En cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de esta
Presidencia de 30 de junio de 1999, por la que se hace público
el acuerdo del Pleno de este Tribunal aprobando la oferta de
empleo público para el presente año, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 28 y siguientes del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, con el fin de atender la necesidad de personal
laboral fijo del Tribunal de Cuentas y previo acuerdo de la Comisión
de Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.c)
de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal
de Cuentas, esta Presidencia, en uso de las competencias que
le están atribuidas en el artículo 2.1.b) de la citada Ley, ha resuelto:
Primero.-Convocar pruebas selectivas, por el sistema de
concurso-oposición, para cubrir las siguientes plazas vacantes de
personal laboral fijo del Tribunal de Cuentas en las categorías y por
los turnos que se indican:
Una plaza de Auxiliar de Biblioteca, en turno de promoción
interna.
Una plaza de Auxiliar Telefonista, en turno de promoción
interna.
Una plaza de Oficial Segunda de Oficios Diversos, en turno
de promoción interna.
Dos plazas de Subalterno, una en promoción interna y una
en turno libre.
Una plaza de Mozo, en turno libre.
Segundo.-Las bases por las que se regirá esta convocatoria
se hallan expuestas en los tablones de anuncios del Tribunal de
Cuentas, en sus sedes de las calles Fuencarral, número 81 y Padre
Damián, número 19, de Madrid.
Tercero.-Quienes deseen tomar parte en las presentes pruebas
selectivas deberán hacerlo mediante solicitud que se ajustará al
modelo que figura anexo a esta convocatoria, encontrándose a
disposición de los interesados en el Registro General del Tribunal
de Cuentas. Dicha solicitud se dirigirá al excelentísimo señor
Presidente del Tribunal de Cuentas y se presentará en cualquiera
de las oficinas del Registro General del Organismo (calles
Fuencarral, número 81 y Padre Damián, número 19, de Madrid), en
el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente
al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del
Estado", sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, según la redacción dada al mismo
en la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Cuarto.-De conformidad con lo establecido en el artículo 18
de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social, la tasa por derechos de examen
será:
a) Para Auxiliar de Biblioteca, 2.000 pesetas.
b) Para Auxiliar Telefonista y Oficial Segunda de Oficios
Diversos, 1.500 pesetas, y
c) Para Subalterno y Mozo, 1.200 pesetas.
Los participantes por el turno de promoción interna abonarán
el 50 por 100 de dicha tasa, hallándose exentos de pago los
aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por 100. Igualmente
y de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley
50/1998 estarán exentos del pago de la tasa quienes figuren como
demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes
anterior a la fecha de la convocatoria, siempre que en dicho plazo
no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen
negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo,
carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario
mínimo interprofesional. La certificación relativa a la condición
de demandante de empleo, con los requisitos previstos en la Ley,
se solicitará en la correspondiente Oficina del Instituto Nacional
de Empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se efectuará
mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante.
Ambos documentos se deberán acompañar a la solicitud.
El pago se efectuará en la Habilitación del Tribunal de Cuentas,
bien personalmente o mediante giro postal o telegráfico,
haciéndose constar en la solicitud el número de recibo y la fecha de
ingreso.
Quinto.-En el plazo máximo de un mes, contado a partir de
la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes,
la Secretaría General del Tribunal de Cuentas, por delegación de
esta Presidencia, dictará Resolución, que se hará pública en el
"Boletín Oficial del Estado", aprobando las listas de aspirantes
admitidos y excluidos, que se expondrán al público en los tablones
de anuncios de las sedes del Tribunal de Cuentas (Fuencarral,
número 81 y Padre Damián, número 19, de Madrid) y
determinando la fecha, lugar y hora de comienzo de los ejercicios.
En las citadas listas constarán, en todo caso, los apellidos,
nombre y número del documento nacional de identidad, así como
las causas de exclusión, si las hubiere.
Contra la presente convocatoria y sus bases, así como respecto
de cuantos actos administrativos se deriven de ellas y de las
actuaciones de la Comisión de Selección, podrá interponerse recurso
de alzada, en el plazo de un mes, ante el Pleno del Tribunal de
Cuentas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.j) y
la disposición adicional primera, 1 y 4 de la Ley de Funcionamiento
de Tribunal de Cuentas, en relación con los artículos 114 y 115
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según la redacción dada
a los mismos por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 3 de diciembre de 1999.-El Presidente, Ubaldo Nieto
de Alba.
Ilmo. Sr. Secretario general del Tribunal de Cuentas.
ANEXO: (Ver imagen página 44431).
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