De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Ley
Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, esta
Presidencia ha resuelto declarar la vacante del cargo de Defensor
del Pueblo, por expiración del plazo de nombramiento de don
Fernando Álvarez de Miranda y Torres, quien fue designado el
día 30 de noviembre de 1994.
En consecuencia, en virtud de lo establecido en el artículo 5.4
de la propia Ley Orgánica 3/1981, y en tanto no procedan las
Cortes Generales a la designación del nuevo Defensor del Pueblo,
desempeñarán sus funciones, interinamente, en su propio orden,
los Adjuntos al Defensor del Pueblo.
Palacio del Congreso de los Diputados, a 1 de diciembre de
1999.-El Presidente del Congreso de los Diputados,
TRILLO-FIGUEROA MARTÍNEZ-CONDE
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid