.
Adscripción: Jueces, Magistrados, Secretarios Judiciales,
Abogados del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios
de las Administraciones Públicas del grupo A.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid