Contido non dispoñible en galego
Visto el expediente de indulto de don Jesús Ricardo Vilas Beltrán, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña, en sentencia de fecha 16 de mayo de 1997, resolutoria de recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 1 de A Coruña, de fecha 24 de enero de 1997, como autor de un delito de lesiones, a la pena de dos años cuatro meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1992, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de enero de 1999,
Vengo en indultar a don Jesús Ricardo Vilas Beltrán la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 8 de enero de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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