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Documento BOE-A-1999-2426

Resolución de 14 de enero de 1999, del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, sobre delegación de atribuciones.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 30 de enero de 1999, páginas 4414 a 4414 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1999-2426
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1999/01/14/(1)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 2100/1998, de 25 de septiembre, de Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Industria y Energía, modifica, en su disposición adicional cuarta, los artículos 6.2 y 7 del Real Decreto 221/1997, de 14 de febrero, de Organización y Funciones del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, haciendo recaer la Vicepresidencia del Consejo Rector del organismo en el Director general de Energía del Ministerio de Industria y Energía y fijando, expresamente, las funciones asignadas al Director general del CIEMAT con independencia de las que puedan corresponderle al Vicepresidente, como órgano distinto.

Consecuentemente, resulta necesario adecuar el régimen de delegación de competencias del organismo a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 2100/1998, de 25 de septiembre, a fin de asegurar el normal funcionamiento de sus servicios.

Por ello, al amparo de lo establecido en el artículo 5.2 del Real Decreto 221/1997, de 14 de febrero, en el artículo 74, números2y3,deltexto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, con la redacción dada por la Ley 11/1996, de 27 de diciembre, de Medidas de Disciplina Presupuestaria, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

Esta Presidencia dispone:

Primero.-Delegar las competencias que le corresponden de acuerdo con el artículo 5.2 del Real Decreto 221/1997, de 14 de febrero, de Organización y Funciones del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, en lo que se refiere a la disposición de los gastos del organismo con las siguientes limitaciones en su cuantía:

Hasta 100.000.000 de pesetas, en el Director general del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.

Hasta 25.000.000 de pesetas, en el Subdirector general de Control Económico y Servicios.

Segundo.-Delegar las competencias que le corresponden de acuerdo con el artículo 5.2 del Real Decreto 221/1997, de 14 de febrero, en cuanto a la ordenación de pagos del organismo, con las limitaciones en las cuantías que se indican:

Las superiores a 25.000.000 de pesetas, en el Director general del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.

Hasta 25.000.000 de pesetas, en el Subdirector general de Control Económico y Servicios.

Tercero.-Delegar las competencias para la designación de las comisiones de servicios que le son atribuidas por el artículo 4.1 del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones por razón de servicios, en:

El Director general del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, las que originen derecho a indemnización por residencia eventual y las internacionales.

El Secretario general de Relaciones Externas e Institucionales, las restantes.

Cuarto.-Siempre que se haga uso de las delegaciones contenidas en esta Resolución deberá hacerse constar así en la correspondiente Resolución.

Quinto.-Queda sin efecto la Resolución de esta Presidencia de 25 de abril de 1997.

Sexto.-La presente Resolución será de aplicación a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 14 de enero de 1999.-El Presidente, José Manuel Serra Peris.

Ilmos. Sres. Vicepresidente y Director general del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/01/1999
  • Fecha de publicación: 30/01/1999
  • Aplicable desde el 31 de enero de 1999.
  • Fecha de derogación: 08/03/2001
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Resolución de 20 de febrero de 2001 (Ref. BOE-A-2001-4540).
Referencias anteriores
  • DEROGA Resolución de 25 de abril de 1997 (Ref. BOE-A-1997-10170).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 50. del Real Decreto 221/1997, de 14 de febrero , (Ref. BOE-A-1997-4087).
    • art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
    • art. 74.2 y 3 de la Ley General Presupuestaria, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre (Ref. BOE-A-1988-22572).
  • CITA Real Decreto 238/1988, de 4 de marzo (Ref. BOE-A-1988-7182).
Materias
  • Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Industria y Energía

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